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Revista Cubana de Farmacia

versión impresa ISSN 0034-7515versión On-line ISSN 1561-2988

Rev Cubana Farm v.43 n.3 Ciudad de la Habana sep.-nov. 2009

 

HISTORIA DE LA FARMACIA

 

Los prácticos de Farmacia en Cuba hasta 1912

 

Practitioners related to Pharmacy in Cuba up to 1912

 

 

Caridad Sedeño Argilagos

Doctora en Ciencias Químicas. Profesor Titular. Instituto de Farmacia y Alimentos. Universidad de La Habana. La Habana, Cuba.


RESUMEN

La Universidad de La Habana dio forma académica a los estudios de Farmacia en 1842. El 15 de julio de 1863 se estableció por Real Decreto un nuevo plan de estudios en esa institución, que incluyó enseñanzas agregadas de practicantes o flebotomianos, dentistas y comadronas. Desde entonces quedó allí oficializada la formación de los prácticos de Farmacia. En la primera mitad del siglo XX la farmacia cubana dejó de ser un centro de salud para convertirse en un centro comercial y la profesión farmacéutica pasó a ser exclusividad de la élite de la sociedad que podía costear los estudios universitarios. De otro lado, se produjo la formación de los prácticos de Farmacia, los cuales mediante el estudio independiente de contenidos teórico-prácticos, previo abono de la matrícula correspondiente podían rendir los exámenes pertinentes. Lógicamente el acceso a estos tipos de estudios predominó en jóvenes provenientes de la clase media. Es importante destacar el mérito que tuvieron estos técnicos medios de la profesión conocidos como prácticos de Farmacia. A pesar de que en la actividad farmacéutica en esa época predominaba el criterio comercial, este personal se convirtió en "médico de los pobres" por su contribución al alivio de las dolencias menores de salud de los más desposeídos. Durante los primeros años del siglo XX, las autoridades estadounidenses interventoras en la isla, intentaron en 1908 oficializar académicamente el ejercicio profesional de los prácticos de Farmacia, acción a la que se opusieron graduados farmacéuticos y representantes de la Universidad. Ello favoreció la elaboración de una nueva Ley de Farmacia, que fue publicada por primera vez en la Gaceta Oficial el 29 de febrero de 1912.

Palabras clave: Historia de la Farmacia en Cuba, farmacia y neocolonia, prácticos de Farmacia.


ABSTRACT

In 1842, University of Havana formed the academy of Pharmacy studies. By royal decree, in July 15, 1863 was established a new syllabus in that institution, including aggregate teachings of practitioners or phlebotomy specialists, dentists and midwives. From then was made official the training or Pharmacy practitioner. In the first half of XX century, Cuban pharmacy becames exclusive of the society elite that could to pay the university studies. Besides, training of Pharmacy practitioner was done, which by means independent study of theoretical-practical contents, previous payment of the corresponding registration, could make the pertinent examinations. Logically, access to these types of studies had predominance in young people from middle class. It is important to emphasize the merit of these middle technicians of the profession known as Pharmacy practitioners. Despite that in pharmaceutical activity in that period, there was a predominance of commercial criterion, this staff became in the "physician of poor people" by its contribution in relief of slight health pain of the more dispossessed. During the first years of XX century, the intervening American authorities in Cuba, in 1908 they tried to make academically official the professional exercise of the Pharmacy practitioners, action with the opposition of pharmaceutical graduates and University representative. It favored the drawing up of a new Pharmacy Act, first published in the Official Gazette in February 29, 1912.

Key words: History of Cuban Pharmacy, Pharmacy, neocolonialism.


 

 

INTRODUCCIÓN

El ejercicio de los "prácticos de Farmacia" en Cuba como dueños y responsables de los establecimientos dedicados a la conservación y expendios a la población de drogas y remedios tuvo sus orígenes durante los siglos XVI-XIX. En los inicios de este período las "boticas" pertenecían generalmente a personas formadas empíricamente en otros países, que habían sido entrenadas en Cuba para atender esta actividad, o a médicos titulados en universidades españolas.1

Al establecerse definitivamente en 1711 el Real Tribunal del Protomedicato como organismo encargado de cumplir las leyes de las Indias relacionadas con medidas de control de la salud pública, se logró una supervisión más adecuada de esta actividad, ya que entre los requisitos a cumplimentar se encontraban que los boticarios no se podían titular sin ser examinados y graduados en alguna Universidad reconocida por la Corona española; que las autoridades debían hacer que se visitaran las boticas y que las medicinas corrompidas se arrojaran y derramaran, para evitar que causaran daños a la población y que no podían recibir licencia o ejercer quienes no comparecían personalmente ante el Protomedicato para ser examinados y encontrados hábiles y suficientes.2

La actividad del Real Protomedicato de la ciudad de San Cristóbal de La Habana se suspendió en 1833, año en que fue sustituido en sus funciones por la Real Junta Superior Gubernativa de Farmacia, cuyo reglamento fue aprobado por la Reina gobernadora.2

No fue hasta 1842 que los estudios farmacéuticos se incluyeron como estudios universitarios, con la Facultad de Farmacia agregada a la de Medicina, hasta que en 1863 se separó de ella y constituyó una facultad independiente.3

En carta dirigida al Sr. Rector de la Universidad con fecha 18 de junio de 1908, aparece la referencia que desde el 18 de febrero de 1883 se había autorizado en Cuba a ejercer la profesión a algunas personas sin título de Licenciado o Doctor en Farmacia. En ella quedó registrado que "fueron autorizados para tal ejercicio, algunos poseedores de certificados de Farmacia expedidos por la Sub-Delegación de Farmacia de la Isla de Puerto Rico durante la soberanía española y posteriormente por el Board of Pharmacy de la propia isla, así como otros poseedores de títulos que fueron equiparados por la superioridad al título de Licenciado.4

O sea, en 1902 predominaban los prácticos de Farmacia como dueños de las "boticas", mientras los farmacéuticos con título universitario quedaban en proporción insuficiente para brindar los servicios de salud requeridos por la población.

LOS PRÁCTICOS DE FARMACIA DESDE 1902 HASTA 1912

El comienzo del siglo XX marcó cambios radicales en el status político, administrativo y social de Cuba; puso fin a cuatro siglos de colonialismo español e inició un período neocolonial desde 1902, con la intervención estadounidense. A partir de entonces la nación y los gobernantes de turno eran dirigidos y regidos de acuerdo con los intereses socioeconómicos de los Estados Unidos de América.

El año de 1842 había marcado el comienzo de los estudios universitarios de Farmacia en Cuba con la oficialización del primer plan de estudio para esta carrera. En la tabla 1 se muestra que durante los primeros 20 años de su funcionamiento habían egresado solo 42 profesionales.3 En la misma tabla se puede observar que en los 37 años restantes del siglo XIX se graduó un total de 663 farmacéuticos, lo cual da un promedio de egresados universitarios de 18 por año. Comportamiento semejante se observa para el período comprendido desde el comienzo del siglo XX hasta el año de 1912, en que se encuentran registrados 231 graduados de Farmacia, que da un promedio de 19 egresados por año académico.5


También se encuentran registrados en los libros de la Secretaría General de la Universidad de La Habana los títulos de farmacéuticos graduados en España y en otras universidades extranjeras. En la tabla 2 se muestra que en el período comprendido desde 1863 hasta 1900 fueron oficializados en el país 135 profesionales farmacéuticos graduados por algunos de los conceptos antes planteados, lo cual da un promedio anual de 3,6 profesionales potenciales incorporados a la actividad farmacéutica en Cuba.

Por los resultados hasta aquí mostrados se puede plantear que durante los años comprendidos entre 1863 y 1900 el país contaba con 798 farmacéuticos reconocidos.

En el mismo registro oficial se encontró que en el período 1902-1912 el número de graduados de licenciados o doctores en Farmacia fue de 232 profesionales.5

La escasez de personal formado y capacitado para atender los establecimientos dedicados a la custodia, conservación y expendio de medicamentos en la isla dio lugar a que en 1908 el Gobernador estadounidense provisional Charles E. Magoon emitiera el Decreto No. 1320, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Cuba,6 el cual sobre la base de cuatro problemáticas centrales relacionadas con esta actividad, emitiera un Resuelvo con 9 artículos, con los cuales pretendía darle una solución transitoria a la situación existente.

Las cuatro problemáticas que le sirvieron de argumento al interventor norteamericano fueron:

1. Las quejas que se reciben de que las Ordenanzas de Farmacia no se cumplen en lo referente a la presencia constante de los titulares en sus boticas.

2. Los verdaderos dueños y encargados de muchas boticas no tienen título académico.

3. Los dueños efectivos desean someterse a prueba de su competencia en el expendio y preparación de medicamentos por medio de un examen a fin de que se les conceda licencia que puedan cumplir los requisitos de la ley.

4. Es necesario por la seguridad pública que la composición de medicamentos y la preparación de recetas se realice bajo una inspección competente.


Merece comentarse el contenido fundamental de los artículos 1, 2, 3 y 7, los cuales contienen las disposiciones más importantes del mencionado Decreto:

- Artículo 1: Estaba autorizado al ejercicio de la profesión previa realización de exámenes ante un tribunal competente, todo personal que tuviera 5 años o más dedicado a la práctica de farmacia y que fuera mayor de 25 años.

- Artículo 2: Regulaba que la duración del examen fuera de no menos de 2 días; que debía contar con una parte práctica y una teórica; que debían estar presente en el tribunal al menos 4 miembros titulados; que el tiempo de duración de cada examen debía ser fijado previamente por el tribunal y que contaría con una parte oral, una escrita y una práctica.

En la parte oral se debía demostrar el dominio de conocimientos relacionados con las propiedades físicas de las drogas, los métodos de determinación de la pureza, la identificación de compuestos químicos y los instrumentos y equipos habituales en una botica. En el ejercicio escrito se debían contestar 5 preguntas de naturaleza práctica sobre las recetas y prescripciones y en el ejercicio práctico se debía realizar el reconocimiento de drogas y productos químicos de uso habitual en los establecimientos, así como preparar 4 fórmulas o recetas y explicar las distintas manipulaciones, según la 7ma. edición de la Farmacopea Española de 1905.

- Artículo 3: Autorizaba al aspirante que aprobara al examen anterior obtener un un certificado de "Práctico de Farmacia", con derecho a ejercer la profesión en la República de Cuba, bien como propietario o como auxiliar autorizado. El ejercicio tenía un costo de 50 pesos.

- Artículo 7: Regulaba que los tribunales de exámenes debían estar constituidos por 7 miembros, todos Doctores en Farmacia, con la designación del doctor Arístides Agramonte como su presidente.

Igualmente se publicó en la Gaceta Oficial, con fecha 7 de enero de 1908, la convocatoria de los Tribunales de Exámenes para Prácticos de Farmacia.7


La publicación del Decreto 1320, provocó de forma inmediata grandes conflictos en el Gremio de Profesionales y en la Facultad de Farmacia.

De todos los telegramas y cartas de protesta publicadas en la época, se han seleccionado algunas de las más representativas, como:8

Telegramas dirigidos al Rector de la Universidad de La Habana:

- Desde Cienfuegos el Licenciado Fernández y con fecha 9 de enero de 1908 expone: "Profesionales ruegan a Ud. haga extensiva por nosotros enérgica protesta de atropello del honor profesional por Decreto, concediendo derechos no adquiridos en aulas universitarias de Prácticos de Farmacia".

- Desde Santiago de Cuba con fecha 10 de enero de 1908 y firmado por el Dr. Catasús, presidente del Colegio Farmacéutico de esa ciudad: "Colegio Farmacéutico de Oriente espera que la Universidad velando por su honor sepa colocarse a la altura que se necesite en defensa de Facultad de Farmacia maltratada por Decreto sobre Prácticos".


Ante las protestas ocasionadas por el Decreto publicado, el Gobernador Magoon dirigió una carta con fecha 14 de enero del 1908 al Dr. Leopoldo Berriel, Rector de la Universidad de La Habana, en la que explicaba las razones de su emisión, el cual estaba dirigido a obligar a todos los dueños de farmacias, aunque no fueran licenciados, a garantizar una mínima preparación en las boticas, pues sobre todo en los pueblos del interior de la isla, estos eran los que predominaban.9

Por su parte el Decano de la Facultad de Farmacia de la Universidad de La Habana dirigió una carta respuesta al Rector con fecha 13 de enero de 1908, firmada por el Dr. M. Johnson, donde expuso sus consideraciones y respondió todas las preguntas realizadas por el Consejo Universitario en relación con los conflictos provocados por la publicación del Decreto 1320.10 En ella se emitieron los siguientes argumentos:

"La situación de las farmacias en Cuba que ha dado motivo a estos estudios, proyectos y decretos, es la siguiente".

"Más de la tercera parte de las Boticas en Cuba son propiedad de los llamados Prácticos de Farmacia, que no tienen diplomas de farmacéuticos y que pagan un farmacéutico diplomado para que preste el nombre, sin que en la mayoría de los casos, este farmacéutico que presta el nombre o regentea, intervenga en lo mínimo en la actividad de la farmacia. En Cuba hay aproximadamente 750 boticas. La universidad produce escasamente la cuarta parte de esa cantidad". "De los mismos hay que descontar aquellos que por sus aptitudes se dedican a otros trabajos. O simplemente no tienen capacidad económica para sacar fruto del ejercicio de la profesión. Esto se debe a que la nueva orientación de la enseñanza no da tiempo a los alumnos para practicar en las boticas y adquirir así la habilidad necesaria".

"Esta escasez de farmacéuticos es debida a los planes de estudios que hacen larga y costosa la carrera, pues hay 4 años de bachillerato, 2 de preparatorio de la Facultad de Ciencias y 2 de Farmacia en la Facultad de Medicina".

"Para poner remedio a este mal en lo futuro, es menester hacer menos largo y más modesto el plan de estudio y arreglar este de tal manera que puedan reclutarse los alumnos entre los dependientes de boticas".

"De esta manera se conseguirá que los que mañana iban a hacer prácticos dueños de boticas, tengan base científica, no necesitando de regentes".


A continuación respondió las preguntas realizadas por el Consejo Universitario:

- Sobre la 1ra. pregunta: "El decreto eroga perjuicios a los farmacéuticos titulados porque disminuye la demanda de regencia y porque aumenta la competencia con los nuevos prácticos".

- Sobre la 2da. pregunta: "La escuela sufrirá poco. Ya he dicho cuan anémica está y cuan pobremente cumple el fin para el que fue creada. Repito que ella produce escasamente la cuarta parte de los farmacéuticos del país".

- Sobre la 3ra. pregunta: "El decreto no es eficaz para remediar el mal que padecemos, que es la escasez de farmacéuticos completamente educados; el decreto no hace más que legalizar lo que pasa en la realidad".

- Sobre la 4ta. pregunta: "La legislación anterior aunque se aplique bien, que nunca se aplicó, tampoco resuelve el problema. De aplicarse muchas boticas cerrarían, principalmente en el campo, creando nuevos conflictos, pues sería sustituido el actual práctico con regente, por el bodeguero que vendería medicinas y por el negro brujo que curaría con diabluras".


El análisis de lo antes planteado permite afirmar que el Decreto No. 1320 emitido y firmado por el Gobernador norteamericano provisional en la Isla de Cuba provocó grandes conflictos entre todas las partes implicadas, al tiempo que del análisis de los documentos revisados se pueden extraer las principales posiciones profesionales y sociales que se manifestaron al respecto.

- Por un lado estaba la posición del gobierno interventor foráneo, el cual pretendía oficializar en el ejercicio profesional farmacéutico a ciudadanos que no habían realizado estudios universitarios, lo cual provocó la justa ira de los profesionales farmacéuticos cubanos titulados.

- En el extremo opuesto se encontraban los prácticos de farmacia, quienes a tenor de ser los verdaderos dueños de los establecimientos, debían pagarle un salario mensual a farmacéuticos titulados con el objetivo de usar su nombre y su título para la oficialización de la documentación de autorización de apertura de la botica ante el registro sanitario y, posteriormente, durante su funcionamiento. Su trabajo se reducía, en la gran mayoría de los casos, a visitar una vez al mes la botica regenteada, firmar los libros correspondientes y, de paso, recibir el dinero acordado entre ambas partes.


Como es lógico, todos los dueños de boticas que se encontraban en la posición de los prácticos de farmacia, que representaban además la mayoría gremial en las provincias del interior de la isla, se sentían explotados y protestaban ante lo que ellos consideraban una retribución indebida a los regentes farmacéuticos titulados, que se dedicaban a prestar su nombre y su título con estos fines.

- En el centro de estas posiciones extremas se encontraban las autoridades universitarias, doblemente comprometidas ya que, tras colaborar en el proyecto de decreto con el diseño del programa de examen que se le pondría a los prácticos de farmacia para autorizarlos al ejercicio de la profesión, reconocían la incapacidad que tenían para formar los profesionales suficientes para cubrir las necesidades que demandaba el número de boticas existentes en el país, aunque reconocían también el escaso prestigio que le tributaban a la profesión algunos titulados que preferían alquilar su título universitario para mantener una botica abierta, mientras que los dueños (los prácticos) eran los que permanecían todo el tiempo al frente de la actividad y sus verdaderos responsables.

- También se encontraban en el centro de esta polémica los farmacéuticos titulados que ejercían y amaban su profesión, quienes rechazaban con justa ira que se le otorgaran derechos legales a individuos que, si bien tenían la experiencia práctica necesaria para el manejo de medicamentos, carecían de los estudios teóricos que respaldaran este saber. En este grupo se hallaban además todos aquellos profesionales con un gran sentido del honor nacional, que veían como una ofensa el hecho de que el Decreto fuera emitido por la autoridad norteamericana interventora que regía en aquel momento los destinos de la Patria.


La situación creada se solucionó de forma transitoria con la emisión del Decreto No. 1024 del 20 de octubre de 1908 y la derogación del Decreto No. 1320.11

El nuevo decreto, con 8 artículos, argumentaba en los por cuantos que: "es de toda urgencia resolver las dudas existentes respecto a la interpretación de las leyes vigentes de farmacia y promulgar nuevos reglamentos sobre farmacéuticos y farmacia, en pro de los intereses de salud pública, establecer de una vez y por todas las respectivas jurisdicciones".

- En el artículo I se planteaba que "el ejercicio de la profesión de farmacia, el comercio de drogas y preparados medicinales, quedan por el presente Decreto, bajo la inspección inmediata y jurisdicción de la Junta de Sanidad, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo h, Sección III del Decreto No. 894 del 26 de agosto de 1907".

- En el artículo II se decía "que toda persona que está autorizada por las leyes del país para dedicarse al comercio o las industrias, puede establecer una Oficina de Farmacia o Botica y ser propietario de la misma, con tal que dicha persona cumpla los requisitos y preceptos que se consignen en el Reglamento de Farmacia, inscribiéndose como dueño en el Registro Mercantil y pudiendo ejercitar en su propio nombre todos los actos de dominio, siempre que un farmacéutico graduado de la Universidad de la Habana o debidamente facultado en otra forma, personalmente ejecute o inspeccione todas las operaciones relacionadas con la preparación y el despacho de medicamentos y la preparación de fórmulas".

- Mientras que en el artículo III se planteaba "la necesidad de la redacción de un Nuevo Código sobre Farmacia".

 

CONSIDERACIONES FINALES

La infraestructura sanitaria existente durante los primeros 10 años de la neocolonia se caracterizó por un predominio de profesionales graduados en universidades foráneas, debido a que hacía solo seis décadas había comenzado la oficialización de los estudios universitarios en Cuba vinculados a esta actividad. Obviamente ello permite afirmar que, durante estos años, el personal sanitario con título universitario existente en la isla pertenecía a clases sociales con buena solvencia económica, bien para costear los estudios de los hijos en el extranjero, o bien para costearlos en la única Universidad existente en la capital de la isla, mientras solo una pequeña minoría con escasos recursos lograba acceder a las aulas universitarias a costa de grandes sacrificios económicos.

La intervención norteamericana en Cuba finalizó oficialmente en 1909 y las medidas propuestas por su interventor, dirigidas a reconocer a los prácticos de Farmacia como titulares de las boticas, con el objetivo de "darle solución a la falta de profesionales farmacéuticos al frente de los establecimientos", favoreció que algunos titulares dignos tomaran conciencia de la situación real existente y trabajaran en la elaboración de una nueva Ley de Farmacia, la cual fue publicada por primera vez en la Gaceta Oficial el 29 de febrero de 1912.12

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

1. De Armas R, Torres-Cuevas E, Cairo Ballester A. Historia de la Universidad de La Habana. 1728-1929. Tomo I. La Habana: Editorial Ciencias Sociales; 1984. p. 133-8.

2. Marchante Castellanos P, Merchan Gonzalez F. Orígenes de la enseñanza de la Farmacia en Cuba. Rev Cubana Farm [online]. 2006, vol. 40, no. 3 [citado 2008-12-13]. Disponible en: http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0034-75152006000300011&lng=es&nrm=iso

3. Marchante Castellanos P, Merchan Gonzalez F. Los estudios de Farmacia en Cuba desde 1833 hasta 1863. Rev Cubana Farm [online]. 2007, vol. 41, no. 1 [citado 2008-12-13]. Disponible en: http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0034-75152007000100011&lng=es&nrm=iso

4. Cuba. Archivo Administrativo de la Universidad de La Habana. Expediente Prácticos de Farmacia. Carta dirigida al Sr. Rector de la UH con fecha 18 de junio de 1908.

5. Archivo Central de la Universidad de La Habana. Libros Registro de Títulos Universitarios expedidos por el Rectorado de la Secretaría General. Libros 1 (1863-1880), 2 (1880-1885), 6 (1886-1899), 3 (1899-1990), 8 (1900-1912).

6. Gaceta Oficial de la República de Cuba. T1. 1908;7(1):22-25.

7. Gaceta Oficial de la República de Cuba. T1. 1908;7(5):161.

8. Cuba. Archivo Administrativo de la Universidad de La Habana. Expediente Prácticos de Farmacia. Telegramas y cartas de protestas por la publicación del Decreto Ley 1320.

9. Cuba. Archivo Administrativo de la Universidad de La Habana. Expediente Prácticos de Farmacia. Carta de Magoon dirigida al rector de la UH el 14 de enero de 1908.

10. Cuba. Archivo Administrativo de la Universidad de La Habana. Expediente Prácticos de Farmacia. Carta del Decano de la Facultad de Farmacia firmada por Johnson al Rector de la Universidad de La Habana, con fecha 13 de enero de 1908.

11. Decreto No. 1024. Gaceta Oficial de la República de Cuba. T 2. 1908;7(94):3377-9.

12. Ley de Farmacia. Gaceta Oficial de la República de Cuba 1912;11(50):2441.

Recibido: 2 de marzo de 2009.
Aprobado: 7 de abril de 2009.

Dra. C. Caridad Sedeño Argilagos. Instituto de Farmacia y Alimentos. Universidad de la Habana. San Lázaro y L, El Vedado, La Habana, Cuba. Correo electrónico: caridad.sedeno@infomed.sld.cu

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