Introducción
Este artículo científico tiene como objetivo destacar la importancia de la educación continua en legislación y la necesidad de mantenerse actualizado sobre las modificaciones legales que puedan influir en los derechos fundamentales de las personas jurídicas en Ecuador. Proporciona una reflexión crítica sobre cómo esta educación puede ser un componente clave para asegurar la protección y el ejercicio efectivo de los derechos de estas entidades legales.
En un entorno legal dinámico, la educación continua en legislación emerge como un factor crucial para garantizar que las personas jurídicas en Ecuador puedan proteger y ejercer sus derechos fundamentales de manera efectiva. Este artículo aborda la necesidad de una formación constante y actualizada en el contexto de las modificaciones legales que puedan afectar a estas entidades (Flores Rivera et al., 2021; Matheus Quintini y Govea de Guerrero, 2011).
En la actualidad, la teoría general de los derechos humanos ha centrado su atención en los derechos fundamentales de las personas jurídicas. En el contexto ecuatoriano, estos derechos han sido objeto de discusión y análisis en los últimos años debido a su relevancia en el progreso de la sociedad y la consolidación de la democracia. Los derechos fundamentales han sido consagrados en diversos instrumentos internacionales, tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. No obstante, en el panorama actual, la teoría general de los derechos humanos ha expandido su alcance para abarcar a las personas jurídicas.
Las personas jurídicas son entidades creadas por mandato legal que poseen una existencia autónoma e independiente de sus miembros. Estas entidades pueden adoptar diversas formas, como empresas, asociaciones o fundaciones. Aunque las personas jurídicas no son entidades humanas, gozan de derechos y asumen obligaciones que les permiten participar activamente en la esfera social y económica de una nación.
Dentro del marco de la teoría general de los derechos humanos, los derechos fundamentales de las personas jurídicas se fundamentan en dos premisas esenciales. En primer lugar, se reconoce que las personas jurídicas son creadas por seres humanos y, por lo tanto, están vinculadas con la dignidad y los derechos inherentes a los seres humanos (Hernández Basualto, 2015). En segundo lugar, se reconoce que las personas jurídicas desempeñan un papel significativo en la sociedad y, como consecuencia, deben poseer derechos que les faculten para participar en la vida social y económica de una nación.
La importancia de la educación continua en legislación para las personas jurídicas en Ecuador radica en su capacidad para asegurar una comprensión actualizada y profunda de los marcos legales que rigen sus derechos fundamentales. La necesidad de mantenerse actualizado sobre las modificaciones legales es esencial para salvaguardar los derechos fundamentales de las personas jurídicas en Ecuador.
La evolución constante de la legislación puede tener un impacto directo en áreas clave como el derecho a la propiedad, la libertad de expresión, la igualdad ante la ley y la protección contra la discriminación, entre otros. Por lo tanto, una educación continua en legislación se convierte en un componente clave para que estas entidades puedan ejercer efectivamente sus derechos en un contexto legal en constante cambio (Martínez Molina et al., 2018).
En el contexto ecuatoriano, donde la teoría general de los derechos humanos ha ampliado su alcance para incluir a las personas jurídicas, la educación continua se vuelve aún más relevante. Las discusiones y análisis sobre los derechos fundamentales de estas entidades han cobrado importancia en los últimos años, destacando la necesidad de una formación constante para comprender y aplicar de manera efectiva las disposiciones legales que las afectan.
La Constitución de la República del Ecuador reconoce explícitamente los derechos y obligaciones de las personas jurídicas, vinculándolos intrínsecamente con la dignidad y los derechos de los seres humanos. En este contexto, la educación continua se posiciona como un medio esencial para garantizar que estas entidades puedan ejercer sus derechos en concordancia con los principios constitucionales y las modificaciones legales que puedan surgir (Navarrete Mendieta et al., 2019).
La educación continua en legislación para personas jurídicas en Ecuador se presenta como un imperativo estratégico. No solo permite mantenerse al día con las transformaciones legales, sino que también capacita a estas entidades para proteger y ejercer sus derechos fundamentales de manera efectiva en un entorno legal en constante evolución.
Análisis doctrinario y jurisprudencial sobre las personas jurídicas en Ecuador
La teoría general de los derechos humanos se ocupa de garantizar el respeto y protección de los derechos fundamentales de todas las personas, incluyendo aquellas que forman parte de una persona jurídica. La Constitución de la República del Ecuador reconoce que todas las personas tienen derecho a la igualdad ante la ley, a la protección judicial efectiva, y a la libertad de pensamiento, expresión, asociación y reunión. Estos derechos también son aplicables a las personas jurídicas, las cuales tienen personalidad jurídica y capacidad para adquirir derechos y obligaciones (Coello Orozco y Suqui Romero, 2021).
En la sentencia No. 016-10-SIN-CC, la Corte Constitucional del Ecuador reconoció que las personas jurídicas tienen derechos fundamentales protegidos por la Constitución. La Corte señaló que la personalidad jurídica de una persona jurídica es un derecho fundamental que le permite actuar en el mundo jurídico y económico, y que cualquier limitación a este derecho debe ser proporcionada y necesaria para cumplir con un objetivo legítimo. La Corte también ha reconocido que las personas jurídicas tienen derecho a la protección de sus bienes y derechos patrimoniales. En la sentencia No. 102-13-SIN-CC, la Corte Constitucional del Ecuador afirmó que las personas jurídicas tienen derecho a la protección de sus bienes y derechos patrimoniales, y que cualquier interferencia en estos derechos debe ser proporcionada y necesaria para cumplir con un objetivo legítimo.
Además, la Corte Constitucional del Ecuador ha reconocido que las personas jurídicas tienen derecho a la libertad de asociación. En la sentencia No. 002-12-SIN-CC, la Corte señaló que la libertad de asociación es un derecho fundamental tanto de las personas naturales como de las personas jurídicas, y que cualquier limitación a este derecho debe ser proporcionada y necesaria para cumplir con un objetivo legítimo. Otro derecho fundamental reconocido por la Corte Constitucional del Ecuador es el derecho a la libertad de expresión de las personas jurídicas. En la sentencia No. 001-11-SIN-CC, la Corte Constitucional del Ecuador afirmó que las personas jurídicas tienen derecho a la libertad de expresión, y que cualquier limitación a este derecho debe ser proporcionada y necesaria para cumplir con un objetivo legítimo.
Las personas jurídicas tienen derechos fundamentales protegidos por la norma suprema que desde el 2008, con la promulgación de la Constitución de la República del Ecuador se positivizaron. Pero todo el andamiaje jurídico estuvo dotado desde el inicio de un tinte socialista contrario a la postura neoliberal. Esto resalta en el artículo 326, donde seesgrime la postura de izquierda, que en sus apartados reza que se garantizará el derecho y la libertad de organización de las personas trabajadoras, sin autorización previa. El Estado estimulará la creación de organizaciones de los trabajadores y empleadores, de acuerdo con la ley; y promoverá su funcionamiento democrático, participativo y transparente con alternabilidad en la dirección.
Es un deber abarcar los principios jurisprudenciales desarrollados en todas las ramas del derecho que se relacionan con las personas jurídicas, de modo que el área laboral asuma un valor preponderante en relación con los derechos humanos y más aún el derecho al trabajo. En el Ecuador como tal, los derechos humanos de las personas jurídicas sólo pueden ser protegidos desde la fuerza normativa de la ley.
En el país y al no contar con una regulación positivizada en la norma constitucional sobre el respeto a los acuerdos contractuales, provoca lentitud en el desarrollo de preceptos jurídicos rescatados en instrumentos internacionales. Aun cuando el Ecuador es uno de los pocos países que ha ratificado los 27 convenios internacionales de derechos humanos promovido por la Organización de Naciones Unidas, la ejecución de ciertos derechos, y de ciertos grupos como son las personas jurídicas estén desprovistos.
Por tanto, una aproximación a la ejecución de los derechos humanos para los sectores empresariales se ve desprovisto de un acceso igualitario ante el sistema de justicia en Ecuador. Prima entonces un ilusorio escenario sobre los principios constitucionales de libertad de asociación o inclusive libertad de consciencia contrastado con la realidad. Inclusive puede sesgarse al mismísimo Derecho a una corriente teorizada, positivizada en la norma, pero carente de eficacia en su ejecución. En otras palabras, en el país se ha caído en una suerte de promulgar leyes que contienen derechos humanos en su forma y fondo, pero los sistemas estatales que desarrollen el pleno ejercicio de estos alejan los principios normativos de su desarrollo.
Un claro ejemplo de lo propuesto se evidencia en la tendencia nada desdeñable de formación de sindicatos, vista en números y números de empresas públicas privadas en el país pero, en contraste, las cámaras empresariales, los grupos de empresarios y personas jurídicas son escasas. Todo este devenir de hechos y concepciones sociales vulneran derechos fundamentales esenciales para la existencia de hombres y mujeres, ya que la informalidad, producto de este devenir económico, amenaza una condición humana tan natural como es la apropiación de su libertad.
Los derechos deben estar plenamente protegidos y al mismo tiempo permitir su pleno funcionamiento. Este principio implica la obligación del Estado de respetar, promover, salvaguardar y garantizar todos los derechos humanos en la mayor medida posible.
De acuerdo con la teoría jurídica y la vigencia de los derechos propios, una sociedad anónima constituida bajo diversos marcos jurídicos debe poder ejercer derechos fundamentales que se transfieren a la persona moral desde su propia condición de ascendiente para lograr sus propios fines ideológicos, religiosos, políticos, sociales, económicos, laborales, culturales y recreativos. No sería razonable ni coherente que se reconociera un derecho y luego suprimiera todos los medios para protegerlo y ejercerlo.
Es importante resaltar que las personas jurídicas se apoyan conforme al derecho humano y a la libre asociación, siendo esta última la postura más adecuada. La posición que parece ser la más realista es que las personas jurídicas son titulares de ambos tipos de derechos. Los derechos del primer tipo están estipulados en los textos, pero les otorgan su vigencia las personas naturales que integran la persona colectiva, mientras que los derechos del segundo tipo, están especificados en el derecho estatutario y consuetudinario que les otorgan su virtualidad. En toda situación, los derechos de ambos tipos de personas jurídicas deben ser reconocidos y protegidos a nivel internacional (Pardo Álvarez, 2021).
En el marco del derecho internacional, los tratados y convenios internacionales son herramientas fundamentales para la protección de los derechos humanos, incluyendo los derechos de las personas jurídicas. En el caso de Ecuador, existen varios tratados y convenios internacionales que amparan a la persona jurídica.
En primer lugar, cabe mencionar la Convención Americana sobre Derechos Humanos, también conocida como Pacto de San José de Costa Rica. Este tratado internacional, ratificado por Ecuador en 1977, reconoce y protege los derechos humanos, incluyendo los derechos de las personas jurídicas. En particular, el artículo 1 de la Convención establece la obligación de los Estados parte de respetar y garantizar los derechos y libertades reconocidos en la Convención, tanto a las personas físicas como a las personas jurídicas. Asimismo, el artículo 21 de la Convención reconoce el derecho a la propiedad y establece que ninguna persona puede ser privada de sus bienes, incluyendo las empresas, excepto en casos de interés público y bajo las condiciones previstas por la ley y los principios generales del derecho internacional.
Otro tratado internacional relevante es el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por Ecuador en 1969. Este tratado reconoce y protege los derechos civiles y políticos, incluyendo el derecho a la igualdad ante la ley y la protección contra la discriminación. En el ámbito empresarial, el artículo 17 del Pacto reconoce el derecho a la propiedad y establece que nadie puede ser privado de sus bienes, incluyendo las empresas, excepto en casos de interés público y bajo las condiciones previstas por la ley y los principios generales del derecho internacional.
Además, Ecuador es parte del Acuerdo sobre Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) de la Organización Mundial del Comercio (OMC), ratificado en 1996. Este acuerdo establece estándares internacionales de protección de la propiedad intelectual, incluyendo las patentes, marcas, diseños industriales y derechos de autor. La protección de la propiedad intelectual es esencial para la innovación y el desarrollo empresarial, ya que permite a las empresas proteger sus creaciones y obtener beneficios económicos por su uso y comercialización.
Por otro lado, Ecuador es parte del Convenio Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, ratificado en 1969. Este tratado internacional reconoce y protege el derecho a la igualdad y la no discriminación, incluyendo la discriminación por motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico. La protección contra la discriminación es fundamental para garantizar un entorno empresarial justo y equitativo, en el que todas las empresas tengan las mismas oportunidades de crecer y desarrollarse.
En el ámbito laboral, Ecuador es parte del Convenio sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicalización, ratificado en 1950. También del Convenio sobre la Discriminación (Empleo y Ocupación), ratificado en 1962, ambos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Estos tratados establecen un marco legal internacional que complementa el ordenamiento jurídico nacional y contribuyen a garantizar el respeto y la protección de los derechos de las personas jurídicas en el país. Además, es importante destacar que el Estado ecuatoriano ha asumido un compromiso internacional de proteger y garantizar estos derechos, por lo que es fundamental que se implementen mecanismos eficaces para su cumplimiento. En este sentido, la jurisprudencia de los tribunales nacionales y de los órganos internacionales de protección de derechos humanos puede ser de gran ayuda para interpretar y aplicar los tratados internacionales en beneficio de las personas jurídicas. Es necesario continuar promoviendo el respeto y protección de los derechos de las personas jurídicas en el contexto internacional y nacional, para garantizar su participación activa en la sociedad y en la economía, contribuyendo al desarrollo sostenible y a la protección de los derechos humanos en general.
Es preciso anotar lo que menciona el art. 21 de la Convención: la protección de este derecho parece ser una de las principales razones por las cuales las instituciones del Sistema Interamericano han presentado cierta resistencia a extender la protección del derecho a las personas jurídicas. De acuerdo con la Declaración de Viena, que se hizo como parte de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos convocada por las Naciones Unidas, teóricamente no habría necesidad de hacer ninguna distinción entre el derecho a la propiedad y otros derechos. De igual forma, la Declaración de Viena es un instrumento de plena aplicación dentro del Sistema Interamericano. A la vez, ocurre algo de alguna manera paradójico, donde justamente el derecho de propiedad el que estaba en discusión en el célebre caso Cantos, que abrió la jurisdicción de la Corte Interamericana a casos donde una persona jurídica denuncie que ha sido afectada.
La cuestión sobre si la persona jurídica tiene derechos humanos es una discusión recurrente en el ámbito jurídico y social. Si bien es cierto que las empresas son creadas por personas y están compuestas por ellas, es importante tener en cuenta que las empresas son una entidad jurídica independiente, con objetivos y responsabilidades distintas a las de sus miembros. En Ecuador, se ha debatido ampliamente sobre la existencia de derechos humanos para las empresas.
Es importante destacar que la Constitución de la República del Ecuador reconoce y garantiza los derechos humanos, no solo a las personas físicas, sino también a las personas jurídicas. En el artículo 18 de la Constitución (Ecuador. Asamblea Nacional Constituyente, 2008) se establece que las personas naturales y jurídicas gozarán de los derechos y garantías consagrados en esta Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos. Por lo tanto, las empresas en Ecuador tienen derecho a disfrutar de los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el país.
Es preciso señalar que las empresas también tienen responsabilidades y deberes en relación con los derechos humanos. En los últimos años, se ha enfatizado cada vez más la responsabilidad social corporativa de las empresas en el ámbito de los derechos humanos. Las empresas tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos, evitando que sus actividades afecten negativamente a los derechos de las personas, y de garantizar que sus operaciones no contribuyan a la violación de los derechos humanos en cualquier lugar donde operen. Esta responsabilidad se ha visto reflejada en diversas iniciativas internacionales, como los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
Hay que destacar que el respeto y protección de los derechos humanos por parte de las empresas en Ecuador está garantizado por la ley. El Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (Ecuador. Asamblea Nacional, 2010), en su artículo 60, establece que las empresas deben respetar los derechos humanos y las garantías constitucionales de las personas, y establece sanciones para aquellas empresas que violen estos derechos. Además, la Constitución de la República establece que los derechos humanos son inviolables y que todas las personas tienen la obligación de respetarlos y hacerlos respetar.
En cuanto a la protección de los derechos humanos de las empresas, es importante destacar que existen mecanismos tanto nacionales como internacionales. En el ámbito nacional, las empresas pueden recurrir a los tribunales y a las autoridades administrativas para hacer valer sus derechos y reclamar el cumplimiento de sus obligaciones en materia de derechos humanos. En el ámbito internacional, las empresas también pueden recurrir a los órganos de protección de derechos humanos, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
Empresas y derechos humanos son dos conceptos que históricamente han sido considerados como separados. Sin embargo, en los últimos años ha surgido un debate sobre la necesidad de reconocer que las empresas también tienen una responsabilidad en materia de derechos humanos. En Ecuador, este debate ha cobrado fuerza. En ese sentido, el presente estudio tiene como objetivo examinar la influencia de la educación continua en la capacidad de las personas jurídicas en Ecuador para proteger y ejercer de manera efectiva sus derechos fundamentales. Se busca identificar cómo la formación legal continua impacta en la comprensión, aplicación y defensa de los derechos de estas entidades.
Materiales y métodos
La metodología utilizada tiene un carácter mixto, ya que se utilizaron métodos tanto cualitativos como cuantitativos para determinar la influencia de la educación continua en la capacidad de las personas jurídicas en Ecuador.
Para el desarrollo de la investigación se emplearon los siguientes métodos investigativos:
Método inductivo-deductivo: permite obtener conclusiones particulares y deducir las respuestas del estudio respecto a los efectos de la educación en la capacidad de las personas jurídicas
Método analítico-sintético: para realizar un análisis detallado de la problemática a resolver y simplificar la información necesaria para la finalización efectiva de la investigación.
Método histórico-lógico: para retrotraer los antecedentes del fenómeno de estudio y acoplarlo en la realidad actual.
Mapas Cognitivos Difusos (MCD)
Los Mapas Cognitivos Difusos (MCD) amplían la aplicación de los Mapas Cognitivos al ámbito difuso dentro del intervalo [-1,1], con el propósito de indicar la intensidad de las relaciones causales. Estos mapas describen la fuerza de la relación utilizando valores difusos, lo que posibilita la expresión de las relaciones causales entre variables. En este contexto, cada arista se asocia con un peso en el conjunto, donde 0 indica la ausencia de relación causal, -1 denota una relación causal inversa (cuando una variable aumenta, la otra disminuye y viceversa), y 1 indica una relación causal directa (ambas variables aumentan o disminuyen simultáneamente) (Al-subhi et al., 2020; Ali et al., 2015; Cacpata Calle et al., 2020).
Sin embargo, estos tres valores no abordan completamente la incertidumbre presente en las relaciones causales. Es por esta razón que surgen los Mapas Cognitivos Difusos, los cuales introducen una graduación adicional en el conjunto de pesos, definida en el intervalo continuo [-1,1]. La representación de un MCD se logra mediante un grafo dirigido ponderado, donde una matriz de adyacencia se construye a partir de los valores asignados a las aristas, generalmente expresados de manera numérica.
En los MCD existen tres posibles tipos de relaciones causales entre conceptos (Figura 1):
En este artículo se abordará el proceso de cálculo de la siguiente manera:
Selección de las causas relevantes.
Creación de la matriz de adyacencia.
Análisis estático: se realizan cálculos para los valores absolutos de la matriz de adyacencia, incluyendo:
Outdegree, representado por od(vi): suma de los valores absolutos por cada fila de una variable en la matriz de adyacencia difusa. Indica la fuerza acumulada de las conexiones existentes en la variable.
Indegree, representado por id(vi): suma de los valores absolutos por cada columna de una variable en la matriz de adyacencia difusa. Mide la fuerza acumulada de entrada a la variable.
La centralidad o grado total de la variable, que es la suma de od(vi) e id(vi), expresada de la siguiente manera: td(vi) = od(vi) + id(vi). (1)
Finalmente, las variables se clasifican según el criterio siguiente:
Se ordenan de manera ascendente acorde al grado de centralidad.
Cuando un grupo de individuos (k) participa, la matriz de adyacencia se crea mediante un operador de agregación, como la media aritmética, por ejemplo. La forma más básica de abordar esto es calcular la media aritmética de cada conexión para cada experto. Para k expertos, la matriz de adyacencia final del MCD (E) se obtiene de la siguiente manera:
La capacidad de agregar información de manera sencilla posibilita la formación de modelos mentales compartidos de manera relativamente fácil.
Resultados y discusión
Para el desarrollo y mejor comprensión de los elementos de estudio, se relacionan y codifican los indicadores que se tuvieron en cuenta para identificar los aspectos de mayor influencia en la educación continua para las personas jurídicas (Tabla 1). Los elementos aquí analizados, reflejan la participación activa en actividades formativas.
Elemento y codificación | Descripción |
---|---|
(FP) Frecuencia de participación | Participación mensual, trimestral o anual en cursos, talleres, seminarios u otras actividades formativas. |
(VE) Variedad de eventos | Número y tipo de eventos diferentes, como cursos presenciales, webinars, conferencias, entre otros. |
(HF) Horas de Formación | Horas acumuladas de participación en eventos formativos. |
(AP) Aplicación práctica de conocimientos | Implementación de cambios basados en aprendizajes de la educación continua. |
(RP) Retroalimentación del personal | Encuestas o retroalimentación cualitativa sobre la efectividad de los eventos educativos. |
(SA) Seguimiento de actualizaciones legales | Identificación de modificaciones implementadas después de eventos formativos. |
Fuente: Elaboración propia
Estos indicadores ofrecen un enfoque integral para medir los niveles de educación continua y evaluar su impacto en la capacidad de las personas jurídicas para proteger y ejercer efectivamente sus derechos fundamentales. La combinación de métricas cuantitativas y cualitativas proporcionará una visión completa de la eficacia de la formación legal continua.
Para la confección de la matriz de adyacencia se utilizó la ecuación propuesta en (2). Con posterioridad se desarrollan y analizan las variables según muestran las tablas 2 y 3.
FP | VE | HF | AP | RP | SA | |
FP | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 |
VE | 1 | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 |
HF | 1 | 1 | 0 | 0,5648 | 0,8257 | 0,6994 |
AP | 1 | 1 | 1 | 0 | 0,9238 | 0,4469 |
RP | 1 | 1 | 0,3592 | 0,2045 | 0 | 0,9886 |
SA | 1 | 1 | 0,8683 | 1 | 1 | 0 |
Fuente: Elaboración propia
Causas | od | id | td | Clasificación de variables |
FP | 5 | 5 | 10 | Ordinaria |
VE | 5 | 5 | 10 | Ordinaria |
HF | 4,0899 | 4,2275 | 8,3174 | Ordinaria |
AP | 4,3707 | 3,7693 | 8,14 | Ordinaria |
RP | 3,5523 | 4,7495 | 8,3018 | Ordinaria |
SA | 4,8683 | 4,1349 | 9,0032 | Ordinaria |
Fuente: Elaboración propia
La jerarquización de las causas estará de acuerdo al orden descendente del grado de centralidad: Detectándose que los factores que mayor nivel de influencia tienen en la educación continua de personas jurídicases la elevada frecuencia y variedad en las propuestas educativas como cursos, talleres, conferencias, seminarios y demás actividades formativas. Lo que claramente provoca un alto nivel de conocimientos y una fuente estable en cuanto a cultura legal.
Según la comprobación realizada, se observa que todos los nodos (causas) son comunes, lo que implica que todos están interconectados. Por lo tanto, no es posible analizar un problema de manera aislada. A pesar de esto, se pueden desarrollar estrategias que se ajusten a su jerarquía, y estas estrategias estarán vinculadas entre sí debido a la naturaleza común de las causas que las generaron.
A continuación, se proponen algunas estrategias para fomentar los niveles de educación continua en la capacidad de las personas jurídicas, basados en los aspectos mencionados:
Participación mensual, trimestral o anual en cursos, talleres, seminarios u otras actividades formativas:
Crear un plan de capacitación anual para los empleados, con objetivos específicos y metas medibles. Este plan debe ser aprobado por la alta dirección y debe incluir una variedad de actividades formativas, como cursos presenciales, webinars, conferencias, etc.
Ofrecer incentivos a los empleados que participen en actividades formativas, como días libres, bonos, o ascensos. Esto ayudará a fomentar la cultura de la capacitación continua en la empresa.
Facilitar el acceso a las actividades formativas, proporcionando ayuda financiera o logística a los empleados. Esto ayudará a eliminar las barreras que puedan impedir que los empleados participen en actividades formativas.
Número y tipo de eventos diferentes, como cursos presenciales, webinars, conferencias, entre otros:
Ofrecer una variedad de eventos formativos, para que los empleados puedan elegir el que mejor se adapte a sus necesidades y preferencias. Por ejemplo, se pueden ofrecer cursos presenciales, webinars, conferencias, cursos online, etc.
Adaptar los eventos formativos a las necesidades específicas de la empresa. Por ejemplo, se pueden ofrecer cursos sobre temas relacionados con la industria o el sector en el que opera la empresa.
Promocionar los eventos formativos a los empleados, para que conozcan las oportunidades que tienen disponibles.
Además de estas estrategias generales, se pueden tomar medidas específicas para fomentar la participación en actividades formativas en las personas jurídicas de cada sector o industria. Por ejemplo, las empresas del sector tecnológico pueden ofrecer cursos sobre nuevas tecnologías, las empresas del sector financiero pueden ofrecer cursos sobre regulación financiera, y las empresas del sector sanitario pueden ofrecer cursos sobre nuevas tendencias en salud.
En definitiva, el objetivo es crear una cultura de la capacitación continua en las personas jurídicas, que permita a los empleados adquirir nuevas habilidades y conocimientos para mejorar su desempeño en el trabajo.
Conclusiones
En este artículo, se ha explorado la relevancia de la educación continua en legislación para las personas jurídicas en Ecuador, destacando su importancia en el contexto de los derechos fundamentales de estas entidades. A través de un enfoque mixto que combina métodos cualitativos y cuantitativos, se ha buscado comprender la influencia de la educación continua en la capacidad de las personas jurídicas para proteger y ejercer sus derechos de manera efectiva.
Los resultados obtenidos mediante el uso de Mapas Cognitivos Difusos (MCD) han proporcionado una visión detallada de los factores que influyen en la educación continua de las personas jurídicas. Se ha identificado que la frecuencia y variedad en las propuestas educativas son los elementos de mayor influencia, generando un alto nivel de conocimientos y estableciendo una sólida base cultural legal.
La interconexión de todos los nodos (causas) sugiere la necesidad de abordar la educación continua de manera integral, reconociendo la interdependencia de los diferentes aspectos analizados. A pesar de esta interconexión, se subraya la posibilidad de desarrollar estrategias adaptadas a la jerarquía identificada, aprovechando la naturaleza común de las causas interconectadas.
En respuesta a estos hallazgos, se proponen estrategias específicas para fomentar la educación continua en las personas jurídicas. Estas estrategias incluyen la creación de planes de capacitación anuales, la oferta de incentivos para la participación, la facilitación del acceso a actividades formativas y la promoción de una variedad de eventos educativos adaptados a las necesidades específicas de cada empresa.
En última instancia, el objetivo final es establecer una cultura de capacitación continua en las personas jurídicas, permitiendo que los empleados adquieran nuevas habilidades y conocimientos para mejorar su rendimiento laboral. Este enfoque contribuirá no solo al desarrollo individual de los profesionales, sino también al fortalecimiento de las personas jurídicas en su capacidad para ejercer y proteger sus derechos fundamentales en un entorno legal dinámico.