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Revista Universidad y Sociedad

versão On-line ISSN 2218-3620

Universidad y Sociedad vol.15 no.4 Cienfuegos jul.-ago. 2023  Epub 12-Ago-2023

 

Artículo Original

Legislación inclusiva: cumplimiento y aplicación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en población Jornalera Migrante

Inclusive legislation: compliance and application of the sustainable development goals in the Migrant day Laborer population

0000-0001-6449-9136Graciela Amira Medecigo Shej1  * 

1Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo. México

RESUMEN

Resulta relevante enfatizar el papel de la educación multigrado indígena como un medio para el desarrollo personal y colectivo de los estudiantes y para la construcción de sociedades más equitativas. Además, se destaca la importancia de que la educación multigrado forme parte de políticas más amplias de inclusión y desarrollo en las comunidades indígenas, promoviendo el acceso a la educación superior y al mercado laboral para los estudiantes de dichas comunidades.

Palabras-clave: Inclusión; Legislación; Agenda 2030

ABSTRACT

It is relevant to emphasize the role of indigenous multigrade education as a means for the personal and collective development of students in orden to make up societies with more equity. In addition, it points at the importance of multigrade education among broader inclusion and development policies in indigenous communities is highlighted, promoting access to higher education and the labor market for students from said communities.

Key words: Inclusion; Legal Framework; 2030 Agenda

Introducción

La UNESCO recalca que todos debemos tener acceso a la educación concibiéndola como derecho fundamental; independientemente de nuestra situación económica, género, etnia o religión. La educación permite desarrollar el potencial humano, adquirir habilidades y conocimientos necesarios para la vida cotidiana y para participar en la propia comunidad. Además, una educación de calidad también es un medio para el desarrollo económico y social de un país.

De igual manera la Declaración de Incheon (UNESCO, 2015), expresa que; la educación es un derecho humano fundamental y es esencial para el desarrollo personal y colectivo. Siendo inclusiva, equitativa y de calidad, además, de promover la igualdad de género, el desarrollo sostenible, la participación ciudadana, la innovación y el crecimiento económico, así como para construir sociedades más justas.

La Convención de los Derechos del Niño desarrollada por UNICEF (2006), destaca que es esencial garantizar el acceso a una educación de calidad y en igualdad de condiciones ya que éstos, son el futuro de nuestra sociedad, esto significa que se debe asegurar que todos los niños, tengan la oportunidad de aprender y desarrollar sus habilidades y potencialidades además de poder ejercer otros derechos fundamentales, como el derecho a la salud y el derecho a la participación social.

La educación es un elemento clave para alcanzar el desarrollo sostenible y para lograr el cumplimiento de los objetivos planteados en la Agenda 2030 (CEPAL, 2022), donde se manifiesta que una educación de calidad es esencial para que las personas puedan tener acceso a oportunidades económicas y mejorar su calidad de vida, al tiempo que se salvaguarda la protección al medio ambiente, siendo también la educación inclusiva y equitativa una herramienta fundamental para reducir las desigualdades sociales y económicas fomentando así una cultura de paz y justicia.

En la Agenda 2030 se destaca la importancia de la colaboración entre diferentes actores y sectores para lograr los objetivos de desarrollo sostenible. En ese sentido se vinculan las acciones realizadas por el Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE), que trabaja en colaboración con comunidades, autoridades locales y otros actores relevantes para ofrecer una educación de calidad y para promover el desarrollo sostenible en las áreas rurales y marginadas.

Por otra parte, la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, recalca que toda persona, tiene derecho a una educación de calidad en igualdad de condiciones. Esto significa que las escuelas deben ser accesibles para las personas con aquella condición, y que se deben ofrecer adaptaciones y apoyos necesarios que garanticen la plena participación en el aprendizaje. Una educación inclusiva y equitativa es esencial para promover la inclusión social y la participación plena y efectiva en la sociedad.

Para terminar, en el contexto de la educación multigrado, el modelo educativo de la Nueva Escuela Mexicana planteada por la Secretaría de Educación Pública en 2019 reconoce la diversidad cultural y lingüística de México y busca promover el respeto y valoración de las lenguas y culturas indígenas dentro del ámbito educativo. También se enfoca en desarrollar estrategias pedagógicas que fortalezcan el aprendizaje efectivo en un ambiente multigrado, donde los estudiantes pertenecen a diferentes niveles y ritmos de aprendizaje, la formación docente para trabajar en entornos multiculturales y multilingües enfocándose en la capacitación docente en tareas de atención a población de estudiantes multigrado, alineando y adaptando estrategias pedagógicas que respondan a las necesidades específicas de esta población.

Además, en un mundo globalizado, víctima de innumerables cambios sociales y políticos, es imposible pensar en la educación como un elemento aislado y de injerencia única para cada país; Siendo sin lugar a duda, un factor de interés común, no importando factores socioculturales y psicosociales por ello organismos internacionales se han dado a la tarea de establecer lineamientos estandarizados en búsqueda de garantizar el derecho a la educación, atendiendo a la equidad, inclusión y diversidad cultural. Mismos que han servido como guía para la elaboración de planes, políticas y currículos particulares en cada región. Pero, intentar lograr una educación global, que a su vez atienda cada una de las necesidades que la equidad, inclusión y diversidad cultural que cada país traen aparejadas, no es tarea fácil. En el año 2015, la UNESCO, diversos organismo y 160 países, decidieron poner en marcha la Declaración de Incheon. Plan a 8 años que dentro de sus lineamientos matriz plantea “Garantizar una educación inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendizaje permanente para todos” (UNESCO, 2015). Aunque todas las metas de esta declaración tienen concurrencia, el número 4, está enfocada a la contribución del logro del Objetivo de Desarrollo Sostenible, específicamente los sub puntos 4.5 y 4.7, cobran especial relevancia ya que buscan eliminar las desigualdades de género, garantizar condiciones de igualdad para personas vulnerables, los derechos humanos, además del reconocimiento y respeto por la diversidad cultural (UNESCO, 2015).

Por otro lado, Barriga et al., (2018), desde la Agenda Intercultural para la Educación Nacional, permite tener una visión mucho más amplia sobre las áreas de oportunidad con las que cuenta México, así como las particularidades que lo distinguen de sus pares latinoamericanos y europeos, otorgando así especial atención a la enorme interculturalidad que nuestro país presenta, así como priorizando la educación para todas y todos, y enalteciendo dicha diversidad. Pensar en los pueblos originarios como base de nuestra historia, pero también mirando al futuro con ellos y con temas que cada vez toman mayor relevancia, como la diversidad sexual y de género, es necesario el planteamiento de nuevas políticas educativas incluyentes, vistas de la normativa de los Derechos Humanos. Políticas que parecen sintetizarse con la aplicación del modelo a iniciar, denominado Nueva Escuela Mexicana, planteado para su aplicación en el ciclo escolar 2023-2024, dicho programa, dentro de sus lineamientos, en cuenta con un apartado completo (apartado F), dedicado en su totalidad a la interculturalidad, tiene como objetivo la paz y cohesión social. Pasando por un bilingüismo holístico, la equidad, el diálogo y el ampliar nuestras perspectivas con cambios de ideas cimentados en la empatía, la positividad de las diferencias, una mejor comprensión y adaptabilidad. Abriendo la visión a la universalidad; que reconoce y respeta la identidad personal, sexual, de género, cívica y cultural que se experimenta en los entornos educativos, siempre con la meta de lograr un bienestar mental y social, individual y colectivo para los estudiantes (Secretaría de Educación Pública, 2019).

Desarrollo

¿Existen lineamientos internacionales que orientan la equidad, la inclusión y el derecho a la educación? La respuesta es afirmativa porque la equidad, inclusión y derecho a la educación son temas a los cuales se debe prestar especial atención en la actualidad. Diversos organismos internacionales y nacionales, a través de documentos oficiales se han encargado de establecer los ejes rectores hacia la mejora de dichas temáticas y se puede identificar la influencia de la “Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, la “Agenda intercultural” y “La Nueva Escuela Mexicana: principios y orientaciones básicas”. Como ya se mencionó la primera plantea 17 objetivos que se pretenden alcanzarse a nivel global hacia el año 2030, a saber, son tres los objetivos con mayor influencia, poner fin a la pobreza en todas sus formas alrededor del mundo, el garantizar una educación inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendizaje permanente para todos, además de reducir la desigualdad en los países y entre ellos. Por otro lado, la Nueva Escuela Mexicana fomenta la interculturalidad, estableciendo como uno de sus principios orientadores la “atención a la diversidad cultural, lingüística, de género y de aprendizaje de grupos sociales” (SEP, 2019), promoviendo así la inclusión de todas las diversidades.

Los planteamientos de la Nueva Escuela Mexicana caminan de la mano con los ideales de protección a la formación integral de niñas, niños y adolescentes. Los cuales combaten en contra de la discriminación y los ambientes de riesgo o peligro en los que pueden relacionarse los estudiantes, buscando la construcción de una identidad desde entornos integrales y dignos (Secretaría de Gobernación, 2016).

Y aunque pareciera que el objetivo principal de los textos es la interculturalidad, está siempre será concurrente con la inclusión de grupos vulnerables, en los que entran los miembros de la comunidad LGBTQ+ sobre todo quienes se encuentran en etapas formativas, siendo entonces pertinente cuestionarnos, ¿qué se necesita para lograr una educación intercultural y diversa?, para ello “se pretende construir un marco teórico, global y complejo [...] que capacite para realizar una intervención educativa eficaz fundamentada científica y éticamente” (Besalú, 2002).

Así mismo, se debe dimensionar como la cultura se encuentra presente en toda actividad humana, no es la excepción el lenguaje y la comunicación, según Ron en 1977, se entiende como cultura al “conjunto de significaciones” por lo tanto, la peculiaridad de lo que implica el concepto es diverso, así que se tiene que negar el etnocentrismo que solo abarca a unos cuantos que se ven beneficiados desde su perspectiva individual debido a su cultura que presentan. La escritura y la comunicación constituyen concepciones culturales con gran peso, pues las primeras veces que estas se usaron de manera formal, sirvieron para satisfacer necesidades que demandaba cada una de las épocas “inventarios, catálogos, censos, leyes, mandatos […] es una manifestación de poder […]” (Ron, 1977) Levi-Strauss también señala que “El lenguaje es el instrumento esencial”, y esto se observa desde como las personas adquieren determinados rasgos culturales, partiendo desde el hogar y la educación de sus padres, también conforme ellos van estableciendo relaciones interpersonales donde tengan que interactuar con otros individuos, así mismo en el colegio y sus distintas formas de interacción así como en cada esfera social, pues cada escenario, irá dotando a una persona de cultura que le permita construir una personal. El lenguaje, por lo tanto, permite constituir una identidad cultural en cada ámbito, valores personales, familiar, laboral, religioso, social, colectivo, etc. (Ron, 1977). De igual manera, el lenguaje es objeto de estudio e instrumento fundamental para el desarrollo del aprendizaje y la adquisición de conocimientos en diversas áreas de acuerdo a las aportaciones de Carrasco (2014), esto se observa en el aula, pues cuando un estudiante es inmerso al sistema educativo, sus habilidades de lenguaje oral y escrito son puestas a prueba, desde los primeros años es parte de un proceso de lectoescritura, en el que la forma en que adquiera estas competencias marcarán la diferencia respecto a otros estudiantes de la misma edad, y en teoría una vez que domine estas habilidades básicas podrá apropiarse del aprendizaje y conocimiento de cada una de sus asignaturas.

“La diversidad que caracteriza a la sociedad mexicana contemporánea no puede ni debe seguir siendo percibida por el sistema educativo nacional como un problema o como un obstáculo” (Sartorello, 2019) lo que quiere decir que estas “diferencias” que en ocasiones se encuentran en las aulas, lejos de ser un problema representan nuevas oportunidades de aprendizaje, siempre van a estar presentes, y se deben aprovechar de la mejor manera para enriquecer aún más el contexto mediante la práctica docente y la práctica social del alumno.

En Carrasco (2014), se menciona que “el enfoque de las prácticas sociales del lenguaje, entiende al lenguaje como actividad social en el marco de una perspectiva sociocultural” esto debido a que la practica social del lenguaje, tiene relación con la aplicación de lo aprendido teóricamente en un contexto que simule lo real, por lo tanto, el docente debe adecuar prácticas que favorezcan que sus alumnos desde sus posibilidades, contextos, y diversidad puedan aprender y practicar sus conocimientos.

Por su parte, la Secretaría de Educación Pública (SEP, 2009), expresa que se debe "asegurar que los estudiantes profundicen y ejerciten su competencia para utilizar el español en forma oral y escrita", mientras que de igual forma hace hincapié en que “el propósito de la enseñanza del español para la educación básica es que los estudiantes se apropien de diversas prácticas sociales del lenguaje y participen de manera eficaz en la vida escolar y extraescolar”, por lo que es evidente que siempre se busca favorecer en los estudiantes su lenguaje y comunicación no sólo durante su estancia, sino también en los posteriores niveles educativos y su vida fuera de lo educativo. Asimismo, Carrasco (2014), indica que “Desde una perspectiva sociocultural, se considera que lo escrito tiene un lugar en la vida comunicativa de los miembros de una comunidad” lo que significa que la eficiencia con la que una persona se logre comunicar de manera escrita tendrá un impacto dentro del contexto del que se encuentre.

En nuestro mundo, el conocimiento es poder, y la educación empodera. La educación es una parte indispensable de la ecuación del desarrollo, y tiene un valor intrínseco -que va mucho más allá de la dimensión económica- para brindar a las personas la capacidad de decidir su propio destino. Por eso, la oportunidad de recibir educación es clave para el desarrollo humano Núñez et al., (2021)

Se concluye con la idea de que educar es algo vital que se debe hacer, ya que abre muchas oportunidades para las personas, cada quien debe buscarle el valor personal a lo que está aprendiendo, aunque parezca a veces todo estar en contra por los factores económicos, siempre se puede aprender, la educación va más allá de lo que se enseña y desarrolla en la escuela, por eso es que la práctica social del lenguaje, posibilitará al alumno de ser un sujeto activo e inmerso dentro los diversos escenarios.

Para finalizar en México, la situación actual sigue siendo un desafío importante en cuanto a su inclusión en la sociedad y en el contexto educativo, aun cuando existen leyes y políticas que promueven su inclusión y protección, todavía persisten barreras culturales y de acceso que dificultan su participación plena en la sociedad.

La Ley General de Educación establece que todos los niños y jóvenes tienen derecho a una educación inclusiva y de calidad, independientemente de sus capacidades o discapacidades, sin embargo, en la práctica, la implementación de la educación aún presenta desafíos en cuanto a accesibilidad y calidad de la atención, a pesar de los desafíos, existen esfuerzos en curso para mejorar la inclusión y promover la igualdad de oportunidades en el sistema educativo mexicano.

Es importante una mirada a los objetivos de la Agenda 2030 para considerarlo como un sector importante de la población en situación de riesgo, siendo la migrante jornalera por que deben hacer visibles las barreras que impiden la inclusión en la educación para esta población, cobrando importancia aspectos legales los que toman relevancia, en lo que respecta a la falta de leyes y regularizaciones adecuadas para proteger sus derechos y garantizar su inclusión en la sociedad. Así mismo las barreras económicas enfatizando los programas de asistencia para vivir con dignidad: mientras que las barreras sociales y culturales para desalentar la exclusión y la marginación.

Por otra parte, la situación encontrada en los campamentos de migrantes en el estado de Hidalgo revela que se incumple con lo dispuesto en la Convención de los Derechos del Niño en especial en su artículo 32, expresa que los estados firmantes se comprometen a proteger a los niños contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda entorpecer su educación y a establecer sanciones para garantizar la aplicación efectiva de estas disposiciones. ¿Qué podemos hacer? Como puede verse, existe una amplia legislación tanto en el ámbito interno como en el internacional, en la cual se establecen con claridad el derecho de los niños a recibir educación básica y la prohibición expresa del trabajo de menores de 14 años. Pareciera que lo que se necesita no es promulgar nuevas leyes, sino que se respeten las que ya existen, debido a esta situación, los niños migrantes están viviendo lo que O’Donnell (2004) llama la ciudadanía limitada o de baja intensidad.

“En nuestros países casi todos somos ciudadanos en términos de derechos políticos, pero muchos no gozan de derechos civiles básicos ni, por supuesto, sociales. Las víctimas de esa ciudadanía no sólo son pobres materialmente, también lo son legalmente.

En el caso de los migrantes se presenta de igual manera lo que este autor califica en sus aportaciones como las “zonas marrones” haciendo referencia, a aquellas zonas geográficas o sectores sociales en los que la legalidad del Estado no se aplica.

“De hecho, muchos de nuestros países tienen un régimen democrático que coexiste con una legalidad intermitente y sesgada. Simplemente la legalidad del Estado no se extiende a vastas regiones de no pocos de nuestros países (…) aún en regiones donde el sistema legal tiene alcance, éste es aplicado no pocas veces con sesgos discriminatorios contra varias minorías y aún mayorías, tales como las mujeres y los pobres.”

De lo que se trata entonces, es ampliar la ciudadanía a estos sectores hoy excluidos, en búsqueda del pleno ejercicio de los derechos ciudadanos para lo que es indispensable el acceso a la educación básica, puesto que será lo que les permita, cuando sean adultos, tener la libertad de decidir. En su célebre ensayo “ciudadanía y clase social”, T.H. Marshall (1998), expone el pensamiento del economista británico Alfred Marshall, con el cual coincide.

“(…) sostenía que el Estado debía imponer de alguna forma su capacidad coercitiva, por ejemplo, obligando a los niños a asistir a la escuela, porque los que no han recibido educación no pueden apreciar, y por tanto no pueden elegir libremente, las cosas buenas que distinguen la vida de los caballeros de la vida de la clase trabajadora. Se trata de obligados y ayudarlos a subir el primer peldaño; de ayudarlos, si ellos quieren, a subir muchos más. Nótese que sólo se les obliga en el primer peldaño. La libre elección se produce en cuanto han adquirido la capacidad de elegir.

En el caso de los migrantes existe la idea errónea, entre los propios padres, de que los niños no van a la escuela porque no quieren como si se tratara de un acto opcional, se coincide con la postura expresada por ambos Marshall, en que es función del Estado velar porque los niños asistan a la escuela y obligar a los padres, mediante sanciones, si fuera preciso, para que los dejen ir. Sólo cuando se tiene acceso a un mínimo de instrucción inicial se estará en condiciones de elegir con libertad.

Pero ¿cómo usar el poder coercitivo del Estado en este caso? En Hidalgo, México la violación fragante a toda la legislación vigente en materia de protección a la infancia no la hacen grandes empresas que contraten mano de obra de manera ilegal. No se trata tampoco, como se cree en forma errónea, que existan crueles “enganchadores” que explotan sin misericordia a mujeres y niños para multiplicar sus ganancias. En el caso que estudiamos son los propios padres los que incorporan a sus hijos en las actividades productivas, como parte de las estrategias de sobrevivencia que adoptan las familias en las pizcas. No se puede, en este caso, enviar a inspectores del trabajo u obligar a los padres, por medio de acciones policíacas, a que cumplan la ley.

Desde una posición radical se diría que la ley no se discute, sólo se aplica “dura lex, sed lex”. Pero en este caso la situación es muy compleja. Por ejemplo, el cabal acatamiento de la norma constitucional que prohíbe el trabajo de los menores de 14 años sería demasiado oneroso para las familias de migrantes, en las cuales el 40% del ingreso familiar es aportado por estos menores. Los jornaleros migrantes violan la ley cuando llevan a sus hijos a realizar actividades agrícolas, en lugar de enviarlos a la escuela, pero no lo hacen por un afán delictivo sino por necesidad.

Se nos acaban las opciones. Hemos dicho que la ausencia de derechos de los niños migrantes no se resuelve mediante la promulgación de leyes, pues éstas ya existen. Hemos dicho también que no se puede obligar a los jornaleros a que cumplan con las leyes, puesto que éstas se incumplen por necesidad y no por capricho, por lo que el acatamiento de la norma podría significar una fuerte merma de los ingresos, que pondría en peligro la sobrevivencia de las familias. ¿Qué procede entonces?

Diversos autores se han pronunciado por buscar formas creativas en las que el gobierno pueda promover el ejercicio efectivo de los derechos de los niños migrantes, reconociendo las desfavorables situaciones que los rodean y los convierten en entes vulnerables. Un asunto de gran importancia es que los niños tienen que emigrar con la familia en busca de una mejor calidad de vida, lo cual repercute en su desarrollo personal, porque al momento de migrar abandonan sus estudios para dedicarse a contribuir al sustento económico para la familia.

En este ámbito se propone hacer una reforma a la legislación de infantes, considerando las condiciones de gobierno y aspectos políticos y administrativos, lo que permitiría establecer una mejor calidad de vida para los niños. Así mismo, plantea pasar del enfoque de que se trata de una situación irregular, a uno que promueva una protección integral. En algunos países latinoamericanos existe resistencia a reconocer los derechos de los niños, por considerarse que son situaciones de índole familiar, o porque los empleadores de menores consideran que estos derechos pueden ir en perjuicio de su rentabilidad.

Además, se estudian algunas disposiciones legales, que han sido planteadas por diversas organizaciones encargadas del cuidado de los menores, como la prohibición de empleo de niños, aunque se ha considerado la alternativa de que, en el caso de que el trabajo les permita una mejor condición de vida, se pueda admitir, siempre y cuando no perjudique o interfiera en sus estudios o en su salud.

En otros trabajos se hace un esfuerzo por entender la forma en que el trabajo infantil se puede compatibilizar con la enseñanza básica que se imparte en las zonas rurales o la forma en que éste afecta las condiciones de salud y nutrición. En la actualidad existen buenas condiciones institucionales para promover la integración de los migrantes a la escuela. En la “Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes”, vigente desde el año 2000, se crean restricciones para la discriminación en materia de oportunidades educativas y se faculta al gobierno a establecer los mecanismos que sean necesarios, para contrarrestar las causas culturales o socioeconómicas que propicien dicha discriminación.

En síntesis, las normas jurídicas no pueden ni deben hacer excepción alguna para exentar de su cumplimiento a ciertos sectores de la población. Por ejemplo, la norma constitucional que regula el trabajo infantil no puede reformarse para que diga que se prohíbe el trabajo de los menores de 14 años, excepto cuando su trabajo sea indispensable para el mantenimiento de la familia. No es viable entonces plantear que las leyes existentes se adapten a la realidad socioeconómica, lo que hay que hacer es que la ley se cumpla, no obstante, no es posible usar medidas coercitivas para obligar a los jornaleros migrantes a cumplir las leyes, puesto que no cuentan con las condiciones mínimas para hacerlo. Por tanto, la única opción viable parece ser que el Estado instrumente medidas para ayudar a los migrantes a contar con las condiciones socioeconómicas indispensables, para que les pueda ser demandado el respeto de las normas, lo cual, a nuestro juicio, se lograría mediante una buena coordinación de la política educativa con la política social.

Tal como lo planteo uno de los principales problemas de los pobres no es tanto la falta de disponibilidades, que explicaría su miseria si vivieran en sociedades donde prevaleciera una total carencia de recursos, sino la falta de titularidades, esto es, de derechos que brinden acceso a parte de la riqueza disponible en la sociedad. El concepto de “titularidad” se refiere a la habilidad de las personas para conseguir alimentos u otros bienes a través de los medios legales disponibles.

Conclusiones

En el caso de México, se ha pronunciado por buscar formas creativas en las que el gobierno pueda promover el ejercicio efectivo de los derechos de los niños migrantes, reconociendo las nocivas situaciones que los rodean y los convierten en entes sensibles. Un asunto de gran importancia es que los niños tienen que emigrar con la familia en busca de una mejor calidad de vida, lo cual repercute en su desarrollo personal, porque al momento de migrar abandonan sus estudios para dedicarse a contribuir al sustento económico para la familia. Entonces, debemos identificar que el objetivo de este documento admite asemejar que el desarrollo es un proceso global y complejo que involucra múltiples dimensiones articuladas entre sí, por lo que se requiere un esfuerzo para desarrollar un enfoque integral, que preste atención a lo cultural, económico, político y social, en beneficio de la niñez y de desalentar la mortalidad infantil.

Luego entonces, la vulnerabilidad nacional es un tema que sigue vigente en la sociedad en México y que se presenta en algunos grupos vulnerables como los menores jornaleros migrantes. Está comúnmente relacionada con la pobreza y trae como consecuencia desventajas ante algunos derechos tales como a la educación. Desde el punto de vista social, argumentan que la vulnerabilidad se relaciona con la fragilidad y/o limitaciones de las personas o grupos para hacer frente a las adversidades cotidianas y que, de acuerdo con Aguiló, esto se ha dado por un “efecto social originado por dinámicas históricas excluyentes y vulneradoras de los derechos de diferentes grupos sociales”. En México, la historia de la interculturalidad se encuentra estrechamente ligada a los pueblos indígenas y es en los objetivos de la Agenda 2030 donde podemos hacer visibles los nichos de oportunidad.

Referencias bibliográficas

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Recibido: 25 de Abril de 2023; Aprobado: 17 de Junio de 2023

*Autor para correspondencia E-mail: amirashej@hotmail.com

La autora declara no tener conflictos de intereses.

La autora participó en la búsqueda y recopilación de la información, redacción y revisión del artículo.

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