Introducción
El especialista de Segundo grado es un profesional de las ciencias de la salud que demuestra un dominio de excelencia en su especialidad con alto nivel de conocimientos y competencia profesional lo que debe quedar demostrado ante un tribunal de especialización de segundo grado.1
En este sentido, por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 29 de junio de 2009 se emite la resolución 132, que aprobó el “Reglamento para la obtención del Segundo grado en las ciencias de la salud”, y que dispone en cuatro capítulos los siguientes aspectos: los requisitos y formalidades para la obtención del título, la tramitación de las solicitudes, la constitución y funcionamiento de los tribunales y las reclamaciones ante el viceministro para la Docencia y la Investigación en el caso de desacuerdo del aspirante con el dictamen del tribunal evaluador.2
Diversos autores cubanos se refieren al tema desde la perspectiva y las insuficiencias que se presentan en la obtención de esta categoría. En algunos centros como es el caso de la Universidad de Ciencias Médicas de Ciego de Ávila, desde 2016 se realizan estrategias para la obtención de la categoría de especialista de Segundo grado para especialistas de Medicina General Integral con buenos resultados, sin embargo, no es similar la situación que presenta esta categoría en las especialidades de la Atención Secundaria de Salud y en específico, de Ortopedia y Traumatología.
La provincia de Ciego de Ávila cuenta con dos hospitales generales docentes. En el Hospital General Docente Cap. Roberto Rodríguez de Morón hay 14 especialistas con más de tres años de graduados y de estos, solamente dos (14,28 %) son especialistas de Segundo grado. Por su parte, en el Hospital General Docente Dr. Antonio Luaces Iraola, de Ciego de Ávila, hay 31 especialistas de Ortopedia y Traumatología con más de tres años de graduados y solo ocho, (25,80 %) poseen esta categoría.
De forma general, de un total de 45 especialistas de Ortopedia y Traumatología que trabajan en la provincia, con más de tres años de graduados, solamente 10 (22,20 %) han alcanzado el segundo grado.
Este comportamiento es similar a lo que ocurre en otras provincias. En Camagüey, donde trabajan un total de 77 especialistas de Ortopedia y Traumatología con más de tres años de trabajo, solamente siete tienen el segundo grado (9,09 %), lo que implica que en esta provincia más del 90 % de los ortopédicos pudieran tener esta categoría.
La mayoría de los ortopédicos de las provincias mencionadas con más de tres años de graduados son miembros en los capítulos provinciales de la Sociedad Cubana de Ortopedia y Traumatología, acumulan una importante participación en eventos científicos que auspicia esta sociedad, han recibido e impartido cursos de especialización nacionales e internacionales, poseen categoría docente y en menor grado categoría de investigador.
Si bien es bajo el índice de publicaciones en estos profesionales, es posible mejorar este indicador, teniendo en cuenta la participación de los especialistas en la investigación y las nuevas estrategias de la Revista Cubana de Ortopedia y Traumatología para el fomento de las publicaciones.
Autores cubanos describen similares situaciones en otras especialidades.3 Entonces, ¿por qué no existen más especialistas de Segundo grado en los servicios hospitalarios?
Esto, a juicio de los autores se debe en lo fundamental al falso criterio de que resulta complejo obtener los documentos acreditativos necesarios para la creación del expediente del aspirante a especialista de Segundo grado, y al parecer, a la escasa divulgación de la Resolución 132 de 2009 en los servicios y subdirecciones docentes de los hospitales, por lo que consideramos necesario organizar el proceso de creación de este expediente, indicar con ejemplos prácticos cómo confeccionar cada uno de los documentos necesarios y explicitar hacia donde deben dirigirse los optantes para su aprobación.2
Los objetivos de esta guía son: divulgar el contenido de la Resolución 132, y facilitar la confección de los documentos que se incluyen en el expediente con una organización tal que permita su fácil realización por los aspirantes al Segundo grado y contribuya a una mejor revisión de estos por el tribunal competente.
Método
Revisión de la bibliografía sobre el tema en las revistas cubanas a partir de la base de datos CUMED, teniendo en cuenta que la especialidad de Segundo grado solo se obtiene en Cuba; Se revisaron también algunos registros de los Capítulos Provinciales de la Sociedad Cubana de Ortopedia y Traumatología, y de la Resolución Ministerial No. 132 de 2009.
Desarrollo
El expediente para optar por el título de Especialista de Segundo grado conlleva dedicación y una estructura lógica fácil de comprender. A continuación se expone los documentos que debe contener y el orden en que deben ser presentados.
Este expediente con los documentos que avalan la trayectoria docente, asistencial e investigativa de los aspirantes debe entregarse en los departamentos de Posgrado de las universidades o facultades de ciencias médicas dirigidos al vicerrector o vicedecano de Posgrado según corresponda.
I- Expediente para optar por el título de Especialista de Segundo grado
Portada: la primera página del expediente debe incluir el nombre completo del centro de procedencia del optante, así como su departamento o servicio, el nombre del especialista con las categorías docente, o de investigador que posea, y el año en curso.
Cuerpo del expediente: todos los documentos que se detallan a continuación están dirigidos a la Comisión provincial de evaluación de expedientes para optar por el título de Especialista de Segundo grado, en determinada especialidad del vicedecanato o vicerrectorado de la universidad que corresponda.
Carta de solicitud del espirante: en este documento se expone y se firma la solicitud como aspirante a Especialista de Segundo grado en determinada especialidad, y se refiere que se cumplen los requisitos necesarios reflejados en el expediente que se adjunta, así como el compromiso de sostener las formalidades indicadas en los artículos 5, 6 y 7 del Capítulo I del “Reglamento para la obtención del Segundo grado en las especialidades en ciencias de la salud”.2
Hago constar que acredite su condición de miembro de sociedades científicas nacionales o extranjeras de la especialidad a que aspira, precisando si es miembro titular, numerario, adjunto o auxiliar.2
Aval del Consejo científico de la institución donde trabaja el aspirante, sintetizando los elementos que fundamentan y justifican la aprobación de dicha solicitud, lo que debe estar firmado por el presidente o secretario del Consejo científico.2
Documento expedido por la dirección de la unidad en la que trabaja el aspirante donde se expresa el tiempo de trabajo del especialista en la unidad, así como la consideración de la dirección sobre el dominio, competencia y capacidad de superación del aspirante. También pueden aparecer los cargos ocupados, reconocimientos obtenidos y otros aspectos que se consideren de interés.2
Aval del vicedecano, jefe del departamento de Posgrado de las Facultades o Universidades. Después de confeccionado, el aspirante entrega el expediente al departamento de Posgrado del vicedecanato o vicerrectorado de la universidad que corresponda, para su evaluación por la Comisión provincial de evaluación de expedientes, donde se le entregará a su vez, un aval que acredita la entrega al presidente del tribunal de Segundo grado el expediente ya evaluado y aprobado por esta Comisión.2
Curriculum vitae actualizado: incluye los documentos que hagan constar los aportes del aspirante al desarrollo de la especialidad y el nivel científico-técnico y profesional alcanzado con posterioridad a la obtención del título de Especialista de Primer grado. Este currículo debe estar en correspondencia con la especialidad a que aspira.2
En aras de facilitar el trabajo de revisión por los eventuales evaluadores, proponemos que el currículo se organice de la siguiente forma:
El currículo debe contener un índice con cada uno de los acápites incluidos, excepto los documentos 1, 2, 3, 4 y 5, que irán delante, en el expediente, sin numeración.
El currículo se debe escribir en letra Arial 12, espacio de 1,5 con sus páginas enumeradas en la parte inferior derecha.
Los acápites deben guardar un orden cronológico lógico.
Al final de cada acápite se adjuntan las evidencias (fotocopias u originales que certifican lo declarado en cada uno, dispuestas cronológicamente). Entre uno y otro acápite debe ponerse un separador con el título que indica el acápite que sigue a continuación.
En el índice del currículo deben aparecer los siguientes acápites:
Estudios cursados
Evidencias
Experiencia profesional (asistencial, docente e investigativa)
Cursos o adiestramientos nacionales o extranjeros, provinciales y municipales recibidos
Evidencias
Participación como profesor en cursos de posgrado (cursos impartidos)
Evidencias
Presentaciones en eventos científicos
Evidencias
Publicaciones
Evidencias
Participación como tribunal
Evidencias
Participación en calidad de: tutor, oponente o asesor de tesis o trabajos científicos
Evidencias
Proyectos e investigaciones realizadas
Evidencias
Idiomas extranjeros
Evidencias
Distinciones y condecoraciones
Evidencias
Salidas al extranjero
Al final del currículo dejará plasmado un hago constar donde usted se hace responsable de la veracidad de la información brindada en el documento, con su pie de firma y sello profesional.
II. Breve reseña de lo que debe incluirse en los acápites
Nombre y apellidos
Lugar de nacimiento
Fecha de nacimiento
Domicilio actual
Teléfono, correo electrónico
Carnet de identidad
Categoría docente
Categoría científica
Categoría de investigador
Cargo que ocupa
Centro de trabajo
Se hace alusión a las principales instituciones donde ha matriculado y los certificados o títulos alcanzados con sus evidencias respectivas a continuación del acápite.
Todos los requisitos y documentos que aparecen a continuación, corresponderán al período posterior a la obtención del título de Especialista de Primer grado. Las evidencias (certificaciones o hago constar) pueden ser los documentos originales o fotocopias.2) Estas serán incluidas al final de cada acápite.
Se hará una breve reseña de la labor desarrollada en relación con su especialidad, atendiendo a cada uno de los aspectos mencionados, así como las responsabilidades asumidas en aras del título al cual aspira.
Deben tener una duración total equivalente, como mínimo, a 200 horas. No se aceptarán cursos o entrenamientos con menos de 20 horas de duración. Del total de cursos, al menos dos de ellos deben estar relacionados directamente con la especialidad a la que se aspira.
Estos cursos tendrán no menos de 60 horas acumuladas impartidas personalmente, así como la evaluación otorgada por la institución que los organizó. En cada caso debe precisarse la fecha y lugar donde se impartieron los cursos.
Se declarará en orden cronológico la participación del especialista en 10 o más presentaciones en congresos, simposios, jornadas y cualquier otra actividad científica de nivel municipal, provincial, nacional o internacional.
Presentación de los ejemplares completos de dos trabajos publicados, que cumplan con los siguientes requisitos:2
Haber sido publicados en revistas científico-técnicas cubanas, provinciales o nacionales, impresas o electrónicas, con sello del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA) o extranjeras publicadas en la base de datos LILACS y/o SciELO.
El aspirante debe aparecer como primer autor y el tema publicado debe corresponder con la especialidad a la que aspira.
Podrá considerarse como equivalente a una publicación científica la participación como autor en:
la elaboración de planes y programas de estudios con el aval de la autoridad del nivel de aprobación correspondiente;
las patentes obtenidas o informes de registro sobre ensayos clínicos realizados (con el correspondiente aval del Centro Nacional Coordinador de Ensayos Clínicos [CENCEC] o Centro para el Control Estatal de la Calidad de los Medicamentos [CECMED];
la confección de un video, diapofonograma o software docente (con el aval del Decano o Rector de la Facultad o Instituto donde se elaboró, o del Centro de Computación Aplicada a la Medicina [CECAM], según corresponda, que exprese su calidad, nivel científico y aplicabilidad).
La publicación de un libro sobre la especialidad a la que se aspira puede considerarse suficiente en cuanto al requisito de publicaciones, si constituye un aporte significativo a las ciencias médicas, a nivel nacional o internacional.
Participación como miembro de tribunales para el otorgamiento de:
Participación en calidad de:
Proyectos e investigaciones realizadas:
Certificación que acredite el grado de suficiencia que posee en un idioma extranjero.
Se pueden incluir, además:
Después de entregado el expediente a la Comisión evaluadora correspondiente el aspirante deberá demostrar la competencia, el desempeño profesional y el nivel científico-técnico alcanzado a partir de los siguientes ejercicios: una actividad práctica propia de la especialidad en la que aspira obtener el segundo grado, y la disertación de un tema seleccionado por el tribunal, o la discusión de los resultados alcanzados por el aspirante en una investigación.2
Los miembros del tribunal son los que deciden los ejercicios que realizará el aspirante, lo que deben informar oportunamente para su preparación. Estas actividades serán evaluadas en las categorías de satisfactorio e insatisfactorio.2
Conclusiones
Se propuso a partir de la Resolución No. 132 de 2009 que dispone el “Reglamento para la obtención del Segundo grado en las especialidades en ciencias de la salud”, una guía de fácil comprensión, con una organización que facilita, además de la confección del expediente por los aspirantes, una mejor revisión de los eventuales evaluadores.