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Conrado

 ISSN 1990-8644

        02--2021

 

Artículo Original

Vulneración al derecho de la educación en época de pandemia en zonas rurales provincia Chimborazo

Violation of the right to education in times of pandemic in rural areas Chimborazo province

0000-0002-5815-1093Mesías Elías Machado Maliza1  *  , 0000-0001-7504-5017Marcelo Emilio Paredes Moreno1  , 0000-0002-5238-3045Paulina Elizabeth Cuadrado Saenz1 

1 Universidad Regional Autónoma de Los Andes. Ecuador

RESUMEN

El trabajo aborda la crisis que atraviesa el sistema educativo en nuestro país como consecuencia de la emergencia médica COVID 19; y su repercusión económica, en los sectores rurales de la Provincia del Chimborazo; analizaremos jurídicamente la vulneración del Derecho a la educación, así como la influencia de recursos económicos que impiden a que los niños acceden a equipos tecnológicos para desenvolverse en la nueva modalidad virtual implementada por el Gobierno Nacional; con la aplicación de los métodos inductivo, analítico sintético, histórico lógico, bibliográfico y exegético, se logró determinar la transgresión de derechos fundamentales como la educación, derecho consagrado en la Constitución de la República del Ecuador y Tratados Internacionales; también se estableció que la mayoría de familias del sector rural no cuentan con señal de internet, tampoco con recursos económicos que permitan adquirir equipos tecnológicos para recibir clases virtuales en igualdad de condiciones, conforme lo establece la Constitución.

Palabras-clave: Vulneración; derechos; tecnología; educación; economía

ABSTRACT

The work addresses the crisis that the educational system is going through in our country as a consequence of the medical emergency COVID 19; and its economic repercussion, in the rural sectors of the Province of Chimborazo; we will legally analyze the violation of the Right to education, as well as the influence of economic resources that prevent children from accessing technological equipment to develop in the new virtual modality implemented by the National Government; With the application of the inductive, synthetic analytical, historical-logical, bibliographical and exegetical methods, it was possible to determine the transgression of fundamental rights such as education, a right enshrined in the Constitution of the Republic of Ecuador and International Treaties; it was also established that most families in the rural sector do not have internet signal, nor economic resources to acquire technological equipment to receive virtual classes on equal terms, as established in the Constitution.

Key words: Vulnerability; rights; technology; education, economy

Introducción

Entre los objetivos del sistema educativo en Ecuador está, reducir la brecha de acceso a la educación de niños, jóvenes y adultos con rezago escolar; incrementar la calidad de aprendizaje de los estudiantes con un enfoque de equidad, e incrementar la calidad de la gestión escolar; factores estos que permitirán formar individuos con el máximo potencial y capacidades que sirvan para actuar de manera eficiente en la consecución de sus planes de vida y ser ciudadanos activos dentro de la estructura social. El estado ecuatoriano ha considerado dentro de la norma constitucional y en diferentes tratados internacionales ratificados en el país, el derecho a la educación, se han planteado leyes orgánicas con sus respectivos reglamentos para alcanzar los objetivos, metas, planes y programas del sistema educativo ecuatoriano.

La Constitución de la República del Ecuador garantiza el Derecho a la educación, en base al respeto de los Derechos Humanos y en igualdad de condiciones para todos sus habitantes. En esta línea Martínez de Pinsón (2003), refiere que la educación es indispensable para el conocimiento, el ejercicio de los derechos y la construcción de un país soberano, y constituye un eje estratégico para el desarrollo nacional.

Han transcurrido nueve meses desde que dio inicio la pandemia del coronavirus COVID-19 en Ecuador y, desde ese momento, las clases presenciales en la Provincia de Chimborazo se suspendieron en las escuelas y colegios a nivel nacional, así como en las instituciones de educación superior.

La enseñanza aprendizaje virtual en el Ecuador supone un cambio radical en la educación, desde los niveles primario, secundario y superior, se han visto obligados a dejar de lado las aulas físicas para acceder a plataformas virtuales que permiten transmitir y receptar los conocimientos didácticos (Cardoso, et al., 2018).

Este nuevo modelo de educación ha generado graves inconvenientes y desigualdad en ciertos grupos de personas, de manera especial en el sector rural, quienes por su economía y situación geográfica no cuentan con las mismas oportunidades (Alva de la Selva, 2015). En las comunidades no hay cobertura de Internet, y por eso es bien difícil hablar de la aplicación de una educación virtual, porque no pueden acceder.

Lo señalado deja al descubierto una clara vulneración de Derechos Constitucionales como es el Derecho a la Educación; el estado está en la obligación de garantizar en igualdad de condiciones a todos sus habitantes una educación digna e igualitaria, situación que en época de pandemia no se cumple, especialmente en el sector rural de la provincia de Chimborazo.

Metodología

Método Inductivo: aplicado para analizar una serie de hechos y acontecimientos de carácter particular para llegar a generalidades que sirven como referente en la investigación.

  • Método Analítico Sintético: Aplicado para analizar información, y fundamentalmente realizando un proceso de síntesis de esta información para así plasmarla y poder relacionarla con la totalidad del estudio.

  • Método Bibliográfico: Basado en la búsqueda de información existente en libros, revistas, artículos, periódicos digitales e internet.

  • Método Histórico Lógico: Surge de la necesidad de ampliar el conocimiento adquirido en las investigaciones primarias y realizar un estudio histórico y jurídico de la problemática o área del tema que se va a estudiar.

  • Método Exegético: Consiste en la interpretación y explicación literal de la norma, explicando su contenido.

La presente investigación es descriptiva, consiste en la descripción de las características y factores en la educación virtual, partiendo de hechos, conceptos y métodos a fin poder identificar su esencia y características.

Técnicas. La técnica utilizada es la de análisis de documentos, siendo una técnica efectiva de adquisición y recopilación de información.

Instrumentos. Esta investigación se realizó mediante la búsqueda bibliográfica en cuerpos normativos, se ha revisado artículos y trabajos científicos presentes en bibliotecas virtuales entre otras.

Desarrollo

Era necesario reconocer que, en los sectores rurales de la provincia de Chimborazo, existe una clara y evidente vulneración al Derecho a la educación, pues sus educandos carecen de los medios necesarios para acceder al nuevo sistema virtual ocasionado por la pandemia del COVID 19, el Estado tiene la obligación de garantizar la educación en igualdad de condiciones para todos sus habitantes.

El Derecho a la Educación se enmarca en un contexto jurídico muy amplio, razón por la que es necesario analizarla desde el punto legal nacional e internacional, así también desde varios puntos de vista y criterios emitidos por estudiosos del Derecho, lo que permitirá vislumbrar de manera clara y objetiva la transgresión de Derechos a los que son sometidos miembros de las comunidades rurales de Chimborazo, quienes no pueden gozar de uno de los derechos básicos como es la educación.

En este contexto, la Constitución de la República (Ecuador. Asamblea Nacional Constituyente, 2008), vigente desde octubre del 2008, en sus artículos 26 y 27, determina: “La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo”. (Ecuador. Asamblea Nacional Constituyente, 2008).

El punto de partida de la educación lo establece la norma suprema del Ecuador, al determinar que el estado está en la obligación de garantizar el Derecho a la educación a todos sus habitantes, en virtud de que es un instrumento que permitirá el desarrollo de las capacidades intelectuales, lo que conlleva a la plenitud de la vida (Sumak Kausay).

Adentrando en un ámbito humanista y garantista, como predica dogmáticamente nuestra constitución, la educación se torna fundamental para lograr asegurar el ejercicio pleno de los derechos de las personas, es así como, se convierte en el peldaño más importante para lograr el desarrollo integral de la sociedad y en general, del país.

Lo manifestado es ratificado por la Ley Orgánica de Educación Intercultural, está en su Art. 14 determina: En ejercicio de su corresponsabilidad, el Estado, en todos sus niveles, adoptará las medidas que sean necesarias para la plena vigencia, ejercicio efectivo, garantía, protección, exigibilidad y justiciabilidad del derecho a la educación de niños, niñas y adolescentes. (Ecuador. Asamblea Nacional, 2011). La Ley antes referida enviste de poder a la Autoridad Educativa nacional, pues está obligada a garantizar y asegurar el cumplimiento cabal de las garantías y derechos constitucionales en materia educativa, ejecutando acciones directas y conducentes a la vigencia plena, permanente de la Constitución de la República.

La investigación va más allá de analizar normativa legal nacional, pues al ser la educación un derecho Universal, no se puede dejar de lado lo estipulado en la Declaración Universal de Derechos humanos que en su artículo 26, al referirse a la educación manifiesta:

Art. 26.- 1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijo (Organización de las Naciones Unidas, 1948).

En este sentido, Mestre (2007), afirma que: “Consideramos que la educación en Derechos Humanos es absolutamente imprescindible para el desarrollo global de los estudiantes” (p. 27) Continuando con el análisis sobre Derecho a la educación en el Ecuador, es necesario reflexionar sobre la protección jurídica que brinda el Código de la Niñez y la Adolescencia a los niños, niñas y adolescentes; normativa que garantiza la protección que brinda el estado, la sociedad y la familia, con el único fin de velar por el desarrollo y goce de sus derechos, teniendo como base la libertad, dignidad y equidad: para lo cual se establecen medios que hagan efectivos esos derechos.

El Código de la Niñez y la Adolescencia, en su artículo 37, numerales 3 y 4, establece el Derecho a la educación, disponiendo que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a una educación de calidad. Este derecho demanda de un sistema educativo que contenga propuestas educacionales dúctiles y alternativas que permita atender las necesidades de todos los niños, niñas y adolescentes dando prioridad a quienes tienen discapacidad, trabajen o viven una situación que requiera mayores oportunidades para aprender; además que garantice que los niños, niñas y adolescentes cuenten con docentes, materiales didácticos, laboratorios, locales, instalaciones y recursos adecuados y gocen de un ambiente favorable para el aprendizaje (Ecuador. Congreso Nacional, 2003).

La educación virtual como resultado de la pandemia COVID - 19

2. Objetivo: Identificar las medidas adoptadas por el gobierno en el sistema educativo

Cuando la pandemia resultada de la COVID-19 llegó al Ecuador, se tomaron varias medidas con el fin de precautelar la salud en nuestro país. Varias de estas medidas se realizaron dentro del sistema educativo ecuatoriano, entre estas y, la más importante, fue la implementación de la educación virtual, medida necesaria; sin embargo, para nada cautelosa.

Mediante Acuerdo Ministerial Nro. MINEDUC-MINEDUC-2020-00014-A de 15 de marzo de 2020, la señora Ministra de Educación dispuso la suspensión de clases en todo el territorio nacional; y, la continuidad de labores para todo el personal administrativo y docente del Sistema Nacional de Educación bajo la modalidad de teletrabajo, en virtud de la declaratoria de emergencia sanitaria en el país, y en el Art 1 del mencionado documento dispone la suspensión de clases en todo el territorio nacional. La disposición aplica para las instituciones educativas públicas, fiscomisionales y particulares, así como en los centros de desarrollo integral para la primera infancia regulados por esta Cartera de Estado, en todas sus jornadas y modalidades, hasta el 05 de abril de 2020 (Ecuador. Ministerio de Educación, 2020).

Mediante Decreto Ejecutivo No. 1017 de 16 de marzo de 2020, el presidente Constitucional de la República declaró el estado de excepción por calamidad pública en todo el territorio nacional, por los casos de coronavirus confirmados y la declaratoria de pandemia de covid-19 por parte de la Organización Mundial de la Salud (Ecuador. Presidencia de la República, 2020).

Mediante Acuerdo Ministerial No. 126-2020 de 11 de marzo de 2020, el Ministerio de Salud Pública declaró el Estado de Emergencia Sanitaria y dispuso acciones preventivas para evitar la propagación del Covid-19 en todo el territorio nacional; mediante Acuerdo Ministerial No. mdt-2020-076 de 12 de marzo de 2020, el Ministerio del trabajo expidió las directrices para la aplicación de teletrabajo emergente durante la declaratoria de emergencia sanitaria (Ecuador. Ministerio de Salud Pública, 2020).

Para comprender la facticidad de lo mencionado anteriormente, es necesario analizar y tener en cuenta la relación tripartita entre el desempleo, la economía familiar y, la educación. Según cifras del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos en el Ecuador (2021), el desempleo con corte a diciembre de 2020 y a consecuencia de la pandemia que nos torna, fue la más alta desde 2017 y la segunda más alta en los últimos ocho años, llegando al 5.0% con respecto a la PEA (Población Económicamente Activa), ahora bien; de manera consecuente, sabemos que el desempleo influye de manera directa en la economía de las familias ecuatorianas, mucho más por la emergencia que nos encontramos atravesando, puesto que en Ecuador, según cifras de UNICEF y el FMI, publicadas en el diario “Primicias” (Cecchini, 2020), la pobreza y pobreza extrema crecieron en 2020 llegando a cifras de 37,6% y 19.2% respectivamente, lo que significa que al menos 1,8 millones o lo que es lo mismo que 450.000 familias cayeran en la pobreza o pobreza extrema.

Finalmente, dentro de esta relación, y como consecuencia directa de las dos anteriores, agregándole la situación sanitaria actual, la población estudiantil ha sido uno de los sectores que más ha sufrido, esto, según un artículo periodístico presentado por el diario “El País” (Constante , 2020) donde se segura que un 70% de la población estudiantil en Ecuador ha tenido dificultades para acceder a la educación virtual consecuencia producida por la COVID-19, puesto que muchos hogares, no poseen los recursos económicos necesarios para solventar las exigencias que en muchos de los planteles requieren como son equipos electrónicos (celulares, tabletas, computadoras.), conectividad a internet, impresora, etc.

Con los antecedentes mencionados, es menester preguntarnos, ¿Fue una medida cautelosa? Pues no; necesaria sí, pero para nada cautelosa, puesto que no se tuvo las precauciones ni garantías necesarias para asegurar a la población estudiantil el acceso universal y permanente a la educación. En este mismo contexto y, una vez analizados los antecedentes aquí presentados apremia proponer la siguiente interrogante: ¿Se vulnera así el efectivo goce del derecho a la educación?, como respuesta personalísima: pues sí, si se vulnera el derecho a la educación, puesto que, la constitución de nuestro país, establece de forma expresa la obligatoriedad, inexcusabilidad e ineludibilidad, como deber primordial del estado garantizando el acceso general a la educación, aún más a un sector prioritario como son los niños, niñas y adolescentes; además, el cuerpo normativo ibidem, establece que es el propio estado el que debe garantizar el acceso universal y la permanencia al sistema educativo; inclusive asegurando el egreso del mismo; esta respuesta haciendo referencia únicamente al sistema normativo interno, puesto que la normativa externa de carácter obligatorio como la “Convención de los derechos del niño”, al que Ecuador se suscribió en 1989 y lo ratificó en 1990, obliga al estado a fomentar, implementar y desarrollar medidas que garanticen el goce de este derecho (Mundaca & Flores, 2014).

La educación virtual en zonas rurales

2. Objetivo: identificar los factores que incidieron en la vulneración del derecho a la educación en el sector rural de la provincia de Chimborazo.

Para el cumplimiento del presente objetivo nos remitiremos a estadísticas e informes emitidos por diferentes diarios nacionales y locales, así como también artículos de revistas quienes han informado y tratado sobre el estado actual de la educación virtual en el sector rural, la desigualdad de oportunidades de acceder a una educación digna e equitativa, así como los factores que inciden en el irrespeto a los derechos consagrados en la Constitución de la República, derechos como la educación, vulnerados en época de pandemia.

En momentos de crisis, ya sea económica o sanitaria, las desigualdades sociales suelen relucir, aunque éstas no hayan sido producto de la propia crisis, sino que fueran preexistentes (Rogero, 2020). La pandemia COVID-19, en Ecuador ha provocado un desfaces económico social; uno de los sectores afectados es la educación. Existen diferentes factores que inciden en que sus educandos tengan las mismas oportunidades en su preparación pedagógica, un factor determinante es los recursos económico o social, con el que cuentan las clases marginadas que habitan en zonas rurales, versus pertenecientes a niveles socioeconómicos más elevados.

El sistema educativo en Ecuador no se ha detenido, este continúa de manera telemática, modalidad que puso en evidencia las carencias, tanto tecnológicas como socio educativas, que presentan muchas familias ecuatorianas y de manera especial los de zonas rurales de la provincia de Chimborazo. De esta forma, la actual crisis pone de manifiesto la desigualdad de oportunidades educativas, generando una brecha socio educativa donde la virtualización de la educación no logra incluir en el sistema educativo al alumnado que forma parte de él en momentos de educación presencial en las escuelas (Cabrera, et al., 2020).

En esta línea, Albalá & Guido (2020), en su artículo titulado La brecha socio educativa derivada del COVID-19: posibles abordajes desde el marco de la justicia social manifiestan que, a partir de esta situación de emergencia sanitaria, plantea que existen tres brechas en relación con la virtualización de la educación. En primer lugar, una brecha de acceso, en la que existe una parte del alumnado y el profesorado que no tiene acceso a la conectividad de Internet en sus hogares, y si bien ésta es una minoría, el autor plantea que esta problemática de acceso podría ser atendida con los dispositivos de los centros (ya que se encuentran inactivos), así como realizando bonificaciones a la conexión de Internet para aquellos hogares que lo necesiten.

En segundo lugar, la brecha de uso, la cual se caracteriza por la desigualdad que existe en el conocimiento del uso de las nuevas tecnologías utilizadas para la educación a distancia, sin suficientes políticas públicas ni prácticas profesionales adecuadas que mitiguen esta brecha. Por último, expone que existe una brecha escolar, donde hay una desconexión entre los centros educativos y la sociedad, ya que no todas las escuelas, públicas o privadas, realizan una educación virtual similar, debido a que no existe información básica general que deba aplicarse a estas situaciones de emergencia (Albalá & Guido, 2020).

Debido a la pandemia mundial por el coronavirus, el Ministerio de Educación dispuso que el nuevo periodo escolar 2020-2021 que inicia oficialmente este 1 de junio en el régimen Costa, se desarrolle de manera virtual. Son 2’500.000 estudiantes de planteles fiscales, fiscomisionales, particulares y municipales que implementarán el modelo pedagógico ‘Aprendemos juntos en casa’. Cuando no se dispone de un espacio adecuado para concentrarse y hacer las tareas, y tampoco se cuenta con banda ancha de Internet, computadora o teléfono celular, estudiar bajo la modalidad virtual se parece a ir contra una corriente peligrosa, que amenaza con doblegar voluntades. Incluso las más firmes.

Mientras tanto, al menos 1,9 millones de estudiantes del régimen Sierra y Amazonía no van a clases desde hace dos semanas a causa de la pandemia de coronavirus. El Ministerio de Educación estableció como alternativa un portal web, pero la realidad es que no todos los alumnos tienen acceso a Internet o a computadoras. La rutina normal de Luciana, de 11 años, cambió cuando se desató la actual emergencia sanitaria. El pizarrón de la escuela fue reemplazado por la pantalla de una computadora, los libros por una tableta electrónica y las clases, por videoconferencias.

En relación con lo manifestado es importante plasmar lo manifestado por alguien que vive en carne propia estos cambios educacionales, es así como: El internet se convirtió en un aliado en la educación de Luciana, que nació en una familia de clase media, que tiene en su hogar computadoras, teléfonos inteligentes y tabletas. Pero esa realidad no es igual para todos los niños de Ecuador. A tan solo cinco kilómetros de distancia de la casa de Luciana, en el norte de Quito, vive Melanie, quien hasta antes de la emergencia sanitaria asistía a una escuela pública. Melanie no tiene una rutina diaria, que reemplace sus actividades antes de la pandemia, porque no recibe clases en línea y los deberes llegan a distintas horas. Melanie no tiene computadora ni Internet en casa, así que solo puede conectarse con el mundo académico a través de la aplicación de WhatsApp del celular de su hermano. Además, “a veces la vecina nos presta su Internet para utilizar mi teléfono”, explica Rosa Guadinango, madre de Melanie.

No se puede hablar de una educación virtual si no hay conexión de internet en las comunidades, tampoco hay computadoras en los hogares, por lo tanto, las autoridades como los padres de familia deben apoyar para mejorar la educación en el sector rural, y si eso no sucede tendremos niños analfabetos en las comunidades de la provincia de Chimborazo.

En las comunidades de la provincia de Chimborazo, no hay cobertura de Internet. No se puede hablar de una educación virtual si no hay conexión de internet en las comunidades, tampoco hay computadoras en los hogares, dijo Nancy Cruz (moradora del sector), al precisar que tanto las autoridades como los padres de familia deben apoyar para mejorar la educación en el sector rural, y si eso no sucede tendremos niños analfabetos en las comunidades de la provincia de Chimborazo.

La enseñanza en el sector rural se torna crítica porque no hay acceso a internet, no existe una política de Estado para dotar de este servicio a las comunidades, dijo Jorge Morocho, concejal rural del cantón Riobamba, al recordar que se debe unificar esfuerzos entre los ministerios de Educación y Telecomunicaciones, al igual que la empresa privada, para que las comunidades tengan acceso a internet.

Esta es la situación que viven centenas de niños de los sectores rurales que ahora se enfrentan a la educación en línea (Aguirre, et al., 2020).

A partir de los resultados establecidos en cada uno de los objetivos propuestos, se determina que la educación en el Ecuador es un proceso de desarrollo social, intelectual y emocional que debe preparar a los niños, niñas y adolescentes para enfrentar los retos actuales y futuros, desarrollando todo su potencial en función de aquel desenvolvimiento exitoso; tanto la Constitución de la República del Ecuador, Derechos Humanos, Código de la Niñez y la Adolescencia; y, Ley de educación Intercultural, coinciden en señalar que, es obligación de estado velar por el cumplimiento y goce de los derechos establecidos en la norma suprema, de manera particular el derecho a la educación.

Las citadas leyes garantizan el derecho pleno a la educación, pues esta se constituye en el pilar fundamental generador del desarrollo de conocimientos y habilidades que permitan superar la pobreza, disminuir las inequidades y lograr la igualdad de oportunidades. Pese a existir suficiente normativa legal que consagran y protegen el derecho a la educación en todas sus formas, en estos tiempos de Pandemia por la COVID-19, esta se ha visto totalmente afectada, de manera especial en el sector rural, quienes al no contar en sus hogares con acceso a internet, muchos niños no pueden continuar con sus estudios a través de la nueva modalidad de clases virtuales, viéndose obligados a dejar de estudiar o a hacerlo en condiciones no óptimas; la situación se agudiza más aún pues el factor económico contribuye a que no se active los derechos a los que tiene todo ciudadano ecuatoriano, como es el poder acceder a una educación eficiente y de calidad en todo sentido.

Destacando la originalidad e innovación que propone el presente trabajo de investigación, al tratar un tema de profundo interés público general, y al verse relacionado directamente con la pandemia que azota al mundo, de manera inicial se puede mencionar que hay una notable carencia de trabajos direccionados a reflejar y socializar la vulneración de los derechos de la cual son víctimas a nivel educativo evidenciado dentro de este trabajo en el sector rural de la provincia de Chimborazo; es esta la razón cardinal para que el presente se funde en fuentes bibliográficas que plasmen el constante desinterés de parte del gobierno nacional ante su obligación de garantizar y asegurar a todos los ciudadanos su derecho al acceso a una educación de calidad y en una clara equidad condicional.

Como se ha logrado establecer, es compromiso del gobierno ecuatoriano, dentro del ámbito educativo, que este sea permanente, más aún en condiciones adversas; como la que hoy nos encontramos atravesando; empero, este suceso propone hoy a nuestra sociedad un desafío y una posibilidad de repensar a la educación, para proponer así, proyectos viables y eficaces políticas públicas que mejoren el sistema educativo en Ecuador.

Varios han sido los casos en los que, tanto docente y estudiante, han podido presentar a la sociedad la situación de deficiencia en varios aspectos de esta nueva educación digital, defectos que son aún más notorios en el sector rural. Tal es el caso, como se ha tratado a lo largo de este trabajo, en la zona rural de Chimborazo, donde la escasez de recursos; y, en los mejores casos (irónicamente hablando), la escasa conectividad a internet priva a los niños, niñas y adolescentes gozar de su derecho al acceso a la educación.

A este problema la falta de ideas por parte del gobierno no le ha permitido reformular al sistema educativo y ver soluciones que, en la medida de lo necesario, ayuden a contravenir estos inconvenientes, puesto que, existen otros medios que permitan garantizar a los niños, niñas y adolescentes su acceso a la educación, tales como la radio, periódico, libros, etc., evidenciando así, que los medios están presentes, pero es el Estado quien debe gestionar y realizar un trabajo continuo que permita que estos sectores en condición de precariedad y vulnerabilidad, puedan acceder y gozar efectivamente de sus derechos, para el caso, su derecho a la educación.

Finalmente, es necesario mencionar que los derechos no se pueden postergar o dejar para después; que estos no son favores que la ciudadanía le pide al gobierno; garantizar el pleno ejercicio generalizado de los mismos es un deber primordial del Estado; consecuentemente, el derecho a la educación es fundamental para el ejercicio colectivo de los demás derechos.

Conclusiones

En el estudio se pudo entrañar y conocer acerca de la normativa que cubre el derecho a la educación, aún más en las circunstancias que nos atañan, llegando a concluir que el derecho a la educación es una de las prioridades del Estado; y, que es este quien debe garantizar su efectivo goce.

También, se logró vislumbrar los motivos que actualmente afectan a la plena realización de este derecho, teniendo en cuenta la indiscutible participación de la Pandemia debido a la COVID-19, el desempleo, la falta de recursos económicos, la carestía de los instrumentos necesarios para la educación virtual y, la pobreza de políticas públicas y de mecanismos por parte del estado, como causas por las que este derecho se ha visto vulnerado.

Además, se determinó a través de esta investigación que la situación real de la educación virtual en el sector rural de la provincia de Chimborazo es preocupante, el factor económico social contribuye en el desmedro de la educación.

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Recibido: 10 de Mayo de 2021; Aprobado: 25 de Junio de 2021

*Autor para correspondencia. E-mail: ur.mesiasmachado@uniandes.edu.ec

Los autores declaran no tener conflictos de intereses.

Los autores participaron en la redacción del trabajo y análisis de los documentos.

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