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Conrado

versão On-line ISSN 1990-8644

Conrado vol.17 no.78 Cienfuegos jan.-fev. 2021  Epub 02-Fev-2021

 

Artículo Original

La lectura académica en derecho: una práctica necesaria en la formación pertinente del abogado

The academic reading law: a necessary practice in the relevant training of the lawyer

0000-0001-8533-3442Jesús Morales1  * 

1 Universidad de Los Andes. Venezuela

RESUMEN

La formación de ciudadanos críticos se ha posicionado en la actualidad como una competencia de la universidad. Ello se ha debido fundamentalmente a que este escenario representa el lugar por antonomasia en el que se promueve el libre pensamiento y el uso de la criticidad como habilidades intelectuales necesarias para enfrentar las manipulaciones, objetar posicionamientos y luchar contra las imposiciones ideológicas. Partiendo de las dificultades habituales con las que los estudiantes que ingresan a la Universidad se encuentran al abordar textos jurídicos, se busca describir las estrategias de lectura que caracterizan a los expertos en este campo para así, en un futuro, contar con herramientas más eficaces de enseñanza. Es en este sentido, este artículo presenta los principales aspectos de la reflexión hecha en torno a la lectura para mejorar la clase de ciencias jurídicas, ayudar a introducir cambios en nuestra práctica docente y proponer estrategias para realizar lectura crítica en el aula universitaria.

Palabras-clave: Leer; géneros académicos; formación crítica; estrategias de lectura; textos jurídicos

ABSTRACT

The training of critical citizens has now positioned itself as a competence of university. This has been due fundamentally to the fact that this scenario represents the place par excellence in which free thought and the use of criticality are promoted as necessary intellectual abilities to face manipulations, objecting positions and fighting against ideological impositions. From the usual difficulties the first year law students find when they read legal texts, we search to describe and compare the strategies of reading that characterized experts, to have in future tools for teaching in a more effective way. It is in this sense this article we present here the main aspects of the reflection concerning reading in science class which helped to bring about changes in our teaching practice and propose strategies for achieving critical reading at the university level.

Key words: Reading; academic types; critical formation; strategies of reading; legal texts

Introducción

La lectura académica representa en la actualidad un proceso social y académico al servicio del aprendizaje, así como un medio significativo para que el lector en su proceder activo logre “tomar partido, expresar su propia opinión respecto a un tema y realizar aportes y conclusiones que cooperen con la validación de una determinada posición teórica”Contreras (2016, p. 37). Esto no significa que, leer se entienda como una actividad mecánica y carente de sentido, sino por el contrario, un proceso activo que procura, entre otras cosas “que el sujeto se enfrente a la necesidad de tomar distancia de los textos, valorarlos, revisarlos minuciosamente e intentar construir su estilo propio de ver el conocimiento”. (León, 2008, p.135)

En palabras de Gordillo (1998), la lectura de textos jurídicos exige que el estudioso del campo, se acerque de manera crítica a la información que estos ofrecen, pues de ello depende “precisar los puntos nodales o coyunturales, los ejes fundamentales de aquello que estamos leyendo” (p.2). Lo afirmado desde la comprensión del lenguaje jurídico como una exigencia social, se entiende como un medio del que depende que los ciudadanos asuman correctamente las regulaciones, derechos, restricciones y obligaciones a las que deben acogerse para garantizar una sana convivencia.

A partir de lo expuesto, el ensayo que se presenta a continuación desarrolla un acercamiento a la lectura académica en el campo de las ciencias jurídicas, dejando entrever que de este poderoso proceso depende que el sujeto que se forma como administrador de justicia se apropie de ideas, deduzca conclusiones y ponga en marcha el uso de competencias críticas que le permitan determinar las intenciones, propósitos y planteamientos contenidos en los géneros jurídicos de consulta frecuente. Del mismo modo, se ofrece desde el punto de vista estratégico, algunas ideas que pudieran guiar significativamente la lectura crítica de los textos jurídicos.

Desarrollo

La universidad como espacio para la formación académica pertinente y para el desarrollo tanto de habilidades básicas como de competencias críticas exige del ingresante, ser capaz de enfrentarse al conocimiento desde una posición activa (De Cucco, 2016), en la que integre a su bagaje conceptual, los conocimientos y nociones previas, como elementos de los que depende la consolidación de procesos significativos de apropiación de ideas y la transformación de sus esquemas mentales, como condiciones necesarias para enfrentar con pertinencia la construcción de sus propios saberes.

Las particularidades de los géneros jurídicos, ha obligado a sus lectores al aprendizaje de las convenciones y modos en que se produce y organiza el conocimiento científico de este campo del saber. En apoyo a esta afirmación Borja (2007), deja entrever que, parte de las dificultades a las que se enfrenta el lector que se inicia en el estudio del Derecho, refieren a la complejidad de los textos legales, cualidad que gira en torno a que sus destinatarios usualmente son juristas y especialistas a quienes por su manejo teórico conceptual y su terminología le es familiar su ingreso a la información, que les posibilita el acceso comprensivo a sus ideas y contenidos.

Al respecto León (2008), propone que una de las grandes dificultades con las que se encuentra el lector novato en su acercamiento comprensivo al conocimiento de esta disciplina, se debe en parte a “la abundante información construida para especialistas, en cuyo contenido predomina el lenguaje académico, condición que busca la satisfacción de las necesidades de este grupo, más no de quienes se inician en su aprendizaje” (p.24). Frente a esta particularidad, las propuestas pedagógicas han enfocado sus esfuerzos en orientar prácticas sistemáticas de lectura, en las que se acompañe progresivamente al estudiante en la comprensión crítica de las relaciones que se dan en el complejo mundo de la dimensión socio-jurídica.

Para De Cucco (2016), el lenguaje jurídico ha sido calificado como uno de los más recargados de terminología técnica-especializada, condición que desde las posturas críticas de la lectura le han visto como excluyente, imprecisa y hasta en ocasiones superflua; lo que ha generado que el proceso comunicativo del mensaje y la comprensión se hayan limitado exclusivamente a la comunidad jurídica que lo práctica, dejando a un lado a los aprendices, novatos y público en general, quienes han debido apelar a intérpretes como mediadores sobre los que recae la responsabilidad de traducir las intenciones, propósitos e ideas subyacentes en este discurso.

En este aspecto Prat (2014), expone que la lectura en derecho es una actividad compleja, que no se reduce “al proceso de decodificación léxico-sintáctico, sino a la búsqueda real de los propósitos que el autor persigue con sus ideas; esto muchas veces se ve dificultado debido a que, el lector desconoce el significado de algunas palabras” (p. 2). Esta característica, en muchas ocasiones representa un obstáculo para desarrollar procesos críticos, conscientes y significativos que favorezcan el acceder al conocimiento jurídico que se expone en la doctrina, sentencias o jurisprudencias por mencionar algunas de las fuentes de que se nutre el lector de este campo.

Para de Prat (2014), la lectura pertinente en la actualidad, debe ser aquella que guíe al lector en la revisión de diversas miradas sobre la situación, hecho o fenómeno de estudio, para lo cual se hace necesario que el sujeto desarrolle “tareas inherentes al oficio de estudiar, en efecto, recurrir a internet, consultar manuales y enciclopedias son herramientas útiles y necesarias en tanto nos permiten obtener una visión general acerca de los temas, información básica y datos bibliográficos de interés” (p.2). Se trata entonces, de vincular al lector novel en las prácticas académicas con el propósito de que: establezca relaciones entre conceptos, vincule conocimientos aportados desde diversas disciplinas y defina sistemas de reflexión que le permitan interpretar hechos, normas y sus nexos con la realidad social.

Al respecto Álvarez (2008), coincide en afirmar que acercarse a la comprensión del discurso jurídico encierra un conjunto de “sabidurías y formas culturales cuya apropiación por parte de los alumnos es esencial para el buen desempeño profesional. Esto exige adquirir los conocimientos para la producción, la interpretación y el análisis de las diferentes tipologías textuales presentes en los formatos” (p.140). Lo dicho implica que, leer para aprender, requiere el desarrollo de competencias críticas mediante las cuales el lector identifique la estructura lógica de la norma, las características del conocimiento expresado en un cuerpo doctrinal y la identificación de los elementos que conforman el entramado narrativo y paradigmático de un texto jurídico.

En este sentido, la lectura en derecho requiere de dos procesos plenamente diferenciados los cuales fungen como aliados en la apropiación del conocimiento científico. Por un lado, la integración de información, entendida como la habilidad para determinar la extensión y el ámbito de aplicación de una norma, de los elementos doctrinales y jurisprudenciales y, la interpretación como la operación mental de la que depende que el lector logre desentrañar significados subyacentes en los contenidos con los que se interactúa.

Lo dicho indica que, leer en derecho se convierte en un desafío por el nivel de complejidad de los textos científicos, propiedad que exige del lector acudir a materiales complementarios con el propósito de cumplir objetivos tales como: completar información que por estar implícita amerita ser deducida mediante el uso de los conocimientos previos, lo aportado por otras fuentes y lo dado en el texto; esto dará lugar al siguiente paso, consistente en confrontar y someter a prueba los aportes teóricos y las ideas con la finalidad de valorar su veracidad, credibilidad y eficacia.

Para Anchondo (2016) la lectura refiere a un proceso con el que se intenta “develar la ambigüedad, la oscuridad y lo confuso del texto, lo que en múltiples ocasiones obliga a buscar el verdadero sentido de aquél” (p.35). Para el autor, leer no es más que la búsqueda acuciosa de la voluntad del legislador o jurista, así como el verdadero significado contenido en la norma, requerimientos que exigen atender elementos medulares entre los que se pueden mencionar: identificar las condiciones en que surgió la norma, el pacto o el contrato, sus motivaciones o causas, las pretensiones o finalidades y el contexto jurídico-normativo en el que se ubica.

Por su parte, Borja (2007), deja ver que la lectura de los géneros jurídicos requiere “la identificación de las características formales, a partir de las cuales interpretar funcionalmente su finalidad, circunstancias de producción, así como otros rasgos y situaciones que permitan reportar las intenciones comunicativas y las motivaciones concretas expuestas en el texto” (p.3). En este sentido, es posible afirmar que la cultura jurídica establece como particularidad la revisión de hechos subyacentes a toda norma, producción doctrinal y jurisprudencial, es decir, la profundización en elementos extra-textuales que giran en torno al discurso jurídico tales como: factores sociales, históricos, culturales y hasta económicos.

Por su parte Gimeno (2000), plantea que la lectura constituye un proceso importante para el acercamiento significativo al conocimiento, pues “precisa la búsqueda del significado, planteamientos subyacentes y premisas presentes en el texto legislativo, dejando ver enunciados y supuestos de hecho, así como su regulación jurídica” (p.693). Esta afirmación indica que, la lectura procura desde el punto de vista sistémico, organizar y establecer conexiones entre los diversos elementos que le otorgan fundamento a una norma o decisión jurídica.

Este diálogo profundo con la información le permite al lector construir ideas globales, establecer asociaciones y extraer conclusiones, elementos que en la lectura académica constituyen elaboraciones importantes a partir de los cuales ingresar a “los sistemas conceptuales, relacionando las condiciones sociales e históricas en las que se produjeron, y de las que depende la producción de generalizaciones y aportes a la disciplina jurídica” (Ibarra, & Szychowski, 2016, p. 17). Estas operaciones indican que la lectura académica trasciende de la mera revisión literal de lo aportado por el texto y, exige según las últimas tendencias, que el lector se ocupe de la identificación de datos sobre la autoría de texto, caracterización del contexto o momento en el que se produjo, ámbito jurídico al que le dedica su obra y la perspectiva teórica desde la que ubica su pronunciamiento.

En casos específicos como las ciencias jurídicas, Ibarra, & Szychowski (2016), proponen la necesidad de precisar elementos relevantes que, por no estar explícitos en los textos, ameritan de un lectura acuciosa e inferencial, mediante la que sea posible “la identificación autónoma de los propósitos en intencionalidades del autor, su voz y la de terceros, así como las opiniones que tomadas de diversos autores vienen a enriquecer el texto” (p. 19). A partir de esta interacción con el conocimiento, es posible que el lector logre elaborar planteamientos propios y posicionarse con sentido crítico, condiciones estas que, además de referir a procesos como el análisis y profundización, cooperan con la recuperación y reelaboración de conceptos e ideas relevantes.

Para Weston (2006), la lectura académica en derecho debe enfocarse en llevar al estudiante a “la evaluación e identificación de argumentos, y guiarle acerca de qué opiniones son mejores que otras, deduciendo puntos de vista diferentes y posibles conclusiones a partir de las cuales elaborar nuevos razonamientos” (p.12). Lo planteado se encuentra estrechamente vinculado con la construcción de ideas soportadas en la crítica y la reflexión, operaciones que dan lugar a la elaboración de opiniones propias en las que deje ver su pensamiento de manera autónoma y responsable, además, permitan comprender los fenómenos jurídicos en toda su extensión y desde su verdadero sentido.

De este modo, se entiende que la lectura en la universidad pretende guiar hacia “el análisis y el cuestionamiento de las propias ideas y creencias, operaciones vinculadas con sometimiento a prueba de las concepciones que se tiene sobre el saber” (Weston, 2006, p.14). Estas operaciones refieren a la necesidad de familiarizar al estudiante con la defensa de sus puntos de vista, para lo cual se hace inminente que aprenda a pensar y reflexionar por sí mismo, a construir y conclusiones en las que demuestre sus habilidades para valorar críticamente los argumentos y posturas de la parte contraria.

En atención a lo expuesto, la lectura como proceso cognitivo busca la evaluación rigurosa de “pruebas o razonamientos lógicos como la definición, clasificación, enumeración, citas de autoridad, estadísticas, ejemplos, a partir de los cuales el lector como agente activo sustentar su propio punto de vista” (Díaz, 2016, p.1). La identificación de estos elementos implica entonces, fomentar en el lector competencias críticas para que, valiéndose de la interrelación de argumentos, logre elaborar conclusiones en las que adopte una posición sólida, fundamentada en razonamientos y aportaciones lógicas que cooperen con la resolución de problemas socio-jurídicos.

Estas bondades de la lectura, refieren a la relación que existe entre esta y la construcción de estructuras retóricas o argumentativas, a través de las cuales elaborar razonamientos pertinentes y significativos, que por su contenido son capaces de convencer o persuadir a una determinada audiencia. Para Poveda (1993), la lectura de textos académicos en derecho, debe considerar operaciones como “el contexto de comunicación y su relevancia por cuanto el estatus de quien lo dice o escribe, por qué y para qué lo dice, a lo que se agrega el determinar que el autor sea reconocido por su coherencia”. (p.1)

Para esta autora, es fundamental que el lector responda por lo menos diez (10) interrogantes que le aportarán de modo significativo, la deducción o identificación de planteamientos medulares en torno a los que el lector trabaja para fijar su posición con respecto a la temática abordada, estas son: ¿cuál es la idea que quiere probar el autor? ¿en cuáles hechos se basa la argumentación? ¿cuáles serían los puntos débiles del argumento? ¿qué dice o plantea? ¿por qué plantea estas ideas? ¿para qué o que busca: ¿seducir, convencer, conmover, reflexionar? ¿qué clase de texto o género académico es? ¿cuál es el tema? ¿cuál es la tesis planteada? ¿cuáles son los argumentos? ¿cuál es la conclusión a la que llega el autor?

En atención a lo anterior, la lectura crítica expone que el acercamiento al conocimiento científico-jurídico implica delimitar las diversas voces que se entretejen en los textos así como las del propio autor, como operaciones mentales que exigen la diferenciación de las opiniones, afirmaciones y argumentos que se entretejen en la estructura retórica; frente a ello, el lector debe ser capaz de “establecer relaciones, asumir posiciones inferenciales, buscar las posiciones críticas y propositivas del autor frente al texto” (Poveda, 1993, p.2)

En palabras de Núñez (2002), el modo crítico de leer refiere a la valoración de la información, con objetivos precisos y específicos, entre los que se mencionan disponer de “actitudes, habilidades, conocimientos previos, capacidad de decisión y discriminación, entre otros aspectos, con el único fin de “determinar hasta qué punto esa información es útil, veraz, cierta, buena, interesante, actual, importante, apegada a la realidad, novedosa, original, está bien escrita”. (p.87)

Hawes (2003), plantea que el lector del sistema universitario debe hacer uso de la lectura para desarrollar su actitud crítica, reflexiva y analítica, desde la que le sea posible operar significativamente con la información. De allí que su rol activo sea, no aceptar las ideas ni los planteamientos a priori “solo porque están escritas formalmente; a la vez, un lector crítico considera los temas desde diversas perspectivas, ojalá en una mirada interdisciplinaria; un lector crítico está de acuerdo y en desacuerdo a la vez con un texto”. (p. 40)

Para el autor mencionado, la lectura crítica cuenta con bondades específicas de las que depende la aprehensión efectiva del conocimiento y tiene que con los siguientes aspectos:

  1. Le permite al lector construir su propia voz dentro de una comunidad académica, al propiciar la generación de aportes y discutir los temas desde múltiples posiciones.

  2. La lectura crítica por su potencial para transformar el pensamiento, hace posible la elaboración de ideas de manera autónoma e independiente.

  3. Las competencias críticas que involucra la lectura, dan lugar a la capacidad para “evaluar ideas tanto teórica como social y políticamente. Para ello, el sujeto se vale del análisis, la revisión y la síntesis de lo que lee; además puede establecer relaciones entre las ideas y utilizarlas como una ayuda en la lectura”. (Hawes, 2003, p.41)

  4. En el campo del Derecho, la identificación de relaciones causa y efecto permiten definir motivaciones subyacentes en los hechos o acontecimientos jurídicos que ocupan al profesional de esta disciplina.

  5. A lo anterior se agrega la posibilidad de distinguir las variables, agentes y participantes de una situación jurídica, que, por representar una controversia, requieren de la valoración de las posiciones en pro y en contra, de los argumentos de los que se valió el juez o el administrador de justicia para emitir determinado veredicto, así como las consideraciones y criterios normativos, doctrinales y jurisprudenciales que asumió para resolver una controversia.

  6. La lectura crítica le coopera al estudiante con el establecimiento de analogías y comparaciones entre situaciones que por su semejanza fueron resueltas del mismo modo o, en sentido contrario de manera diferente según el criterio y la posición jurídica desde la cual el juez valoró los hechos y las pruebas que sustanciaron el acto resolutorio.

Al respecto Borja (2007), afirma que estas competencias críticas se encuentran relacionadas con el “dominio del lenguaje y la comprensión del código, familiarizarse con los recursos retóricos y los contenidos de los géneros de la especialidad y conocer el contexto en el que se generó el conocimiento especializado con el objeto de comprender” (p.7). Esto significa, que en la lectura de textos jurídicos el sujeto debe ser capaz de precisar elementos que no necesariamente se encuentran explícitos en los materiales, a los que deberá abordar mediante el uso del pensamiento inferencial, como un modo de pensamiento que procura integrar la información aportada por el texto, los conocimientos previos y las ideas tomadas de materiales adicionales.

Guerra (2006), expone que leer textos jurídicos implica “evaluar la información que contiene un libro, artículo o discurso y bien puede ser empleada para la lectura de sentencias y documentos jurídicos como científicos” (p.70). Esta actitud crítica además de una exigencia, constituye un medio del que depende la construcción de apreciaciones de alta calidad, que sustancien de modo pertinente las decisiones que el abogado deberá enfrentar en su práctica profesional, en su quehacer social y la resolución de situaciones que por su complejidad y compromiso ético requieren de razonamiento profundo.

En esta misma línea de pensamiento Álvarez (2008), manifiesta que, el lector de este campo disciplinar debe ser capaz de interpretar ideas y generar nuevos planteamientos, a partir de los cuales “refutar las tesis adversas, valiéndose de razonamientos y de argumentos con el potencial de enfrentar posturas diferentes, a las que se requiere rebatir, refutar para enfrentar al destinatario de manera efectiva” (p. 141). Esto deja entrever, que el propósito de una lectura crítica, profunda y cuidadosa no es más que lograr asumir una posición sólida y coherente, en las que se muestre el dominio de los alegatos necesarios para adherir a la audiencia, en este caso al administrador de justicia.

En otro orden de ideas Fernández, & Ramírez (2011), proponen que la lectura académica específicamente en lo que respecta a doctrina jurídica, procura que el lector identifique lo siguientes aspectos:

  1. Localizar y precisar los aportes novedosos que los autores explícita o implícitamente procuran transmitir en sus textos académicos.

  2. Familiarizarse con el discurso y las prácticas propias de su disciplina, para lo cual debe tomar como modelo las particularidades que se asumen para producir conocimiento.

  3. Ejercitarse en el manejo de habilidades cognitivas como la valoración de los contenidos e ideas, así como competencias críticas para cuestionar las afirmaciones y posicionamiento de los autores.

  4. Identificar elementos medulares y aquellas ideas que, por su importancia, permiten construir nuevos planteamientos con el potencial de convertirse en aportes para su campo disciplinar.

  5. Discernir aquellas posturas teóricas, enfoques, corrientes y perspectivas que son parte de la información importante que se debe manejar para dar cuenta del uso de habilidades propias del pensamiento superior.

Weston (2006), deja ver algunas bondades de la lectura académica como medio necesario para la construcción de argumentos sólidos, oportunos y relevantes; de allí que manifieste lo siguiente:

  1. La lectura en la ciencia jurídica debe orientarse a la apropiación de razones, pruebas y hallazgos a partir de los cuales elaborar opiniones y afirmaciones suficientemente sustanciadas. Se trata de “ofrecer un conjunto de ideas rigurosamente pensadas, que le den apoyo a las conclusiones que se exponen sobre un tema determinado”. (p.11)

  2. La perspectiva crítica de la lectura propone que el lector como sujeto activo y comprometido, debe ser capaz de construir posiciones propias, así como “tratar de informarse acerca de qué opiniones son mejores que otras, dejando ver con ello que no todos los puntos son iguales”. (p.11)

  3. La lectura se entiende como el medio a partir del cual valorar con rigurosidad las conclusiones a las que llegan los autores, pero, además, determinar los elementos sobre los que se sustenta; ello implica “delimitar los argumentos dados en favor de diferentes conclusiones, para luego valorarlos dejando ver cuán fuertes son realmente”. (p.12)

  4. En derecho la apropiación del conocimiento, como en otras áreas, exige disponer el pensamiento para deducir que “las conclusiones hayan sido bien sustentadas con razones, de tal manera que las personas puedan formarse sus propias opiniones por sí mismas”. (p.13)

  5. El lector del campo jurídico debe operar en actividades mentales como la integración de información, recoger lo dicho sobre la situación objeto de estudio y, a partir de allí identificar los fundamentos sobre los que se soportan los autores para dar sus afirmaciones. Este modo crítico de pensar exige “de los estudiantes que cuestionen sus propias creencias, y que sometan a prueba y defiendan sus propios puntos de vista”. (p.14)

Para Perelman (1999), la lectura jurídica constituye un instrumento valioso que permite establecer un diálogo con las formas como los juristas razonan, piensan y problematizan situaciones de la vida cotidiana, condición que representa para el que se forma en el área el apropiarse de convenciones y prácticas de las que se espera que su actuar sea “la identificación de los propósitos del autor, su posicionamiento epistémico y, a partir de allí presentar alternativamente puntos de vista y las objeciones que tienen respecto a los razonamientos de los otros” (p.2). En este aspecto Arnoux (1996), propone que el fin de la lectura académica debe ser que el sujeto “asuma posición frente al saber, emita juicios apreciativos y asignar o no credibilidad a las opiniones de otros”. (p.5)

Por su parte Contreras (2016), propone que leer en la universidad debe involucrar al lector en el desarrollo de las siguientes operaciones mentales:

  1. Plantear hipótesis, esta debe ser elaborada en forma de interrogante, y el lector debe buscar razones que demuestren o refuten su validez, proceso que le demanda profundizar sobre el tema valiéndose de lo aportado por el texto base y lo que materiales adicionales pudieran facilitar para completar su acercamiento al conocimiento.

  2. Hacer uso de habilidades propias del pensamiento crítico que permitan “abordar rigurosamente, objetar y contra-argumentar, así como discutir en torno a una determinada temática, que exige problematizar para lograr deducir nuevos aportes y contribuciones válidas”. (p.38).

  3. Las actividades anteriores deben apuntar al descubrimiento y deducción de temas novedosos, de otras miradas desde las cuales valorar los fenómenos sociales y, como resultado, construir posiciones científicas en las que se integren ideas que contribuyan con el enriquecimiento de conocimiento de la disciplina jurídica.

Desde otra perspectiva Guerra (2006), propone que la lectura académica en Derecho procura objetivos diversos, entre los que se mencionan “enfrentar los alegatos y las posiciones contrarias, mediante la detección de defectos en los argumentos del oponente; busca identificar información de alta calidad a partir de la cual tomar decisiones; y, permite evaluar e interpretar las evidencias propuestas por terceros” (p. 71).

De Cucco (2016), deja ver que todo proceso académico (aprendizaje y enseñanza) de cualquier disciplina, debe orientar al lector al uso y manejo de habilidades en las que logre anticipar lo que dirá el escrito, aportar los conocimientos previos, hacer hipótesis y verificarlas, construir un significado” (p.134). Para Niño (2003) todas las operaciones anteriormente señaladas, procuran que el lector valiéndose del análisis sistemático y riguroso, logre “determinar la verdad o falsedad de ciertas proposiciones; esto refiere a la detección de juicios verdaderos y lógicos en los que no exista contradicción alguna” (p.257).

En síntesis, la lectura académica no es más que el proceso intelectual que le permite al lector introducirse en los elementos más profundos y representativos, de los que se valen los autores para explicar un fenómeno o situación propia del mundo social y, en el caso de la disciplina jurídica, no es más que “la búsqueda de buenas razones en torno a las cuales “los juristas justifican las tesis subyacentes a toda producción científica, de la que esperan sea albergada por una comunidad académica capaz de otorgarle legitimidad por sus aportes a la comprensión e interpretación de la realidad” (Vázquez, 2009, p.100). En este sentido, leer en Derecho implica y exige someter a razonamiento las decisiones emanadas de los órganos de administración de justicia, de quienes depende la elaboración de normas, la emisión de dictámenes y la construcción de pronunciamientos, a los que el estudioso del campo debe apelar para identificar las formas en que operan los sistemas jurídicos en lo que respecta al funcionamiento de las diversas dimensiones de lo social.

La lectura académica de los géneros jurídicos como en otras disciplinas se encuentra determinada por múltiples condiciones que definen el ingreso y la apropiación del conocimiento del campo. Contreras (2016), expone que la lectura jurídica enfrenta al sujeto al manejo de un discurso en el que “predominan aspectos como el lenguaje formal y el uso de términos técnicos que tienen que ver con las diferentes disciplinas y corrientes dentro de las mismas” (p.35). Ante tal compromiso, el rol activo del lector se convierte en una condición fundamental, pues le corresponde no solo asumir una actitud crítica, sino competente para buscar en otras fuentes el significado y los usos que en diversos contextos toman términos propios del campo y, de los que a su vez depende su participación dentro de las prácticas propias de la disciplina.

De esta manera, se propone la lectura de los géneros jurídicos más frecuentes en el campo de la ciencia jurídica, con el objeto de guiar al lector en el proceso de comprensión de la información, aportes y contenidos necesarios para aprender los modos como se produce y organiza el conocimiento científico jurídico. Estos géneros son: la sentencia, jurisprudencia, contrato, resoluciones y doctrina.

La revisión crítica de una sentencia requiere de competencias críticas específicas como la deducción, el análisis y la interpretación, pues se trata de buscar datos, identificar elementos resolutorios y argumentos en función de los cuales el juez o administrador de justicia, tomó la decisión oportuna y aplicable al caso, así como determinar los defectos subyacentes.

Guerra (2006) plantea que la lectura de la sentencia como género jurídico, exige que el sujeto detecte aspectos como “demostrar donde está desinformado el autor, donde está mal informado, donde es ilógico su pronunciamiento y, en qué apartados sus planteamientos son incompletos”. (p.75)

En el caso de actuaciones por desinformación, es frecuente que el autor no traiga a colación situaciones o ejemplos reales que sustancien con efectividad su posición; el escaso uso del citado de fuentes autorizadas como recurso retórico, deja en entredicha su experticia y la validez de su decisión; el manejo limitado de información actualizada refiere a debilidades profundas que pudieran viciar de nulidad el caso.

Gordillo (1998), afirma que la lectura de una sentencia requiere de la consideración de estrategias y operaciones técnicas importantes, entre las que destaca:

  1. La revisión de un fallo exige según el autor, en “tratar en primer lugar de determinar cuál es la situación de hecho a la cual el fallo se refiere, cuál es el problema planteado, cuál es el caso en definitiva” (p.6).

  2. La lectura entre líneas permite inferir lo que realmente procuró transmitir el autor, en este caso el administrador de justicia.

  3. La formulación de una hipótesis inicial favorecerá el acercamiento a los planteamientos que llevaron al juez a tomar determinada decisión, así como los alegatos y argumentos que guiaron el proceso.

  4. La revisión de la fundamentación teórica y jurídica, coadyuvará a la identificación de los dispositivos jurídicos, principios generales y antecedentes a los que tuvo que apelar para juzgar la situación o hecho social.

  5. Revisar los elementos que hacen parte de la explicación del juez con relación a la decisión tomada, ayuda al lector a familiarizarse con la tesis y la trama argumentativa a la que debe apelar para que postura no sea vista como arbitraria por alguna de las partes.

  6. Finalmente, es necesario que el lector se aproxime a los elementos medulares de la sentencia: identificar las secuencias descriptivas en las que se explanan los detalles del problema y, saber cómo y de qué manera se logró ofrecer solución a la controversia.

En otro orden de ideas, la lectura crítica ha delineado algunas ideas sobre la forma como debe el lector acercarse al conocimiento jurídico expresado en las sentencias judiciales, y propone lo siguiente:

  1. La identificación de la causa representa una estrategia que le permite al lector hacerse de una noción específica sobre la situación que se resolvió. Además, permitirá establecer los elementos que dieron origen al litigio y que llevaron a la confrontación de intereses.

  2. La revisión de los hechos, le ayuda al lector a determinar los alegatos expuestos por las partes, así como los argumentos utilizados para defender una u otra posición. Aunado a esto, comprender las actuaciones de las partes, da cabida a la valoración analítica de pruebas y los elementos jurídicos que de modo concreto utilizó el juez para resolver la querella.

  3. Identificar la parte resolutiva, contribuye con la delimitación de las pretensiones, montos establecidos por el juez y los plazos considerados según ley para resarcir el deño ocasionado.

  4. Revisar la fundamentación hecha por el juez, facilita entre otras cosas conocer la trama de motivaciones y explicaciones que sustentadas por citas legales y de orden jurisprudencial contribuyen con la validación de su decisión.

  5. La valoración del punto anterior significa, comprender los modos como los jueces argumentan sus decisiones y los métodos de los que se valen para resolver con racionalidad la causa de la que se ocupó.

  6. En el sentido más profundo de la lectura de una sentencia, es imprescindible que el sujeto identifique la congruencia entre la pretensión, los hechos y los derechos invocados; si la manera de fundamentar integra aspectos tanto dogmáticos como racionales en los que se aprecien racionalmente los hechos, así como los elementos probatorios que sustancian la decisión; y, determinar si el fallo no se excede ni relaja los derechos de las partes.

En Vázquez (2009) la lectura de una decisión judicial, caso específico de una sentencia, debe orientar el pensamiento del lector a la comprensión de que “las decisiones judiciales son el resultado del silogismo judicial: éste se encuentra formado por dos premisas y la conclusión, la primera premisa sería la normativa, la segunda la situación fáctica y, tras una inferencia deductiva, como conclusión una norma particularizada” (p.104).

A manera de complemento León (2008), plantea que la lectura de sentencias debe permitirle al lector identificar por los menos los siguientes elementos:

  1. Determinar la historia procesal de la situación en conflicto.

  2. Delimitar las implicaciones jurídicas.

  3. Identificar las soluciones dictaminadas por el juez.

  4. Definir con exactitud las cuestiones que hacen parte de la controversia, y de las que dependió la solución del conflicto.

  5. Identificar las razones en función de las cuales el administrador de justicia fundó tanto los argumentos y su propia posición.

  6. Determinar que la trama argumentativa esté sustanciada como para establecer doctrina.

La lectura de una jurisprudencia a diferencia de otros géneros jurídicos, ha sido poco abordada; sin embargo y tomando en cuenta la importancia de conocer su contenido para el estudioso del Derecho, se proponen posibles vías a partir de las cuales el lector pudiera identificar elementos fundamentales de los que depende la comprensión de aquellas decisiones que, por su importancia han constituido jurisprudencia. En atención a ello, se dejan ver los siguientes planteamientos:

  1. La jurisprudencia usualmente muestra la solución aportada a una cuestión jurídica. Esto significa que, el lector debe determinar qué principios jurídicos y normativos manejó el juez para formular su resolución.

  2. Es importante que el lector deduzca las consecuencias jurídicas derivadas de una decisión judicial; estas frecuentemente se presentan como conclusiones lógicas y prácticas que pudieran servirle de guía al abogado en formación, en todo lo que respecta a valoración de alternativas que cooperen con el dirimir una controversia.

  3. La identificación de los elementos normativos, le permiten al lector constatar hasta qué punto la decisión del juez estuvo apegada a lo establecido en el ordenamiento jurídico que utilizó para resolver la querella, o en su defecto, su obediencia a los principios generales o máximas de justicia y legalidad. Esta forma de operar con la información que aporta una jurisprudencia, coadyuva a que el lector infiera “propiedades lógicas y pronunciamientos verdaderos o falsos, que pudieran generar grandes equívocos o confusiones”. (Tamayo y Salmorán, 2017, p.159)

  4. La formulación de una decisión en una jurisprudencia, en ocasiones suele darse de modo silogística, es decir, organizada a través de premisas a las que el lector debe identificar para comprender el verdadero sentido con el que el juez integró elementos normativos, dogmáticos, doctrinales para sustanciar no solo su decisión sino su pronunciamiento, del cual dependerá que otros resuelvan situaciones semejantes.

Para comenzar es imprescindible establecer una delimitación plenamente compartida por su valor para efectos de la lectura como actividad interpretativa, y se refiere a la propuesta de Díaz (2016), quien expone que en la “norma jurídica el intérprete debe limitarse a liberarla de dudas y oscuridades; mientras que, en un negocio jurídico, quien lo hace, busca eliminar las eventuales dudas, tratar de encontrar la voluntad de la persona o personas que dieron lugar al mismo”. (p.2)

El autor propone varios aspectos que se pudieran asumir al momento de leer el género jurídico contrato, al que se le entiende contentivo explícita o implícitamente de efectos tanto reales como obligacionales para las partes que lo constituyen. En atención a lo anterior, la lectura académica de un contrato exige lo siguiente:

  1. Identificar el tipo de acuerdo que se establece, es decir, si es un contrato de orden público o privado, si es grupal, colectivo o de tipo social.

  2. Determinar las cláusulas y acuerdos pautados entre las partes, y los objetos y condiciones que hacen parte de la relación contra-actual, así como la responsabilidad jurídica que se desprende de la misma.

  3. Identificar las normas que sustancian el contrato constituye un medio para deducir la obligatoriedad y sus efectos.

Díaz (2016), complementa lo anterior afirmando que la lectura en derecho debe extenderse a la revisión de otros aspectos importantes, que terminan definiendo en profundidad el carácter y el apego al ordenamiento jurídico, estos son:

  1. La búsqueda de la voluntad con la que las partes decidieron establecer el contrato y, de la que depende de modo significativo la creación y origen de las obligaciones. En este punto, se espera que el lector apele a la inferencia de condiciones subjetivas y objetivas, es decir, con respecto a la primera se refiere a la voluntad asumida por cada contratante, mientras que la segunda es la declarada abiertamente por los sujetos de la relación jurídica.

  2. La identificación mediante procesos interpretativos, la cláusula o cláusulas que hacen parte del negocio jurídico.

  3. Lograr la deducción de conductas apegadas a la buena fe y a lo dictaminado por la conciencia social.

  4. Las cláusulas deben ser comprendidas en el sentido acordado, es decir sin elementos oscuros que pudieran desvirtuar las verdaderas pretensiones. En este sentido, es fundamental que el lector atienda la naturaleza y objeto del contrato, pues de ello dependerá la deducción de: las motivaciones, la finalidad y el objeto sobre el que recae la relación contra-actual.

La lectura de una resolución judicial y administrativa constituye una tarea necesaria con la que debe familiarizarse el lector que se inicia en el estudio de los géneros del derecho, pues además de ser documentos de uso frecuente, en estas se expresan procedimientos resolutorios que refieren a las decisiones del administrador de justicia. León (2008), propone algunas ideas valiosas que pudieran guiar su lectura:

  1. Toda resolución se encuentra fundamentada en principio, por argumentos que le sirven al juez para sustanciar la posición expresada en su decisión. Ello implica revisar los hechos y, conocimiento sus repercusiones jurídicas, identificar su correspondencia con las normas aplicadas para resolver la controversia.

  2. Con respecto a su estructura, el lector requiere comprender que se presenta de la siguiente manera: planteamiento del problema, análisis de la situación y conclusiones, en las que el juez recoge los elementos necesarios de su fallo.

  3. Desde un enfoque estratégico, el lector debe “plantear hipótesis, verificar las mismas y luego construir conclusiones propias sobre los modos como fue resuelta la querella”. (León, 2008, p.15)

  4. Con relación a la parte expositiva, esta usualmente asume varias connotaciones, entre ellas: planteamiento del problema, situación a resolver, cuestión en discusión. Este apartado contiene una mirada completa de los hechos, en el que se integra desde varias aristas el problema y las imputaciones.

  5. La parte considerativa, refiere al apartado contentivo del análisis de la situación; esta muestra, “la valoración de los medios probatorios, los cuales son razonados para luego establecer la imputación”. (León, 2008, p.16)

Ahora bien, en la postura de León (2008), se aprecian explícitamente características de la lectura académica, la cual ha propuesto que los estudiantes adentrados en carrera, por la necesidad de consultar fuentes jurídicas de las que deberán tomar precedentes para resolver situaciones propias de su ejercicio, les es imperioso identificar por lo menos las ideas que satisfagan las siguientes interrogantes: ¿se ha determinado cuál es el problema del caso? ¿se ha individualizado la participación de cada uno de los imputados o intervinientes en el conflicto? ¿existen vicios procesales? ¿se han descrito los hechos relevantes que sustentan la pretensión o pretensiones? ¿se han actuado las pruebas relevantes? ¿se ha valorado la prueba relevante para el caso? ¿se ha descrito correctamente la fundamentación jurídica de la pretensión? ¿se elaboró un considerando final que resuma la argumentación de base para la decisión? La parte resolutoria, ¿señala de manera precisa la decisión correspondiente? ¿la resolución respeta el principio de congruencia?

Los textos académicos propios de la disciplina se caracterizan por el elevado nivel de tecnicismo y uso recurrente de términos especializados que invitan al lector a apoyarse en recursos académicos como el diccionario jurídico. En el caso de literatura jurídica, el común denominador es encontrar “un fuerte contenido argumentativo puesto que se trata de demostrar la validez de una opinión o teoría; sin embargo, muchas veces hay que dar cuenta de determinados contenidos, explicarlos, describirlos, clasificarlos, etc., por lo que se insertan secuencias explicativas”. (Contreras, 2016, p.31)

En tal sentido, leer doctrina exige que el lector se apropie de conceptos y definiciones tanto implícitas como explícitas, de las que depende el significativo proceso de comprensión; con respecto a las primeras, se trata de aquellas ideas que el autor da por sentadas, y le deja la tarea al lector para las deduzca, valiéndose de lo aportado en el texto, de los conocimientos previos y de la información que pudiera consultar en otras fuentes para completar aquello que requiere ser aclarado. Las ideas explícitas son aquellas que aparecen en el texto de forma clara y precisa, usualmente en torno a estas no existen elementos subyacentes más que elementos ideológicos y la posición disciplinar desde la cual el autor asume la situación, la figura jurídica o el hecho social que intenta definir, explicar o describir.

Es frecuente que los textos académicos de la ciencia jurídica expongan desde una perspectiva científica o disciplinar el tema del que se ocupa, razón por la cual se hace indispensable que el lector identifique el posicionamiento personal del autor, su trayectoria como especialista y las voces de las que se vale para reforzar sus opiniones.

A lo anterior es posible agregar que la doctrina jurídica frecuentemente está confluida por puntos de vista representados en tesis y subtesis que los autores pretender comprobar. Esto indica que, por ser textos de secuencias discursivas argumentativas requieren que el lector identifique las afirmaciones en las que el autor hace especial énfasis, al otorgarle fuerza y contundencia a planteamientos en los que deja ver no solo su posición sino su propia voz como especialista.

Contreras (2016), propone que, la validez y credibilidad de la tesis se encuentra determinada por el uso de argumentos de diversa índole, a los que se entienden como recursos retóricos a través de los cuales procura adherir a su audiencia. Estos pueden presentarse en forma de “datos objetivos, de sentido común, de otras fuentes, datos de la realidad, lugares comunes o que se supone que asume el destinatario”. (p.33)

En el caso de materiales como artículos científicos la lectura académica plantea que el lector haga un recorrido minucioso por la forma como se presenta, se organiza y se produce el conocimiento desde las comunidades científicas, con un doble propósito: por un lado asumir el texto como un modelo en función del cual guiar procesos propios de escritura y, por el otro, familiarizarse con la comprensión de aquellos elementos que componen cada apartado, en los que el autor deja ver ideas relevantes.

En atención a este punto específico, Contreras (2016), plantea las características de los textos académicos, que se dejan ver en cada sección o apartado:

  1. Generalmente en la introducción el lector encontrará aspectos como: actualidad y pertinencia del tema, afirmaciones y propuestas sintéticas que vienen a reflejar el carácter novedoso del tema que se abordará.

  2. El cuerpo del texto, además de representar la disertación en pleno de la temática, también confluyen argumentos, datos, afirmaciones, citas, estadísticas y posiciones tomadas de diversas disciplinas, que vienen a sustanciar la postura del autor, así como la defensa de su tesis.

  3. Es frecuente que el texto se estructure en apartados en los que se muestran o desarrollan temas o subtemas en función de los cuales se organizan y jerarquizan las ideas generales.

  4. Con respecto a las conclusiones o reflexiones finales, constituyen el apartado final, en el que se muestran los resultados de la disertación y los hallazgos, los cuales deben estar apegados a lo prometido en los objetivos o propósitos planteados en la introducción.

En suma, la lectura de textos especializados, de revistas académicas y de materiales electrónicos exige de un elevado compromiso por parte del lector, en el que disponga su pensamiento y las competencias críticas para integrar información, delimitar la voz del autor y la de terceros y, su posicionamiento dentro de una rama científica, jurídica o filosófica, en función del cual intenta justificar su postura con relación al tema del que se ocupa. Lograr esto en el lector que se inicia en el campo de las ciencias jurídicas, demanda la interacción minuciosa con información del área, la práctica recurrente y la orientación del docente, quien a través de encuentros de lectura guiada le introduzca en los modos cómo se organiza el conocimiento de la disciplina en la empieza a afiliarse.

Los textos jurídicos más que cualquier otro texto deben atender a ciertas exigencias de las que depende que tanto especialistas como el público en general logren identificar sus cometidos e intenciones. Ello refiere a que su contenido se inscribe en unos mínimos de organización y presentación lógica de sus ideas, que, en el caso de la mayoría de los textos de las disciplinas jurídicas, plantean: la exposición de la materia regulada, los antecedentes procesales, la motivación de los hechos y la motivación en función de la norma que regula la materia. Considerando la importancia de las propiedades de los textos jurídicos para el lector, se proponen algunas propiedades que deben contener estos:

  1. Orden: se refiere a la correcta estructuración entre el planteamiento del problema, el uso de la trama argumentativa y la capacidad para comunicar los resultados del proceso decisorio. Parafraseando a León (2008), un texto académico debe presentar el problema, el análisis a la luz de lo normativo y los aspectos que se pretenden resolver.

  2. Claridad: consiste en manejar las expresiones propias del discurso jurídico, es decir, utilizar el lenguaje de modo que atienda las necesidades reales y las acepciones contemporáneas, con el propósito de evitar que se desprecie su carácter dogmático, su tecnicismo y formalidad.

  3. Fortaleza: en los textos jurídicos, las secuencias discursivas predominantes son la explicación y la argumentación, con predominio en esta última. En este sentido, la fortaleza refiere a que su sustentación debe comenzar por el uso de normas constitucionales, razones jurisprudenciales y doctrinales, que le otorguen el reconocimiento suficiente para ser utilizada como referente en otros contextos.

  4. Suficiencia: esta propiedad exige que el uso de razonamientos y argumentos sean los oportunos y necesarios, evitando la redundancia y la repetición, condiciones que muchas veces torna la decisión confusa, inoportuna y escasamente comprensible.

  5. Coherencia: en esencia esta propiedad refiere a la correspondencia lógica que debe mostrar el texto al interior; es decir, a la estrecha relación y consistencia entre argumentos, evitando con ello la existencia de contradicciones que demuestren inconsistencia para el receptor de la decisión.

Conclusiones

La lectura académica debe entenderse como el medio idóneo para acercar al estudiante a las prácticas y modos cómo se organiza el conocimiento en las disciplinas jurídicas. Esto se debe fundamentalmente a que su vinculación con los procesos de aprendizaje la posicionan como un proceso del que depende la apropiación y procesamiento de información que, por su elevado nivel de complejidad requieren del actuar acucioso, reflexivo y analítico de un lector con las competencias y habilidades críticas necesarias para ingresar a las ideas subyacentes que hacen parte del entramado teórico-conceptual de su campo de conocimiento.

La lectura de textos científico-jurídicos se debe comprender como un proceso cognitivo vinculado con el aprendizaje del que se forma en el Derecho, esto se debe a tres razones: en primer lugar, todo proceso decisorio implica la revisión de informes y materiales académicos de los que depende que el abogado en formación construya razonamientos coherentes y acordes con la situación sobre la que se pronuncia, y a la que debe sustanciar de la mejor manera, con el propósito de evitar errores; en segundo lugar, la lectura entraña actitudes críticas y altas dosis de análisis, operaciones de las que depende que la información con la que se interactúa sea procesada, valorada y comprendida, permitiendo que el sujeto enfrente las posiciones aludidas por terceros a los que debe convencer; tercer lugar, la lectura académica favorece el desarrollo del pensamiento, razón por la cual se convierte en una aliada para evaluar los alegatos y encontrar errores o debilidades en los argumentos de otros.

Los cometidos de la educación universitaria deben indefectiblemente integrar a la lectura como proceso para la formación de ciudadanos críticos, reflexivos y analíticos, capaces de disponer su pensamiento para valorar ideas, integrar información, deducir planteamientos implícitos y apropiarse de conceptos básicos, que por su utilidad requieren ser aprendidos para ingresar a otros contenidos relevantes de los que depende la construcción de argumentos y afirmaciones lógicas y oportunas.

Referencias bibliográficas

Álvarez, G. (2008). La enseñanza del discurso jurídico oral y escrito en la Carrera de Abogacía. Academia. Revista sobre enseñanza del Derecho, 6(11), 137-148. [ Links ]

Arnoux, E. (1996). Talleres de lectura y escritura. Universidad de Buenos Aires-Oficina de Publicaciones del CBC. [ Links ]

Borja, A. (2007). Los géneros jurídicos. En, E. Alcaraz, Las lenguas profesionales y académicas. (pp. 141-154). Ariel. [ Links ]

Contreras, N. (2016). Los textos académicos. Universidad Nacional de la Plata. [ Links ]

De Cucco, M. (2016). ¿Cómo escribimos los abogados? La enseñanza del lenguaje jurídico. Academia. Revista de Enseñanza del Derecho, 14(28), 127-144. [ Links ]

Díaz, I. (2016). La interpretación del negocio jurídico. Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. [ Links ]

Fernández, H., & Ramírez, R. (2011). Leer para investigar. La Colmena, 2(72 ), 23-29. [ Links ]

Gimeno, M. (2000). Teoría y doctrina de la interpretación jurídica propuesta por De Riccardo Gauistini. Doxa , ( 23 ), 689-707. [ Links ]

Gordillo, A. (1988). El método en el derecho. Civitas. [ Links ]

Guerra, J. (2006). La lectura crítica de textos jurídicos. Revista Universitas, 4(2), pp. 69-81. [ Links ]

Hawes, J. (2003). Pensamiento crítico en la formación universitaria. Universidad de Talca. [ Links ]

Ibarra, M., & Szychowski, A. (2016). El oficio de estudiante universitario: reflexiones y estrategias. Universidad de la Plata. [ Links ]

León, R. (2008). Manual de redacción de resoluciones judiciales. Academia de la Magistratura. [ Links ]

Núñez Ang, E. (2002). Didáctica de la lectura eficiente. UAEM. [ Links ]

Perelman, F. (1999). Textos argumentativos: su producción en el aula. Revista Lectura y Vida, 22(2), 1-22 [ Links ]

Poveda, M. (1993). Lectura de textos argumentativos. Claves para su desarrollo en la educación primaria. Fundación Promigas. [ Links ]

Prat, T. (2014). Curso de Articulación Disciplinar: Lectura y escritura de textos acadmicos: Santa Fe: Programa de Ingreso UNL. Universidad del Litoral. [ Links ]

Tamayo, C. y Salmorán, R. (2017). Lectura jurídica y motor de inferencias en derecho. Universidad Autónoma de México. [ Links ]

Vázquez, O. (2009). De lo que la teoría de la argumentación jurídica puede hacer por la práctica de la argumentación jurídica. Revista Telemática de Filosofía del Derecho, (12), 99-134 [ Links ]

Weston, A. (2006). Las claves de la argumentación. Ariel, S. A. [ Links ]

Recibido: 21 de Noviembre de 2020; Aprobado: 15 de Enero de 2021

*Autor para correspondencia. E-mail: jmoralescarrero@yahoo.com

Los autores declaran no tener conflictos de intereses.

Los autores participaron en la redacción del trabajo y análisis de los documentos.

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