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ACIMED
versión impresa ISSN 1024-9435
ACIMED v.16 n.6 Ciudad de La Habana dic.-dic. 2007
Actualidades
Propuesta de política para la creación de publicaciones seriadas en el MINSAP
Introducción
El Ministerio de Salud Pública de la República de Cuba (MINSAP) favorece la creación y existencia de publicaciones seriadas en las diversas temáticas de las ciencias de la salud, como parte de un proceso orientado a viabilizar que la producción científica y técnica de nuestro país alcance niveles de excelencia; así como visibilidad nacional e internacional.
Propósito
La presente política traza los lineamientos generales para la creación de nuevas publicaciones seriadas en el contexto del MINSAP. Se declaran los principios rectores de esa política, las razones que los animan y las implicaciones que supone su aplicación. Sobre esas bases, y según las indicaciones generales establecidas por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA), se podrán elaborar los procedimientos operativos para formalizar el proceso de inscripción (anexo).
Principios
1. Registro
Declaración. Toda publicación seriada perteneciente al ámbito de la salud debe registrarse debidamente.
Razón: Las publicaciones seriadas constituyen un medio de comunicación e intercambio de información útil para apoyar el trabajo de las instituciones y los profesionales de la salud. Su explotación exige de un ordenamiento básico que comienza con su inscripción de acuerdo con las normativas generales del estado cubano y la práctica internacional.
Implicaciones: Quienes propongan la creación de una nueva publicación seriada deben cumplir las normas establecidas para su constitución, la primera de las cuales es la solicitud de inscripción con su debida fundamentación. Esto supone un proceso previo de análisis y posterior elaboración de un documento donde se expongan adecuadamente las motivaciones para realizar la solicitud.
2. Respaldo institucional
Declaración. Toda propuesta debe tener el debido respaldo institucional.
Razón: La creación de una publicación seriada debe ser solicitada por una persona jurídica*, que se responsabilice con la fundamentación realizada. Esto confiere un marco legal e institucionalizado a dicha publicación y es uno de los componentes esenciales de su sostenibilidad.
Implicaciones: La propuesta debe ser coherente con la misión asignada a la institución correspondiente y debe realizarse siempre por una persona jurídica.
3. Sostenibilidad
Declaración. Toda propuesta debe precederse por un análisis de sostenibilidad.
Razón: Carece de sentido práctico iniciar un proceso de inscripción si no se dispone de una certeza razonable de que se podrá cumplir con la naturaleza periódica y la calidad que han de caracterizar a toda publicación seriada.
Implicaciones: Para que la publicación seriada sea sostenible, han de concurrir diversas condiciones de índole material, recursos humanos, organizativos e institucionales. El examen perspectivo que esto supone debe contemplar no sólo que en el momento de la solicitud se dan dichas condiciones, sino que estas pueden asegurarse en el futuro.
4. Racionalidad
Declaración. La propuesta debe respetar la idea de que el propósito de toda publicación seriada es cubrir una laguna de información existente en el momento de su creación.
Razón: No es recomendable iniciar el proceso para una publicación en caso de que exista otra que cumpla con el propósito que se pretende alcanzar con ella. Toda publicación de este tipo debe orientarse a suplir una carencia con vista a garantizar la comunicación y visibilidad necesaria a cierta información para el mejor desempeño en la esfera correspondiente.
Implicaciones: La propuesta debe incluir un análisis profundo y abarcador mediante el cual se demuestre que la publicación realizará una contribución real y satisfará necesidades institucionales o profesionales no cubiertas.
5. Distinción de las publicaciones científicas
Declaración. Las publicaciones seriadas de índole científicadeben cumplir requisitos especiales, acordes con las demandas aceptadas nacional e internacionalmente para merecer tal condición
Razón: Las publicaciones seriadas pueden tener perfiles muy diversos, de acuerdo con su cometido. Algunas pueden ser de carácter meramente informativo o de divulgación; otras pueden ser publicaciones científicas. Estas últimas, que aspiran a un vehículo para divulgar los resultados de investigación o recoger determinados aportes teórico-metodológicos, deben satisfacer exigencias especiales que garanticen dicha posibilidad.
Implicaciones: Las publicaciones científicas deben orientarse al logro de metas concretas en materia de formación y actualización de los trabajadores de la salud y al público en general. Deben cubrir, por tanto, un dominio concreto del conocimiento y hacerlo de acuerdo con las normas propias de la comunicación científica contemporánea. Esto exigirá, en el caso del sistema de salud, que se acoja a los requisitos de la metodología Scielo, además de los establecidos por el CITMA.
Alcance
La presente política debe considerarse por todas las entidades del MINSAP y está dirigida a ordenar de la manera más eficiente el proceso de inscripción de las publicaciones; con eso se beneficiará todo el sistema de información relacionada con la encomienda del organismo en general, y se perfeccionará la marcha del Programa de fomento de la publicación científica en salud en particular.
Vigencia
La presente política entrará en vigor a partir de su aprobación por el MINSAP y es válida para las instituciones subordinadas a este organismo.
*Entidades que poseen patrimonio propio, y tienen capacidad para ser sujetos de derechos y obligaciones. Poseen cuatro rasgos fundamentales que las identifican: patrimonio propio o separado, unidad orgánica, responsabilidad independiente y el actuar jurídicamente en nombre propio.
Anexo. Procedimiento para inscripción de publicaciones seriadas en el MINSAP
Según los principios generales para la creación de nuevos títulos de publicaciones seriadas enunciados en la presente regulación, se establece el procedimiento que ha de seguirse para la solicitud:
Las solicitudes se realizarán en formato impreso con original y copia, y se recibirán en la redacción de revistas médicas del CNICM. |