INTRODUCCIÓN
En la bibliografía de la ciencia política no se encuentran referencias explícitas dirigidas a la participación política del micro, pequeño y mediano propietario privado en el proceso de construcción del socialismo en Cuba. Solo en los documentos rectores del Comité Central del Partido Comunista de Cuba (2016) y en la Constitución de la República (2019) se ofrecen aproximaciones conceptuales, por lo cual constituye objetivo de este trabajo indagar en los fundamentos teóricos y metodológicos necesarios para proponer una definición operacional sobre ese sujeto socioeconómico y su participación política.
El artículo toma distancia de las concepciones asumidas por la ciencia política occidental que circunscriben la participación política, fundamentalmente, a la participación ciudadana en las elecciones, a la vez que la identifican con el enfoque Sur1 al abogar por proyectos civilizatorios que emancipen a las masas populares históricamente expoliadas, entre las que se incluyen a los pequeños propietarios privados, a la vez que se pretende hacerlos protagonistas mediante estrategias concretas para interactuar con sus semejantes y con la naturaleza no como algo espontáneo, sino a partir de la interacción sistémica y sistemática de un conjunto de dimensiones, entre las que destacan las cognitivas, informativas-valorativas y conductuales-participativas, vinculadas con la política (Cabrera Rodríguez, 2001).
PARTICIPACIÓN POLÍTICA ASOCIADA AL PEQUEÑO Y MEDIANO PROPIETARIO PRIVADO
La participación se define como la acción y efecto de tomar parte en algo, de recibir una porción de algo, compartir opiniones e ideas con otra persona respecto a cualquier proceso y actividad de la naturaleza o la sociedad. Adquiere la denominación de participación política cuando está vinculada a la naturaleza del poder político, con procesos como la socialización y la cultura políticas, en virtud de los cuales los miembros de una sociedad hacen propios principios, normas y valores y asumen modelos de comportamiento directa o indirectamente relevantes.
Entendida como el involucramiento de los individuos en las relaciones de poder, la participación política se remonta a los albores de la división de la sociedad en clases y en particular a la primera gran revolución política de la humanidad: el surgimiento del Estado (Fung Riverón, 2015). Sin embargo, su concepto y su definición desde la ciencia política apenas acumula medio siglo de existencia, periodo en el cual las élites políticas y económicas opresoras reforzaron su direccionamiento hacia la preservación de su estatus dominador para sojuzgar a las clases y grupos sociales que les sirven de sostén, acrecentar fortunas y propiedades e intentar reconciliar las contradicciones que emanan de la naturaleza misma de las sociedades antagónicas.
Mediante el análisis y la crítica a las diversas fuentes bibliográficas que definen la participación política como categoría general se pudo constatar que los conceptos formulados por Lester Milbrath (1965), Sidney Verba y Norman Nie (1972), J. A. Booth y M. A. Seligson (1978), Samuel H. Barnes y M. Kaase (1979), G. Sani (1982), R. Dowse y J. A. Hughes (1986), Giner, Lamo de Espinosa y Torres (1988), Pasquino et al. (1988), P. J. Conge (1988) y J. M. Sabucedo (1996), si bien ofrecen pistas metodológicas y epistémicas importantes para el estudio de la participación política de los pequeños y medianos propietarios privados, los desconocen como parte del sujeto del poder político revolucionario.
Condicionados por el enfoque primermundista de la ciencia política occidental, algunas definiciones han sido restringidas a su forma de expresión más habitual: el voto, puesto que consideran que la participación política es un derecho humano incorporado al diseño institucional como estructura básica de la sociedad capitalista, lo que en la praxis política resulta inviable para una sociedad dividida en clases antagónicas donde los sujetos oprimidos son privados del acceso a la verdadera democracia participativa, sufren injusticia social y desigualdad de oportunidades para acceder a la toma de decisiones en interés de sus legítimos derechos ciudadanos (Rawls, 1999).
Ello obedece al partidismo burgués y a la cosmovisión procapitalista de quienes están interesados en perpetuar la explotación y la exclusión de las clases oprimidas. Aun cuando la participación política y la popular están estrechamente relacionadas con la naturaleza del poder político, ambas no deben ser entendidas como lo mismo. La participación política «es popular cuando la inmensa mayoría de la población, independientemente de su posición económico-social y política, raza, sexo y religión, tiene todas las oportunidades para participar en la política en una sociedad determinada, y no se restringe a la minoría o élite, como ocurre en las sociedades divididas en clases antagónicas» (Valdés Estrella y Toledo García, 2002, p. 104).
Con una visión basada en el enfoque Sur, una serie de artículos que aparecen en el libro Intromisión en la participación política (Fung Riverón y Bauta Solés, 2015) se aproximan al objeto de estudio. En uno de ellos, «El estado del arte del concepto de la participación política», Carlos Cabrera Rodríguez (2015) considera a la participación política como el «conjunto de acciones individuales o colectivas que permiten a los ciudadanos el “tomar parte”, involucrarse o contribuir directa o indirectamente en la producción y desarrollo de lo político, intervenir en los procesos de formación y toma de decisiones políticas, subjetivando con ello su posición política ante determinados objetos, procesos y fenómenos políticos que intervienen en la reproducción de su vida cotidiana» (p. 14).
Aunque tal definición se refiere a la participación del ciudadano en general, aporta sustantivos elementos para formular una conceptualización de participación política del pequeño y mediano propietario privado a partir de las dimensiones cognoscitiva-informativa, volitiva y conductual-participativa de la participación política de este actor en la transición al socialismo en Cuba.
En su dimensión cognitiva-informativa resulta importante para la participación política de este actor los conocimientos políticos, los sentimientos que le despierta la política, el aprendizaje de la política económica y lo que esta plantea a la función social de la propiedad privada durante la transición al socialismo, sus vínculos con lo local y territorial y las vías comunicación entre propietarios privados y funcionarios estatales.
Respecto a la dimensión volitiva deben ser resaltados la incidencia de los móviles motivacionales para su participación política, el grado en que se toman en cuenta los criterios y la autovaloración de esta desde los métodos de dirección prevalecientes, la intencionalidad política con el que se enfoque el cumplimiento de la función social de la propiedad privada, el papel movilizativo, la autopercepción sobre su posición con respecto al gobierno y su fidelidad al ideal socialista.
En la conductual-participativa prevalecen las características sociodemográficas, la disposición para involucrarse en la elaboración de normas superiores reguladoras del sector, su labor por desarrollar un sentido de pertenencia y el comportamiento en la participación política de sus empleados coherente con los preceptos constitucionales.
Con el propósito de enriquecer los fundamentos teóricos y metodológicos analizados hasta aquí se propone como definición de participación política de los pequeños y medianos propietarios privados en Cuba el conjunto de acciones institucionales y no institucionales mediante las cuales los micros, pequeños y medianos propietarios privados, como actores socioeconómicos y políticos, en su doble condición de propietarios -copropietarios de los medios fundamentales de producción y propietarios privados de sus medios de trabajo- se involucran e intervienen de forma complementaria en el proceso de construcción del socialismo para el cumplimiento de la función social asignada por el Estado y la sociedad civil cubana en interés del aprovechamiento de las potencialidades productivas y el desarrollo socioeconómico.
Desde distintas disciplinas este tema ha sido objeto de estudio. Entre los autores que destacan están González Gutiérrez (1995), Espina Prieto, Martín Posada y Núñez Moreno (2003), Borrego Díaz (2006), Figueroa Albelo (2009), Darío Machado Rodríguez (2012) y García Valdés (2015), cuyas consultas permiten caracterizar el comportamiento de la participación política de los pequeños propietarios privados en las relaciones de propiedad, atendiendo a una evolución enmarcada en diferentes momentos que lo caracterizan desde el propio triunfo de la Revolución.
Un primer momento caracterizado por la activa participación de los medianos y pequeños propietarios privados en las relaciones de propiedad de conjunto con la propiedad de todo el pueblo bajo control del Estado se desarrolla entre 1959 y 1963, cuando se produce el desmantelamiento de la participación del gran capital en las relaciones de propiedad en Cuba, a la vez que el líder de la Revolución cubana, Fidel Castro Ruz (1983), exhorta a los pequeños negociantes, industriales y agricultores a unir esfuerzos para que contribuyan con los programas de desarrollo económico, político y social del país, y refiere que esa política era la más conveniente para el país.
Ocurre una disminución considerable de la participación de los pequeños y medianos propietarios privados en estos procesos entre 1964 y 1975 con la aparición de la Ofensiva Revolucionaria en marzo de 1968, realizada con el objetivo estratégico de liquidar el último reducto de propiedad privada y dar un golpe definitivo a la raíz económica del sistema mercantil y a una capa de capitalistas urbanos contrarios al proceso revolucionario. No obstante, en 1970 al amparo del Decreto Ley n.º 14 se vuelve a regular la actividad privada con el registro de unas 30 000 personas, fundamentalmente transportistas y médicos graduados antes de 1963 (Rodríguez González, 2009).
Luego, entre 1976 y 1986, es el momento de una reanimación. Se inicia en 1976 cuando el Banco Nacional de Cuba dicta la Resolución n.º 119, mediante la cual se autoriza un número limitado de actividades, fundamentalmente en la esfera de los servicios, producciones industriales y mantenimiento de viviendas, que luego se incrementaron con la aplicación del Decreto Ley no.º 14 del 3 de julio de 1978, dirigido a médicos, estomatólogos, veterinarios, mecánicos dentales, optometristas y quiropodistas, para dar respuesta a los profesionales y técnicos titulados, graduados con anterioridad al año 1964, que ejercían y continuaron el ejercicio privado de la profesión de manera ininterrumpida y cumpliendo con las normas exigidas. El censo de población y viviendas de 1981 registró la existencia de 70 052 cuentapropistas en 63 actividades (Rodríguez González, 2009).
Un cuarto momento, de disminución, se desarrolla entre 1987 y 1991. Esta etapa se ve condicionada por el empuje del proceso de rectificación de errores y tendencias negativas iniciado y por el cuestionamiento del pueblo a los problemas de crecimiento deformado del sector privado, dada la apropiación de ganancias excesivas en actividades económicas ilegales, que a partir de 1990 con el inicio del Periodo Especial, adopta otra dinámica como respuesta a la aguda crisis económica y social provocada en lo fundamental por factores externos, sin minimizar el peso específico de los errores propios.
Una ampliación de la participación se da en el periodo de 1992-2010, dada la ratificación y ampliación del trabajo por cuenta propia a través de la promulgación del Decreto Ley 141/93 (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, 1993), regido por un reglamento complementario con regulaciones generales para legislar su ejercicio. De particular significación fue la aprobación el 7 de octubre de 2010 de la Resolución n.º 32 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que en su artículo quinto plantea que «los trabajadores por cuenta propia […], en lo adelante titulares, pueden contratar trabajadores» (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, 2010, p. 116) en virtud de lo cual en 84 actividades se autorizaba el empleo de fuerza de trabajo ajena. Sucede, por tanto, la transformación del hasta entonces cuentapropista en el propietario privado que contrata a otros trabajadores por cuenta propia.
Se produce la consolidación de la participación del sector particular en las relaciones de propiedad como complemento de la de todo el pueblo bajo control del Estado. El proceso ocurre entre 2011 y 2018 al ampliarse y flexibilizarse el trabajo privado como forma de empleo. Este medio resultó una vía de subsistencia para algo más de 200 000 cubanos acogidos en ese momento y amparados en la legislación vigente con el apoyo, respaldo y protección de las autoridades a todos los niveles (Comité Central del Partido Comunista de Cuba, 2016).
Es reconocida la posibilidad del Estado para concentrarse en la elevación de la eficiencia de los medios fundamentales de producción, propiedad de todo el pueblo. Esto se logra a través del desprendimiento de la administración de actividades no estratégicas para el país, además de la autorización de la contratación de trabajadores en todas las instancias y que en más de 30 puntos de Lineamientos Económicos y Sociales de la Revolución y el Partido para el periodo 2011-2016 se da participación a esta forma de gestión (Comité Central del Partido Comunista de Cuba, 2011). A finales de la etapa, Miguel Díaz-Canel Bermúdez (2018) explicita que «el reto es integrar a todos los actores, formas de propiedad y de gestión presentes en nuestro entorno económico-social, a la batalla por la economía que, reitero, es hoy la batalla fundamental» (p. 3).
Tiene lugar como política pública la institucionalización de la participación de los pequeños y medianos propietarios privados en las relaciones de propiedad al ser refrendada en la Constitución de la República de Cuba (2019), proclamada en sesión extraordinaria de la Asamblea Nacional del Poder Popular, y que en su Artículo 22 define que «todas las formas de propiedad sobre los medios de producción interactúan en similares condiciones; el Estado regula y controla el modo en que contribuyen al desarrollo económico y social» (p. 22).
En el análisis de lo ocurrido en las seis décadas de gobierno revolucionario se pone de manifiesto el movimiento de los pequeños y medianos propietarios privados a micro, pequeños y medianos empresarios privados que emplean fuerza de trabajo ajena. Al respecto Raúl Castro Ruz (citado por Comité Central del Partido Comunista de Cuba, 2016) afirmó que
un fenómeno sociopolítico que a todas luces requiere ser examinado: desde el punto de vista técnico-jurídico, una parte significativa de los originarios trabajadores cuentapropistas, entonces reducido a ser simple vía de autoempleo, ha transitado hacia el empresariado mercantil y se han convertido en micro, pequeños y medianos propietarios privados que establecen relaciones contractuales con una o a varias personas para que trabajen para ellos como asalariados a lo largo de un periodo continuo. (p. 7)
Para entonces los pequeños y medianos propietarios privados sobrepasaban la cifra de 620 000 personas, a lo que se agrega una cantidad no determinada que actúan fuera de la ley, sin embargo, esto no determina distinción alguna durante el VII Congreso del Partido: «las cooperativas, el trabajo por cuenta propia y la mediana, pequeña y microempresa privada no son por su esencia antisocialistas ni contrarrevolucionarias y la enorme mayoría de quienes allí laboran son revolucionarios y patriotas que defienden los principios y se benefician de las conquistas de esta Revolución» (Comité Central del Partido Comunista de Cuba, 2016, p. 6).
Sin embargo, la práctica cotidiana evidencia el reto ideológico que significa lograr que las relaciones monetario-mercantiles no exacerben las conductas individualistas, mercantilistas y el afán desmedido por el dinero. Según Darío Machado Rodríguez (2012):
a la mano invisible de las relaciones mercantiles hay que acompañarla con la mano invisible de la conciencia, de la ética, de la cultura, de la legitimidad de una juridicidad que pone límites al potencial crecimiento del afán de lucro, de la ideología que es la que pone límites e impide que la lógica mercantil crezca como la mala hierba y se adueñe de la sociedad, invadiendo todos los espacios públicos y no públicos y en el caso de la sociedad cubana subordinándola nuevamente a los designios del Norte. (p. 12)
Más que con palabras, se requiere del vínculo directo de las autoridades políticas y gubernamentales con los micro, pequeños y medianos propietarios privados para contribuir a que estos cumplan su función social en interés del desarrollo socioeconómico y para el despliegue de las potencialidades de los territorios en la misma medida en que no se debiliten los valores morales y políticos consustanciales al proceso de construcción socialista.
CONCLUSIONES
El estudio de los fundamentos teóricos y metodológicos de la participación política de los pequeños y medianos propietarios privados en la transición al socialismo en Cuba permite su definición como el pleno involucramiento de esos actores sociales en el proceso de construcción socialista. De esta forma, se considera su doble condición como dueños de sus propios medios de trabajo y copropietarios de los medios fundamentales de producción. Además, se valora el carácter complementario asignado dentro del sistema de propiedad y de gestión constitucionalmente refrendado para la etapa actual.
De ahí que las acciones institucionales y no institucionales que emanen de la dirección del sistema político en las diferentes instancias y territorios, y de los propios colectivos laborales de base no deben soslayar la necesidad de interrelacionar de manera holística las macrodimensiones volitivo-motivacional, cognoscitivo-informativo-comunicativa, valorativa y conductual-participativa. Todo esto en interés de que su función social no sea reducida a la mera dimensión socioeconómica, sino que suscite en los micro, pequeños y medianos propietarios privados un comportamiento político concordante con el ideal socialista cubano.