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Conrado

 ISSN 1990-8644

        02--2021

 

Artículo Original

Afectación jurídica del derecho a la accesibilidad de las personas con discapacidad en la educación superior

Legal impact of the right to accessibility of people with disabilities in higher education

0000-0002-7079-5967Cindy Gabriela Rodríguez Tapia1  *  , 0000-0002-7648-2179Milena Elizabeth Álvarez Tapia1  , 0000-0002-6973-6126David Santiago Proaño Tamayo1 

1Universidad Regional Autónoma de Los Andes. Ecuador

RESUMEN

El derecho a la accesibilidad como garantía constitucional de derechos humanos, corresponde principalmente a los grupos de atención prioritaria, estableciéndose en la Constitución de la República del Ecuador a las personas con discapacidad, fortaleciendo la protección integral a la accesibilidad en la educación superior. Inestabilidad que fue recurrente a principios del año 2020, ante la crisis sanitaria derivada del COVID-19, la educación superior se vio afectada trascendentalmente ante la falta de accesibilidad en los medios tecnológicos, consecuentes a la realidad de las y los estudiantes que sufren de algún tipo de discapacidad. La aplicación de los tipos y modalidades de investigación mediante el alcance descriptivo y bibliográfico de los antecedentes demuestran la afectación jurídica del derecho o a la accesibilidad en la educación superior.

Palabras-clave: Accesibilidad; educación superior; personas con discapacidad

ABSTRACT

The right to accessibility as a constitutional guarantee of human rights, corresponds mainly to the groups of priority attention, being established in the Constitution of the Republic of Ecuador to persons with disabilities, strengthening the comprehensive protection of accessibility in higher education. Instability that was recurrent at the beginning of the year 2020, before the health crisis derived from COVID-19, higher education was affected transcendentally due to the lack of accessibility in the technological means, consequent to the reality of the students who suffer from some type of disability. The application of the types and modalities of research through the descriptive and bibliographic scope of the antecedents demonstrate the legal affectation of the right or accessibility in higher education.

Key words: Accessibility; higher education; people with disabilities

Introducción

Los relieves sociales en razón a los derechos fundamentales expresados en el régimen del buen vivir de conformidad a la Constitución de la República del Ecuador, se han visto marcados especialmente para los grupos de atención prioritaria, esencialmente entre los más vulnerados se encuentran el derecho a la accesibilidad en la educación superior para las personas con discapacidad (Mirón Canelo, et al., 2019). Nos encontramos en un margen económico decisivo que ha determinado a Ecuador como principal receptor de dificultades al respecto de la educación y alertas inminentes en la falta de recursos públicos para su desarrollo estructural.

Ante de la crisis sanitaria derivada del COVID - 19 se reflejó con más detenimiento el rol del estudiante que enfrentaba dificultades para acceder de forma presencial a las instituciones de educación superior, debemos tener en cuenta que el derecho a la accesibilidad de conformidad al Art. 47 de la Constitución de la República (Ecuador. Asamblea Nacional Constituyente, 2008), garantiza mediante políticas públicas la prevención de las discapacidades con relación inclusiva a la equiparación de oportunidades e integración social para las personas con discapacidad.

En atención al numeral 7 (Ecuador. Asamblea Nacional Constituyente, 2008), expresa que la educación en el desarrollo de sus potencialidades y habilidades de igualdad, incorporando como garantía la regulación de los planteles educativos para el resarcimiento en la atención especialidad para las capacidades especiales de cada persona, siendo este social, económico y cultural.

Con lo expuesto anteriormente, se determina una afectación directa en la educación superior, debido a que la presencialidad ya requería una adecuación real para garantizar la accesibilidad autónoma por parte del estudiante que tenía algún tipo de discapacidad, ahora en la actualidad con los nuevos métodos obligatorios de aprendizaje virtuales, debido a la crisis sanitaria se ha intensificado la falta de inclusión en el derecho a la accesibilidad y por ende a la autonomía del estudiante (Cruz Vadillo& Casillas Alvarado,2017).

Se refleja sustancialmente los tipos de discapacidad en los entornos de aprendizaje virtuales, como auditivos, visuales, físicos, intelectuales, de lenguaje y psicosociales; la Ley Orgánica de Discapacidades (Ecuador. Asamblea Nacional, 2012), en su Art. 6, considera persona con discapacidad a toda aquella que en consecuencia de déficits físicos, mentales, intelectuales y sensoriales, se ve restringido a su permanencia en la capacidad de ejercer ciertas actividades esenciales para la vida diaria.

Por lo tanto, existe la necesidad de recurrir a la interpretación de un enfoque actual al derecho a la accesibilidad y fortalecer estos derechos adquiridos mediante la normativa legal vigente, la inclusión digital por parte de las instituciones de educación superior, en razón a los entornos de aprendizaje virtuales (Yupanqui, et al., 2014), consecuentes a la realidad de los estudiantes que sufren de algún tipo de discapacidad, subsanando así la atención especializada que se requiere como plantel educativo y la aplicación efectiva del docente, mediante los instrumentos educativos que el Estado otorgue para garantizar efectivamente el derecho a la educación superior sin barreras y aplicando así los principios de igualdad y no discriminación.

Metodología

La modalidad a emplear dentro de la investigación es cualitativa, debido al trabajo de investigación que requiere su interpretación con base en las cualidades, en razón a la visión más clara del contenido que se ha obtenido desde la causa y efecto del problema, además las modalidades influyen en la forma de interpretar y explicar el objeto de estudio.

En el desarrollo y descripción de la fase cualitativa de la investigación, con el objeto de conocer la problemática social y jurídica de las personas con discapacidad en relación con la vulneración del derecho a la accesibilidad en la educación superior.

Se empleó la Investigación acción para resolver problemas cotidianos e inmediatos y mejorar prácticas concretas, siendo su propósito fundamental el aporte de información que guie la toma de decisiones para programas y procesos de acción, en base al objeto de estudio con referencia a la afectación jurídica del derecho a la accesibilidad en la educación superior de las personas con discapacidad en Ecuador.

En el presente trabajo investigativo se utilizaron los siguientes tipos de investigación y cada cual responde a una necesidad específica del diseño, así fue necesario recurrir a los siguientes tipos:

Investigación por el alcance - descriptiva. Su aplicación consiste en determinar mediante el alcance de las situaciones, costumbres y actitudes predominantes a través de la descripción exacta de las actividades, objetos, procesos que requiere, por lo tanto, responde al lineamiento descriptivo.

Investigación por la clase de medios - bibliográfica. El objetivo de la investigación bibliográfica consiste en llegar a conocer mediante autores, juristas y la doctrina, los diferentes conocimientos y posiciones al respecto del objeto de estudio.

Métodos de Investigación. Los métodos son el procedimiento estricto que permite formular una manera lógica, la investigación en referencia a la adquisición del conocimiento. El trabajo realizado mediante la clase de medios bibliográficos y hermenéuticos atribuye a una relación directa al objeto de estudio.

Método Histórico - Jurídico. Se aplicó el método histórico jurídico, en la interpretación de las normas jurídicas de la evolución histórica de la sociedad, realización que permitió establecer el pensamiento analítico de las líneas de tiempos en relación con los derechos y principios fundamentales de las personas con discapacidad y la lucha de sus conquistas sociales, educativas y culturales.

Desarrollo

Citando la Organización Mundial de las Naciones Unidas, siendo la única organización internacional que refleja los ítems a recordar en vulneración a la accesibilidad de los derechos fundamentales como la educación, en decadencia desde la crisis sanitaria del COVID - 19 (Organización de las Naciones Unidas, 2020a):

En el estudio se abordaron los siguientes aspectos o dimensiones:

  • Valoración de respuestas en el marco del “enfoque de doble vía”. − Medidas que visibilizan la población con discapacidad y/o proveen los necesarios ajustes razonables en el contexto de acciones generales para toda la población. − Acciones focalizadas específicamente en las personas con discapacidad.

  • La consulta y/o participación de personas con discapacidad y sus organizaciones en el marco de mesas de trabajo o comités de emergencia creados por los gobiernos nacionales para la toma de decisiones y el diseño e implementación de acciones de respuesta.

  • Las estrategias solidarias de “ayuda mutua” implementadas, y generalmente autogestionadas, por las organizaciones comunitarias y sociales que nuclean a las personas con discapacidad y sus familias”.(Organización de las Naciones Unidas, 2020a) (Tabla 1).

Tabla 1 - Lista de medidas consideradas en el relevamiento de información. 

En el Ecuador, por ejemplo, el Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades (CONADIS) participó de las Mesas Técnicas de Trabajo asesorando en la implementación de acciones de accesibilidad en la salud y la educación, y de manera complementaria trabajó de la mano en el ámbito de trabajo y protección social, para la atención de las personas con discapacidad dentro de la emergencia sanitaria.

También contribuyó con aportes técnicos a la elaboración de un protocolo de prevención de riesgos psicosociales COVID-19 y al protocolo para el manejo de personas adultas mayores en centros gerontológicos residenciales públicos y privados en el marco del COVID-1 (Organización de las Naciones Unidas, 2020a).

Según datos las Naciones Unidas: Más de 1.200 millones de estudiantes han sido afectados por el cierre de las instituciones educativas en todo el mundo, 67,7% de la matrícula total Organización de las Naciones Unidas, 2020b)

Un total de 146 países han decretado cierres totales a nivel nacional, en América Latina, los primeros cierres de establecimientos educativos ocurrieron de forma parcial a comienzos del mes de marzo de 2020.

El 10 de marzo 2020 se estableció el cierre de las escuelas a nivel nacional en la Argentina, el Estado Plurinacional de Bolivia, el Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, el Ecuador, El Salvador, Honduras, Jamaica, Panamá, el Paraguay, el Perú, el Uruguay y la República Bolivariana de Venezuela. La cantidad de alumnos afectados en la región es de alrededor de 167 millones de estudiantes (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, 2020) (Tabla 2).

Tabla 1 - Línea base del sector Educación Superior. 

Fuente. Ecuador. Secretaría de Educación Superior Ciencia, Tecnología e Innovación (Organización de las Naciones Unidas, 2020c).

Como respuesta al informe realizado por el SENESCYT, expresan: “Adicionalmente, no se ha implementado un programa universal de apoyo o acompañamiento a estudiantes en orientación vocacional; y las estrategias de promoción de la oferta académica vigente no han surtido efectos alentadores: para el primer semestre de 2018 el 67% de las postulaciones se concentraron en 20 carreras en UEP; el 62% de postulaciones en ITT se concentró en 10 carreras; y 7 de cada 100 postulantes tuvieron como primera opción de carrera una ofertada por un ITT público. Es previsible que esta tendencia no disminuyó hasta antes de la emergencia por COVID19”. (Organización de las Naciones Unidas, 2020c).

Datos que no son muy favorables desde el año 2018 hasta actualmente año 2021, en ninguna de estas estadísticas gubernamentales se recurre a un énfasis individual del déficit del derecho a la accesibilidad para las personas con discapacidad.

Como un medio a la problemática, radica principalmente en los hechos históricos incurridos al derecho a la accesibilidad para las personas con discapacidad, es por eso, que existe la necesidad de citar, a Valencia (2014), denominado como “La opresión de la lucha por los derechos”, refleja la realidad pasada y actual de la historia de las personas con discapacidad. (Dominguez, 2017) En sus fragmentos más alusivos que determino la época fue: “En 1907 el Estado norteamericano de Indiana fue el primero en el mundo en autorizar las esterilizaciones forzadas de las personas con discapacidad, un total de 33 Estados norteamericanos llevaron a cabo prácticas similares, en 1940 el Departamento de Salubridad de los Estados Unidos comenzó a promover la esterilización como método para combatir la pobreza” (p. 16). Hechos históricos que fueron delimitantes y discriminatorios en razón a sus discapacidades físicas y mentales de la época (Molina, 2010; Lara, 2013).

Otros acontecimientos son directamente alusivos a la industria capital, ya que dejaba un gran número de personas con discapacidad, Engels (1946), expresa que, en Mánchester, se podía ver, aparte de numerosos lisiados, un gran número de mutilados, debido a que las industrias nacientes del tiempo eran relacionadas a maquinarias textilerías y siderúrgicas, donde la mano de obra recurría recién a un aprendizaje que en ocasiones resultaba una herida letal en una parte de su cuerpo, intentando manejar la máquina industrial del momento.

En 1845, Engels (1946), escribe sobre la crueldad que el hombre podía cometer ante la clase obrera, menospreciando como un objeto de trabajo para fortalecer la industria y el consumo, es donde se domina por primera vez el concepto de “Discapacidad”, entendiéndose como la incapacidad para ser explotado con el objeto de generar ganancia para la clase capitalista.

Con un pequeño recuento histórico de la lucha inclusiva de las personas con discapacidad, en el siglo XIX se dieron algunos avances en la educación, como el sistema de lectura y escritura táctil para personas ciegas, inventado en 1825 por Louis Braille, su historia se remonta a la falta de visión cuando era solo un niño, hecho que ocurrió como accidente en el taller de su padre, en su época adulta fue el director de la Escuela para Sordos y Ciegos de París donde se permitió crear un sistema de lectoescritura inventado por el militar Charles Barbier para transmitir órdenes, Braille descubrió este sistema y lo utilizo como un sistema de ocho puntos y después de 6 puntos (Valencia, 2014).

En 1982 las Naciones Unidas aprobaron de manera paulatina a la época el Programa de Acción Mundial de las Personas con Discapacidad y en 1994 se celebró la primera Conferencia Mundial sobre Necesidades Educativas Especiales como la Declaración de Salamanca (Fernández, 2003).

Hasta la actualidad sigue vigente la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su protocolo facultativo su Art. 1, expresa “promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente”.(Organización de las Naciones Unidas, 2008)

En Ecuador, siendo un Estado constitucional de derecho, en concordancia con el Art. 11 numeral 2 de la Constitución de la República (Ecuador. Asamblea Nacional Constituyente, 2008), manifiesta que todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades, a su vez estos principios se enmarcan en su Capítulo Tercero, sobre el Derecho de las personas con discapacidad y grupos de atención prioritaria.

Art. 47 ibidem, que indica que el Estado Ecuatoriano garantizará políticas de prevención de las discapacidades y, de manera conjunta con la sociedad y la familia, procurará la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad y su integración social. La institución que actualmente ejerce el rol de protección es el Consejo Nacional de Desigualdades -CONADIS- el cual fue conformado con el objetivo de promover la inclusión social y económica de las personas con discapacidad y sus familias, a través del desarrollo de sus habilidades, incremento de su autonomía y participación activa en la familia y la comunidad e impulsar el cambio de patrones culturales en relación con la discapacidad (Ecuador. Ministerio de Inclusión, Económica y Social, 2014).

Estas organizaciones han venido trabajando en la elaboración y actualización del marco normativo, la expedición de políticas, coordinación de actividades, mejoramiento de la calidad de la atención en todos los ámbitos de acción del Estado, aun así existe un grado alto de dependencia por parte de las personas con discapacidad que han sido mayormente vulnerados en la accesibilidad en el derecho a la educación superior, debido a que inclusión carece de un estudio certero urbano y rural adecuado, tomando en cuenta las afectaciones diversas de las personas con diferentes discapacidades.

Conclusiones

La importancia del derecho a la educación superior en Ecuador se ha establecido como un deber primordial para el Estado, fortalecido como un derecho de todas las personas a lo largo de su vida, siendo ineludible e inexcusable.

Se han constituido diferentes políticas públicas y normativas que recurren a una promoción y determinación estatal frente al efectivo goce de todos los derechos ciudadanos, pero existen limitantes que trascienden más allá de las inversiones estatales, como los grandes índices de falta de conectividad, aún más para los grupos prioritarios, objeto de estudio las personas con discapacidad en el área educativo, que actualmente se ha visto en total afectación.

Los entornos virtuales de aprendizaje se han constituido un desafío para quienes no pueden acceder a ellos de forma accesible, condiciones indispensables para una educación de calidad, los docentes hemos recurrido a llamadas telefónicas por vías no educativas enfrentando una brecha en la desigualdad e inequidad para aquellos estudiantes que no cuentan con los mecanismos idóneos de la virtualidad.

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Recibido: 04 de Mayo de 2021; Aprobado: 20 de Junio de 2021

*Autor para correspondencia. E-mail: ut.cindyrodriguez@uniandes.edu.ec

Los autores declaran no tener conflictos de intereses.

Los autores participaron en la redacción del trabajo y análisis de los documentos.

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