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<article-title xml:lang="es"><![CDATA[La difusión de las creaciones en la era digital: El Copyleft para distribuir creaciones en la era digital]]></article-title>
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<institution><![CDATA[,Dirección Técnica Gestión del Conocimiento. Unión Cuba Petróleo.  ]]></institution>
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<abstract abstract-type="short" xml:lang="en"><p><![CDATA[The importance of copyleft for the present society is established. A critical analysis of copyright is made, and its antecedents and definition are exposed. The principles of free software, as the basis for the bazaar model for the creation of computer programs are dealt with. The values promoted by the copyleft are enunciated. The licenses existing in the technological and cultural world, which are developed starting from the copyleft, are described and analyzed. The case of Cuba is exposed as a particularity. A classification, according to the author and the content of the work is recommended to facilitate the licensing of a creation. The copyleft is related to knowledge management and it is explained how this working philosophy is connected with the commercial world.]]></p></abstract>
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</front><body><![CDATA[  <h2>La difusi&oacute;n de las creaciones en la era digital: El Copyleft para distribuir creaciones en la era digital</h2>     <p><a href="#autor">Lic. Mabel Rodr&iacute;guez Mederos<span class="superscript">1</span></a><span class="superscript"><a name="cargo"></a></span> </p> <h4>Resumen </h4>     <p>Se establece la importancia del copyleft para la sociedad actual. Se realiza una valoraci&oacute;n cr&iacute;tica del copyright; se exponen los antecedentes del copyleft y se define. Se abordan los principios el software libre, como base del modelo bazar para la creaci&oacute;n de programas para computadoras. Se enuncian los valores que promueve el copyleft. Se describen y analizan las licencias existentes, tanto en el mundo tecnol&oacute;gico como en el cultural, desarrolladas a partir del copyleft. Se expone el caso de Cuba como una particularidad. Se propone una clasificaci&oacute;n, seg&uacute;n la autor&iacute;a y el contenido de la obra para facilitar el licenciamiento de una creaci&oacute;n. Se relaciona el copyleft con la gesti&oacute;n del conocimiento y como se relaciona esta filosof&iacute;a de trabajo con el mundo mercantil. </p>     <p><em>Palabras clave</em>: Copyleft, copyright, licencias, licencia Creative Common, acceso abierto, cultura libre, modelo bazar, clasificaci&oacute;n, gesti&oacute;n del conocimiento. </p> <h4>ABSTRACT </h4>     <p>The importance of copyleft for the present society is established. A critical analysis of copyright is made, and its antecedents and definition are exposed. The principles of free software, as the basis for the bazaar model for the creation of computer programs are dealt with. The values promoted by the copyleft are enunciated. The licenses existing in the technological and cultural world, which are developed starting from the copyleft, are described and analyzed. The case of Cuba is exposed as a particularity. A classification, according to the author and the content of the work is recommended to facilitate the licensing of a creation. The copyleft is related to knowledge management and it is explained how this working philosophy is connected with the commercial world. </p>     <p><em>Key words</em>: Copyleft, copyright, licenses, Creative Common license, open access, free culture, bazaar model, classification, knowledge management.</p>     <p>Copyright: &copy; ECIMED. Contribuci&oacute;n de acceso abierto, distribuida bajo los t&eacute;rminos de la Licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir Igual 2.0, que permite consultar, reproducir, distribuir, comunicar p&uacute;blicamente y utilizar los resultados del trabajo en la pr&aacute;ctica, as&iacute; como todos sus derivados, sin prop&oacute;sitos comerciales y con licencia id&eacute;ntica, siempre que se cite adecuadamente el autor o los autores y su fuente original. </p>     <p>Cita (Vancouver): Rodr&iacute;guez Mederos M. La difusi&oacute;n de las creaciones en la era digital: el copyleft para distribuir creaciones en la era digital. Acimed 2007;15(1). Disponible en: <a href="http://bvs.sld.cu/revistas/aci/vol15_1_07/aci12107.htm">http://bvs.sld.cu/revistas/aci/vol15_1_07/aci08107.htm </a>[Consultado: d&iacute;a/mes/a&ntilde;o]. </p>     <p>El hombre como ser social evoluciona junto con la comunidad en la que vive. Una actitud abierta hacia la cooperaci&oacute;n, compartir el conocimiento, es esencial para su desarrollo. Para su desarrollo, no pueden primar las ideas ego&iacute;stas. </p>     <p>En la medida en que evoluciona el hombre, se crean condiciones nuevas en la sociedad y las formas para compartir conocimiento se diversifican; otro tanto ocurre con los mecanismos que regulan estas relaciones. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Con los avances cient&iacute;ficos, t&eacute;cnicos y sociales de los &uacute;ltimos siglos, se hizo necesario crear mecanismos que protegieran a los creadores y sus obras. La imprenta, por ejemplo, fue un catalizador para el surgimiento formal de la propiedad intelectual,<span class="superscript">1</span> en el siglo XVIII, dividida en dos grandes grupos, un primer grupo especializado en la propiedad industrial y un segundo, a su vez, con dos ramas, el derecho de autor y el copyright. </p>     <p>El primer grupo incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y otros modelos industriales; as&iacute; como las indicaciones geogr&aacute;ficas de origen. </p>     <p>El segundo abarca las obras literarias y art&iacute;sticas, como las novelas, los poemas y las obras de teatro, las pel&iacute;culas, las obras musicales, las obras de arte, como los dibujos, pinturas, fotograf&iacute;as y esculturas, y los dise&ntilde;os arquitect&oacute;nicos. </p>     <p>Las dos concepciones del segundo grupo est&aacute;n determinadas por sus or&iacute;genes, el derecho de autor (droit d'auteur) proviene del derecho franc&eacute;s y el copyright del derecho anglosaj&oacute;n. </p>     <p>Mientras el derecho de autor defiende los derechos morales y patrimoniales de la obra de un autor, el copyright s&oacute;lo comprende los derechos patrimoniales. </p>     <p>A finales del siglo pasado, la aparici&oacute;n de Internet, con su crecimiento acelerado, produjo nuevas formas de distribuci&oacute;n, mucho m&aacute;s r&aacute;pidas que las que ofrec&iacute;a la imprenta; sin embargo, esta diseminaci&oacute;n de informaci&oacute;n, muchas veces, se ha visto frenada por las actuales leyes de la propiedad intelectual. En respuesta a esto, la comunidad ha creado varios mecanismos m&aacute;s a tono con esta realidad bajo las premisas de un nuevo mecanismo de distribuci&oacute;n: el copyleft. </p>     <p>A continuaci&oacute;n, se tratar&aacute; el tema de los “derechos” e “izquierdos” de la propiedad intelectual, con el objetivo demostrar la importancia del copyleft en la sociedad actual, para lo cual, primero, se realizar&aacute; una valoraci&oacute;n cr&iacute;tica del copyright, una revisi&oacute;n bibliogr&aacute;fica sobre el copyleft y una descripci&oacute;n de las licencias con copyleft existentes actualmente. </p> <h4>COPYRIGHT: UNA VISI&Oacute;N CR&Iacute;TICA<span class="superscript">2-4</span> </h4>     <p>Cuando se habla de “creaci&oacute;n”, se refiere a un producto del intelecto humano, que puede ser un software, un libro, una canci&oacute;n, una pintura, una invenci&oacute;n…; cuando se habla de “creador”, se refiere a la persona autora de la creaci&oacute;n. La discusi&oacute;n del tema, por tanto, no s&eacute; limitar&aacute; s&oacute;lo al &aacute;mbito tecnol&oacute;gico. </p>     <p>Al adentramos en este mundo y analizar las leyes creadas para la protecci&oacute;n de los creadores, surgen siempre dudas, que nos hacen cuestionarnos hasta que punto ellas defienden a dichos creadores. </p>     <p>En su momento, el Copyright y el derecho de autor tuvieron una funci&oacute;n muy importante, porque por medio de ellos, muchas personas recibieron el reconocimiento moral y material por su creaci&oacute;n art&iacute;stica o cient&iacute;fica. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Con el tiempo, estas leyes se modificaron, no siempre a favor de los creadores y mucho menos de la sociedad a la que dedic&oacute; la creaci&oacute;n y si a una minor&iacute;a con poder en la sociedad. </p>     <p>Entre los derechos que defienden estas leyes, se encuentran los derechos patrimoniales, morales y los conexos. </p>     <p>Si el objetivo de las leyes del copyright fuera defender los intereses de los creadores no fuera necesario dividir los derechos patrimoniales de los morales; as&iacute;, no siempre los beneficiados econ&oacute;micamente son los creadores originales de una obra. </p>     <p>Con frecuencia se escucha decir que los derechos de autor de cierta obra los posee cierta empresa, no los sede y quien viole estos derechos es un “pirata”. Sin &aacute;nimos de confrontaci&oacute;n, pudi&eacute;ramos preguntarnos &iquest;son piratas quienes disfrutan espiritualmente de la creaci&oacute;n ajena o los que se enriquecen con ella? </p>     <p>La mayor&iacute;a de los creadores, sea el autor de una obra literaria, un compositor musical, un pintor de bellas artes, un cient&iacute;fico con una publicaci&oacute;n o un inventor con su invenci&oacute;n, se sienten reconfortados cuando la sociedad dispone de su creaci&oacute;n. Es justo que la sociedad les compense por su esfuerzo, pero no es justo que esa compensaci&oacute;n vaya a parar a empresas con poder y que manipulan las leyes para beneficiarse, cada vez m&aacute;s, con las creaciones ajenas. </p>     <p>Adem&aacute;s, en la era actual, limitar la reproducci&oacute;n y diseminaci&oacute;n de un material, lejos de beneficiar a su creador, lo perjudica, porque este tiene entonces menos posibilidades de que la sociedad lo conozca y, por tanto, menos posibilidades de que esta le recompense. </p>     <p>Seg&uacute;n <em>Richard Stallman, </em> quien plantea que “… <em>el copyright no es un derecho natural, sino un monopolio artificial impuesto por el gobierno que limita el natural derecho a la copia entre los usuarios </em>…”,<span class="superscript">5</span> es cuestionable pensar que el copyright sea un derecho natural. Este no debe convertirse en un obst&aacute;culo para el progreso cient&iacute;fico y tecnol&oacute;gico, que favorezca el enriquecimiento acelerado de una minor&iacute;a. </p>     <p>Si bien, cuando surgi&oacute; el copyright, este se propuso proteger una obra y a su creador de las instituciones que lucraban con el esfuerzo ajeno, este mecanismo act&uacute;a hoy en contra del desarrollo de la sociedad. Cualquier creaci&oacute;n se destina a un p&uacute;blico en particular, no se debe entonces privar del acceso a la obra a ese p&uacute;blico. </p>     <p>Por otra parte, se encuentra el problema del tiempo de duraci&oacute;n del copyright de una obra. Existe una tendencia a alargar estos per&iacute;odos. El plazo inicial para proteger una obra con copyright era de 14 a&ntilde;os, renovable, si al cumplirse el plazo, el creador estaba vivo, entonces alcanzaba los 28 a&ntilde;os. En 1962, 1976 y 1998 se aprobaron nuevos per&iacute;odos de tiempo hasta llegar a los 70 a&ntilde;os en estos momentos. Como contradicci&oacute;n, se encuentra el hecho de que los propietarios dejan de distribuir sus creaciones en un per&iacute;odo de 5 a 10 a&ntilde;os como promedio. </p>     <p>Esta &uacute;ltima extensi&oacute;n del per&iacute;odo de tiempo para el copyright de una obra, se dice, que se otorg&oacute; con el objetivo de que no expirara el copyright de <em>Mickey Mouse</em>, para lo cual la empresa <em>Walt Disney World </em> financi&oacute; campa&ntilde;as pol&iacute;ticas de las personas que presentaron, defendieron y aprobaron esta ley. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Antes de pasar a realizar una breve exposici&oacute;n sobre el copyleft, es oportuno se&ntilde;alar que siempre deben existir mecanismos para evitar que las personas se apropien de las creaciones ajenas, pero estos deben estar a tono con la &eacute;poca en que se vive. </p> <h4>COPYLEFT </h4> <h6>Antecedentes<span class="superscript">5-7 </span></h6>     <p>La historia se remonta a la d&eacute;cada de los a&ntilde;os 70, cuando el acto de compartir el c&oacute;digo fuente de un software no era algo inusual y esto evitaba repetir el trabajo para crear algo que estaba creado. Las personas que formaban parte de esta comunidad de cooperaci&oacute;n, se llamaban entre ellos, hackers; estos compart&iacute;an los c&oacute;digos fuentes de sus programas para computadoras con el prop&oacute;sito de estudiarlos, modificarlos y desarrollar nuevos programas sobre la base de los anteriores. </p>     <p>Es necesario aclarar las diferencias entre hacker y crackes. Los hacker son personas apasionadas por la programaci&oacute;n, que disfrutan ser h&aacute;biles e ingeniosos en el trabajo con el software, pero no utilizan sus conocimientos para hacer da&ntilde;o a los dem&aacute;s. Las personas que quebrantan la seguridad de un programa con fines negativos deben llam&aacute;rseles crackes. </p>     <p>Con el transcurso de la d&eacute;cada de los a&ntilde;os 80 este panorama cambi&oacute;. El modelo cooperativo existente hasta ese momento se vio desplazado por otro, privatizador y mercantilista. Las computadoras se hicieron m&aacute;s asequibles, baratas y potentes, con sus propios sistemas operativos, que eran, a su vez, propietarios. Las compa&ntilde;&iacute;as de software firmaron acuerdos para impedir que se revelaran los c&oacute;digos de sus programas, para esto se apoyaron en la legislaci&oacute;n existente sobre propiedad intelectual; a partir de ese momento, quien compartiera sus conocimientos con un vecino era un pirata y para realizar cambios en un programa era necesario que el creador lo aceptase previamente. </p>     <p>La idea de no cooperar m&aacute;s result&oacute; algo antisocial para la visi&oacute;n de algunos de aquellos hackers, quienes, sobre la base del principio de que la base de toda sociedad se encuentra en la cooperaci&oacute;n entre las personas, convirtieron al software propietario en un problema social. Entre ellos, se destaca <em>Richard Stallman</em>, quien, en 1984, abandon&oacute; su trabajo en el Laboratorio de Inteligencia Artificial del Massachussets Institute of Technology (MIT) para dedicarse a defender los principios de cooperaci&oacute;n. </p>     <p>As&iacute;, naci&oacute; un primer proyecto, que se denomin&oacute; GNU. El nombre es un acr&oacute;nimo que significa GNU's Not Unix, es decir GNU no es Unix. Mientras el proyecto se desarrollaba, creci&oacute; el n&uacute;mero de interesados, y en 1985, se crea la Free Software Foundation (FSF),<span class="superscript">6</span> una organizaci&oacute;n sin &aacute;nimos de lucro y libre de impuestos, dedicada al desarrollo del software libre (FS, por sus siglas en ingl&eacute;s). </p>     <p>En 1990, el sistema GNU pose&iacute;a herramientas con un estado avanzado, pero otras, entre las que se encontraba el Kernel -n&uacute;cleo del sistema operativo, fundamental para facilitar a los distintos programas acceso seguro al hardware de la computadora-, todav&iacute;a necesitaban de mucho trabajo. En 1991, un estudiante finland&eacute;s, <em>Linus Torvalds</em>, desarroll&oacute; un n&uacute;cleo compatible con Unix, que denomin&oacute; Linux. En 1992, se combin&oacute; este n&uacute;cleo con el sistema GNU, para lograr definitivamente un sistema operativo libre al que se le llam&oacute; GNU/Linux, que expresa la combinaci&oacute;n del sistema GNU con el n&uacute;cleo Linux. El mismo es muy potente y fiable, y posee miles de programas en constante evoluci&oacute;n. </p>     <p>Con el desarrollo de las aplicaciones y productos FS, varios individuos, grupos de usuarios y compa&ntilde;&iacute;as comenzaron a reunir y compilar estas aplicaciones en formatos determinados. A estas recopilaciones, se les llama distribuciones Linux, entre estas se destacan Red Hat, Suse, Debian, Mandrake, etc&eacute;tera. </p>     <p>Actualmente, son muchas las distribuciones de Linux, que evolucionaron con el tiempo para convertirse en interfaces gr&aacute;ficas muy amigables, semejantes a las que se encuentran en los productos de Microsoft y Mac. Esto provoc&oacute; que las empresas de software comenzaran a interesarse en el FS, como su enemigo potencial y como nueva plataforma para el cliente. </p>     <p>Esto se refleja con claridad a partir de 1998, cuando grandes compa&ntilde;&iacute;as, IBM entre ellas, comenzaron a desarrollar productos para la plataforma GNU, estos nuevos productos no eran necesariamente libres y, en algunos casos, compet&iacute;an con productos libres, pero contribuyeron a que el mundo empresarial comenzara a usar FS. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>A partir de 1998, una parte de la comunidad comenz&oacute; a dejar de usar el t&eacute;rmino FS y comenz&oacute; a usar el de <em>Open Source Software </em> (OSS), cuando un grupo de usuarios y desarrolladores crearon la Open Source Iniciative (OSI).<span class="superscript">7</span> </p>     <p>Uno de los objetivos de la OSI fue evitar la confusi&oacute;n del t&eacute;rmino “Free”. Esta confusi&oacute;n se debe a que el ingl&eacute;s carece de una palabra simple que signifique libre, en referencia a la libertad. Existen acercamientos en cuanto al significado como es el caso de <em>unfettered </em> (sin cadenas), <em>liberated </em> (liberado), <em>freedom </em> (libertad) y <em>open </em> (abierto). </p>     <p>Hasta este momento, las empresas productoras de software desarrollaron programas “sin libertades”. La creaci&oacute;n del FS, por lo general, se realiza en tiempos extras de las personas que tienen deseos de desarrollar este tipo de trabajo como una forma de hacer un bien a la comunidad. Otro de los prop&oacute;sitos de la OSI entonces, era acercar el FS al mundo empresarial. Para esto deb&iacute;an hablar un lenguaje que no asustara a los hombres de negocios, quienes, por lo general, no les gusta pensar en cuestiones de &eacute;tica, responsabilidad y libertad al mismo tiempo que conveniencia. </p>     <p>De acuerdo con esto y debido a que los cambios bruscos suelen provocar rechazo, es que los miembros de la OSI pensaron en la creaci&oacute;n de un movimiento que fuera el intermediario entre el FS -radical en cuanto a libertades- y el software propietario -radical en cuanto a privaciones-; por ello, la OSI se concentra en los beneficios pr&aacute;cticos inmediatos en lugar de las cuestiones relacionadas con la &eacute;tica y las libertades. </p>     <p>Como se ha expuesto, el desarrollo de esto movimiento de cooperaci&oacute;n creci&oacute; en la comunidad, y por ello, fue necesario desarrollar los mecanismos oportunos para proteger los avances surgidos con esta filosof&iacute;a. As&iacute; naci&oacute; el copyleft. </p>     <p>El copyleft surge, en sus inicios, para garantizar la libertad de uso de un programa en la comunidad; desde un punto de vista legal evita que las personas se aprovechen del uso y modificaci&oacute;n de c&oacute;digos abiertos con el prop&oacute;sito de crear software final propietario. </p>     <p>Se basa en la ley del copyright, pero al contrario, es decir significa todo lo inverso. Mientras los “derechos” de propiedad limitan el uso de un software, los “izquierdos” de propiedad brindan todas las libertades, menos la restricci&oacute;n. </p>     <p>El copyleft permite el uso, copia, modificaci&oacute;n y distribuci&oacute;n de una creaci&oacute;n y restringe que se proh&iacute;ban estos derechos a esa creaci&oacute;n o a otras obras derivadas de ella. </p>     <blockquote>       <p>El “ <em>Copyleft dice que cualquiera que redistribuye el software, con o sin cambios, debe dar la libertad de copiarlo y modificarlo nuevamente. El copyleft garantiza que cada usuario tenga libertad... Los desarrolladores de software privativo usan &laquo;copyright&raquo; para quitar la libertad a los usuarios; nosotros usamos los derechos reservados para garantizarles su libertad. Por eso es que invertimos el nombre, para convertir los derechos reservados, copyright, en copyleft </em>”<em>.</em><span class="superscript">8 </span></p>       ]]></body>
<body><![CDATA[<p>“ <em>El t&eacute;rmino copyleft describe un grupo de licencias que se aplican a una diversidad de trabajos como el software, la literatura, la m&uacute;sica y el arte. Una licencia copyleft se basa en las normas sobre el derecho de autor, las cuales se ven por los defensores del copyleft, como una manera de restringir el derecho de hacer y redistribuir copias de un trabajo determinado, para garantizar que cada persona que recibe una copia o una versi&oacute;n derivada de un trabajo, pueda a su vez usar, modificar, y redistribuir, tanto el propio trabajo como las versiones derivadas. As&iacute;, y en un entorno no legal, el copyleft puede considerarse como opuesto al copyright </em>”.<span class="superscript">9</span> </p>       <p>“ <em>Copyleft, todos los derechos al rev&eacute;s, puede parecer un juego de palabras pero se trata de mucho m&aacute;s, todo un ideario cultural que propone una alternativa a la forma actual de organizar la propiedad intelectual de nuestra &eacute;poca, y por extensi&oacute;n, de la cultura. Un movimiento, si as&iacute; podemos llamarlo, que representa para el ecosistema cultural de nuestras sociedades lo que el ecologismo supuso para el desarrollo de una conciencia medioambiental durante los a&ntilde;os sesenta y setenta </em>”.<span class="superscript">3</span> </p>       <p>“ <em>El copyleft no es m&aacute;s que un mecanismo para aumentar el valor de la informaci&oacute;n al permitir hacer copias; y animar, incluso, a hacerlo. La &uacute;nica condici&oacute;n es mantener el reconocimiento de la autor&iacute;a; la marca que permite al autor recibir por v&iacute;a directa la recompensa por su trabajo, es decir, la atenci&oacute;n que merece </em>”.<span class="superscript">10</span> </p> </blockquote>     <p>Algunos especialistas que plantean que el software realmente libre es el que no est&aacute; restringido ni por copyright, ni por copyleft, es decir, que es de dominio p&uacute;blico, pero este tipo de software ha demostrado no tener una vida de libertades muy larga, debido a la amenazado de empresas propietarias que lo absorben y hacen desaparecer su libertad. </p>     <p>Las personas que deseen hacer software propietario no pueden utilizar un c&oacute;digo protegido por el copyleft. Cuando alguien viola estos t&eacute;rminos, y suprime o a&ntilde;ade nuevas condiciones que limiten la disponibilidad de un programa con copyleft, pierde el derecho de servirse del software, y est&aacute; en la obligaci&oacute;n de transferir los derechos al que se sirva de este. </p>     <p>La caracter&iacute;stica fundamental del copyleft, llamada por algunos “efecto v&iacute;rico”, consiste en garantizar que todo trabajo derivado de una creaci&oacute;n determinada, diseminada, en principio, con copyleft, deba continuar su existencia como copyleft, as&iacute; la libertad no puede bloquearse por terceros. Esta caracter&iacute;stica es vista por algunos como algo negativo y plantean que la verdadera libertad no restringe nada. </p>     <p>Este concepto de distribuci&oacute;n se ha diseminando en la comunidad y el copyleft se extiende actualmente m&aacute;s all&aacute; del software. Por eso, es posible encontrar licencias con copyleft para proteger diversos tipos de obras. </p> <h6>Fundaci&oacute;n Copyleft<span class="superscript">11</span> </h6>     <p>Se cre&oacute; para potenciar y defender las creaciones liberadas con licencias copyleft, sean estas obras de arte, art&iacute;culos cient&iacute;ficos, software, etc&eacute;tera. </p>     <blockquote>       <p>“ <em>Ser&aacute; el objetivo principal de la Fundaci&oacute;n , potenciar, afianzar, organizar, incentivar, dirigir, realizar, proteger y defender la producci&oacute;n de una cultura copyleft, que defienda los intereses de los creadores, int&eacute;rpretes, artistas, productores, usuarios y cualquier otro colectivo interesado en la misma, y acercarla a la poblaci&oacute;n en general, realizando para ello cuantas actividades considere necesarias </em>”.<span class="superscript">11 </span></p> </blockquote>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>En su sitio Web (http://www.fundacioncopyleft.org/index.html), es posible encontrar sus estatutos, divididos en varios cap&iacute;tulos, referentes a la constituci&oacute;n de la fundaci&oacute;n, los fines que persigue, quienes pueden beneficiarse, su estructura de gobierno, r&eacute;gimen econ&oacute;mico y las modificaciones, fusiones y extinciones dentro de la fundaci&oacute;n. Adem&aacute;s habla sobre la defensa legal del copyleft. </p> <h6>Copyleft: base del modelo Bazar<span class="superscript">12 </span></h6>     <p><em>Eric S. Raymond, </em> escribi&oacute; en 1997, un art&iacute;culo titulado “ <em>La Catedral </em><em> y el Bazar </em>”, donde defini&oacute; dos formas muy diferentes de hacer software. </p>     <p>El modelo catedral de hacer software se basa en la premisa de que los programas de gran envergadura deben construirse como las catedrales, de forma cuidadosa, por expertos en la materia, que deb&iacute;an estar bien organizados, en locales especiales y s&oacute;lo cuando el software estuviera a punto es que debe liberarse. </p>     <p>El modelo bazar, por el contrario, basa el desarrollo de software en la liberaci&oacute;n de sus fuentes y en delegar a la comunidad interesada diversas funciones. </p>     <p>Mientras el modelo catedral necesita de un grupo de trabajo r&iacute;gido, estructurado, jer&aacute;rquico y con un estricto control de errores; el modelo bazar se basa en la idea de liberar r&aacute;pido y frecuentemente los programas, distribuir responsabilidades y tareas y ser lo m&aacute;s abierto posible para estimular al m&aacute;ximo la cooperaci&oacute;n. La liberaci&oacute;n de versiones, en el modelo catedral es muy lenta, s&oacute;lo se liberan los programas, una vez, que se cree que se han erradicado todos los errores y una actualizaci&oacute;n sale aproximadamente a los seis meses de la anterior, en el modelo bazar las versiones pueden salir diariamente, incluso m&aacute;s de una por d&iacute;a. </p>     <p>Este segundo modelo surge en un momento muy propicio. En el per&iacute;odo de 1993-1994, apareci&oacute; World Wide Web, ocurre entonces una explosi&oacute;n del inter&eacute;s por Internet y un despegue de la industria de los proveedores de servicios de Internet ( Internet Service Provider, ISP por su a cr&oacute;nimo en ingl&eacute;s). Se denominan as&iacute; a las empresas dedicadas a conectar a Internet, la l&iacute;nea telef&oacute;nica de los usuarios, redes distintas e independientes o ambas. </p>     <p>El primer individuo en emplear este modelo fue <em>Linus Torvald </em>, cuando comenz&oacute; a desarrollar Linux. Linux, como sistema, no s&oacute;lo tiene el m&eacute;rito de su genialidad, sino que adem&aacute;s, provoc&oacute; cambios significativos en el desarrollo del software; muchos programadores se sumaron a su desarrollo, en su mayor&iacute;a hackers, que diagnosticaban los problemas, suger&iacute;an correcciones y ayudaban a mejorar el programa de forma muy r&aacute;pida. </p>     <p>Es bueno aclarar que no todo el FS se desarroll&oacute; con el modelo bazar, de hecho, antes de Linux, la programaci&oacute;n respond&iacute;a al modelo catedral. </p>     <p>Esta din&aacute;mica de trabajo es posible como resultado de la comunidad que se crea, en la que los mismos usuarios son colaboradores que se intercambian criterios por medio de Internet. </p>     <p>Para el desarrollo del software, con este modelo, es necesaria la existencia un estilo de liderazgo apropiado y una voluntad de cooperaci&oacute;n que permita a los programadores atraer m&aacute;s desarrolladores y obtener el m&aacute;ximo provecho del medio. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Desde el punto de vista legal, el copyleft es el mecanismo que regula el flujo de trabajo en el modelo bazar. El Kernel de Linux fue liberado a la comunidad con licencia GPL (General Public License). </p> <h6>Copyleft para el software </h6>     <p>Existe una tendencia a homologar los t&eacute;rminos FS, copyleft, GNU/GPL (GNU's Not Unix/General Public License); por ello, es preciso aclarar que no todos los FS son software con copyleft y que esta clasificaci&oacute;n depende del tipo de licencia con que se libere el software. Por ejemplo, si se est&aacute; en presencia de un sistema con licencia GNU/GPL, entonces ser&aacute; un FS y dem&aacute;s con copyleft. Pero si se libera con licencia BSD ( Berkeley Software Distribution ), ser&aacute; FS, pero no estar&aacute; protegido por el copyleft. </p>     <p>Las dos categor&iacute;as de licencia principales dentro de la categor&iacute;a de FS son: con copyleft y sin copyleft. </p>     <p>El FS, protegido con copyleft, es aquel cuyos t&eacute;rminos de distribuci&oacute;n no permiten a los redistribuidores agregar ninguna restricci&oacute;n adicional cuando &eacute;stos redistribuyen o modifican el software. Esto significa que cada copia del software, aun si ha sido modificado, debe ser FS. </p>     <p>El FS no protegino con copyleft, viene desde el autor con autorizaci&oacute;n para redistribuir y modificar; as&iacute; como para a&ntilde;adirle restricciones adicionales. Si un programa es libre pero no se encuentra protegido con copyleft, entonces algunas copias o versiones modificadas pueden no ser libres completamente. Una compa&ntilde;&iacute;a de software puede compilar el programa, con o sin modificaciones, y distribuir el archivo ejecutable como un producto propietario de software. </p> <h6>Valores que promueve el copyleft </h6>     <p>El copyleft se ha convertido en una herramienta pol&iacute;tica e ideol&oacute;gica para defender la diseminaci&oacute;n de una creaci&oacute;n por una comunidad determinada. </p>     <p>El hecho de compartir, promueve la colaboraci&oacute;n y la socializaci&oacute;n entre los miembros de un grupo, incentiva el trabajo en equipo y ofrece a todos, iguales oportunidades para aportar nuestro conocimiento a un proyecto. </p>     <p>Las retribuciones econ&oacute;micas a los creadores son m&aacute;s justas y no propician el desarrollo desigual, por el contrario, elimina actitudes ego&iacute;stas, ayuda al desarrollo sostenible de una sociedad y fomenta su equilibrio. </p>     <p>Las personas se ven motivadas a cooperar m&aacute;s all&aacute; de lo que exigen las licencias con copyleft, porque sienten en el compromiso moral de hacerlo. Ninguna licencia exige que el software se distribuya con su documentaci&oacute;n y sin embargo, muchos lo hacen para facilitar su uso, tampoco se exige el mantenimiento, actualizaci&oacute;n, correcci&oacute;n de errores y esto es algo que tambi&eacute;n se suele desarrollar, en muchas ocasiones de forma altruista. </p> <h6>Copyleft y las licencias<span class="superscript">13</span> </h6>     <p>Copyleft es un concepto general; para proteger realmente un programa con copyleft, se necesita usar un conjunto espec&iacute;fico de t&eacute;rminos de distribuci&oacute;n. Existen muchas maneras posibles de establecer t&eacute;rminos copyleft de distribuci&oacute;n mediante las licencias. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>La licencia insigne para FS con copyleft es la GNU /GPL. Por esta raz&oacute;n, muchas licencias que no son para software, pero que mantienen la filosof&iacute;a del copyleft, se basan en esta licencia. La licencia GPL (General Public License), es una manera de plasmar jur&iacute;dicamente el concepto copyleft; ella contiene los t&eacute;rminos de distribuci&oacute;n espec&iacute;ficos que se utilizan por excelencia en el proyecto GNU, y por ello se ha convertido en la base del FS. Algunos comparan la GPL con la mano del Rey Midas del software, porque todo lo que se deriva de ella lo convierte en libre. Otros la comparan con un c&aacute;ncer, que torna las libertades en un mal que se expande sin remedio. </p>     <p>Licenciar un software o una creaci&oacute;n de manera general, permite asegurar que el uso que se haga del c&oacute;digo y de sus derivados siempre est&eacute; de acuerdo con los principios que se public&oacute; el c&oacute;digo. La licencia es el texto que especifica como podr&aacute; utilizarse el c&oacute;digo o el programa, infringirla, conlleva a suspender su uso. </p>     <p>Existen muchas licencias, cada una tiene peque&ntilde;as diferencias con las otras, la m&aacute;s pura, seg&uacute;n la filosof&iacute;a del FS, como se refiri&oacute;, es la GNU /GPL, a partir de ella, se a&ntilde;aden o eliminan restricciones. </p> <h6>Licencias para software </h6>     <p>Entre las m&aacute;s conocidas certificadas por la FSF y la OSI ,<span class="superscript">14,15</span> se encuentran las GPL, LGPL (Lesser General Public License), MPL (Mozilla Public License), ( Berkeley Software Distribution) y MIT ( Massachusetts Institute of Technology ). Para un estudio m&aacute;s detallado de estas, puede accederse a sus sitios Web. A continuaci&oacute;n, se realiza una breve descripci&oacute;n de ellas. <strong></strong></p>     <p>GNU/GPL ( <a href="http://www.gnu.org/copyleft/gpl.html">http://www.gnu.org/copyleft/gpl.html </a>)<span class="superscript">16 </span></p>     <p>Es una licencia con copyleft. E specifica una serie de t&eacute;rminos de distribuci&oacute;n para proteger con copyleft a un programa. El Proyecto GNU la utiliza en t&eacute;rminos de distribuci&oacute;n para la mayor&iacute;a de su software. No est&aacute; dise&ntilde;ada de forma que permita una distribuci&oacute;n segura de las copias de un FS. Fue creada por la FSF a mediados de los a&ntilde;os 80. Su versi&oacute;n n&uacute;mero tres se encuentra en discusi&oacute;n y ha creado grandes pol&eacute;micas en la comunidad. </p>     <p>LGPL ( <a href="http://www.gnu.org/licenses/lgpl.html">http://www.gnu.org/licenses/lgpl.html </a>)<span class="superscript">17</span> </p>     <p>Se desarroll&oacute; despu&eacute;s de la GPL. Esta no es exactamente una licencia con copyleft, porque permite una interacci&oacute;n estrecha con programas que no son libres. Es compatible con la GPL y s&oacute;lo se recomienda en casos especiales. Al principio, sus siglas respond&iacute;an al siguiente nombre: “ <em>Library General Public License </em>”, debido a que, en ocasiones, era m&aacute;s conveniente utilizar una GNU/LGPL para bibliotecas de funciones de distintos software. Con posterioridad, cambi&oacute; su prop&oacute;sito y tambi&eacute;n su nombre de <em>Library </em> por <em>Lesser </em>, para convertirse en “ <em>Lesser General Public License </em>”, una licencia con menos restricciones que la GNU /GPL. Entre los proyectos FS que la utilizan para distribuir sus programas, se encuentran OpenOffice.org y Sun Microsystems </p>     <p>MPL ( <a href="http://www.mozilla.org/MPL/MPL-1.1.html">http://www.mozilla.org/MPL/MPL-1.1.html </a>)<span class="superscript">18</span> </p>     <p>Es una licencia FS, pero no es una licencia con copyleft. Presenta restricciones algo complejas. En ella puede coexistir m&aacute;s de un tipo de licencia. Es incompatible con la GPL. Desarrollada originalmente por Netscape Communications Corporation, pas&oacute; despu&eacute;s a la fundaci&oacute;n Mozilla. Esta licencia, debido a que no se sustenta en copyleft, permite el uso comercial de un software que no ofrezca las libertades de uso, distribuci&oacute;n, modificaci&oacute;n y copia. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>MIT o X11 ( <a href="http://www.opensource.org/licenses/mit-license.php">http://www.opensource.org/licenses/mit-license.php </a>)<span class="superscript">19</span> </p>     <p>Es una licencia FS sin copyleft compatible con la licencia GNU/GPL, que incluye ciertas restricciones en el derecho de uso. Permite utilizar el c&oacute;digo del software, modificarlo y distribuirlo comercialmente, sin publicar los cambios que se realicen. </p>     <p>BSD ( <a href="http://www.opensource.org/licenses/bsd-license.php">http://www.opensource.org/licenses/bsd-license.php</a> )<span class="superscript">20 </span></p>     <p>Es una licencia sin copyleft, incompatible con la licencia GNU/GPL. Esta licencia contiene una cl&aacute;usula que ofrece el c&oacute;digo fuente sin ninguna restricci&oacute;n para su uso futuro. Adem&aacute;s, presenta una cl&aacute;usula que establece que donde se mencione el software, se debe incluir una frase que notifique su procedencia. </p> <h6>Copyleft: m&aacute;s all&aacute; del software </h6>     <p>Actualmente, existen varios proyectos que siguen la filosof&iacute;a del copyleft. Sus principios se han trasladado del software al mundo de la documentaci&oacute;n, el arte, la m&uacute;sica y a toda creaci&oacute;n que una persona desee liberar y garantizar su “izquierdo” de propiedad. </p>     <p>Por supuesto, fue necesario realizar algunas modificaciones, porque una obra de arte, por ejemplo, es un tipo de material muy diferente a un software. Cuando nos encontramos con una canci&oacute;n, una pintura, un libro, no podemos modificarlo a nuestro gusto y asumirlo como una obra propia. Las licencias copyleft para las obras de artes por lo general establecen que se debe hacer referencia al autor original en las obras derivadas. Esto tampoco es una soluci&oacute;n muy completa, porque puede asumirse partes de una obra y colocarlas en un contexto que desvirt&uacute;e completamente la idea inicial que tuvo el autor. </p>     <p>De cualquier forma, parece que no existe una soluci&oacute;n a un problema, que pueda malinterpretarse o que su fortaleza se convierta en una debilidad, la responsabilidad queda por parte de los que hacen uso de ella. </p> <h6>Licencias para otras creaciones </h6>     <p>Licencias para el mundo de la documentaci&oacute;n: </p>     <p>GNU Free Documentation License (GFDL) ( <a href="http://www.gnu.org/copyleft/fdl.html">http://www.gnu.org/copyleft/fdl.html </a>)<span class="superscript">21</span> </p>     <p>Es una licencia copyleft para documentos, creada por la Fundaci&oacute;n del FS. No se limita a la documentaci&oacute;n asociada a un software, por lo que puede utilizarse en cualquier tipo de documentos o colecci&oacute;n de estos. La licencia estipula que las copias de la documentaci&oacute;n aun cuando pueda modificarse o no, deben distribuirse con esta licencia. La licencia tambi&eacute;n requiere dar cr&eacute;dito a los autores o editores de la obra de alguna forma. Un proyecto que se ha desarrollado con bastante &eacute;xito en la comunidad y que muestra la utilidad social de este tipo de licencia es Wikipedia: la enciclopedia libre. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Open Publication License ( <a href="http://opencontent.org/openpub/">http://opencontent.org/openpub/ </a>)<span class="superscript">22</span> </p>     <p>Los trabajos distribuidos con esta licencia pueden reproducirse y distribuirse completos o parcialmente, en cualquier medio f&iacute;sico o electr&oacute;nico, siempre que se mantengan los t&eacute;rminos que establece esta licencia en el documento original. Permite la distribuci&oacute;n comercial. </p>     <p>Establece las condiciones para modificar las versiones de un documento, los derechos de propiedad literaria de los autores, el alcance de la licencia, los requisitos que deben cumplir los trabajos modificados, entre otros aspectos. </p>     <p>Licencias copyleft para el mundo del arte </p>     <p>Free Art license ( <a href="http://artlibre.org/licence/lal/es/">http://artlibre.org/licence/lal/es/ </a>)<span class="superscript">23</span> </p>     <p>Es una licencia con copyleft utilizada para las obras de arte. </p>     <blockquote>       <p>“ <em>Autoriza a copiar, difundir y transformar libremente la obra que protege, dentro del respeto a los derechos de su autor. La Licencia Arte Libre no ignora los derechos del autor, sino que los reconoce y protege. La reformulaci&oacute;n de estos principios permite a los usuarios utilizar con creatividad la obra art&iacute;stica </em>”.<span class="superscript">23</span> </p> </blockquote>     <p>Esta licencia respeta los derechos morales de los autores de las obras e incentiva su diseminaci&oacute;n a mayor escala, al permitir su acceso a todos los interesados, por esta raz&oacute;n, es una licencia con copyleft, contraria a lo establecido por la propiedad literaria y art&iacute;stica que tiende a restringir su uso. </p> <h6>Licencia para dise&ntilde;os </h6>     <p>Libre Designs General Public License (LDGPL) <strong></strong>( <a href="http://opendesigns.ourproject.org/article.php3?id_article=3&lengua=en">http://opendesigns.ourproject.org/article.php3?id_article=3&amp;lengua=en </a>) <span class="superscript">24 </span></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Esta licencia se cre&oacute; en el 2003, se basa en la GNU /GPL, sigue los principios del copyleft de copiar, distribuir, modificar y mantener estos privilegios en la creaci&oacute;n original y en las derivadas, pero para dise&ntilde;os, descripciones de dise&ntilde;os; incluye im&aacute;genes, diagramas, los planos, etc&eacute;tera. Incluso, permite la implementaci&oacute;n del dise&ntilde;o. </p> <h6>Licencias para obras musicales </h6>     <p>Free Music Public License (FMPL) ( <a href="http://www.fmpl.org/fmpl.html">http://www.fmpl.org/fmpl.html </a>)<span class="superscript">25 </span></p>     <p>Su creador recomienda tener cuidado en su uso, porque la versi&oacute;n m&aacute;s actualizada de la misma data del 15 de abril del 2001, en su versi&oacute;n 0.7, y es una versi&oacute;n provisional. Su creador no recomienda distribuir m&uacute;sica en estos momentos con esa licencia, pero si es posible distribuir m&uacute;sica que fuera publicada con la licencia anterior a la fecha se&ntilde;alada. </p>     <p>Permite el uso personal de la obra musical, su distribuci&oacute;n, siempre con respeto a la autor&iacute;a, posibilita distribuir trabajos basados en una obra, pero con la misma licencia y una serie de indicaciones m&aacute;s que se recomienda leer en su sitio original. </p>     <p>Open Audio Licence ( <a href="http://www.eff.org/IP/Open_licenses/eff_oal.php">http://www.eff.org/IP/Open_licenses/eff_oal.php </a>)<span class="superscript">26</span> </p>     <p>Creada por Electronic Frontier Foundation en el 2001, es una licencia espec&iacute;fica para regular el uso de obras musicales, permite la distribuci&oacute;n, copia y la modificaci&oacute;n de las canciones, s&oacute;lo exige que se acredite la autor&iacute;a de las canciones. Es compatible con las licencias Creative Commons explicadas en este trabajo. </p>     <p>Es una forma de que las canciones lleguen a su p&uacute;blico, sin restricciones, legaliza lo que hacen muchas personas en el mundo. La distribuci&oacute;n de canciones por la red se realiza a con P2P. </p> <h6>Licencia para el mundo period&iacute;stico </h6>     <p>Licencia 20 Minutos (L20m) ( <a href="http://www.caspa.tv/archivos/000189.html">http://www.caspa.tv/archivos/000189.html </a>)<span class="superscript">27</span> </p>     <p>Creada por <em>Pepe Cervera </em>, periodista, es una licencia copyleft para peri&oacute;dicos fundamentalmente. Su nombre se debe a un peri&oacute;dico de distribuci&oacute;n gratuita en Espa&ntilde;a, titulado “ <em>20 Minutos </em>”, que fue el primero en distribuirse con esta licencia por Internet. </p>     <p>Como lo establece el copyleft, permite copiar, modificar y distribuir una noticia, siempre que el contenido distribuido se adhiera a la esta misma licencia. En la pr&aacute;ctica, se pueden tomar noticias de este diario, y publicarlas en otra web, con s&oacute;lo se&ntilde;alar expl&iacute;citamente su fuente y autor&iacute;a. Esta licencia fue revisada por un bufete de abogados. </p> <h6>Licencias multiuso </h6>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Design Science License ( <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Design_Science_License">http://es.wikipedia.org/wiki/Design_Science_License </a>)<span class="superscript">28 </span></p>     <p>Es otra licencia copyleft, escrita por <em>Michael Stutz</em>. Su objetivo es promover los adelantos en la ciencia y el arte. La licencia describe los t&eacute;rminos y las condiciones en que un autor puede permitir la modificaci&oacute;n, copia y distribuci&oacute;n de un trabajo. </p>     <p>La licencia describe los t&eacute;rminos y condiciones bajo los cuales el autor permite copiar distribuir y modificar copias de un trabajo. Exige que se refiera siempre la licencia en el trabajo, como una forma de mantener su vigencia. </p>     <p>Creative Commons, Attribution-ShareAlike License (CC) ( <a href="http://www.sindominio.net/afe/dos_copyleft/cc.pdf">http://www.sindominio.net/afe/dos_copyleft/cc.pdf </a>)<span class="superscript">29 </span></p>     <p>El Creative Commons es una corporaci&oacute;n sin &aacute;nimo de lucro fundada en el 2001, con el apoyo del Center for the Public Domain. Su objetivo es facilitar las formas de licenciamiento para poder compartir creaciones en la red. </p>     <p>Para facilitar el intercambio de las obras por Internet piensan crear un sistema de metadatos, que describa e identifique el tipo de licencia de la obra, con vistas a que los motores de b&uacute;squeda, puedan asociar cada obra con su tipo de licencia. Pretenden eliminar las restricciones del copyright. Sus licencias se basan en la licencia GNU/GPL . Estas licencias son 4, pero pueden combinarse entre ellas, hasta alcanzar un total de 11. Las cuatro principales son: </p> <ul>       <li> “Atribuci&oacute;n: permite a otros copiar, distribuir, exhibir y ejecutar el trabajo y trabajos derivados de este, s&oacute;lo se da al creador el cr&eacute;dito correspondiente. </li>       <li> No comercial: permite a otros copiar, distribuir, exhibir y ejecutar el trabajo y otros trabajos derivados basados en &eacute;ste, s&oacute;lo para prop&oacute;sitos no comerciales. </li>       <li> Sin trabajos derivados: permite a otros copiar, distribuir, exhibir y ejecutar s&oacute;lo copias literales del trabajo, no trabajos derivados basados en este. </li>       <li> Compartir bajo condiciones similares: permite a otros distribuir trabajos derivados s&oacute;lo bajo una licencia id&eacute;ntica a la licencia que regul&oacute; el trabajo.”<span class="superscript">29</span> </li>     ]]></body>
<body><![CDATA[</ul>     <blockquote>       <p>“ <em>Creative Commons posee entre sus metas principales, la creaci&oacute;n de un espacio que promueva, facilite y garantice el intercambio colectivo de obras y trabajos de artistas, cient&iacute;ficos y creadores de programas, como forma de proteger una cultura de la libertad, basada en la confianza de poder facilitar intercambios creativos comunitarios </em>”.<span class="superscript">29</span> </p> </blockquote> <h6>Otras manifestaciones </h6>     <p>Existen otras manifestaciones defensoras de la libertad de distribuci&oacute;n como son: el movimiento <em>Open Access </em> y el ensayo de Lawrence Lessig, <em>Free Culture</em>. </p>     <p>El movimiento Open Access o Acceso Abierto, dirigido al mundo de las publicaciones cient&iacute;ficas, promueve la diseminaci&oacute;n de art&iacute;culos producto de la investigaci&oacute;n. Ha tenido una fuerte aceptaci&oacute;n en la comunidad. Se inici&oacute; en el 2001, cuando la Public Library of Science, public&oacute; en Internet, una carta dirigida a la comunidad cient&iacute;fica, en la que incentivaba a los investigadores a revindicar el acceso abierto a las publicaciones cient&iacute;ficas por medio de Internet. Desde ese entonces hasta la actualidad, este movimiento creci&oacute; r&aacute;pidamente, hasta lograr que revistas como <em>Nature </em> permitan que los autores de los art&iacute;culos que ella publica, liberen sus trabajos 6 meses despu&eacute;s de ella haberlo publicado en su versi&oacute;n revisada y aceptada. </p>     <p>Para una definici&oacute;n oficial de este movimiento, puede consultarse la “ <em>Declaraci&oacute;n de Budapest </em>” (2002), la “ <em>Declaraci&oacute;n de Bethesda </em>” (2003) y la “ <em>Declaraci&oacute;n de Berl&iacute;n </em>” (2003). Sus firmantes est&aacute;n comprometidos a avalar proyectos que trabajen con esta filosof&iacute;a.<span class="superscript">30 </span></p>     <p>El ensayo de <em>Lawrence Lessig </em>, “ <em>Free Culture </em>”, se refiere a como los grandes medios de comunicaci&oacute;n emplean la tecnolog&iacute;a y las leyes para encerrar la cultura y controlar la creatividad a partir de diferentes ejemplos, trata sobre los excesos de los actuales derechos de autor, la pirater&iacute;a y el copyleft. Se public&oacute; el 25 de marzo del 2004 en Internet con licencia Creative Commons. </p>     <p>El texto no es radical como los que pudieran publicar otros autores, pero denuncia los abusos en el uso de la propiedad, para beneficiar una minor&iacute;a con poder pol&iacute;tico, legal y econ&oacute;mico.<span class="superscript">31</span> </p> <h4>AN&Aacute;LISIS DE LAS LICENCIAS </h4>     <p>Antes de decidirse a utilizar un tipo de licencia, se recomienda utilizar una asesor&iacute;a jur&iacute;dica especializada en esta tem&aacute;tica, porque los t&eacute;rminos suelen crear confusiones y las diferencias entre licencias son muy sutiles. </p>     <p>En el mundo del software, si lo que se quiere es liberar al m&aacute;ximo un determinado programa y que permanezca libre, entonces, sin duda alguna, lo m&aacute;s adecuado es hacerlo mediante una GNU/GPL. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Fuera del mundo del software, las licencias del CC ( Creative Commons ) <strong></strong>son flexibles y permiten al creador escoger diferentes formas para distribuir su obra. </p>     <p>Es importante recalcar que, por lo general, los creadores de una licencia no se responsabilizan con las traducciones existentes de ellas, por lo que para su uso o estudio, se recomienda utilizar las versiones originales en su idioma. </p>     <p>Existen algunas diferencias entre las licencias con copyleft para software y las licencias copyleft para la documentaci&oacute;n, obras de arte y otras creaciones. </p>     <p>Una de ellas se basa en el reconocimiento de la autor&iacute;a, mientras las licencias para el software, en su mayor&iacute;a, no lo contemplan, porque lo creen improductivo, las dem&aacute;s licencias hacen &eacute;nfasis en reconocer la autor&iacute;a de la creaci&oacute;n original. </p>     <p>En ning&uacute;n caso, se hace discrimina comercializaci&oacute;n, se permite el comercio de creaciones liberadas a la comunidad con licencias copyleft. S&oacute;lo que las creaciones de este tipo suelen tener diferentes v&iacute;as de lucro, m&aacute;s justas para los autores y la sociedad, y evitan el enriquecimientos de terceros. </p> <h6>Para Cuba las creaciones no son siempre libres </h6>     <p>Al analizar los par&aacute;metros que debe cumplir una licencia para que proteja un software, y que sea un FS o un OSS, es esencial no restringir su uso, copia, modificaci&oacute;n y distribuci&oacute;n. La OSI deja expl&iacute;citamente claro que no se debe restringir a personas, grupos o campos laborales. La FSF no lo dice expl&iacute;citamente, pero toda su documentaci&oacute;n proclama la libertad como un bien social. </p>     <p>Como puede observarse, la filosof&iacute;a del FS se ha extendido a otras disciplinas, fuera de la programaci&oacute;n para computadoras, para convertirse en un baluarte social de la libertad. </p>     <p>Sin embargo, es oportuno destacar que esta libertad de la que se ha hablado, en ocasiones, debe ir entre comillas. </p>     <p>Las leyes de embargo de los Estado Unidos se superponen a las premisas de la OSI y la FSF, por lo que gran parte del software que para la mayor&iacute;a del mundo es libre, para Cuba, no lo es. </p>     <p>Software como Fedora, distribuido con licencia GPL o OpenOffice.org, distribuido con licencia MPL, entre otros, no pueden descargarse desde Cuba. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Si el software libre, m&aacute;s que una forma de distribuir software es un movimiento social a tono con la realidad que vive actualmente el mundo, es muy cuestionable que se impida a ciertos pa&iacute;ses formar parte de esta sociedad. </p>     <p>A pesar de esto, en Cuba existe un amplio movimiento pro software libre, cada vez son m&aacute;s las instituciones que utilizan aplicaciones de este tipo y se cree en el &eacute;xito de este modelo social. </p>     <p>Desde nuestro punto de vista, cualquier creaci&oacute;n que restrinja alguna de las 4 libertades que ofrece la FSF , a cualquier persona, debe llevar su libertad entre comillas y no de forma libre como el concepto que encierra esta palabra. </p> <h6>Clasificaci&oacute;n de una obra por su autor&iacute;a y contenido </h6>     <p>Para facilitar su licenciamiento, una obra debe clasificarse seg&uacute;n su contenido y autor&iacute;a. </p>     <p>Para esta propuesta, se utilizar&aacute;n las clasificaciones de la propiedad intelectual y otra propuesta por <em>Richard M. Stallman. </em></p>     <p>La propiedad intelectual, como se dijo, se divide en dos grupos, una para el mundo industrial y otro para el cultural. </p>     <p><em>Richard M. Stallman, </em> en una conferencia que ofreci&oacute; en la Universidad de Burdeos, propuso tres categor&iacute;as para las creaciones, y se refiri&oacute; a las libertades que deber&iacute;an tener cada una de las creaciones seg&uacute;n su categor&iacute;a. Las tres categor&iacute;as son: obras funcionales, obras que expresan posiciones personales y obras que son est&eacute;ticas.<span class="superscript">4</span> </p>     <p>La clasificaci&oacute;n de <em>Stallman</em>, seg&uacute;n nuestro criterio, deber&iacute;a tener otra estructura para facilitar el tratamiento de las obras en la comunidad. </p>     <p>Sobre la base de la autor&iacute;a de una obra, puede definirse si es colectiva o personal. La primera se crea por una comunidad, puede tener un l&iacute;der que oriente el trabajo, pero su autor es la comunidad. Esta categor&iacute;a no la contempla la propiedad intelectual, pero s&iacute; <em>Stallman</em>, con el t&eacute;rmino “obra funcional”. La obra personal es aquella con un autor bien definido, sea este una persona, una instituci&oacute;n o un grupo de estos. </p>     <p>Otra clasificaci&oacute;n que no excluye a la anterior es relacionada con el contenido de la obra, el cual puede ser cient&iacute;fico o cultural. La propiedad intelectual las incluye de manera diferente, porque un libro puede ser un manual t&eacute;cnico o una novela e igual se protege con el derecho de autor. <em>Stallman </em> distingue una de otra con los t&eacute;rminos “posiciones personales” y “obras est&eacute;ticas”. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Las funciones de una obra cient&iacute;fica y una cultural son diferentes, la primera se propone diseminar los avances de determinada &aacute;rea del conocimiento y la segunda suele tener un car&aacute;cter social cultural. En otras palabras, cuando las personas leen un art&iacute;culo cient&iacute;fico de una revista, se informan sobre los adelantos de un &aacute;rea del conocimiento humano, pero cuando leen una novela, lo hacen para alimentar su esp&iacute;ritu. </p>     <p>Los autores de la primera categor&iacute;a no suelen ser escritores de profesi&oacute;n, sino profesionales que, despu&eacute;s de realizar su investigaci&oacute;n, plasman su conocimiento para hacerlo llegar a los dem&aacute;s, para que este perdure en el tiempo, para promover el desarrollo, pero su trabajo suele remunerarse antes. </p>     <p>En el segundo caso, los autores suelen ser escritores de formaci&oacute;n, aun cuando puedan ejercer otras funciones -en ocasiones, debido a la falta de presupuesto para ejercer su profesi&oacute;n. Estos crean obras de arte que elevan el nivel cultural de una sociedad. </p>     <p>En cuestiones de costo, las obras t&eacute;cnicas suelen generalmente ser mucho m&aacute;s caras que las culturales. </p>     <p>Si se grafica la clasificaci&oacute;n propuesta tendr&iacute;amos: </p>     <p><a href="/img/revistas/aci/v15n1/g0108107.jpg"><img src="/img/revistas/aci/v15n1/g0108107.jpg" width="259" height="97" border="0"></a></p>     
<p>Es importante aclarar que un creador debe ser la m&aacute;xima autoridad para determinar como se debe distribuir su creaci&oacute;n. Y puede que este no desee publicar sus creaciones bajo la filosof&iacute;a del copyleft, con lo cual se asume una actitud ego&iacute;sta, de no cooperaci&oacute;n con respecto a la sociedad, pero que es su derecho. </p>     <p>Desde una visi&oacute;n social y cooperativa, la libertad de uso y copia debe ser igual para todas las categor&iacute;as. </p>     <p>La diseminaci&oacute;n, por otra parte, para las obras personales debe ser libre, siempre que no se pretenda lucrar con ella; en este caso, su creador debe recibir una compensaci&oacute;n justa en correspondencia con la cantidad lucrada. Con las obras colectivas no se debe lucrar bajo ning&uacute;n concepto, porque es el fruto de la comunidad y no de un autor definido. </p>     <p>Desde nuestra perspectiva, la modificaci&oacute;n de cualquiera de estos tipos de obras y su diseminaci&oacute;n como una obra propia no es correcta. Esto dar&iacute;a lugar a que otras personas se apropiaran de ideas que no fueron inicialmente suyas. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Adem&aacute;s, existen mecanismos y m&uacute;ltiples estilos -ISO 690, Harvard, Vancouver, etc&eacute;tera- para referenciar una obra. Nos referimos a las citas y las referencias. Estas, adem&aacute;s, permiten realizar estudios m&eacute;tricos que identifican cuales son los autores m&aacute;s citados, los trabajos con m&aacute;s impacto en la sociedad y otros aspectos referentes a la influencia de la obra en un contexto determinado. Muchos materiales f&iacute;lmicos, por ejemplo, representan una historia anteriormente escrita como novela y hacen alusi&oacute;n a ello con una nota semejante a esta: “ <em>Basada en la novela de V&iacute;ctor Hugo </em>”. </p>     <p>En resumen, la sociedad deber&iacute;a de ser libre para copiar, usar, modificar y distribuir, siempre con un respeto por dos aspectos fundamentalmente: primero, si la distribuci&oacute;n se realiza con fines de lucro, recompensar a su creador, o lo que es igual, que el creador tenga derecho a exigir una compensaci&oacute;n ,y adem&aacute;s, que la distribuci&oacute;n de obras modificadas se realice con una referencia a la obra original. </p>     <p>Con el primer aspecto, se logra una retribuci&oacute;n econ&oacute;mica directa y justa y por otra parte, se pueden realizar estudios, que permitan reconocer cuan destacada fue una creaci&oacute;n para la sociedad en su contexto espec&iacute;fico. </p>     <p>Esta visi&oacute;n incluye al mundo del software. Hay quienes plantean que es improductivo referenciar todo el c&oacute;digo que una persona utiliza en un programa y ven la referencia como una forma de promoci&oacute;n. Sin embargo, reconocer la autor&iacute;a de una creaci&oacute;n forma parte de la compensaci&oacute;n que se ofrece a su creador. </p> <h4>COPYLEFT Y GESTI&Oacute;N DEL CONOCIMIENTO </h4>     <p>Todo el esfuerzo que se realice para que los conocimientos de las personas se transformen en expl&iacute;citos con vistas a su aprovechamiento con diferentes prop&oacute;sitos es gesti&oacute;n del conocimiento. Por eso, la posibilidad de estudiar, mejorar, modificar y distribuir una creaci&oacute;n por una comunidad es una forma de compartir conocimientos. </p>     <blockquote>       <p>“ <em>Nadie tiene ideas que no fueran directa o indirectamente influenciadas por las relaciones sociales que mantiene en las comunidades de las que forma parte, y si la g&eacute;nesis es social, el uso debe ser social tambi&eacute;n </em>”.<span class="superscript">32</span> </p> </blockquote>     <p>A partir del estudio o utilizaci&oacute;n de una creaci&oacute;n queda una experiencia de trabajo que define aquellos aspectos en los que esta debe mejorarse. La comunidad que la utiliza trabaja sobre esta base, y la actividad es totalmente innovadora. Los resultados se liberan a todos aquellos que est&aacute;n interesados, as&iacute; se evita la duplicidad de esfuerzos y el r&aacute;pido desarrollo de una actividad. Por la din&aacute;mica de trabajo que promueve el copyleft, se genera una comunidad de interesados en perfeccionar sistemas de forma voluntaria, cuyo &uacute;nica recompensa es sentirse reconocidos por la comunidad en cuesti&oacute;n. </p>     <p>Ofrecer a la comunidad nuestra labor es una forma de recompensarla por lo que un d&iacute;a ella nos dio; de esta forma, se garantiza su desarrollo continuo. </p> <h4>COPYLEFT Y MERCADO </h4>     <p>Las compensaciones econ&oacute;micas alternativas para compensar el trabajo de creadores se encuentran en correspondencia con el tipo espec&iacute;fico de creaci&oacute;n. Si bien un m&uacute;sico puede recibir una compensaci&oacute;n por su obra mediante un concierto, un pintor puede hacerlo por medio de exposiciones de su obra y un cient&iacute;fico, con el financiamiento de sus proyectos. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>Ser&iacute;a interesante definir las diferentes clases de creadores que existen y las formas alternativas de las que ellos pudieran disponer para compensar su labor. </p>     <p>Los productos que se diseminan a la comunidad con licencias copyleft no suelen ser tan lucrativos como los puramente propietarios. Esto es visto por algunos como algo negativo, pero pudiera esto puede leerse de muchas formas. </p>     <p>Por ejemplo, Microsoft como una gran empresa que produce software propietario y Red Hat que distribuye software Open Source. La primera es mucho m&aacute;s lucrativa que la segunda. El primer modelo, sin embargo, acent&uacute;a las diferencias entre ricos y pobres de una manera significativa y esto hace que esta alternativa no sea viable para el desarrollo sostenible de nuestras sociedades. Este aspecto, solo, refuerza la necesidad de apoyar estas iniciativas en la sociedad. </p>     <p>Las empresas que desean lucrar con software licenciado con copyleft deber&aacute;n hacerlo fundamentalmente por medio de entrenamientos a sus usuarios, las certificaciones, los servicios de soporte, pero indudablemente dispondr&aacute;n de menos posibilidades de lucrar directamente con la venta del software. </p>     <p>Para las obras de arte, por su parte, se requiere buscar mecanismos alternativos a los tradicionales. Informaci&oacute;n al respecto pueden encontrarse en varios sitios en Internet. Algunas de estas soluciones se basan en la recaudaci&oacute;n monetaria en los conciertos, las exposiciones, el patrocinio por parte de instituciones a determinados sitios que faciliten al acceso a este tipo de obras, la conversi&oacute;n de los ISP ( Internet Service Provider ) en puntos de recaudaci&oacute;n con el intercambio P2P, ( peer-to-peer), - una red inform&aacute;tica entre iguales que no tiene clientes y servidores fijos, sino una serie de nodos que se comportan, a la vez, como clientes y como servidores de los dem&aacute;s nodos de la red -, <strong></strong>es decir que los que deseen bajar de Internet este tipo de informaci&oacute;n, deben utilizar el servicio P2P, este se cobra y esa recaudaci&oacute;n puede utilizarse para compensar a los creadores de las obras. </p>     <p>Un ejemplo real de este tipo de empresa es el colectivo Wu Ming, que publica libros con una nota que aclara que se permite la reproducci&oacute;n total o parcial de esta obra y su difusi&oacute;n telem&aacute;tica siempre que sea para el uso personal de los lectores y no con fines comerciales.<span class="superscript">32</span> As&iacute;, las personas pueden descargar la obra, leerla y compartirla con amigos. Muchos creer&aacute;n que, con esta f&oacute;rmula de distribuci&oacute;n, no se vender&aacute; una copia del ejemplar impreso, sin embargo, existen obras en este sitio, que han superado la venta de doscientas mil copias. Las personas cuando gustan de un libro suelen regalarlo a varios amigos y deciden comprar una copia impresa. En este caso, la diseminaci&oacute;n por la red s&oacute;lo ayuda a promover la venta de la obra y no lo contrario. </p> <h4>REFERENCIAS BIBLIOGR&Aacute;FICAS </h4>     <!-- ref --><p> 1. OMPI. Organizaci&oacute;n Mundial de la Propiedad Intelectual. Disponible en: <a href="http://www.wipo.int/index.html.es">http://www.wipo.int/index.html.es </a> [Consultado: 3 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 2. U.S. Copyright Office. Fundamentos del derecho de autor (Copyright). Disponible en: <a href="http://www.copyright.gov/circs/circ1-espanol.html">http://www.copyright.gov/circs/circ1-espanol.html </a> [Consultado: 5 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 3. Estela A. Copyleft, o una nueva conciencia para el ecosistema cultural. Disponible en: <a href="http://www.sindominio.net/afe/dos_copyleft/ecosistema.pdf">http://www.sindominio.net/afe/dos_copyleft/ecosistema.pdf </a> [Consultado: 5 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 4. El copyright contra la comunidad en la era de las redes de ordenadores. Disponible en: <a href="http://biblioweb.sindominio.net/telematica/stallman-copyright.html">http://biblioweb.sindominio.net/telematica/stallman-copyright.html </a> [Consultado: 5 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 5. Free Software Foundation. El Proyecto GNU. Disponible en: <a href="http://www.gnu.org/gnu/thegnuproject.es.html">http://www.gnu.org/gnu/thegnuproject.es.html </a> [Consultado: 4 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 6. Free Software Foundation. The GNU Operating system. Disponible en: <a href="http://www.gnu.org">http://www.gnu.org</a> [Consultado: 4 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 7. Open Source Initiative. Open Source Initiative OSI. Welcome. Disponible en: <a href="http://www.opensource.org/docs/osd-spanish.html">http://www.opensource.org/docs/osd-spanish.html </a> [Consultado: 3 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 8. Free Software Foundation Qu&eacute; es Copyleft? Disponible en: <a href="http://www.gnu.org/copyleft/copyleft.es.html">http://www.gnu.org/copyleft/copyleft.es.html </a>[Consultado: 3 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 9. Copyleft. Disponible en: <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Copyleft">http://es.wikipedia.org/wiki/Copyleft </a> [Consultado: 3 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 10. Cervera J. 216 segundos. Disponible en: <a href="http://www.sindominio.net/afe/dos_copyleft/216segundos.pdf">http://www.sindominio.net/afe/dos_copyleft/216segundos.pdf </a> [Consultado: 4 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 11. Fundaci&oacute;n Copyleft. Disponible en: <a href="http://www.fundacioncopyleft.org/index.html">http://www.fundacioncopyleft.org/index.html </a> [Consultado: 3 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 12. Raymond ES. La Catedral y el bazar. Disponible en: <a href="http://www.sindominio.net/biblioweb/telematica/catedral.html">http://www.sindominio.net/biblioweb/telematica/catedral.html </a> [Consultado: 4 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 13. Free Software Foundation. Licencias. Disponible en: <a href="http://www.gnu.org/licenses/licenses.es.html">http://www.gnu.org/licenses/licenses.es.html </a> [Consultado: 8 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 14. Free Software Foundation. Licenses. Disponible en: <a href="http://www.fsf.org/licenses/license-list.html">http://www.fsf.org/licenses/license-list.html </a>[Consultado: 5 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 15. Open Source Initiative . Licensing. Disponible en: <a href="http://opensource.org/licenses/index.php">http://opensource.org/licenses/index.php </a> [Consultado: 3 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 16. Free Software Foundation. GPL. Disponible en: <a href="http://www.gnu.org/copyleft/gpl.html">http://www.gnu.org/copyleft/gpl.html </a>[Consultado: 4 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 17. Free Software Foundation. LGPL. Disponible en: <a href="http://www.gnu.org/licenses/lgpl.html">http://www.gnu.org/licenses/lgpl.html </a>[Consultado: 5 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 18. Mozilla Public License Version 1.1. Disponible en: <a href="http://www.mozilla.org/MPL/MPL-1.1.html">http://www.mozilla.org/MPL/MPL-1.1.html </a>[Consultado: 4 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 19. Open Source Initiative . The MIT License. Disponible en: <a href="http://www.opensource.org/licenses/mit-license.php">http://www.opensource.org/licenses/mit-license.php </a>[Consultado: 5 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 20. Open Source Initiative . The BSD License. Disponible en: <a href="http://www.opensource.org/licenses/bsd-license.php">http://www.opensource.org/licenses/bsd-license.php </a>[Consultado: 3 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 21. Free Software Foundation. GNU Free Documentation License. Disponible en: <a href="http://www.gnu.org/copyleft/fdl.html">http://www.gnu.org/copyleft/fdl.html </a>[Consultado: 5 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 22. Open Publication License Disponible en: <a href="http://opencontent.org/openpub/">http://opencontent.org/openpub/ </a> [Consultado: 6 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 23. Licencia Arte Libre. Disponible en: <a href="http://artlibre.org/licence/lal/es/">http://artlibre.org/licence/lal/es/ </a> [Consultado: 7 de julio del 2006]. <p> 24. Libre Designs General Public License 'LDGPL' . Disponible en: <a href="http://opendesigns.ourproject.org/article.php3?id_article=3&lengua=en">http://opendesigns.ourproject.org/article.php3?id_article=3&amp;lengua=en </a>[Consultado: 8 de julio del 2006]. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<!-- ref --><p> 25. The Free Music Public License (FMPL). Disponible en: <a href="http://www.fmpl.org/fmpl.html">http://www.fmpl.org/fmpl.html </a>[Consultado: 5 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 26. EFF Open Audio License. Disponible en: <a href="http://www.eff.org/IP/Open_licenses/eff_oal.php">http://www.eff.org/IP/Open_licenses/eff_oal.php </a>[Consultado: 5 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 27. Licencia L20m. Disponible en: <a href="http://www.caspa.tv/archivos/000189.html">http://www.caspa.tv/archivos/000189.html </a>[Consultado: 5 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 28. Design Science License. Disponible a trav&eacute;s de Wikipedia, la enciclopedia libre en: <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Design_Science_License">http://es.wikipedia.org/wiki/Design_Science_License </a>[Consultado: 3 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 29. Vercelli AH. Creative Commons y la profundidad del copyright. Disponible en: <a href="http://www.sindominio.net/afe/dos_copyleft/cc.pdf">http://www.sindominio.net/afe/dos_copyleft/cc.pdf </a>[Consultado: 5 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 30. Mellero R. Acceso abierto a las publicaciones cient&iacute;ficas: definiciones, recursos, copyright e impacto. El Profesional de la Informaci&oacute;n 2005;14(4):255-66. <!-- ref --><p> 31. Lessig L. Cultura libre: c&oacute;mo los grandes medios usan la tecnolog&iacute;a y las leyes para encerrar la cultura y controlar la creatividad. Disponible en: <a href="http://cyber.law.harvard.edublogs/gems/ion/Culturalibre.pdf">http://cyber.law.harvard.edublogs/gems/ion/Culturalibre.pdf </a> [Consultado: 5 de julio del 2006]. <!-- ref --><p> 32. IL MS. El copyleft explicado a los ni&ntilde;os. Disponible en: <a href="http://www.sindominio.net/afe/dos_copyleft/ninios.pdf">http://www.sindominio.net/afe/dos_copyleft/ninios.pdf </a>[Consultado: 5 de julio del 2006]. <p>Recibido: 30 de diciembre del 2006. Aprobado: 11 de enero del 2007.     <br> Lic. <em>Mabel Rodr&iacute;guez Mederos</em>. Direcci&oacute;n T&eacute;cnica Gesti&oacute;n del Conocimiento. Uni&oacute;n Cuba Petr&oacute;leo. Oficios No. 154 e/ Teniente Rey y Amargura. Haban Vieja. Ciudad de La Habana. Cuba. Correo electr&oacute;nico: <a href="mailto:mederos@union.cupet.cu">mederos@union.cupet.cu </a></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><a href="#cargo">Licenciada en Informaci&oacute;n Cient&iacute;fico T&eacute;cnica y Bibliotecolog&iacute;a. Direcci&oacute;n T&eacute;cnica Gesti&oacute;n del Conocimiento. Uni&oacute;n Cuba Petr&oacute;leo.</a><a name="autor"></a>  </p>     <p>Ficha de procesamiento </p>     <p>Clasificaci&oacute;n: Art&iacute;culo de revisi&oacute;n. </p>     <p>T&eacute;rminos sugeridos para la indizaci&oacute;n </p>     <p>Seg&uacute;n DeCS<span class="superscript">1</span> </p>     <p>INTERNET; BIBLIOTECAS; PROGRAMAS DE COMPUTACI&Oacute;N.     <br>   INTERNET; LIBRARIES; SOFTWARE. </p>     <p>Seg&uacute;n DeCI<span class="superscript">2</span> </p>     <p>INTERNET; BIBLIOTECAS; PROGRAMAS DE COMPUTADORAS; DERECHO DE AUTOR.     <br>   INTERNET; LIBRARIES; SOFTWARE; COPYRIGHT. </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><span class="superscript">1</span>BIREME. Descriptores en Ciencias de la Salud (DeCS). Sao Paulo: BIREME, 2004. </p>     <p>Disponible en: <a href="http://decs.bvs.br/E/homepagee.htm ">http://decs.bvs.br/E/homepagee.htm </a></p>     <p><span class="superscript">2</span>D&iacute;az del Campo S. Propuesta de t&eacute;rminos para la indizaci&oacute;n en Ciencias de la Informaci&oacute;n. Descriptores en Ciencias de la Informaci&oacute;n (DeCI). Disponible en: <a href="http://cis.sld.cu/E/tesauro.pdf ">http://cis.sld.cu/E/tesauro.pdf </a></p>      ]]></body><back>
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