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Medicentro Electrónica

versión On-line ISSN 1029-3043

Medicentro Electrónica vol.22 no.1 Santa Clara ene.-mar. 2018

 

ARTÍCULO DE REVISIÓN

 

La aplicación de la criminología clínica en las investigaciones forenses actuales

 

The use of clinical Criminology in current forensic research

 

 

Ernesto Pérez González1, Ricardo Romel Rodríguez Jorge2, Baldomero Loy Vera3

1. Universidad de Ciencias Médicas de La Habana. Cuba.
2. Universidad de Guayaquil. Ecuador. Correo electrónico: ricardoromel67@gmail.com
3. Universidad de Ciencias Médicas de Villa Clara. Cuba.

 

 


RESUMEN

Introducción: las investigaciones de los delitos pasan por diferentes etapas, donde todas tienen como principio el método científico de investigación, el cual atribuye la interdisciplinariedad e intersectorialidad como requisito para el logro de la calidad de las investigaciones criminales contemporáneas. La Criminología es una ciencia que necesita el auxilio de otras ramas, especialidades y disciplinas comprometidas con la investigación y el desenvolvimiento de la justicia social; específicamente demanda lo anterior la Criminología clínica, disciplina que tiene como objeto la investigación de delitos de individuos que cometen conductas socialmente incorrectas y que puede o no estar tipificada como tal.
Objetivo: reseñar la importancia del abordaje de la criminología clínica en la investigación forense.
Método: revisión documental de los artículos publicados durante los últimos tres años en la Journal Forensic Science, y en la Revista de Criminología, de Baja California.
Conclusiones: la aplicación de las investigaciones criminológicas en los actuales estudios forenses es una necesidad para la integración de conocimientos académicos y científicos en la aplicación de investigaciones complementarias que aporten calidad al proceso penal.

DeCS: criminología, ciencias forenses.


ABSTRACT

Introduction: investigations of crimes go through different stages in which all of them have as a principle the scientific method of investigation; it recognizes interdisciplinarity and intersectoriality as a requirement for the achievement of the quality of the contemporary criminal investigations. Criminology is a science that needs the help of other branches, specialties and disciplines committed to research and development of social justice; specifically it requires clinical Criminology as a discipline that has an objective criminal investigation of individuals who commit a social misconduct that can or cannot be considered a crime.
Objective: to review the importance of clinical Criminology in forensic research.
Method: documentary review of the articles published within the last three years in the Journal Forensic Science and the Journal of Criminology from Baja California.
Conclusions: the use of criminological investigations in the current forensic studies is a need to integrate academic and scientific knowledge in the use of complementary investigations that provide quality to the penal process.

DeCS: criminology, forensic sciences.


 

 

INTRODUCCIÓN

Desde sus inicios la investigación del delito ha pasado por ineludibles cambios determinados por el nivel de desarrollo cultural que han adquirido las sociedades y el afianzamiento de los métodos de la investigación científica.

En el clásico imprescindible: El Siglo de la Investigación Criminal, se recoge la información del surgimiento y evolución de las ciencias y especialidades de las investigaciones de los delitos, lo que es corroborado por otros autores con solo pequeños ajustes en relación con algunas fechas, pero sin ninguna contradicción significativa.1

La Criminología es una ciencia jurídica de perfil social, con aplicación en todo lo concerniente a la prevención o control social de la delincuencia y el delito; aplica los métodos de las ciencias para el descubrimiento, investigación e interpretación de los factores externos e internos que generan delito. En su estructura tiene cuatro niveles importantes, uno de ellos es la Criminología clínica, también denominada Criminología aplicada, o como la prefiere nombrar el profesor Ernesto Pérez González: de pequeño formato, la cual tiene como objeto social la aplicación de los objetivos criminológicos al proceso penal, o sea, individualiza la investigación. Desde esa perspectiva ya la Criminología deja de ser una ciencia de escritorio, doctrinas y conceptos pues interviene en los procesos investigativos de los delitos de una manera proactiva, utiliza la interdisciplinariedad como sistema e impacta de manera positiva en los procesos.2

La Criminología como ciencia está ligada a la historia científico-social de la humanidad, por lo que su origen, avances y perspectivas están vinculadas, dependen y reflejan el conocimiento y quehacer del hombre.

Una premisa fundamental en este tipo de investigación es que: en materia tan cercana a algo socialmente tan conflictivo como el crimen, los criterios, sean generales o específicos, no siempre serán _mucho menos han sido_ unánimes y ello en ocasiones demanda de cada investigador un análisis crítico y profundo. Para el psicólogo o el psiquiatra ello no es un dilema nuevo, precisamente en las ciencias, se encuentran disímiles escuelas y tendencias que tratan de elaborar o adaptar las definiciones de la subjetividad humana, sus grandes categorías, explicaciones y trastornos, a los más variados puntos de vista.3, 4

El enfrentamiento a la delincuencia no admite errores, y exige de todos los investigadores y peritos un alto nivel profesional, especialmente de los médicos legistas y peritos criminalistas, por lo cual se demanda calidad de la pericia, y esta se define como una actividad procesal desarrollada, en virtud de encargo judicial, por personas distintas de las partes en el proceso, especialmente calificadas por sus conocimientos técnicos, artísticos o científicos, mediante las cuales se suministran al Juez argumentos o razones para la formación de su convencimiento respecto a los hechos.5, 6

La ciencia y la tecnología aportan nuevos conocimientos para enfrentar los delitos, así transforman la investigación en un procedimiento exigente y riguroso. La aplicación de métodos científicos posibilita investigaciones objetivas que permiten esclarecer la transgresión, a través de la obtención de elementos válidos procesalmente, más allá del testimonio de testigos, con todos los elementos basados en evidencias científicas.7,8

Para la realización de este artículo los autores han realizado una revisión documental de los artículos científicos de los últimos tres años de la Journal Forensic Science, también de la Revista de Criminología de Baja California. Por tal motivo, este trabajo tiene como objetivo reseñar la importancia del abordaje de la criminología clínica en la investigación forense.

 

DESARROLLO

El término criminología proviene del latín criminis y del griego logos, que en conjunto significan «tratado o estudio del crimen».

Este término fue empleado por primera vez a fines del año 1883 por el antropólogo francés Pablo Topinnard. Aun cuando se toman por hito de su surgimiento como ciencia los trabajos de Lombroso a fines del siglo XIX, no se puede negar la previa existencia de importantes aportes a este campo, el que por necesidad siempre ha atraído la atención de todos.9,10

Al analizar las variadas definiciones que se han conformado para la Criminología, su alcance, la atribución de métodos y hasta su objeto de estudio, se observa una variabilidad que expresa el momento histórico y el lugar en que se emitió el criterio; así como la posición política, ideológica y hasta filosófica de quien lo emitió, entre otros factores influyentes a tener en cuenta.11

Los estudios criminológicos se fundamentan en la generalidad de la situación delictiva en una región determinada, se basan en estudios globales que expresan la criminogénesis, esta justifica que a muchos criminólogos les ha impactado la tendencia actual a individualizar los estudios criminológicos; para los psicólogos y psiquiatras es más familiar el estudio del sujeto individual. Al trabajar para el sistema penal, es frecuente que se les solicite a los criminólogos, el estudio individual; en el caso de la Criminología, este espacio lo ocupa en la actualidad la Criminología clínica, que es el centro de este artículo.

La Criminología es una ciencia empírica e interdisciplinaria que se ocupa del estudio del crimen, de los infractores, las víctimas y el control social del comportamiento delictivo, trata de suministrar una información válida, contrastada, y dinámica sobre los hechos y las posibles variables del crimen, contemplado como problema individual y social, así como sobre los programas de prevención eficaz, las técnicas de intervención positiva en el presunto delincuente y los diversos modelos o sistemas de respuesta al delito.12, 13

Ante este nuevo concepto de ciencia, el estado liberal entra en crisis. A mitad del siglo XIX, el acontecimiento de la revolución industrial y la aparición del proletariado hacen que se requiera una política intervencionista. En el derecho penal aumenta la tasa de criminalidad, por lo que se necesita una intervención del Estado; estas circunstancias catalizan numerosas iniciativas en las investigaciones científicas que abrieron paso a las forenses, lógicamente con las particularidades de las técnicas que requiere este tipo de investigación; esa es la razón principal por lo que el siglo XIX se considera el siglo de la investigación criminal, pero indudablemente existieron otras circunstancias que propiciaron el perfeccionamiento de metodologías, técnicas y tácticas para el enfrentamiento al delito, entre las que se encuentran:

- Incremento significativo del delito
- Incremento de la criminalidad
- Impunidad de autoría excesiva
- Perfeccionamiento del modus operandi
- Altos niveles de corrupción policial y social
- Inicios del crimen organizado por concentraciones económicas individuales
- Período marcado por avances científico-técnicos y sociales
- Marcado descontento y desconfianza social hacia el Estado
- Se comienza a afectar el Estado por el elevado índice delictivo

La sociedad demanda pertinencia de los organismos responsables de las investigaciones delictivas; precisamente, la profundidad y cientificidad con la que se realicen las investigaciones criminales es un respaldo significativo al logro de la calidad del proceso penal en la que se aplique una eficaz Criminología clínica; esto ha conllevado a que los objetivos ortodoxos de la Criminología antigua han sido la base principal de los nuevos retos de los estudios criminológicos.14,15

Objetivos de estudio y niveles de aplicación

Se incluyen, en el campo de estudio de la Criminología, al delito, al modus, a la pena, al delincuente, la criminalidad, la reacción social institucional, el costo del delito, la víctima y los programas preventivos.16

En 1960, Manuel López Rey trataba de distinguir distintos niveles de lectura o aplicación de la Criminología:

- Científico (conjunto de conocimientos y teoría sobre la criminalidad)
- Aplicado (aportaciones de la criminología a la ciencia y procesos penales)
- Académico
- Analítico (dirigido a analizar la política criminal)

Delito para la Criminología

Ninguno de estos conceptos de delito puede ser asumido, como absoluto, por la Criminología; su autonomía científica lícita, la propia determinación de su objeto puede estudiar críticamente porqué a determinada conducta se le considera delito o por qué no.

El Derecho Penal se sirve de un concepto formal y normativo de delito, impuesto por exigencias ineludibles de legalidad y seguridad jurídica: delito es toda conducta prevista en la ley penal y solo aquella que la ley sanciona; pero también solo lo es y se puede ocupar de él cuando se ha producido la conducta que lo caracteriza en el código penal.17

Para los psicólogos y psiquiatras es recurrente el estudio del sujeto individual. Si se trabaja para el sistema penal, es frecuente que se solicite el estudio individual de sujetos, dentro de un proceso penal previo.

No por existir problemas y resultados criminológicos de «alto impacto», vinculados a los altos niveles de la sociedad y hasta a la comunidad de naciones, dejan de existir problemas, también criminológicos, que se circunscriben a individuos o pequeños grupos, cuya solución es necesaria e importante, por ejemplo, al tratar la individualización de la pena.18

Hans von Hentig consideraba que la interpretación criminológica puede ser indistintamente histórica, psicológica, antropológica o sociológica. En 1950, el segundo congreso internacional de Criminología en París, la consideraba _de manera un tanto reduccionista, si se refería a la Criminología toda_ como una disciplina científica, resultado de aplicar las ciencias del hombre al estudio del criminal, de su acto y las circunstancias.

Definición de Criminología clínica: es esa vertiente de la Criminología, que aplica sus conocimientos y teorías al sujeto individual para tratar de alcanzar una explicación integral a cada caso; considera al ser humano como una entidad biológica, psicológica, social y moral; se ocupa del estudio del delincuente, de la persona del infractor.19

Benigno Di Tullio la definió de la siguiente manera: «Es la ciencia de las conductas antisociales y criminales basada en la observancia y el análisis profundo de casos individuales, normales, anormales o patológicos».

Se le apellida «clínica» como reflejo de su similitud en cuanto a individualidad con el método médico clínico, aquel que tiene por proverbio «no hay enfermedades, sino enfermos».

Resulta obvio que en la etapa de la Criminología Positivista, el estudio del individuo era predominante, así como que con el progreso de las teorías sociogenistas, el interés se desplazó más hacia lo social, desde el individuo, pero el punto de partida fue desde los médicos.

Pero sería erróneo establecer una dicotomía en la cual lo individual fuera absolutamente independiente de lo social; tanto con métodos cuantitativos como cualitativos de estudio del sujeto, podrán detectarse en él, en su individualidad, las huellas de la impronta social, las de cualquier elemento presente en las teorías explicativas que ya se han mencionado, incluidas las sociales generales.

En lo que Marchori califica de «nuevo enfoque clínico», se trata de relacionar la conducta delictiva en función de la personalidad y del inseparable contexto social en que el individuo interactúa.

Precisamente entre las críticas habituales a la Criminología clínica está la de no contemplar suficientemente las variables sociales, pero también, en ocasiones, existe la visión errónea de que ocuparse de psicología implica excluir o minimizar lo social, cuando en realidad lo psicológico debe verse como resultado y reflejo subjetivo de lo social. Hasta la valoración integracionista de los factores biológicos, no ya los psicológicos, tampoco puede ignorar la impronta e influencia de lo social. La propia Medicina, aparentemente ocupada en problemas eminentemente biológicos, hace muchas décadas asumió una posición integracionista y es una ciencia y práctica eminentemente social.19

Lo que no sería adecuado es el estudio individual desde posiciones reduccionistas, que pretendan demostrar su conducta delictiva o su victimización solo a partir de enfoques unidireccionales exclusivamente biologicistas o psicologistas unipersonales; hasta para su rehabilitación individual o prevención dirigida a ese sujeto en concreto, su conformación biológica o psicológica puede responder también, en última instancia, a su historia social, tal cual los factores sociales, y porque en el contexto social que le es propio existirán elementos a tomar en cuenta como favorecedores u opuestos a su rehabilitación.

Criminología clínica e investigación científica

No todo estudio, cuyos instrumentos de investigación se apliquen en personas individuales, es propio de la Criminología clínica, ni tiene por qué ser «positivista». En una investigación que aborde un problema con hipótesis de respuesta en rango social, las unidades de estudio son personas que, adecuadamente exploradas, lograrán dar información para negar o afirmar aquella hipótesis. Por ejemplo: entrevistas y encuestas a hombres que maltratan a sus parejas pueden ser muy buenas fuentes para caracterizar la formación de su constructo social sobre género y violencia; contexto socio-económico; si han sido o no alcanzados, y en qué grado, por medidas preventivas; si sus actos previos fueron parte de cifra oculta en esta variante de criminalidad; pena recibida y rehabilitación penal específica -u otra- recibidas como maltratadores; la respuesta policial a eventuales solicitudes de ayuda o denuncias de sus víctimas; y similares objetivos de investigación que pueden estar dirigidos a analizar la política criminal en estos casos.

Pudiera dudarse, si desde un conjunto de estudios individuales con objetivos criminológicos clínicos, pueden obtenerse resultados de aplicación general. El elemento a considerar es si el grupo estudiado lo fue homogéneamente, y en qué grado, por aleatorio o poblacional, es representativo de un sector en que se manifiesta determinada criminalidad.

Se ha planteado el problema del sesgo en las muestras o poblaciones estudiadas: por ejemplo, si se pretende un estudio empírico cuantitativo desde los casos estudiados en la población penitenciaria, debe considerarse que muchas formas de delincuencia tienen una escasa presencia en ella, por lo que sería erróneo caracterizar a la criminalidad general de un territorio a partir de la caracterización de los que permanecen en sus prisiones.

Indudablemente que también el método de estudio que se seleccione entonces _cuantitativo o cualitativo_ y el alcance que se pretenda dar al análisis, serán importantes para lograr un conocimiento útil o no.

Ya se ha planteado con anterioridad la necesidad de estudios de alcance criminológico general a partir de investigaciones en personas que son remitidas para ser objetos de estudios forenses, de hecho seleccionadas por la autoridad por determinados indicios o prejuicios. Ello pudiera también repetirse con relación al estudio criminológico clínico, en tanto se solicite solo para determinados casos y no aleatoriamente, lo que haría que el conjunto de resultados tampoco sea generalizable.

Objetivos de la Criminología clínica

Lo que ubica a un estudio dentro de la Criminología clínica es su objetivo: «la observancia y el análisis profundo de casos individuales, normales, anormales o patológicos», la búsqueda multidisciplinaria de explicaciones al caso individual, a fin de conocer la génesis de su conducta delictiva y aplicarle un tratamiento personalizado, procurar su reinserción a la sociedad y poner los recursos sociales a favor de ello. A diferencia del examen pericial psiquiátrico, el criminológico no tiene por objetivo establecer la responsabilidad penal del sujeto al tener en cuenta los posibles trastornos mentales, aunque este será tratado en detalle en un tema posterior.

En algunos autores, de fuerte influencia positivista, puede encontrarse el criterio de que el estudio criminológico clínico tiene por objetivo esencial o exclusivo, establecer la peligrosidad del sujeto estudiado y que esta es su concepto clave, lo que limita sus objetivos para determinar si va a seguir delinquiendo y en qué medida, tratando de precisar su capacidad criminal (cantidad de delito que puede cometer el criminal) y su adaptabilidad (capacidad de adaptación al medio en que vive).

En cualquier caso, hay dos preguntas criminológicas esenciales, a responderse ante el análisis de un criminal:

¿Quién es el individuo que comete el crimen?
¿Qué respuesta debe darse a su conducta?

Áreas de aplicación: el tema de los objetivos ubica también al estudio criminológico clínico en distintos «momentos penales» o áreas de aplicación.

Otra de las críticas históricas a la Criminología es la de que tiende a clasificar al delincuente y dedicarse más al criminal ya juzgado y condenado, es decir, ya en el período penitenciario.

En realidad, el estudio criminológico clínico puede ser necesario:

- En un acusado/procesado, de modo que aporte información importante al sistema procesal sobre su individualidad, útil tanto para interpretar su acto delictivo como para la selección e individualización de la medida de control a imponerle como pena.
- En un recluso u otra forma de sancionado: para diseñar su rehabilitación e identificar los recursos de los sistemas familiar, comunitario y otros que pueden desempeñar un papel positivo o ser contrarrestados por desfavorables; todo ello de especial aplicación también en el aspecto de la reinserción.

En cualquiera de estas áreas, es evidente que no puede tratarse solo de un estudio encaminado a detectar y explicar lo ya ocurrido y establecer la «peligrosidad» del sujeto estudiado, mucho menos dimensionarla con adjetivos, a lo que pudiera reducírsele en un enfoque fundamentado en un positivismo ortodoxo (que también en la actualidad todavía puede encontrarse y otorga predominio a lo biológico). Al definir sus objetivos se afirmó que: «conocer la génesis de su conducta delictiva y aplicarle un tratamiento personalizado, procurando su reinserción a la sociedad»; por lo que habría también que pronosticar; y es necesario detectar, describir y analizar los factores de potencial desarrollo positivo a emplear, introducir o sustituir para la rehabilitación, o la reinserción -si se trata de un recluso-, lo que suma todavía más variables a detectar, combinar, desarrollar o neutralizar.

Afortunadamente también ocurre a la inversa, en sentido positivo: los factores protectores también pueden encadenarse y en su interacción se potencian y neutralizan los de riesgo; puede «diseñarse» a veces su combinación.

Un análisis criminológico de un caso o problema delictivo también tendría que contemplar la incidencia o posible participación de la reacción social formal, la de órganos de control del delito, como policía, sistema judicial y legislación penal e informal, la del resto de la estructura estatal y la de la sociedad civil, tanto por lo que fracasaron o no hicieron, como por lo que pueden aportar, bueno o malo (recordar, por ejemplo, la clasificación en rehabilitación o reinserción).

Las explicaciones, desde el estudio criminológico clínico, emplean los conocimientos ya establecidos en Criminología, no el hecho inverso de que se tenga por unidad de estudio a sujetos para resolver un problema general. Los conocimientos a emplear no deben limitarse a los netamente «psicológicos» o «biológicos», y los métodos de exploración pueden ser variados. Por ambas razones, la clínica es tan interdisciplinaria como cualquier otra vertiente de la Criminología.

Obviamente, según la inclinación que el criminólogo tenga hacia tales o cuales teorías explicativas, así pudiera inclinar su exploración y el análisis de los resultados obtenidos en el caso individual, pero, de cualquier manera, tendría que demostrarlas, describirlas y analizarlas en esa persona, por lo que planteamientos explicativos que aun estén en el rango hipotético no serán útiles en esta tarea. Posiblemente, lo mejor sería que cada profesional involucrado en este campo hiciera una selección crítica de la información recopilada por sus antecesores sobre factores potenciales y teorías explicativas y la aplicara al caso estudiado.

La conducta delictiva, al estudiarla en el caso individual, no puede verse, por deformidad dada por el pensamiento diagnóstico propio de médicos y psicólogos asistenciales, en similitud a una entidad nosológica o enfermedad que suele responder a una etiología estándar identificable para un cuadro clínico característico, sino que en cada caso particular debe considerarse la posible incidencia directa o indirecta de todos y cada uno de estos elementos, en lo que ya se ha conceptualizado como «teoría de las dosis», de suerte que no hay un solo factor de riesgo absoluto, sino múltiples elementos a considerar que pueden combinarse de distintas formas para resultar en el acto.

Los elementos considerables como «factores» no actúan aisladamente ni se trata de que se sumen mecánicamente: ellos pueden encadenarse («cadenas de riesgo») o activarse progresivamente entre sí en «efecto onda» o «dominó» y retroalimentarse.

Al hacer una reflexión final sobre las teorías explicativas y responder la interrogante de ¿qué puede causar o favorecer la conducta delictiva? es _y probablemente sea siempre- compleja, no unicausal, aun cuando en determinado caso, o momento, algún elemento o combinación de ellos pueda tener una presencia especialmente importante o estar potenciados circunstancialmente por factores disparadores, como el alcohol o por crisis psicológica. Por otra parte, la diversidad de teorías que van marcando posibilidades favorecedoras, no absolutas, a la conducta criminal, explicaría por qué una persona delinque y otras no, pues ellas no solo tendrían que tener iguales psicologías (temperamentos, carácter, capacidades), sino haber vivido los mismos momentos sociales, iguales procesos de aprendizaje, iguales experiencias, iguales contactos con los modelos delictivos del aprendizaje o asociación diferencial, iguales necesidades vitales y similares.

El «paso al acto delictivo»

Para Jean Pinatel, explicar el aspecto del llamado «paso al acto» es especialmente importante en Criminología Clínica, pues es la forma y el punto en que «se pasa la línea» y se comete el delito, a diferencia de otros sujetos que, en circunstancias aparentemente iguales, controlan sus impulsos, lo que puede representar importantes diferencias entre delincuentes y no delincuentes.

Durante el paso al acto, pudieran diferenciarse cuatro fases importantes:

1. Consentimiento mitigante: concibe la posibilidad del delito como conducta eventual o posible y no la rechaza.
2. Consentimiento formulado: decide cometer el delito.
3. Estado de peligro: latente la ejecución ya decidida.
4. Paso al acto: la ejecución del delito.

Métodos de la Criminología clínica

Según el profesor Ernesto Pérez González, el método propio debe ser interdisciplinario. Las variables a cuya obtención se dirigen esos métodos, aquellas que los perfilan como herramientas, derivan precisamente de los factores cuya presencia se desea pesquisar.

Pinatel convocaba al estudio multidisciplinario del caso individual, para lograr una hipótesis sobre su conducta y elaborar un programa de medidas con fines de prevención individual, pero debe hacerlo «respetando y cuidando la dignidad del hombre».

Por ello, lo primero a plantearse en cuanto a método, es el respeto a los principios bioéticos en la investigación con relación a las personas exploradas, lo que obliga en la actividad criminológica al dominio, tanto de lo general de ellas como de reglas específicas definidas por organismos internacionales sobre derechos humanos y obligaciones para personal que trabaja con personas privadas de libertad; en primer lugar, pues por la propia práctica de los autores y las relaciones con estas personas no están exentas de limitaciones, cuando, como ya se ha visto, hasta los Estados deben observarlas; y, en segundo, precisamente, porque violaciones de tal tipo serían de pleno interés, en cualquier sentido y nivel, para los objetivos, análisis y acciones criminológicas, de modo que no sería lógico aportarlas.

Tratar medianamente los contenidos que pudieran derivarse del tema bioético y de la Criminología, obligaría a un curso solo para ello. Solo se mencionarán tres aspectos:

1. Cualquiera que sean los objetivos y métodos de una investigación, criminológica, incluidas las considerables como «clínicas», se debe obtener el consentimiento informado explícito, de los sujetos de estudio; ofrecer confidencialidad para la información, y advertir qué tipo de información el investigador no podrá guardaren secreto, desde el inicio mismo de la relación, antes de que pueda producirse el dilema.
2. No emplear nunca en delincuentes privados de libertad, «ni con su consentimiento», formas de exploración o ensayos de tratamientos, que puedan representar riesgo para la integridad física y psicológica, o neutralicen o disminuyan su voluntad de comunicación.
3. Mantener las acciones solo en función de los objetivos y métodos científicos de trabajo, sin incorporar otras ajenas a ello por interés punitivo o de inteligencia de las autoridades.
4. Aunque existen formas establecidas, «historias» o «baterías» de exploración, en realidad cada investigador debe hacer su selección y adaptaciones según sus objetivos y enfoques criminógenos, que a su vez dependen de los factores cuya presencia se desea pesquisar. Incluso, no necesariamente se busca lo mismo al peritar un acusado de delito que cuando se va a diseñar la rehabilitación o la reinserción de un recluso.
5. Por ello, es importante tener preestablecido lo que se busca y en qué áreas: personalidad, inteligencia, medio social histórico y actual, salud, economía, medios económicos, modo y proyecto de vida, aficiones, empleo del tiempo libre, motivación delictiva, crítica de su situación, expectativas, momento vital en que delinquió, antecedentes patológicos y problemas de salud, antecedentes psiquiátricos, hábitos tóxicos y similares.10

 

CONCLUSIONES

La aplicación de las investigaciones criminológicas en las actuales investigaciones forenses no constituye un procedimiento más dentro del proceso penal, es una necesidad para integrar los conocimientos criminológicos académicos y científicos doctrinales a la aplicación de investigaciones complementarias que aporten calidad al proceso penal, al establecer un grupo de requisitos que dentro de la variedad del caso hagan lo más homogénea posible la investigación; de esta manera, se otorgará oportunidades a los diferentes casos; quiere decir que no importa el equipo de trabajo que lo investigue, sino que lo más importante es tener investigadores con los conocimientos, aptitudes y habilidades en la investigación clínica.

La Criminología clínica persigue dos fines identificables: el primero sería la aplicación de todos los conocimientos anteriores al sujeto particular, y el segundo estaría relacionado con la investigación de nuevas teorías y métodos para el caso concreto.

La interdisciplinariedad en las investigaciones forenses y criminales son las herramientas más eficaces para lograr la calidad en el proceso penal, lo que conllevaría el paso principal para el logro del debido proceso que significa libertad y presunción de la inocencia, hasta que no se demuestre la culpabilidad de la persona acusada por un determinado delito; por esta razón, los órganos competentes deben demostrar con la mayor claridad todas las evidencias científicas, tanto en el orden pericial como investigativos, siempre con la aplicación del método científico.

No es posible garantizar una criminología analítica si los elementos y datos de las investigaciones de los procesos penales, de manera individual, no son confiables ni tengan la objetividad.

 

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

1. Thorwald J, Formosa F. La luz viene del este. En: El siglo de la investigación criminal. 7.a ed. La Habana: Instituto Cubano del libro; 1966. p. 34-57.

2. Pérez González E. Psicología, Derecho Penal y Criminología. En: Criminología clínica. La Habana: Ediciones ONBC; 2011.

3. Aguilar Avilés D. El peritaje en el proceso penal [internet]. España: Universidad de Málaga; 2010 [citado 10 feb. 2015]. Disponible en: http://www.eumed.net/librosgratis/2010c/752 /El%20dictamen%20pericial%20como%20medios%20de%20prueba.htm

4. Thomson H. Los medios de prueba. Rev Cienc Jurídicas. 2012.

5. Alonso Pérez F. Medios de investigación en el proceso penal. 2.a ed. Madrid: Dykinson. S.L.; 2003.

6. Vollbach A. A critical review of applied criminology. J Forensic Sci. 2016;IX.

7. Zafaroni ER. Criminología: aproximación desde un margen. Bogotá: Temis; 1998.

8. Magaletta P, Vanden Bos G. Violence risk assessment and psychological treatment in correctional and forensic settings: Advances in research and practice. Psychol Serv. 2016 Aug.;13(3):203-5.

9. Molina A. Manual de Criminología: introducción y teorías de la criminalidad. España: Espasa-Calpe; 2016.

10. Douglas J. La perfilación de los delitos graves, su incidencia en las investigaciones criminales. Rev Interam Derecho Jurisprudencia. 2014;3(2).

11. Serrano Maillo A. El problema de las contingencias en la teoría del autocontrol. Un test de la teoría general del delito. 2.ª ed. Madrid: Dykinson, S.L.; 2013.

12. Flores CC. Lecciones de Criminología. 4.a ed. Caracas, Venezuela: Editorial Melvin, C.A; 2007.

13. Pérez E. Violencia, familia y género: reflexión para la investigación y acciones preventivas. Sexol Soc. 2004;10(23):38-44.

14. Rodríguez Manzanera L. Criminología clínica. México: Ed. Porrúa; 2005.

15. Alcorn T, Burris S. Gun violence prevention. Lancet. 2015;16;388(10041):233.

16. Dabo L, Francica C. Delincuencia metropolitana y medio social. Buenos Aires: Nacional de Lomas de Zamora; 2000.

17. Palmares A. La tendencia criminológica actual. Derecho Penal y Criminología. Rev Jurídica Argent. 2013:32-8.

18. Brainsky S. Manual de Psicología y Psicopatología dinámica. Fundamentos de psicoanálisis. 3.ª ed. Bogotá: El Áncora, Editores; 2013.

19. Baratta A. Criminología crítica y crítica al Derecho Penal. Introducción a la Sociología jurídico-penal. 8.ª ed. México: Siglo Veintiuno Editores; 1998.

 

 

Recibido: 13 de marzo 2017
Aprobado: 20 de junio de 2017

 

 

Ricardo Romel Rodríguez Jorge. Universidad de Ciencias Médicas de Villa Clara. Cuba. Correo electrónico: ricardoromel67@gmail.com

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