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Revista de Ciencias Médicas de Pinar del Río

versión On-line ISSN 1561-3194

Rev Ciencias Médicas vol.20 no.4 Pinar del Río jul.-ago. 2016

 

ARTÍCULOS DE ACTUALIDAD EN LAS CIENCIAS SOCIALES, HUMANIDADES Y PEDAGÓGICAS

 

Clínica jurídica: potencialidades del método para el proceso enseñanza-aprendizaje de las ciencias penales y criminológicas

 

Legal clinic: potentials of the teaching-learning method for the process of legal and criminology sciences

Liyanis Santana Santana1, Ana María Pereda Mirabal2, María Esperanza Mirabal Mirabal3

1 Licenciada en Derecho. Especialista en Derecho Penal. Máster en Ciencias de la Educación Superior. Asistente. Universidad de Pinar del Río "Hermanos Saíz Montes de Oca". Pinar del Río. sofia@upr.edu.cu

2 Licenciada en Derecho. Máster en Derecho Civil. Asistente. Universidad de Pinar del Río "Hermanos Saíz Montes de Oca". Pinar del Río. anam@upr.edu.cu

3 Especialista de Segundo Grado en Anestesiología y Reanimación. Máster en Medicina Bioenergética y Natural. Profesora Auxiliar. Auditora médica. Hospital General Docente "Abel Santamaría Cuadrado". Pinar del Río. mirabal@princesa.pri.sld.cu

Recibido: 20 de agosto de 2016
Aprobado: 1 de septiembre de 2016


RESUMEN

Introducción: el imperativo de una enseñanza que combine los referentes teóricos y la solución práctica de situaciones fácticas que el estudiante debe enfrentar como problemas profesionales, ha sido reconocido por los estudiosos de las ciencias médicas, potenciando la aplicación del método clínico. Durante el proceso de formación de juristas se aboga porque los estudiantes reciban una docencia legible, competente, conexa y ajustada a las motivaciones y necesidades que le exige la formación universitaria. Una mirada al proceso de enseñanza-aprendizaje de las Ciencias Jurídicas, en especial las Penales y Criminológicas, revela que la selección de métodos no es adecuada para propiciar un aprendizaje que revista significatividad para el estudiante. En ese sentido, cobra particular importancia la relación teoría-práctica que ha fundamentado el proceso formativo de los profesionales de la salud en Cuba que se conoce como método clínico, del cual se deriva el método que se conoce en la didáctica del Derecho como Clínica Jurídica. El objetivo del presente artículo es fundamentar la importancia de la utilización del método clínico de la medicina en el aprendizaje en el área de las ciencias penales y criminológicas.

DeCS: proceso de enseñanza-aprendizaje, clínica jurídica, método clínico


ABSTRACT

Introduction: the extremely important learning process which combines the theoretical framework and the practical solutions that the students must face during true-life situations as professional problems, has been recognized by those who study the medical sciences, promoting and applying the clinical method. During the training process of jurists, these students should be taught legible, competent, connected and adjusted subjects supported on the needs and the motivations required into the universities throughout the training process. A look to the teaching-learning process of Legal Sciences; especially Legal and Criminology sciences reveal that the teaching methods are not adequate to favor a significant learning for the student. In this sense, there is a particularly important relationship concerning theory and practice; which has supported the training process of health care professionals in Cuba, known as the clinical method, from which the didactic of Law as a Legal Clinic is derived. The aim of this article is to back up the importance of applying the clinical method of the medical sciences into the teaching-learning process of ??legal and criminology sciences.

DeCS: Subject headings: teaching-learning process, Legal Clinic, clinical method


INTRODUCCIÓN

La sociedad contemporánea, desde su compleja y creciente red de relaciones socio- económicas y científico-técnicas, demanda de la Universidad la formación de profesionales dotados de un alto compromiso social y con niveles de suficiencia tales que el egresado pueda transformar e impactar con pertinencia la realidad que lo rodea.

Según la Declaración Mundial sobre Educación Superior en el siglo XXI de la conferencia Mundial de la UNESCO de 1998, los profesionales que se forman deben poseer una formación integral que les permita ser creativos y dispuestos a participar en la innovación; ser capaces de trabajar en equipo; que estén dispuestos a asumir responsabilidades, estén interesados en el aprendizaje como proceso vital y continuo; con sensibilidad social y capacidades de comunicación, e igualmente sean portadores de capacidades genéricas que atraviesen diferentes disciplinas, reforzando la base de diversas capacidades profesionales, entre otros elementos.

Se ha convertido en una necesidad, la búsqueda de métodos de estudio que garanticen la revisión de mayor cantidad de información en el menor tiempo posible, si tenemos presente que cada minuto que pasa surgen miles de publicaciones con resultados científicos nuevos y muchos que hasta ese momento eran lo más actual pasan a ser obsoletos, por lo que se desprende que el estudiante de la Educación Superior, debe y tiene que dominar, estilos, métodos de estudio, planificación del tiempo y tener claro los motivos por los cuales estudia una profesión determinada, que en ocasiones es un elemento de peso. 1 Si la Universidad se convierte en un ente activo, significa que reconoce al proceso de enseñanza-aprendizaje como vehículo que sustentado en métodos científicos coherentes, formará profesionales más creativos y dispuestos a innovar.

La dimensión desarrolladora determina, por ende, el imprescindible nexo entre lo instructivo-educativo con lo laboral. Es la vía fundamental para que el estudiante se ponga en contacto con el objeto de su profesión, lo conozca, interactúe con él, desde sus aspectos más simples hasta los más complejos durante todo el ciclo de formación y logre el nexo indispensable con los modos de actuación. Su esencia es el vínculo del estudio con el trabajo. 2

Las autoras se proponen como objetivo fundamentar la importancia de la utilización del método clínico de la Medicina en el aprendizaje en el área de las ciencias penales y criminológicas.

 

DESARROLLO

Es indudable que en los últimos años ha ocurrido un cambio de mirada en el contexto de la educación superior. La discusión ha estado puesta en cómo avanzar desde una educación teórica, basada en contenidos netamente declarativos, a una formación que incorpore el entrenamiento práctico y el desarrollo de competencias transversales a las distintas carreras.

Se busca formar en habilidades que son relevantes para el mundo del trabajo en general, haciéndose cargo de las críticas y falencias que se habían hecho a las universidades debido a su desconexión con la realidad y la descontextualización del proceso de enseñanza- aprendizaje. De esta manera, se espera formar a los futuros profesionales, no sólo en contenidos teóricos, sino que también en los procedimientos y actitudes que requerirán una vez que se inserten al mundo laboral, viéndose enfrentados a los requerimientos del mundo real a través de actividades académicas valoradas también fuera de las aulas. 3

La educación "debe estar centrada en sus intereses más auténticos y su aprendizaje se lleva a cabo mediante la adquisición crítica de conocimientos, donde su vida intelectual, moral y emocional, se enriquece por conducto de la acción individual y colectiva conscientes, estrategia esta básica para conseguir los conocimientos esperados". 4

Cuando se hace referencia a la formación educacional del hombre no debe olvidarse que la instrucción jurídica representa, en este sentido, un eslabón primordial, ya que las decisiones normativas, en su mayoría, afectan casi siempre a una colectividad de personas e influyen directamente en la vida social de las mismas. Una desfavorable instrucción jurídica, traería nefastas consecuencias en la aplicación de las normas y reglamentos legales vigentes en el país, provocándose la vulneración de los derechos de los ciudadanos, entre otras consecuencias.

Los métodos constituyen uno de los componentes operacionales del proceso de enseñanza-aprendizaje: representan el sistema de acciones (¿cómo desarrollar, enseñar y aprender?) de profesores y estudiantes, como vías o modos de organizar la actividad cognoscitiva de los estudiantes o como reguladores de la actividad interrelacionada de profesores y estudiantes, dirigidas al logro de los objetivos.

Los métodos constituyen el modo motivacional más general a partir del cual se concibe el desarrollo del proceso de enseñana-aprendizaje, para lograr adecuarlo a las características reales de cada grupo y de cada estudiante.

Existe una gran diversidad de métodos didácticos y estos viabilizan el aprendizaje. También es conocido, que estos métodos específicos se relacionan estrechamente con los métodos de la ciencias que subyacen en las disciplinas docentes.

Estos métodos contienen fundamentos de tipo psicológicos, pedagógicos y comunicacionales, además son empleados por los docentes en la planeación didáctica de sus cursos, como vehículos y soportes para la transmisión de mensajes educativos. Contribuyen a que los contenidos de las materias sean presentados a los estudiantes en diferentes formatos: en forma atractiva en ciertos momentos clave de la instrucción.

Lo anterior es coherente con el imperativo de que el binomio teoría-práctica debe guiar tanto a la enseñanza como al aprendizaje. En este sentido sobresale como exponente de la utilización del método clínico en las ciencias médicas.

El método clínico, surge en Grecia con la escuela Hipocrática de Medicina, en el cual la clínica tiene un lugar protagónico en la búsqueda del diagnóstico médico. Dicho método es reconocido como el proceso o secuencia ordenada de acciones que los médicos han desarrollado para generar su conocimiento desde el comienzo de la era científica, cuando se aplica a la práctica clínica se elabora y reconstruye el conocimiento médico porque cada paciente representa una individualidad irrepetible. Como método o guía para la consecución de un objetivo, la curación en este caso, tiene una connotación histórico-social, dado que el "proceso de conocer" depende del tiempo y el espacio de una sociedad.

Grandes progresos médicos, actualmente, se basan en la Clínica y, sobre todo, en el método de investigación observacional descriptivo como el más antiguo de todos los de su tipo.

En el campo de las ciencias medicas, existen notables ejemplos de cubanos que se han destacado como eminentes practicantes del método clínico, entre los que cabe mencionar a los médicos, Carlos J. Finlay, descubridor, en 1881, del agente transmisor de la fiebre amarilla, y Tomás Romay, introductor y propagador de la vacunación antivariolosa en Cuba, y al doctor Joaquín Albarrán, quien fuera un ilustre urólogo, cuya obra científica en su campo fue reconocida como excelsa, incluso, mundialmente.

La clínica jurídica toma como referente el método clínico que se utiliza en Medicina, el cual explota las posibilidades de un buen interrogatorio al paciente y basándose en el conocimiento previo sobre su ciencia, formula una hipótesis explicativa del problema que deviene resolución final y toma de decisiones, en este caso del tratamiento necesario. Cuando el proceso de enseñanza-aprendizaje en Derecho Penal se deshaga de toda reproducción memorística, el estudiante en una simulación de sala penal, ante un caso problémico presentado, analizara desde los referentes teóricos como solucionarlo.

Molina Saldarriaga 5 presenta lo que ha denominado método de la Clínica Jurídica, en el cual concibe su papel como: "… partícipes de las posibles soluciones al caso planteado; es decir, el compromiso social que imprime la profesión de abogado hace necesario ubicarse en el contexto de la situación problémica como sujeto participante y obligado.

A este respecto, el estudiante alterna su posición respecto del fenómeno con el objeto de adquirir información de uno y otro punto de estudio, desde todos los actores del conflicto; lo que brinda una perspectiva más amplia de la problemática estudiada y la posibilidad de construir soluciones holísticas, omnicomprensivas del fenómeno".

No existe un consenso acerca de cuál es el objetivo principal de la enseñanza clínica como método llamado a superar a aquellos de naturaleza enciclopedista en los que se fundamenta la enseñanza tradicional del Derecho, sobre todo en Estados Unidos, México y Chile, aunque la opinión predominante señala como ventaja esencial la de dotar al estudiante de técnicas de profesionales que sirvan de medio para aprender de su propia experiencia y en un contexto real.

Con el método clínico de enseñanza se entroniza el rol activo de la tarea docente como estructura básica del proceso de enseñanza-aprendizaje, que cumple con los requisitos de la concepción histórica cultural de la actividad.

El sistema de actividades sigue los principios de lo simple a lo complejo, la tipología de las preguntas va de acuerdo al nivel de respuestas: reproducción, aplicación y producción. Además para el diseño de las actividades que se proponen en estos talleres se asumen entre otras consideraciones las siguientes: las actividades constituyen el centro del aprendizaje del estudiante y a través de su solución, va adquiriendo habilidades investigativas, las actividades giran alrededor de la solución de problemas de la práctica profesional y las actividades contemplan la autoevaluación del aprendizaje del estudiante como elemento impulsor de la autorregulación de este proceso. 6

La expresión "educación legal clínica" se refiere al entrenamiento práctico, activo y vinculado con la experiencia que requiere el ejercicio de la abogacía, sustentada en los logros de la vinculación temprana a la prestación de los servicios públicos de los estudiantes de Medicina. Existe una clasificación fines didácticos de la diversidad de pra?cticas que bajo el rubro de enseñanza clínica, se han identificado: la simulación, la pasantía y las clínicas jurídicas en sentido estricto.

La clínica funciona como un despacho jurídico: los estudiantes están sujetos a los parámetros de la práctica legal que se aplican a los abogados ya titulados. Este ejercicio comprende un amplio rango de habilidades y valores acorde con el desarrollo de la profesión: resolver problemas legales con distintos medios de solución de controversias, el manejo de mecanismos jurídicos diversos, la prestación de un servicio eficiente de representación legal, el reconocimiento y la resolución de conflictos ético-legales.

La metodología clínica, tiene sustento pedagógico en la teoría del aprendizaje empírico de David Kold, creada en 1984, la cual afirma que "el aprendizaje empírico se da lugar de manera empírica en una secuencia continua, circular de cuatro pasos: la secuencia de cuatro pasos consiste en experiencia, reflexión, teoría y aplicación.

La experiencia es la inversión en una tarea o evento similar-hacer. La reflexión involucra detenerse y reflexionar sobre los aspectos tanto cognitivos como afectivos de lo que ha sucedido o lo que ha hecho. La teoría implica interpretar una tarea o evento, haciendo generalizaciones o viendo la experiencia en un contexto más amplio. La aplicación posibilita planear o hacer predicciones sobre enfrentar la tarea o el evento una segunda vez". 7

El catedrático de Derecho Administrativo César Augusto Molina Saldarriaga, profesor de la Universidad de Medellín, Colombia, gran estudioso de la enseñanza del Derecho plantea: "… se exige un estudio exhaustivo del ordenamiento jurídico, con el objeto de identificar sus anomias e incoherencias; un estudio sociológico de los casos que se tramitan, con el objeto de identificar elementos importantes del campo jurídico que se ven involucrados en la problemática; una utilización de estrategias de recolección de información propias de la investigación cualitativa, con el objeto de recolectar información de fuentes primarias y de actores involucrados, e imprimirle contenido social al caso; una planeación y una ejecución de estrategias de litigio de alto impacto, como intervención mediática, política y social, entre otros componentes relevantes". 5

Las limitaciones de una enseñanza tradicional con relación al aprendizaje del estudiante son claras: el profesor monologa y el estudiante- en el mejor de los casos- toma apuntes: el docente transmite conocimientos que considera acabados o inamovibles y el educando sin que este pueda comprenderlos ni valorarlos, debe ser capaz de reproducirlos.

Según Doris Castellanos, "el papel de la educación ha de ser el de crear desarrollo, a partir de la adquisición de aprendizajes específicos por parte de los/las educandos. Pero la educación se convierte en promotora del desarrollo solamente cuando es capaz de conducir a las personas más allá de los niveles alcanzados en un momento determinado de su vida y propicia la realización de aprendizajes que superen las metas ya logradas". 8

La Clínica Jurídica de Interés Público como método que se contrapone a la visión formalista del Derecho, se constituye en una alternativa para formar abogados conscientes de su papel como gestores de cambios significativos en su medio social, teniendo como herramienta el conocimiento de la norma jurídica, sus falencias y las posibles perspectivas de reformas al sistema. 9

El reto mayor de concebir la enseñanza clínica como método es lograr que el alumno aprenda de su experiencia y de la reflexión de sus actos jurídicos, con miras a desarrollarse dentro de la práctica profesional bajo los parámetros de eficiencia y compromiso social. 10

Al tener en cuenta lo expuesto, se debe valorar la posibilidad de que al trasmitir, modificar o conservar métodos de enseñanza y aprendizaje, se refleje, por parte del profesor, una clara concepción de las ideas y valores que mueven el desarrollo social; perspectivas de la humanidad en función de las condiciones socio-históricas del presente, que no son otras sino aquellas en las que se inserta el estudiante.

Deben además, posibilitar a sus oyentes la necesidad de la integración de las asignaturas que forman parte del Plan de Estudio de la carrera, con el objetivo de crear un profesional más preparado e integral; lo cual puede ser considerado como un reto para la enseñanza universitaria en la actualidad.

 

CONCLUSIONES

La educación debe ser un proceso flexible, participativo, alternativo, ajustado al contexto en el que transcurre, pero pudiendo trascenderlo y transformarlo: el ser humano es el centro, puesto que este no aprehende ni aprende la cultura acumulada de forma mecánica, sino que la reconstruye subjetiva y objetivamente a partir de sus necesidades, posibilidades y particularidades.

Las potencialidades del método clínico han sido demostradas en el proceso formativo de los profesionales de la salud pública, así como la necesidad de que la enseñanza y el aprendizaje en Derecho aúnen teoría y práctica en la resolución de casos problémicos concretos.

La enseñanza tendrá en su centro al sujeto que aprende y su aprendizaje será significativo no solo porque le permite desarrollar acciones configurativas del modo de actuación profesional, sino porque posibilita el desarrollo integral de su personalidad y la interacción con otros individuos que coparticipan en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

El proceso de enseñanza-aprendizaje es visto como proceso social, grupal e interactivo, mediante el cual el estudiante apropiándose del contenido, encuentra las vías para la satisfacción de sus necesidades cognitivas y espirituales que se centrarán en la solución de problemas profesionales, conducido por la utilización de métodos didácticos que acorten la brecha ciencia-profesión.

 

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

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2. Caveda Alfonso D. La formación investigativa en la carrera de derecho: los estudios jurídicos en la Universidad de Pinar del Río. Revista electrónica de pedagogía [Internet]. 2010 [citado 8 May 2016]; 8(15): Disponible en: http://www.odiseo.com.mx/2010/8-15/caveda-estudios-juridicos.html

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9. Castro, Erika. Clínica jurídica de interés público - Información General, Universidad de Medellin, Colombia. [Internet]. 2016; [citado 25 May 2016]; Disponible en: http://www.udem.edu.co/index.php/clinica-juridica-de-interes-publico /clinica-juridica-informacion-general

10. Cesar R. Guía de especialistas 2016 [Internet]. Argentina: Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas; 2016 [citado 5 May 2016]. Disponible en: http://www.unlpam.edu.ar/index.php/57-secretarias/secretaria-de-cultura-y -extension/com

 

 

Liyanis Santana Santana:Licenciada en Derecho. Especialista en Derecho Penal. Máster en Ciencias de la Educación Superior. Asistente. Universidad de Pinar del Río "Hermanos Saíz Montes de Oca". Pinar del Río. Si usted desea contactar con el autor principal de la investigación hágalo aqui

 

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