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Conrado

versión impresa ISSN 2519-7320versión On-line ISSN 1990-8644

Conrado vol.15 no.70 Cienfuegos sept.-oct. 2019  Epub 02-Dic-2019

 

Artículo original

Metodologías para la enseñanza del Derecho Penal

Methodologies for the teaching of Criminal Law

Manuel Fernando Zhiminaycela Cuenca1  * 
http://orcid.org/0000-0002-8001-8555

Palmer Stalin Delgado Echeverria1 
http://orcid.org/0000-0001-5163-2735

Armando Rogelio Durán Ocampo1 
http://orcid.org/0000-0003-0111-0669

1 Universidad Técnica de Machala. Ecuador

RESUMEN

El presente artículo tiene el objetivo de socializar enfoques, teorías y propuestas que permitan un acercamiento a las metodologías para la enseñanza del Derecho Penal, para lo cual se establecen anclajes y presupuestos que parten del derecho en general y permiten concretar métodos y estrategias de enseñanza del derecho penal acorde con los tiempos actuales, rompiendo con modelos inmovilista y proyectándose hacia el modelo de aprendizaje, mediante métodos activos que conducen a la autonomía y participación activa de los estudiantes y al aprendizaje significativo. El mismo se sustenta en una estrategia metodológica cualitativa mediante la cual se emplea una diversidad de procedimientos y técnicas para la recogida de información, con predominio de la revisión bibliográfica y documental, los métodos analítico sintético y la observación participante, para establecer análisis pedagógicos que permiten obtener como resultado la socialización de reflexiones, explicaciones y argumentaciones sobre la metodología de enseñanza del derecho que puede ser útil para hacer más eficiente el sistema educacional ecuatoriano.

Palabras clave: Enseñanza del derecho; métodos didácticos; estrategias; habilidades; aprendizaje

ABSTRACT

The present article has the objective of socializing approaches, theories and proposals that allow an approach to the methodologies for the teaching of Criminal Law, for which anchors and budgets are established that start from the law in general and allow to specify methods and strategies of Criminal law education in accordance with current times, breaking with immobilistic models and projecting towards the learning model, through active methods that lead to the autonomy and active participation of students and meaningful learning. It is based on a qualitative methodological strategy through which a variety of procedures and techniques are used for the collection of information, with a predominance of bibliographic and documentary review, synthetic analytical methods and participant observation, to establish pedagogical analyzes that allow Obtain as a result the socialization of reflections, explanations and arguments about the methodology of law education that can be useful to make the Ecuadorian educational system more efficient.

Keywords: Teaching of the right; didactic methods; strategies; abilities; learning

Introducción

Para los seres humanos del siglo XXI es conocido, por ser notablemente percibido en la cotidianidad de la vida, la dinámica impuesta por el acelerado desarrollo de las transformaciones tecnológicas y científicas y su impronta en casi toda la actividad humana, incluyendo el crecimiento económico e industrial, el influjo de nuevas concepciones sociales y políticas y modificaciones culturales. Esto, en cierto modo, constituye un problema para el derecho, porque esos rápidos cambios contrastan con su casi absoluta inmovilidad, forjando la gran crisis por la que atraviesa la ciencia de lo jurídico; la ley se dicta para regir en el futuro de manera permanente; o por lo menos durante un largo período, para dar estabilidad al medio social y a sus instituciones; esa característica de la normatividad conspira el derecho como la efectiva herramienta del cambio y desarrollo social, y lo convierte en un medio conservalizante y tradicional, preocupado de preservar las más obsoletas instituciones.

La situación anteriormente descrita presupone una relación conflictual por cuanto la dinámica científico tecnológica resultante de la globalización entendida como el gran salto de la revolución científico técnica del siglo XXI, es muy natural y necesaria, sin embargo, mientras la vida moderna tiene en nuestros países un curso extremadamente móvil…, el derecho tiende a conservar formas que, en su mayor parte, se originan en los siglos XVIII y XIX, cuando no en el derecho de la antigua Roma, y se manifiesta enteramente incapaz de adecuarse eficientemente a las aspiraciones normativas de la sociedad actual.

El derecho penal, como una rama más del derecho, no escapa a este sino, por el contrario, sigue influido por las viejas corrientes de la filosofía liberal; las leyes latinoamericanas continúan siendo trasplantes inadecuados de instituciones que fueron funcionales en sociedades, desarrolladas bajo el influjo de un sistema capitalista en plena expansión, sometidas a las teorizaciones de los cultores del derecho europeo, quienes reflexionan conforme a su realidad histórica.

Los problemas anotados al derecho en general y al derecho penal en particular, tienen su más remoto y cercano origen en las facultades de derecho y en la metodología de la enseñanza utilizada en ellas.

Es problema primordial de cada ciencia determinar su método de investigación, con el propósito de conseguir un mejor conocimiento de su objeto de estudio; también es importante la determinación del método de enseñanza, y este debe escogerse de acuerdo con los fines que se pretenda obtener y fundamentalmente de la calidad del profesional del derecho que se quiere formar.

En este caso, resulta pertinente reflexionar acerca de las mejores metodologías que se pueden utilizar para desarrollar una enseñanza de calidad del derecho Penal que se adecue a las realidades y exigencias del contexto latinoamericano actual, para lograr formar un profesional consecuente con los tiempos que corren.

La estrategia metodológica utilizada se basa predominantemente en el paradigma cualitativo y el empleo de los métodos de observación participante, revisión bibliográfica y documental, y analítico-sintético e inductivo-deductivo, así como la aplicación de técnicas para la recogida de información, particularmente entrevistas y cuestionarios (Espinoza, 2018). Es una metodología explicativa que vincula los paradigmas cuantitativo y cualitativo, lo que permite triangular las informaciones obtenidas, con los análisis teóricos concluyentes para analizar, reflexionar y profundizar en el conocimiento y comprensión de diversas perspectivas existentes relacionadas con las metodologías para la enseñanza del derecho en general y del Derecho Penal en particular y de los métodos activos que deben aplicarse para hacerla más participativa y significativa.

Desarrollo

En la actualidad existen diversas posturas teóricas y definiciones relacionadas con la metodología de la enseñanza del derecho en general y del derecho penal en particular, lo que no pocas veces origina contradicciones al respecto, sin embargo, Héctor Fix Zamudio (1976), se limita a relacionar de forma acertada la metodología del derecho con el conocimiento de los instrumentos técnicos necesarios para enseñar ese objeto de conocimiento que denominamos derecho.

En no pocos escenarios docentes al ser los profesionales del derecho quienes se encargan de la preparación de los nuevos abogados, las estrategias y métodos didácticos utilizados en el proceso de enseñanza-aprendizaje, se concretan casi exclusivamente a la exposición verbalista y reproductora de textos legales, mediante los cuales se transmite una gran cantidad de información legal y se ejercita la habilidad memorística del estudiante, pero con el consabido detrimento en la adquisición de otras pericias como el análisis, la síntesis, la argumentación y la capacidad lógico-jurídica para dar soluciones a los problemas que en concreto enfrentarán en el ejercicio de la profesión.

La educación jurídica es también demasiado formalista, puesto que busca preferentemente transmitir un cúmulo de información, referente al contenido de las normas jurídicas y de los elementos necesarios para que alumno pueda interpretar esas normas (Bayuelo, 2015).

Lo anteriormente expuesto es un reflejo de que solo una parte reducida de los profesores de derecho reciben capacitación pedagógica para llevar a cabo su función, predominando la idea de que basta el conocimiento que se posee sobre el derecho para poder desempeñar la tarea de la enseñanza del mismo.

La enseñanza jurídica actual es mínimamente práctica, se prefiere aprender la norma en abstracto, perdiéndose la oportunidad de obtener y desarrollar capacidades, aptitudes, habilidades y destrezas que atiendan los hechos y problemas prácticos que resuelven los abogados postulantes, los procuradores de justicia y los administradores de justicia.

Según Espinoza (2018), por método didáctico se entiende una propuesta concreta de modos de enseñar, cuyo autor es un pedagogo, sobre la base de su experiencia profesional y/o de las evidencias alcanzadas por la investigación psico-pedagógica.

A su vez, las estrategias didácticas suponen:

  1. Las directrices del profesor a los alumnos sobre cuándo y cómo se va a intervenir y las tareas que tendrán que realizar.

  2. La secuencia, más o menos inamovible, de fases o pasos de una serie de actos del profesor, en especial de comunicaciones orales.

  3. Las acciones alternativas del profesor para responder adecuadamente a las expresiones más probables de los alumnos.

Para Espinoza, Tinoco & Sánchez (2017), los métodos y estrategias didácticas son los procedimientos utilizados por el profesor con la finalidad de producir en los alumnos determinadas experiencias de aprendizaje.

Se requiere de métodos y estrategias de enseñanza mediante los cuales, los estudiantes de derecho conozcan y comprendan las instituciones jurídicas vigentes, a la vez que puedan adecuar la norma jurídica general al caso concreto, pero que también desarrollen capacidades y habilidades para la investigación y puedan identificar las necesidades sociales que impulsen la creación de normas jurídicas.

Para atender a este requerimiento se necesita la aplicación de metodologías activas de enseñanza en derecho, por lo que se trata de “la reivindicación de los métodos activos de docencia y aprendizaje como pieza básica de la formación del jurista en la fase universitaria. Y el uso de estas metodologías prácticas debe iniciarse desde el comienzo de la carrera y desde el inicio de cada curso, rechazando esa idea según la cual sólo en las fases avanzadas, que es cuando ya el alumno ha adquirido un considerable dominio del temario teórico, es conveniente iniciarse en la elaboración de casos, resolución de problemas y en la realización de dictámenes jurídicos”. (Vargas, 2011, p.19)

La enseñanza de la profesión jurídica es una actividad esencial para formar abogados acordes a las necesidades sociales actuales, sea en la petición del derecho, en la procuración o en la administración de justicia.

Hay además una cuestión muy importante, que adquieran las herramientas necesarias para actuar en el campo de la práctica jurídica extendida hacia un mundo globalizado, puesto que enseñanza y ejercicio de la profesión jurídica son dos elementos asociados íntimamente, siendo el primero de ellos esencial para formar los juristas que requieren las sociedades actuales, sea en la petición del derecho, en la procuración o en la administración de justicia.

En el campo jurídico, tanto teóricos como docentes y abogados postulantes, coinciden en resaltar la creciente necesidad de adecuar las instituciones jurídicas a las cambiantes condiciones en que se desarrollan las relaciones humanas del tercer milenio, entendiendo que las necesidades sociales son el principal impulsor del proceso de creación y reforma de las normas jurídicas.

La necesidad de llevar a cabo un proceso de enseñanza aprendizaje con resultados óptimos y ante el dilema de seleccionar los métodos y estrategias adecuadas para lograr este objetivo, es por lo cual se propone la enseñanza del derecho dentro de un marco humanista, entendiendo que se busca el respeto a las ideas, creencias y pensamientos en un ambiente de interacción propositiva y constructiva, promoviendo los valores humanos esenciales, donde lo primordial es el dominio socio-afectivo, las relaciones interpersonales y la solidaridad, buscándose formar profesionistas comprometidos con su tiempo y su entorno.

El nuevo abogado, debe tener una visión interdisciplinaria que le permita llevar a cabo un análisis integral de los problemas jurídicos, debe contar, además, con un conjunto de conocimientos y destrezas propios de un profesionista dedicado a construir soluciones a partir de problemas complejos.

Para adentrarse en el análisis de las metodologías para la enseñanza del derecho penal, necesario precisar, ante todo, que el profesor no podrá seguir actuando como un simple transmisor de conocimientos, pasando a desempeñar, más bien, un rol de guía o facilitador del aprendizaje de las competencias y habilidades que tengan que adquirir los estudiantes. Su misión será, en esencia, la de organizar la enseñanza y evaluar en función del aprendizaje por competencias, y no de la mera comprensión y memorización de los contenidos de las diferentes asignaturas o materias. Todo ello con la mirada puesta en el objetivo final de formar profesionales cualificados para la intervención, el análisis crítico de la realidad sobre la que se actúa y la investigación (Pavó, 2016).

Es bajo estas premisas que se aplican estrategias metodológicas de aprendizaje cooperativo, de las que se predican, entre otras virtudes, la mayor implicación activa del estudiante en el proceso de aprendizaje (Mayordomo & Onrubia, 2015). El aprendizaje cooperativo se caracteriza por suponer una situación de enseñanza-aprendizaje en la que el resultado que pueda alcanzar cada estudiante depende de que los que trabajan con él consigan, a su vez, los suyos (Ruda, 2016).

Se trata, sin duda, de un tema de relevancia en el que como punto de partida hay que tener claro el objetivo a conseguir para evaluar las herramientas docentes a emplear. Esto significa que la selección de las mejores metodologías de enseñanza del derecho está condicionada por el perfil del egresado que está en formación, esto es, por el tipo de profesional a que aspira y necesita la sociedad, por lo que es muy importante tomar en consideración las funciones que se asumen en ese proceso formativo.

A lo anterior se debe agregar otra condición indispensable a tomar en cuenta para seleccionar las metodologías de la enseñanza del derecho. Se trata, de las actividades que el futuro abogado debe desempeñar una vez graduado; en ese sentido se refiere a: a) abogar, es decir, defender un determinado punto de vista ante los que tomen decisiones, sean estos tribunales o agencias administrativas; b) negociar, mediar, arbitrar; c) aconsejar acerca de la legalidad o ilegalidad de una determinada opción; d) estar en posesión de los contactos adecuados para sacar adelante un asunto; e) formular o ayudar a formular el derecho positivo a través de su actividad política o asesora de los órganos creadores del derecho; f) participar en el proceso de planeación informando sobre los marcos legales necesarios para poner en práctica lo acordado, y g) aplicar el derecho como funcionario público o privado.

Además, en correspondencia con la complejidad de la vida contemporánea, se debe determinar qué habilidades y destrezas fomentar y perfeccionar y las técnicas e instrumentos metodológicos para formarlas.

Concordando con estos puntos se habla de la necesidad de formar ciertas habilidades o condiciones intelectuales en el hombre de derecho entre los que se destacan:

  1. Habilidad para determinar el problema de justicia envuelto en la situación de hecho o derecho a él propuesta. Es la capacidad de concluir en relación a lo que la equidad natural ordena, faculta o debe hacer.

  2. Habilidad para destacar el problema jurídico ínsito en la situación de hecho propuesta a su consideración, distinguir entre los hechos relevantes y los no relevantes, entre las normas aplicables y las no aplicables.

  3. Habilidad para sustentar la solución dada a un problema de derecho determinado. La capacidad de argumentar verbalmente o por escrito, desde el punto de vista jurídico sustentando la solución dada.

  4. Habilidad para argumentar contra otras soluciones propuestas al mismo problema, destacando sus errores o contradicciones.

  5. Habilidad para la formulación de críticas al sistema jurídico, teniendo en cuenta primordialmente el concepto de justicia y la consecuente capacidad para proponer soluciones o reformas a la institución criticada.

  6. Habilidad para la formulación de críticas al sistema jurídico, teniendo en cuenta su adecuación al problema social y a sus especiales requerimientos.

A las anteriores debe agregarse la habilidad para formular crítica al sistema jurídico desde el punto de vista de su técnica legislativa.

Se utiliza la terminología modelo de aprendizaje o enseñanza-aprendizaje para referirse a aquél en el que el aprendizaje del estudiante es un proceso guiado, por el que adquiere el conocimiento y se forma con sus propias experiencias y habilidades, adquiriendo el protagonismo central. Esto es, formarse mediante el conocimiento personal que se obtiene al ejercitarse uno mismo en las técnicas y métodos que le permiten desarrollar adecuada y eficazmente una determinada tarea o función. Preparar al estudiante en el conjunto de técnicas, de métodos y de procedimientos que le permitan conocer el Derecho por sí mismo, identificar y resolver los problemas que plantea su interpretación y aplicación y formular las soluciones para solventarlos.

Existen autores que coinciden en la aplicación del referido modelo y en resaltar que “la clara implantación del modelo aprendizaje o enseñanza-aprendizaje como la mejor fórmula docente para abordar el estudio del Derecho en general y del penal en particular, obliga, a emplear metodologías innovadoras que faciliten cumplir los objetivos de la universidad y de los diversos ciclos formativos”. (Suárez, 2014, p.21)

Así, desde este punto de vista, se pueden citar múltiples ejemplos, que permiten una más eficaz adquisición de competencias por los estudiantes en general y para los de Derecho penal en particular, como la creación de foros, análisis de casos con pruebas audiovisuales, visionado de películas, visitas a instituciones, asistencia a juicios, autoevaluaciones, realización de trabajos, entre otros, que, junto a las tradicionales herramientas docentes -clases teóricas y prácticas, seminarios, tutorías y otras actividades complementarias-, pueden potenciar la eficacia del sistema (Ramírez, 2014).

Obviamente, en el empleo tanto de las nuevas como de las tradicionales herramientas docentes tienen un papel muy relevante las tecnologías de la comunicación e información que pueden optimizar el tiempo que los estudiantes emplean y agilizar y potenciar la interrelación entre docentes y discentes.

Para hacer posible que los estudiantes adquieran las competencias propias de las asignaturas o módulos que cursan, teniendo en cuenta obviamente su ciclo formativo -aquí analizado principalmente desde la perspectiva de los estudiantes de grado y en relación con la enseñanza del Derecho penal- se debe optar por una metodología innovadora que emplee fórmulas activas que se apoyen decididamente en las nuevas tecnologías pero que, por ello, no abandonen las tradicionales y todavía actuales herramientas docentes (Pérez, 2018). En este sentido, una opción innovadora en la enseñanza del Derecho penal no es aquélla que obvia los instrumentos tradicionales, sino la que los combina con los nuevos de forma adecuada y equilibrada.

Las cualidades mencionadas anteriormente se logran por medio de los más diversos instrumentos metodológicos, que van desde la clase activa, el seminario, el método del caso, de situaciones, de jurisprudencia, de consultorio jurídico, ejercicios axiológicos, hasta la investigación doctrinaria, ¡jurisprudencia!, empírica y de derecho comparado.

Método de la clase activa. Denominado también método socrático, a través del cual el maestro deja el monólogo magistral para establecer un diálogo fructífero con sus alumnos, planteando un problema para su análisis; se modera por parte del profesor y deja a los alumnos presentar sus opiniones, valoraciones o el planteamiento de posibles soluciones. Generalmente, de antemano se informa el fenómeno que se va a estudiar para que los participantes lleven una información teórica previa sobre textos señalados por el profesor.

Las ventajas son innegables al rescatar al alumno de la terrible pasividad intelectual que forja la cátedra magistral y estimular el carácter creativo y la independencia de criterio.

Método del seminario. Presenta las mismas características y ventajas de la clase activa, pero acentuando aún más la intervención del alumno, porque mientras en el primero se le entrega el documento contentivo de la información concerniente a lo que se va a discutir, en el seminario se le informa únicamente el tema, debiendo el alumno realizar una investigación personal para conseguir la información relativa al tema y a las opiniones que se van a sustentar. Se presta para la realización de trabajos e investigaciones colectivas.

Además de las ventajas del método anterior, el hecho de permitir el trabajo en grupo, comienza a preparar al alumno para trabajar colectivamente, adaptándolo a la complejidad del mundo contemporáneo, que exige cada vez más esta forma de investigación interdisciplinaria.

Método del caso. Se presta este instrumento metodológico para múltiples variantes, desde el más socorrido y conocido de plantear hipotéticamente un caso para que el estudiante, con base en los conocimientos teóricos, lo resuelva; hasta la posibilidad de realizar ejercicios más tecnificados en relación con la tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad, etc., por ejemplo, tratándose del análisis de la tipicidad y de acuerdo con el grado de conocimiento en que se encuentre el alumno (facultad, maestría o especialización) y según se trate de penal general o especial, que el alumno dé ejemplo de conductas típicas, relativas a un derecho tutelado penalmente, de conductas atípicas, por atipicidad relativa o absoluta; dé ejemplos de tipos con sujeto activo o pasivo cualificado, de mera conducta o de resultado.

Este método tiene muchas ventajas; en primer lugar, aleja al estudiante de la yerta indiferencia de las teorías, que en la clase magistral en ocasiones se memorizan, sin entender ni explicar su empleo; se dinamiza el estudio y el alumno comienza a ver el sentido práctico del derecho y a comprender a través del caso las teorías que fácilmente aprenderá (Redcozub, 2014).

Lo obliga a formarse un criterio personal, a emitir su opinión independientemente, liberándolo del pesado yugo de los conceptos de tratadistas o tribunales, se le habilita para ejercer una posición crítica ante la ley desde punto de vista técnico, abriéndole el camino a un posible legislador, con capacidad y práctica para que, de un determinado fenómeno de hecho, pueda forjar una norma penal.

El método del caso no solo se presta para habilitar al estudiante como un técnico del derecho como se puede creer, y menos aun cuando hemos formulado críticas directas al exceso de dogmatismo, formalismo y ritualismo de la ley y de sus cultores, pues en relación a otros temas del derecho penal podrá realizar ejercicios valorativos y axiológicos.

Método de las situaciones. El primer enfrentamiento del alumno con cada una de las materias objeto de su aprendizaje tiene lugar a través del método que hemos denominado de situaciones y que consiste fundamentalmente, en someter a su consideración una situación de hecho determinada y en requerirle para que le dé solución, en términos jurídicos, sobre la base exclusiva de lo que al respecto le dicte su criterio de justicia. La situación planteada será, en la medida de lo posible, representativa de la problemática jurídica cuyo estudio inicia el alumno. El tiempo de su formulación corresponderá al momento en que deba ser resuelta y el alumno, para este efecto, no podrá valerse de otro elemento de juicio que el que le sea proporcionado por su concepción personal de lo que es justo o injusto con relación a los hechos constituidos de la situación que ha de resolver.

Se nota como ventaja de este método, que antes de enfrentar al alumno con el orden legal, se le contrapone al orden de lo justo y de esta manera se lo forma para enfrentar los casos jurídicos desde la perspectiva de la justicia, elementos suficientes para que en el futuro adquiera una posición crítica ante la ley que contradiga su criterio de justicia.

Método de la casuística jurisprudencial. Consistente en proponer a los alumnos decisiones de los juzgados, tribunales, o de la Corte Suprema de Justicia, para que las analicen desde su perspectiva jurídica y valorativa, debiendo tomar una posición ante las pretensiones de las partes y la decisión finalmente pronunciada.

Este método admite las más variadas posibilidades, no solo para las cátedras de penal general, y penal especial, sino también para las de procedimiento penal, pruebas penales, práctica forense y consultorio jurídico. Es recomendable que las facultades de derecho, con la colaboración de jueces y magistrados fotocopien procesos de especial interés jurídico y profundamente debatido por las partes, con destino a las bibliotecas universitarias, con lo cual quedarán al alcance de profesores y alumnos para realizar las más variadas prácticas docentes.

Método del consultorio jurídico. Instrumento metodológico que entre nosotros ya no representa ningún problema, puesto que legislativamente se impuso como una materia más del programa, que debe ser cursado y aprobado por la totalidad de los estudiantes.

Su práctica se hace más efectiva si el director del consultorio está asesorado, para los efectos del área del conocimiento que nos interesa, de un profesor especializado o dedicado al derecho penal, a menos que el director sea penalista; es inadecuado pretender que, si tiene una especialización diversa, oriente a los estudiantes en derecho penal.

Método axiológico y de política criminal. Considerado uno de los más importantes, para formar al futuro dirigente político y al legislador, se fundamenta básicamente en una disección valorativa del Código Penal, en el cual tal como lo afirma el adagio popular para implicar ciertas ausencias y presencias injustificadas y en relación a las conductas ilícitas, "no están todas las que son, ni son todas las que están".

El Código, como estructura jurídica de un país que acoge el liberalismo filosófico francés y el económico anglosajón, ha dado prioritaria importancia a los derechos individuales, descuidando los derechos sociales; ha dado mayor énfasis a la criminalidad convencional y a la política, mientras que la criminalidad de cuello blanco es prácticamente desconocida, no como fenómeno social, sino jurídico; presenta un tratamiento legislativo diferencial a ciertas conductas, según quienes sean los sujetos activos y pasivos. Lo anterior supone por parte del alumno, la realización de un análisis valorativo de los derechos protegidos penalmente que lo lleve a establecer una escala de mayor a menor, y a determinar según su criterio (debidamente fundamentado) si la punibilidad señalada por el legislador corresponde a ese concepto de equidad que sustenta (Pasquel, 2014).

Método de la investigación doctrinaria. La investigación jurídica puede realizarse en función de tres objetivos:

  1. La investigación como medio de enseñanza.

  2. La investigación como auxiliar básica de la enseñanza del derecho.

  3. La investigación destinada a conocer la realidad jurídica a fin de implementar una política legislativa oportuna y eficiente.

Como ventajas de la utilización de este método se le pueden anotar que condiciona al estudiante para la visita asidua a la biblioteca, única posibilidad que le garantiza el poder permanecer actualizado en el futuro; lo prepara y lo forma en su adecuada utilización; lo pone en contacto con los grandes pensadores del derecho y lo va fundamentando teórica y jurídicamente.

Método de la investigación jurisprudencial. Una muy importante forma de interpretación de la ley es la jurisprudencia, porque son los jueces y tribunales de un país, que, en su constante aplicación de la ley penal, la interpretan y adecuan conforme a la fenomenología social analizada.

La jurisprudencia es dinámica porque por el cambio de situaciones sociales, y por los hombres que se suceden en la administración de justicia, se van presentando diversas interpretaciones y variantes en relación con el juzgamiento de hechos similares.

Consecuentes con esa dinámica evolución de la jurisprudencia se harán investigaciones jurisprudenciales, analizando los tratamientos que los jueces y tribunales les han dado a casos similares, para que así los estudiantes, además de tener conocimiento de toda una trayectoria histórica, puedan analizar las distintas posiciones ideológicas, contradiciéndolas o mostrándose conformes con ellas, pero en cualquiera de los casos, sustentando con argumentos válidos su posición.

Método de la investigación empírica. Consiste en la detección de hechos sociales, económicos, sicológicos y su tratamiento legislativo. Serviría para demostrar la separación existente entre la ley como entidad abstracta y la realidad; nos mostraría lo que el derecho es y lo que debería ser; serviría de medio revelador de la siempre contradictoria situación de la vigencia de la ley y su ineficacia.

Método de legislación comparada. Es importante que las bibliotecas universitarias estén dotadas del mayor número de códigos extranjeros, ojalá de los países latinoamericanos y de los países europeos, que con su honda tradición romanística han influido en nuestras estructuras legales (Fernández & Jarrin, 2015).

Aunque es criticable el trasplante de legislaciones europeas en nuestro medio, ello no significa que debamos estar jurídicamente aislados del resto del mundo, es preciso estar observando los cambios y evolución jurídica de los otros países, y debe ser desde la misma facultad donde los alumnos conozcan las legislaciones extranjeras y hagan un análisis comparado con la del país, advirtiendo sus errores y virtudes.

Este trabajo con legislaciones extranjeras se presenta para ser manejado indistintamente con algunos de los métodos señalados con anterioridad y desde el punto de vista dogmático hacer ejercicios relativos a la tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad y punibilidad; igualmente que se pueden realizar tareas de carácter axiológico, al hacer un análisis valorativo de los derechos tutelados penalmente en otros países y la forma de protegerlos; asimismo es factible realizar ejercicios teniendo en cuenta los aspectos de la punibilidad, y proceder a determinar los aspectos de equidad y justicia, al señalarse con relación a la importancia del bien jurídico tutelado.

También Vargas (2011), destaca entre las metodologías didácticas en derecho:

  • El análisis de sentencias.

  • El análisis de textos legales.

  • La utilización de documentación contractual.

  • Los grupos puzzles o rompecabezas.

  • Los mapas conceptuales.

Otra mirada que apunta hacia los métodos de enseñanza del derecho se puede encontrar en Castillo & Polanco (2005), los que hacen referencia a los siguientes métodos para fomentar la libertad del alumno y, por lo tanto, contribuir a un proceso de enseñanza-aprendizaje óptimo:

Trabajar con problemas reales y que se perciben como tal. Hay que tomar en cuenta, que, si realmente se desea que los estudiantes aprendan a ser individuos libres y responsables, entonces, se debe permitir que se enfrenten a la vida y a los verdaderos problemas.

Este método conlleva una actitud activa y participativa de los estudiantes al solucionar problemas que son reales, sin embargo, según Vázquez & Pérez (2012), también tomando en cuenta una experiencia se diseña y plantean para su resolución.

En este sentido resulta interesante y válido el planteamiento de Souto (2014), cuando señala que aplicando el aprendizaje basado en problemas “la enseñanza del Derecho Penal puede partir de una noticia de prensa, o a través del arte envolviendo a la literatura, poesía, teatro, opera, cine, televisión o la misma Historia”. (p.20)

Se trabaja preferentemente en grupos reducidos de alumnos, aunque también se puede trabajar en lo individual con alumnos que cuenten con las herramientas intelectuales o habilidades necesarias previamente adquiridas en clase.

El docente supervisa y orienta, su participación no es protagónica en la resolución del problema, únicamente colabora para remover obstáculos que impidan que el alumno avance o tenga un pleno entendimiento de la actividad a realizar.

Lo importante de esta estrategia es trascender al aprendizaje teórico y llevarlo a la práctica, permitiendo que el alumno se familiarice con el contexto en el cual se desempeñará como profesionista.

El alumno aprende a desempeñarse en situaciones en las que se verá implicado permanentemente, y, además, va adquiriendo habilidades que le permitan una mayor asertividad en su desarrollo profesional, por la sencilla razón que estará aplicando lo que teóricamente aprendió, y entonces, ante situaciones similares recordará con mayor facilidad aquello que le sirvió para resolver una situación conflictiva (Roa, 2015).

El aprendizaje basado en problemas se fundamenta en una serie de principios que le dan sustento pedagógico, los cuales son:

  • Las actividades inducen a que los estudiantes adquieran la responsabilidad de su propio aprendizaje.

  • Al igual que como ocurre en la vida real, los problemas son poco estructurados.

  • La información requerida para abordar los problemas ha de ser de carácter interdisciplinaria.

  • La colaboración es un componente esencial

  • Los aprendizajes previos se activan a partir del análisis y la búsqueda de solución al problema

  • La reflexión sobre lo aprendido es un aspecto fundamental.

  • La auto-evaluación y la co-evalución son enfoques que están siempre presentes.

  • Las actividades permiten poner en práctica habilidades sociales profesionales requeridas en la vida real.

  • La evaluación del aprendizaje ha de trascender los contenidos y considerar las habilidades pretendidas en los objetivos.

  • El aprendizaje basado en problemas ha de ser el enfoque pedagógico del currículum y no una parte, un episodio, dentro del mismo.

Trabajar con problemas reales provee la oportunidad de integrar diversos elementos como:

  • Estudio de casos (el problema).

  • Grupo de trabajo (grupo de estudiantes).

  • Solución de problemas (Aprendiendo a través del hacer).

  • Método socrático (el maestro interactúa con los grupos).

  • Debates en clase.

El estudio de casos Implica el análisis en profundidad de negocios jurídicos, propiciando el cultivo de habilidades que permitan desentrañar la ratio iuris (razón jurídica) utilizada para la resolución de esos negocios.

Es una forma de enseñanza, mediante la cual los alumnos intervienen directamente en la construcción de su aprendizaje, según Redcozub (2014), partiendo del análisis y discusión de experiencias y situaciones reales previamente resueltas.

Lo esencial es descubrir los principios que rigen los casos en estudio, desentrañar el sentido de las palabras y términos jurídicos utilizados, a efecto de llegar a la comprensión de los motivos que llevaron al juzgador a resolver en ese sentido, lo cual resulta importante para el derecho, y que precisamente por esta importancia trasciende del caso particular para incrustarse a otros casos similares.

La habilidad del alumno consistirá en descubrir esos principios, posteriormente analizarlos, debatirlos y luego extrapolarlos a otras situaciones, lo cual será posible lograr con la ayuda del profesor.

Se espera que un estudio de casos abarque la complejidad de un caso particular, porque es el estudio de la particularidad y de la complejidad de un caso singular, para llegar a comprender su actividad en circunstancias importantes.

Dicho estudio consiste en hacer estudiar a un grupo durante una larga serie de sesiones diversas situaciones-problema concretas presentadas con sus detalles reales, y así provocar, a partir del análisis efectuado, una concientización adecuada y exacta de la situación, después de una conceptualización experiencial, y finalmente, una búsqueda de soluciones eficaces.

La actividad pedagógica efectuada debe satisfacer un objetivo: la solución de problemas de manera óptima o correcta. Enseñar a entender el problema, encontrar sus características, comprender esas características y poder reproducirlas para la solución de situaciones similares.

En este método, los estudiantes tienen la oportunidad de poner en práctica básicamente sus habilidades analíticas, la observación, el diagnóstico y la argumentación, pero tomando en cuenta, que los estudiantes parten de los conocimientos adquiridos para alcanzar la solución, es decir, van de la teoría a la práctica (Illera, 2017).

Para la correcta aplicación de este método, es necesaria la selección de casos relevantes y, además, perfectamente vinculados a la realidad, a efecto de que se logre ubicar al estudiante en la práctica profesional.

El grupo básico de encuentro Es una experiencia no estructurada, en la que se ayuda al grupo a expresarse a sí mismo, y a los miembros a interactuar entre ellos, de manera que se logra una experiencia significativa y mutuamente provechosa.

Proporcionar recursos que respondan a las necesidades de los estudiantes. El maestro como facilitador, emplea gran parte de su tiempo organizando lecciones y exposiciones, dedica tiempo a descubrir, obtener y poner a la inmediata disposición de los alumnos los recursos que responden a sus necesidades, tales como libros, artículos, películas, conferencias, experiencias y otros recursos o instrumentos. Esto permite que el alumno se sitúe en un ambiente de aprendizaje y tenga la opción de seleccionar los elementos idóneos a sus requerimientos.

Utilización de contratos Proporciona una experiencia de transición entre las exigencias de un programa, o de una institución educativa y la completa libertad del alumno, respetando los requerimientos del programa y atendiendo las inquietudes y deseos personales del alumno.

División de la clase Se parte del principio de que la libertad no se impone a quien no la quiere, respetando la preferencia de aquellos alumnos que deseen una instrucción convencional.

Lectura de comprensión Capacidad de captar el significado completo de un mensaje que se transmite mediante un texto leído, adoptando una actitud reflexiva, crítica y activa.

Sin duda, como dicen Castillo & Polanco (2005), la lectura es la técnica instrumental básica para estudiar y desarrollar el aprendizaje escolar, pero, también es completamente cierto, que para que la lectura sea eficaz debe entenderse lo que se está leyendo. La comprensión es esencial en una lectura provechosa y para llegar a la comprensión es necesario el esfuerzo mental y la actividad reflexiva.

Una lectura de comprensión implica captar el significado del texto, para lo cual es necesario adoptar una actitud reflexiva, crítica y activa. Comprender significa apropiarse de las ideas expuestas en el texto y captarlas en la amplitud que el autor las expuso. La actitud reflexiva implica organizar esas ideas y otorgarles un valor propio, recodificarlas.

Castillo & Polanco (2005), hacen referencia a tres fases de la lectura, siendo estas: prelectura, lectura crítica y postlectura, donde la lectura crítica involucra los aspectos significativos del texto, la estructura interna y las ideas principales y secundarias.

La lectura crítica demanda una actitud activa del lector, que le permita captar el contenido de la misma, mediante una postura interrogativa, una actitud reflexiva, valorando cada uno de sus elementos o ideas y organizándolas y vinculándolas con los conocimientos previos.

Conclusiones

La dinámica de los tiempos actuales, caracterizada por una vertiginosa explosión de la ciencia y la tecnología, así como de las herramientas y canales de la información y las comunicaciones, encuentra eco en la enseñanza en general y particularmente del Derecho Penal, el cual, en algunos escenarios docentes aún se encuentran atrapados en las antiguas prácticas de la filosofía liberal, por lo que se apoya en métodos de enseñanza que ya resultan obsoletos.

Es preciso accionar con metodologías activas y estrategias innovadoras para lograr una enseñanza de calidad del derecho Penal que se adecue a las realidades y exigencias actuales.

Para ello, se debe reflexionar en aquellos enfoques teóricos que proponen nuevos métodos de enseñanza que responden al perfil del profesional del derecho que se quiere formar según el encargo social.

Las metodologías en cuestión en esta carrera se deben basar esencialmente en los métodos de resolución de problemas, estudios de casos y trabajos de investigación, entre toda una diversidad propuesta por diferentes autores.

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Recibido: 29 de Julio de 2019; Aprobado: 11 de Octubre de 2019

*Autor para correspondencia. E-mail: mzhiminay2@utmachala.edu.ec

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