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Revista Estudios del Desarrollo Social: Cuba y América Latina

versión On-line ISSN 2308-0132

Estudios del Desarrollo Social vol.6 no.2 La Habana may.-ago. 2018

 

ARTÍCULO ORIGINAL

 

Educación para los derechos humanos. Un estudio necesario

Education for Human Rights. A Necessary Study

 

Vivian Rodríguez Acosta
Centro de Estudios de la Administración Pública, Universidad de La Habana, Cuba

 


RESUMEN

En el presente artículo se propone una nueva concepción educativa para los Derechos Humanos, se aborda lo relacionado al Derecho a la Educación como un derecho humano, la Educación para los Derechos Humanos y la Educación para la paz como base para la formación de una cultura de paz. La concepción propuesta contiene ideas rectoras, principios y una propuesta de contenidos que deben ser cambiados, para lograr que la Educación para los Derechos Humanos permita formar las competencias básicas para desenvolverse en la vida social a partir del respeto a los Derechos Humanos.

Palabras clave: educación, derechos humanos, paz, cultura de paz, concepción educativa.


ABSTRACT

In the present article a new educational conception for Human Rights is proposed, it is approached what is related to the Right to Education as a human right, Education for Human Rights and Education for peace as a basis for the formation of a culture of peace. The proposed conception contains guiding ideas, principles and a proposal of contents that must be changed, in order to ensure that Education for Human Rights allows the formation of basic competences to function in social life based on respect for Human Rights.

Keywords: education, human rights, peace, culture of peace, educational conception.


 

INTRODUCCIÓN

El panorama de la humanidad, transcurridos los dos primeros lustros del siglo XXI, se caracteriza por el recrudecimiento de las desigualdades económicas, sociales y culturales en este mundo unipolar y globalizado. Se continúan violando derechos elementales de la infancia, de las mujeres y los hombres de todas las edades en gran parte del mundo, como el derecho a la alimentación, educación, salud, educación física y práctica de los deportes, por señalar algunos de los motivos por los cuales se intensifican en el mundo de hoy los conflictos, con secuelas de manifestaciones de violencia, problemas en el empleo, el desempleo, el trabajo infantil, las migraciones masivas, el número de refugiados, el racismo, la xenofobia, la discriminación por sexo, o etnia, la drogadicción, las pandemias, la pobreza crítica, la degradación del medio ambiente y el terrorismo.

El terrorismo sirve de pretexto para hacer la guerra y esta se quiere combatir con el propio terrorismo. Todo esto arrasa la soberanía y la independencia de los estados, multiplica las intervenciones; proliferan los intentos de resolver los problemas del mundo con soluciones militares. Por su magnitud, el fenómeno de la guerra se relaciona con otros como el desarrollo económico - social, la amenaza de catástrofe ecológica y los derechos humanos.

Por todo lo anterior se hace necesaria la educación para los derechos humanos. La Educación no es solo un derecho para todos, sino ella tiene por objeto el fortalecimiento de los derechos humanos.

La educación ayuda a los seres humanos a ser autónomos, a tener mejor calidad de vida, a tomar decisiones, a ser solidarios. No solo se tiene derecho a acceder a la educación, sino acceder a una educación de calidad.

Una educación de calidad no solo incluye aprender bien un idioma, una operación matemática, sino también una educación orientada a valores fundamentales como el humanismo, la justicia, el respeto a la diversidad, la educación para la paz y el desarrollo sostenible. Atendiendo a estos valores el presente trabajo tiene como objetivo proponer una nueva concepción didáctica para el estudio de los derechos humanos.

 

El derecho a la educación como un derecho humano

Diversos autores (Álvarez, 1999; Freire, 1993; Castellanos, 1999; Suchodolski, 1978) definen la educación como un proceso sistemático y dirigido, encaminado al desarrollo multilateral del hombre para cumplir determinado papel en el sistema de relaciones sociales en que está inmerso. Tiene un carácter histórico - concreto y clasista; cada época, cada clase, prepara a los hombres para que cumplan determinados roles en ese sistema, en la medida que se apropian de la cultura que le ha antecedido para que pueda enfrentar los retos del momento histórico que les toca vivir. En un sentido amplio se refiere a la acción de todos los agentes sociales y de la sociedad en su conjunto (escolarizados o no) y en el sentido estrecho se refiere al sistema escolar, especialmente creado por la sociedad.

El derecho a la educación es un derecho humano reconocido y se entiende como el derecho a una educación primaria gratuita obligatoria para todos los niños, una obligación a desarrollar una educación secundaria accesible para todos los jóvenes, como también un acceso equitativo a la educación superior, y una responsabilidad de proveer educación básica a los individuos que no han completado la educación primaria. Adicionalmente a estas previsiones sobre acceso a la educación abarca también la obligación de eliminar la discriminación en todos los niveles del sistema educativo, fijar estándares mínimos y mejorar la calidad.

La primera Relatora Especial de la ONU sobre el Derecho a la Educación, KatarinaTomasevski, habla de cuatro dimensiones de este derecho. Brinda un marco conceptual para fijar las obligaciones de los gobiernos sobre el Derecho a la Educación: generar educación disponible, accesible, aceptable, y adaptable figura igualmente en la Observación general número 13 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas.

El marco conceptual brinda no solo un conjunto de indicadores claves para la gestión de la educación, sino también un esquema de monitoreo en el marco del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Este derecho está contenido en numerosos tratados internacionales de derechos humanos pero su formulación más extensa se encuentra en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, ratificado por casi todos los países del mundo. El Pacto en su artículo 13 reconoce el derecho de toda persona a la educación.

  • Los estados convienen en que "la educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su obra hacia dignidad, y debe fortalecer el respeto por los Derechos Humanos y las libertades fundamentales".
  • Convienen en que "la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y entre todos los grupos raciales, étnicos o religiosos, y promover las actividades de las Naciones Unidas en pro del mantenimiento de la paz".
  • La "enseñanza primaria debe ser obligatoria y accesible a todos gratuitamente".
  • La "enseñanza secundaria, en sus diferentes formas, incluso la enseñanza secundaria técnica y profesional, debe ser generalizada y hacerse accesible a todos, por cuantos medios sean apropiados, y en particular por la implantación progresiva de la enseñanza gratuita".
  • La "enseñanza superior debe hacerse igualmente accesible a todos, sobre la base de la capacidad de cada uno, por cuantos medios sean apropiados, y en particular por la implantación progresiva de la enseñanza gratuita".
  • Debe "fomentarse o intensificarse, en la medida de lo posible, la educación fundamental para aquellas personas que no hayan recibido o terminado el ciclo completo de instrucción primaria".
  • Debe "proseguir activamente el desarrollo del sistema escolar en todos los ciclos de la enseñanza, implantar un sistema adecuado de becas, y mejorar continuamente las condiciones materiales del cuerpo docente".

El derecho a la educación es un derecho humano que tiene como finalidad establecer una educación primaria para todos los niños y niñas, desarrollar una educación secundaria accesible progresivamente a todos los niños y niñas y el acceso a la educación superior en función de los méritos. Este derecho impone al Estado la obligación de dar una educación básica a las personas que no hayan recibido la educación primaria. Además del acceso, el derecho a una educación implica la obligación de eliminar discriminación a todos los niveles del sistema educativo para establecer estándares mínimos y mejorar la calidad.

De acuerdo con Tomasevski(2002) la concretización del Derecho a la Educación es un proceso continuo que pasa ordinariamente por cuatro fases:

  1. Reconocimiento de la educación como derecho.
  2. Segregación de ciertas categorías: mujeres, indígenas, etc.
  3. Paso de la segregación a la asimilación por la vía de la integración.
  4. Adaptación a la diversidad.

Dentro de las características esenciales del Derecho a la Educación están:

  • Disponibilidad: debe haber escuelas o instituciones educativas que cubran la totalidad de la población.
  • Aceptabilidad: los programas de estudio tienen que ser adecuados culturalmente y de buena calidad, aceptables por los titulares del derecho: alumnos y padres.
  • Adaptabilidad: esto significa que los programas deben adecuarse a los cambios de la sociedad.
  • Accesibilidad: no se puede prohibir el acceso a la educación ya sea por color de piel o religión que ejerza, o por razones culturales o físicas.

La función pública de la educación es considerada un tema de la más alta relevancia. Desde 1966 a partir del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Estado es considerado el responsable de proveer la estructura y los recursos presupuestarios, regulatorios para garantizar la educación.

Los Estados alentarán la cooperación internacional en cuestiones de educación, a fin de contribuir a eliminar la ignorancia y el analfabetismo en todo el mundo y de facilitar el acceso a los conocimientos técnicos y a los métodos modernos de enseñanza. A este respecto, se tendrán especialmente en cuenta las necesidades de los países en desarrollo.

 

La educación para los derechos humanos

La necesidad de educar en y para los derechos humanos figura en la Declaración Universal

Toda persona tiene derecho a la educación…la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales, favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos y religiosos y promoverá la actividad de Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz (1948, art 26).

 

El sistema de Naciones Unidas tiene por objeto la defensa y promoción de los derechos humanos. La organización de Naciones Unidas (ONU) se creó para no repetir los horrores de la Segunda Guerra Mundial, lo que queda evidenciado en el preámbulo de la carta de las Naciones Unidas cuando plantea:

Nosotros los pueblos de las Naciones Unidas, nos declaramos resueltos a preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra…… a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos entre hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas….

 

La Unesco desempeña un rol fundamental, es responsable con la educación para los derechos humanos, en su propia constitución se encuentra el mandato de contribuir al entendimiento entre los pueblos, se plantea en su artículo uno que "Si las guerras nacen en la mente de los hombres, es en la mente de los hombres donde deben fundarse los baluartes de la paz".

A partir de los años 90 se avanza hacia una traducción política del mandato de educar en y para los derechos humanos, al proclamar la ONU la década para la educación en los derechos humanos (1995-2004). En octubre de 2003 se aprueba una nueva estrategia que incluye:

  • Introducir en todos los programas de la Unesco la visión de los derechos humanos.
  • Fortalecer las alianzas con otras instituciones para impulsar la educación en derechos humanos.
  • Impulsar acciones de vigilancia sobre el cumplimiento de las convenciones internacionales sobre educación y derechos humanos.

Igualmente hay un sinnúmero de instrumentos aprobados por la comunidad internacional para que los estados miembros lleven a la práctica una política de educación para los Derechos Humanos:

  • Convención contra la discriminación en la Educación (Unesco, 1960)
  • Declaración de la 44 reunión de la Conferencia Internacional de Educación (Ginebra, 1994)
  • Plan de Acción Integrado sobre la Educación para la paz, los Derechos Humanos y la democracia, en la Conferencia General de la Unesco (noviembre, 1995).
  • Plan latinoamericano para la promoción de la Educación en Derechos Humanos (octubre, 2011).

Los instrumentos internacionales sobre educación para los derechos humanos asumen que las políticas educativas deben contribuir a fomentar la solidaridad, la tolerancia entre grupos y naciones pues el objetivo supremo de la educación para los derechos humanos es la construcción de una cultura de paz basada en la libertad y la justicia.

 

La educación para la paz

Internacionalmente, como contrapartida al problema de la violencia, se ha promovido la educación para la paz, la cual se inserta en el proyecto del plan de acción integrado de la Unesco sobre educación para la paz, los derechos humanos y la democracia. Sus direcciones principales, el contenido e importancia de la cultura de paz, han sido abordados en la literatura científica por una diversidad de autores en un espectro muy amplio de disciplinas, posiciones ideológicas, éticas, filosóficas, y políticas; especialmente luego de que la Unesco declarara al 2000-2010 "Decenio por una Cultura Paz", entre los cuales se aprecian diferencias teóricas, epistemológicas en su proyección y alcance.

Auspiciados por la Unesco o estimulados y divulgados por esta organización, internacional-mente se han desarrollado proyectos de Educación para la Paz (Ortega, 1998; Muñoz, 2002; Krug, 2003; Newell, 2003; Avellanosa, 2003; Tinoco, 2004) orientados esencialmente hacia comunidades, sujetos y escuelas con altas tasas de violencia, con un carácter preponderantemente correctivo.

También existen proyectos de organizaciones estatales y comunitarias orientados a la formación de redes de respuesta social frente al maltrato infantil, programas de atención a menores, entre otros (Muñoz, 2002; Newell, 2003).

La educación para la paz supone preparar al individuo para la búsqueda de la armonía en las relaciones humanas a todos los niveles, análisis críticos de la realidad en función de unos valores y fines asumidos; también la acción para acercar el mundo real al ideal. Se centra en problemas locales y de mayor amplitud geográfica, incluye la concientización y la búsqueda de soluciones concretas; reconoce la importancia de las primeras edades para desarrollar la educación para la paz, de construir, desde los espacios más próximos hasta los más lejanos, experiencias personales y sociales que preparen a las nuevas generaciones para vivir en paz.

La educación para la paz es un fenómeno complejo que involucra a la sociedad como un todo y a cada grupo social e individuo. Por ello se dirige, esencialmente, hacia dos vertientes esenciales: la creación de determinadas condiciones objetivas de existencia humana y la promoción de conocimientos, formas de pensar, sentir, relacionarse con la realidad mediata e inmediata en que se vive.

Todo lo anterior se refleja en la mayoría de los documentos internacionales generados en los últimos años, los cuales proponen el desarrollo de valores, actitudes y estilos de vida que favorezcan las relaciones de los hombres entre sí (Documento del Programa de Cultura de Paz. Unesco. Filipinas 1995; Declaración de Caracas "Por una Cultura de Paz", 1999; Proclama de la Asamblea General de la ONU 2000; sitio Cultivemos la Paz, 2005) y que han servido de fundamento para el desarrollo de programas nacionales y locales.

Según el Documento de Trabajo elaborado por el Programa de Educación para la Paz denominado "Hacia una Cultura Global", (Manila, Unesco, 1999) la educación para la paz debe centrarse en los siguientes aspectos:

  • Defensa del derecho a la educación, el desarrollo de las capacidades individuales en beneficio del sujeto y de la sociedad.
  • La educación como factor de progreso, cohesión social y desarrollo humano, a la que considera como mayor inversión social, económica y cultural de los sistemas educativos.
  • La necesidad de humanizar los efectos de la globalización favoreciendo la igualdad de oportunidades.
  • La educación como importante instrumento para construir una cultura que responde al derecho humano de la paz propiciando un cambio en la visión del mundo de niños y jóvenes así como en la manera de educar, comunicar y vivir juntos.
  • La necesidad de crear un modelo preventivo, ecológico y humanizador de educación para la paz.
  • La protección de los niños, las mujeres y en general, los sectores más desfavorecidos ante cualquier forma de violencia.

Viciedo, (2004, p.15), define la Educación para la Paz como una

Forma de convivencia sociocultural caracterizada por la defensa de los derechos humanos, el desarrollo sustentable, el desarrollo humano, la justicia, el respeto a la diferencia, la democracia, las nuevas relaciones con la naturaleza, la superación de la pobreza y la solidaridad en las relaciones humanas que vincule estrechamente los componentes nacional e internacional.

 

Esta definición, aporta elementos esenciales de este concepto pero se centra más en el aspecto sociológico general, en el resultado, que en el proceso formativo como una dimensión de la educación.
Arteaga, (2005, p. 15) define la educación para la paz como

…proceso formativo continuo, dinámico, fundamentado en los conceptos de paz positiva, orden mundial real, derechos humanos y la perspectiva de la solución pacífica de los conflictos sobre la base de la ética, que prepare al hombre en su dimensión individual y social para develar críticamente la compleja y conflictiva realidad, actuar en consecuencia a partir del papel regulador de los valores; con un profundo humanismo, y aprovechando las vivencias y experiencias que más favorecen las relaciones humanas, buscando salidas constructivas, no violentas; evitando lo que implique daño o destrucción del hombre, de su cultura material y espiritual y de su medio ecológico.

 

Tomando como base la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cultura de paz, en tanto resultado de la educación para la paz, constituye una nueva forma de concebir el mundo, se caracteriza por el respeto a la vida y a la dignidad de cada persona, al rechazo a la violencia en todas sus formas, la defensa de un conjunto de valores como la libertad, el respeto al diálogo y el rechazo a la injusticia, la intolerancia o el racismo; la apuesta por la diversidad cultural y el interculturalismo como medio de enrique-cimiento común, una concepción del desarrollo que tenga en cuenta la importancia de todas las formas de vida y el equilibrio de los recursos naturales del planeta, la búsqueda colectiva de un modo de vivir y de relacionarse, que contribuya a construir un mundo más justo y solidario en beneficio de toda la humanidad.

En el contexto latinoamericano se han desarrollado modelos de educación para la paz destinados a favorecer el conocimiento de los principios constitucionales, los valores, los derechos humanos y de la paz desde parcelas limitadas al diseño de programas curriculares, en áreas o asignaturas específicas. Entre estos se aprecia el de Sáez (1997) que desde la asignatura Historia, en Chile; elabora un sistema de: "Guías didácticas de educación para el desarrollo", orientadas fundamentalmente al tratamiento del papel de la guerra en la historia; en Brasil, el programa "Paz en las escuelas" y en Colombia "Movimiento de los niños por la paz", (Tuvilla, 2004).

Estos programas son limitados, inconexos, atienden a facetas o aspectos específicos que pueden contribuir a desarrollar la educación para la paz y por tanto una cultura de paz con limitaciones.

Otros modelos tienen un carácter extensivo, abordando la innovación curricular de la transversalidad, estos si bien constituyen un paso de avance, tienen tendencia a colocarse como algo que se agrega al proceso docente, recarga los fondos de tiempo, y atienden a problemas parciales. Tuvilla (2004) relata experiencias en América Latina orientados hacia aspectos específicos como: "Aprender a vivir juntos", en Argentina, orientado a la convivencia en la escuela; programas orientados a la formación de valores y otros.

Otros modelos con enfoques más integrales consideran a la educación para la paz como un elemento de la llamada educación global que desde una perspectiva mundial, ciudadana y holística pretenden dar respuesta a los problemas y contribuir a edificar una cultura de paz, plantean que el eje central de los currículos no esté en las disciplinas sino integrada a todo el currículo escolar, combinando la educación, la ciencia, la cultura y la comunidad en un mismo ámbito de acción.

Tinoco (2004) ofrece una estrategia basada en la integración, en Ecuador, con el objetivo de contribuir a que los hombres aprendan a pensar, actuar, asimilar la experiencia colectiva culturalmente organizada y a preparar su intervención activa en el proceso social. Destaca la importancia de investigar las causas y obstáculos que impiden el logro de una verdadera paz y promover el conocimiento, los valores y capacidades de docentes y discentes para que comprendan y construyan esta paz.

La educación cubana, como parte medular del proyecto social crea condiciones óptimas para el desarrollo de la educación para la paz en la escuela, las cuales pueden sintetizarse:

  • Un sistema sociopolítico basado en la justicia social, la igualdad y el culto a la dignidad humana de un profundo sentido humanista con una evidente toma de partido junto a los pobres.
  • Un sistema jurídico que legitima estos principios a favor de los más desfavorecidos.
  • La educación popular, como un derecho y un deber de todos sin distinción de ningún tipo, con igualdad de oportunidades, donde solo pesan las capacidades y la voluntad de cada uno.
  • La aspiración expresada en acciones concretas, dirigida al desarrollo de una cultura general integral en la que confluyen todos los agentes sociales.
  • La educación sustentada en la formación de valores.

A pesar de estos logros es necesario potenciar en Cuba la creación de una alternativa de educación para los derechos humanos basada en el respeto al más importante de estos derechos: el derecho a la paz.

 

Concepción didáctica para el estudio de los derechos humanos.

Una concepción es un sistema de ideas, conceptos y representaciones sobre un objeto de la realidad o toda ella, en el plano educativo es la modelación de un proceso concreto para satisfacer ciertos objetivos. Son ideas, opiniones sobre la organización, desarrollo, control y transformación de una práctica educativa.

Se basa en el modelo o enfoque integral según la concepción de Tuvilla (2005) que considera la educación para la paz como elemento de la llamada educación global, los cuales, desde una perspectiva mundial, ciudadana y holística pretende dar respuesta a los problemas y contribuir a edificar una cultura de paz y de respeto a los derechos humanos.

Este modelo se hace viable en las condiciones concretas de Cuba en que el régimen sociopolítico crea condiciones favorables para el desarrollo de la educación para la paz como parte de su objetivo esencial, que es la formación del hombre y la realización de su condición humana.

La concepción que se propone está conformada por ideas rectoras, principios que la sustentan y puntos de vista que deben ser cambiados.Las ideas rectoras que se exponen a continuación refieren las líneas directrices a seguir para la Educación en derechos humanos. Se propone una educación en derechos humanos que:

  • Más que una enseñanza teórica la educación para los derechos humanos debe convertirse en una forma de enseñar a adquirir las competencias básicas que se requieren para desenvolverse en la vida respetando los derechos humanos.
  • La educación para la paz integrada armónicamente a todo el proceso educativo es una condición para la formación de una cultura de paz que guíe la conducta y se concreta en saberes, capacidades, actitudes, estilos de vida y comportamientos que impriman a las relaciones interpersonales y entre naciones un carácter no violento y permitan una convivencia pacífica en los distintos contextos.

Los pricipios en que se sustenta la concepción son:

  1. La humanidad: constituye el principio estructurador, al considerar al ser humano como fin y no como medio, como sujeto activo y meta, que potencie el mejoramiento humano en aras del bien de la sociedad.
  2. La dignidad: en el artículo uno de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se plantea "todos los miembros de la familia humana nacen iguales en dignidad y derechos". La libertad, la justicia y la paz tienen como base el reconocimiento de la dignidad de las personas. La dignidad se logra respetando los derechos económicos, sociales y culturales conjuntamente con los derechos civiles y políticos, pues todos los seres humanos tienen derecho a una vida digna.
  3. La no discriminación: la Declaración Universal de los Derechos Humanos prohibe toda forma de discriminación, en especial la racial. No se trata solo de abstenerse de no discriminar, sino de emprender acciones afirmativas orientadas a garantizar el acceso y permanencia en el sistema educativo de los grupos sociales más discriminados. La diversidad cultural en el sistema educativo tiene que verse como un recurso para el desarrollo, como una oportunidad de crecimiento.
  4. La democracia: la educación en derechos humanos debe constituir la base de la democracia de los sistemas educativos, como condición para el desarrollo de una cultura de paz.
  5. Vínculo teoría práctica: significa educar para los derecho humanos desde la cotidianidad, en vínculo estrecho con la vida, avanzar desde las experiencias vitales del hombre en la medida que transforma la realidad se transforma a si mismo como ente activo y transformador.

Del análisis realizado se consideran nuevos puntos de vista a tener en cuenta para lograr una verdadera educación para los derechos humanos, entre los que se destacan:

  • No basta educar en los contenidos del Derecho de los Derechos Humanos.
  • Los derechos humanos se deben enseñar en todas las asignaturas y a través de todo el personal de los centros de enseñanza.
  • Su desafío metodológico es enseñar competencias(1), ahora se enseñan objetivos, en su mayoría objetivos cognitivos.
  • Centrar la evaluación en la capacidad de desempeñarse o actuar y no solo en el saber.
  • Necesidad de una enseñanza no de o sobre los derechos humanos, sino de una enseñanza para el ejercicio de los derechos humanos.
  • Creación de un buen clima de convivencia humana en los centros de enseñanza para que los estudiantes adquieran las competencias básicas.
  • La educación en los derechos humanos es el requisito previo para una educación para y sobre los derechos humanos.
  • Desarrollar en los centros de enseñanza una educación para la paz como base de la creación de una cultura de paz. "Una escuela que se preocupe por los Derechos Humanos tiene que estar atenta a la forma de convivencia que en ella se dan, construir su proyecto educativo sobre la base de la autoestima de los estudiantes, del rescate de la identidad y del respeto a la diversidad cultural" (Hevia, R. 2004, p. 14).

 

CONCLUSIONES

La educación para los derechos humanos requiere de nuevas políticas educativas que contribuyan a fomentar la solidaridad, la tolerancia entre grupos y naciones a partir de la construcción de una cultura de paz basada en la libertad y la justicia.

El problema de la Educación para la Paz constituye una tarea de primer orden tanto para los sistemas sociales como de los sistemas educativos producto del auge de la violencia tanto estructural como directa a nivel macro y microsocial en el contexto latinoamericano.

La nueva concepción educativa para los derechos humanos defiende un conjunto de principios, ideas rectoras, categorías y un conjunto de preceptos que deben ser cambiados, para formar las competencias básicas que le permitan al hombre desenvolverse en la vida social respetando los derechos humanos.

 

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

ÁLVAREZ DE ZAYAS, C. (1999). La pedagogía como ciencia: epistemología de la educación. La Habana.

ARTEAGA GONZÁLEZ, S. (2005). Modelo Pedagógico para desarrollar la educación para la paz centrada en los valores morales en la escuela media superior cubana. Tesis de Doctorado. Instituto Superior Pedagógico Félix Varela, Villa Clara, Cuba.

AVELLANOSA, I. (2003). Los actores de la violencia escolar. España: Estudios de Juventud, Nº 62/ 64.

CASTELLANOS SIMONS, B. (1999). Conceptualización de la investigación educativa: Problemas actuales de la investigación educativa. La Habana: ISP Enrique José Varona.

FREIRE, P. (1993). Pedagogía de la esperanza. Un reencuentro con la Pedagogía del oprimido. México: Editorial Siglo XXI.

HEVIA, R. (2004). La ética de los Derechos Humanos en la educación. Ponencia en Foro Internacional "Ética y Educación". México: Instituto de Fomento e Investigación Educativa, IFIE.

KRUG, E. G. (2003). Informe mundial sobre la violencia y la salud. Washington: Organización Panamericana de la Salud.

MUÑIZ FERRER, M. (2000). Violencia intrafamiliar. Su presentación en un área de salud. Revista Cubana de Medicina General Integral # 5.

NEWELL, P. (2003) Combatir la violencia que afecta a la infancia. Revista Innocenti Digest, 2.

ORTEGA, R. (1998). La convivencia escolar: qué es y cómo abordarla. España: Consejería de Educación y Ciencia. Junta de Andalucía. http:/www.juntadeandalucia.es/averros/publicaciones/violenciagénero.php3 02/02/1998

SÁEZ, P. (1997). Las claves de los conflictos. Guía didáctica de educación para el desarrollo. Madrid: CIP.

SUCHODOLSKI, B. (1978). Teoría marxista de la educación. La Habana. Editorial Pueblo y Educación.

TINOCO MATAMOROS, H. (2004). Una educación para la paz y la integración. Universidad Técnica Particular de Loja. Ecuador: Impresiones ligeras.

TOMASEIVSKI, K. (1992). Informe a la Comisión de Derechos Humanos.

TUVILLA RAYO, J. (2004). Cultura de Paz y Educación. En: Muñoz F., Manual de paz y conflictos. Granada: Instituto Paz y conflictos. http://www.eip.fedhup.org77espagno// Web Fólder/Tuvilla/Cultura de Paz y educación pdf.  02/02/2004

TUVILLA RAYO, J. (2000). Libros, derechos humanos y cultura de paz. http://www.eip-cifeclhop.org/espagnol/enlaces/index.html.  02/02/2000

VICIEDO DOMÍNGUEZ, C. (2000). Educación para la paz y los derechos humanos en Cuba. La Habana: Movimiento Cubano por la Paz y la Soberanía de los Pueblos.

 

 

Enviado: 30/01/2018
Aprobado: 06/03/2018

 

 

Dra. Vivian Rodríguez Acosta, Profesora Auxiliar, Centro de Estudios de la Administración Pública, Universidad de La Habana, Cuba, ORCID 0000-0002-8802-6031, Correo electrónico: vivian@ceap.uh.cu

 

 

NOTAS ACLARATORIAS

1 Cualidad humana que se configura como síntesis dialéctica en la integración funcional del saber (conocimientos diversos), saber hacer (habilidades, hábitos, destrezas y capacidades) y saber ser (valores y actitudes), que son movilizados en un desempeño idóneo a partir de los recursos personológicos del sujeto, que le permiten saber estar en un ambiente socio profesional y humano acorde con las características y exigencias de las situaciones profesionales que enfrenta relativas a la profesión.

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