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Correo Científico Médico
versión On-line ISSN 1560-4381
CCM vol.17 no.1 Holguín ene.-mar. 2013
PUNTO DE VISTA
La ética en el laboratorio clínico
Ethics at Clinical Laboratory
José Antonio Del Campo Avilés
Máster en Medios Diagnósticos. Especialista de Primer Grado en Laboratorio Clínico. Asistente. Hospital Pediátrico Universitario Octavio de la Concepción de la Pedraja Holguín. Cuba.
En 2002, la Organización Mundial de la Salud efectuó su 55 Asamblea, en el centro de sus análisis estuvo la incidencia de eventos adversos que ponían en peligro la calidad de la atención de salud. Por ser una causa importante y evitable de sufrimiento humano con múltiples consecuencias, instó a sus estados miembros a prestar la mayor atención posible al problema de la seguridad del paciente.
Por su parte, la Organización Panamericana de la Salud, en estrecha colaboración con otras organizaciones, estableció una serie de recomendaciones que incluían un componente de ética para los laboratorios de salud 1.
El Código de Ética de un laboratorio expresa la política de la organización, al vincular las necesidades de los pacientes con las metas del laboratorio y establece sus condiciones éticas y morales; asimismo representa un compromiso con los valores de la organización y marca un punto de referencia para el comportamiento de sus miembros2 .
Por este motivo, expertos regionales de la Confederación Latinoamericana de Bioquímica Clínica y otros internacionalmente reconocidos en la Región, elaboraron una guía que sentó las pautas para que cada laboratorio estableciera su propio Código de Ética, basado en las características de cada país, sus normas y leyes nacionales.
Los elementos contenidos en la guía para laboratorios de salud se clasifican en: principios éticos esenciales y de la idoneidad, de la colaboración, de los derechos de los pacientes, de los procedimientos internos y de la confidencialidad3.
Entre los principios éticos esenciales y de la idoneidad se señalan, entre otros, que:
- Los laboratorios no realizarán prácticas reñidas con la ley, y deberán mantener la reputación de la profesión.
- Deben administrarse bajo la responsabilidad de un profesional autorizado, debidamente calificado.
- Es deber de todo profesional del laboratorio de tener conciencia plena de su responsabilidad profesional, ofrecer sus servicios en forma eficiente y capaz, basar sus análisis en los conocimientos científicos y prácticos adquiridos durante su formación profesional. Se encuentran también entre sus deberes, el estudio, lectura e introducción de los adelantos científicos recientes referidos al laboratorio, de los principios éticos y el respeto a los derechos humanos
- La integridad personal y profesional como atributos de todos los profesionales de la rama.
- Es un deber de todo laboratorio, atender al llamado de las instituciones o de las autoridades respectivas, en caso de emergencias, epidemias, pandemias, catástrofes, desastres naturales y deliberados o situaciones de urgencia nacional.
- Los laboratorios deben garantizar la seguridad y el bienestar del paciente, respetar sus intereses y dignidad, y asegurar su consentimiento informado.
- No se discriminará a ningún paciente por ningún motivo.
- Los trabajadores de los laboratorios, donde quiera que se encuentren, tendrán una actitud recta, honrada, profesional y de respeto por los derechos humanos.
- La toma de muestras se realizará siempre con la adecuada privacidad y el respeto a los aspectos culturales propios del paciente y la comunidad, y tratarán la información solicitada a los pacientes con la suficiente confidencialidad.
- Si el procedimiento de toma de muestras es más invasivo que la venopunción, se debe solicitar siempre el consentimiento escrito previo del paciente, e informarle e acerca de probables riesgos, posibles complicaciones, efectos colaterales y probables reacciones adversas.
- Solo se le pedirá al paciente, la información necesaria para una correcta identificación. En caso de necesitar de otros datos, se le explicará el motivo, y se tratarán de forma confidencial, y se respetará siempre su identidad.
- Cuando sea necesario actuar en situaciones de emergencia, en los que no se pueda requerir el consentimiento previo, se realizarán los procedimientos necesarios siempre que sean en el mejor interés del paciente, según las leyes establecidas y en estricto apego a los principios de confidencialidad.
- Si el tipo de análisis lo requiere, se reforzará el asesoramiento al paciente aunque el médico lo haya informado previamente.
- Las muestras que se reciban de otros laboratorios deben llegar en condiciones adecuadas, de lo contrario deberán rechazarse y comunicársele al laboratorio solicitante.
- Los procedimientos deben realizarse como están descritos y publicados en las normas, con la suficiente habilidad y competencia.
- El material obtenido será el adecuado para los análisis solicitados.
- Los resultados se informarán con la mayor exactitud, asegurando que, en la medida de lo posible, se interpreten correctamente y apliquen en el mejor interés del paciente.
- Se debe procurar brindar asesoramiento respecto a la selección e interpretación de los análisis realizados.
- La información que se almacena se deberá proteger adecuadamente contra pérdida, acceso no autorizado, manipulación indebida o usos incorrectos.
- Cada laboratorio establecerá sus protocolos de archivo con respeto a los requisitos legales y las recomendaciones de los organismos profesionales.
- Los resultados de los análisis pertenecen al paciente, por lo que serán confidenciales y solo se notificarán al profesional solicitante. Solo podrán ser notificados a otras partes si el paciente lo autoriza, o si lo requiere la ley.
- Los resultados pueden ser utilizados con fines de investigación si no aparece la identificación del paciente.
- Es inherente a la esencia de la profesión la salvaguarda del secreto profesional, como parte del respeto y dignidad del paciente.
Sin dudas, esta Guía ofrece información muy importante y útil para que cada laboratorio cree su propio código de ética, según las leyes del país, de manera que establezcan la conducta adecuada que deben seguir los profesionales en relación con el trabajo y los pacientes.
Será, inobjetablemente, una herramienta de gran ayuda que permitirá continuar ofertando servicios de laboratorio de calidad tanto a los pacientes como a los médicos.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
1. OMS. Código de ética de los laboratorios. 2007. [citado 22 feb 2012]. Disponible en: http://www.paho.org/spanish/ad/ths/ev/labs-guia_imp_codetica.pdf
2. Suardíaz Espinosa ME. Ética y excelencia en el Laboratorio de Análisis Clínicos: el paciente en el centro. Bioét. 2010 [citado 20 de mar 2012]; 10(1):17-20. Disponible en: http://cbioetica.org/revista/revista101.htm.
3. Terrés Speziale AM. El código de ética de la Organización Panamericana de la Salud.Rev Mex Patol Clin. 2007 [citado 20 mar 2012]; 54(1):6-11Disponible en: www.medigraphic.com/pdfs/patol/pt-2007/pt071c.pdf.
Recibido: 7 de mayo de 2012
Aprobado: 29 de mayo de 2013
Dr. José Antonio Del Campo Avilés. Hospital Pediátrico Universitario Octavio de la Concepción de la Pedraja Holguín.Cuba
Correo electrónico: jdelcampo@hpuh.hlg.sld.cu