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EDUMECENTRO

versión On-line ISSN 2077-2874

EDUMECENTRO vol.9 no.4 Santa Clara oct.-dic. 2017

 

CARTA AL EDITOR

 

Nutricionistas en la educación parvularia y básica: necesidad de adecuación de los planes de estudio

 

Nutritionists in preschooler and basic education: need for curricula adaptation

 

 

Eduard Antonio Maury Sintjago

Universidad del Bío-Bío, Facultad de Ciencias de Salud y de los Alimentos, Departamento de Nutrición y Salud Pública. Chile. Correo electrónico: emaury@ubiobio.cl

 

 

Señora editora:

Según la última encuesta nacional de salud (2009-2010) el 67 % de la población chilena sufre de malnutrición por exceso; junto a México representan los países de la región con mayor prevalencia de sobrepeso y obesidad en niños menores de seis años.1 Este perfil nutricional y epidemiológico ha conllevado a generar un conjunto de estrategias comunitarias, publicitarias, clínicas, jurídicas y políticas que buscan fomentar y mantener estilos de vida y hábitos alimentarios saludables.

En el año 2012 se promulgó la Ley 20.606: "Sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad". Esta Ley contempla en su artículo No. 4, lo siguiente: "Los establecimientos de educación parvularia básica y media deberán incluir en todos sus niveles y modalidades de enseñanza, actividades didácticas y físicas que contribuyan a desarrollar hábitos de una alimentación saludable…".2

Para el correcto cumplimiento del artículo No. 4 de la mencionada ley se debe contar con personal competente, es decir; profesionales especialistas en nutrición y alimentación. Bajo esta premisa varias personalidades y entidades han manifestado la necesidad de incorporar nutricionistas en los establecimientos de educación, especialmente en niveles básicos.

En el año 2012 se presentó en la Comisión de Educación, Deportes y Recreación de la Cámara de Diputados el proyecto de Ley titulado "Modifica Ley General de Educación", la cual incluye la necesidad de contar con un profesional nutricionista en los establecimientos educacionales, sin embargo, transcurridos más de dos años sin que la Comisión se hubiere pronunciado sobre el proyecto este se archivó en el 2016.3 Por otro lado, más recientemente y desde el Colegio de Nutricionistas Universitarios de Chile también se ha hecho el llamado a discutir la necesidad de vincular más profesionales de la nutrición con la vigilancia de los programas de alimentación escolar, tanto en instituciones públicas como privadas.

La discusión de incorporar un profesional de la nutrición en los establecimientos de educación parvularia y básica toma más fuerza desde diferentes flancos, puesto que una medida para disminuir la alta prevalencia de sobrepeso, obesidad y enfermedades concomitantes es la consolidación de hábitos alimentarios saludables en los primeros años de vida. No obstante, para lograr un impacto significativo es necesario adaptar los planes de estudios y la malla curricular de la carrera de nutrición y dietética de las universidades e institutos chilenos. La mayoría de estos solo incorporan la asignatura "Educación Alimentaria y Nutricional", lo cual, a consideración del autor, muy probablemente no permita desarrollar las habilidades que favorezcan el aprendizaje significativo en esta etapa del desarrollo.

Para generar e instalar correctamente hábitos alimentarios saludables en niños, prepúberes y adolescentes es necesario tener una sólida formación en "Teoría del desarrollo y del aprendizaje", "Psicología del desarrollo", "Psicología infantil", "Teoría y práctica instruccional", "Intervención familiar", entre otras. Por tanto, se hace imperativo realizar una discusión reflexiva al interior de las casas de estudios para que se adapten sus planes en este sentido.

Sin duda el panorama epidemiológico mundial demanda un mayor contacto de los profesionales de la salud con los sujetos de menores edades. La etapa temprana constituye el mejor momento para generar hábitos alimentarios adecuados y estilos de vida saludable, sin embargo, se deben desarrollar las competencias necesarias para llevarlo a cabo.

 

Declaración de intereses

El autor declara no tener conflicto de intereses.

 

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

1. Ministerio de Salud. Segunda Encuesta Nacional de Salud [Internet]. ENS: Chile 2009-2010. Chile: Pontificia Universidad Católica de Chile; 2010 [citado 3 mayo de 2017]. Disponible en: http://web.minsal.cl/portal/url/item/bcb03d7bc28b64dfe040010165012d23.pdf

2. Chile. Ministerio de Salud. Subsecretaría de Salud Pública. Ley 20.606 Sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad [Internet]. Santiago de Chile: Congreso Nacional de Chile; 2012. [citado 3 May 2017]. Disponible en: http://www.wipo.int/wipolex/es/text.jsp?file_id=418414

3. Modifica la Ley General de Educación, incluyendo la necesidad de contar con un profesional nutricionista en los establecimientos educacionales [Internet]. Cámara de Diputados. Boletín N° 8163-04. Santiago de Chile: Comisión de Educación, Deportes y Recreación; 2012. [citado 3 May 2017]. Disponible en: http://www.senado.cl/appsenado/index.php?mo=tramitacion&ac=getDocto&iddocto=8568&tipodoc=mensaje_mocion

 

 

Recibido: 3 de mayo de 2017.
Aprobado: 10 de mayo de 2017.

 

 

Eduard Antonio Maury Sintjago. Universidad del Bío-Bío, Facultad de Ciencias de Salud y de los Alimentos, Departamento de Nutrición y Salud Pública. Chile. Correo electrónico: emaury@ubiobio.cl

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