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Revista Universidad y Sociedad

On-line version ISSN 2218-3620

Universidad y Sociedad vol.13 no.5 Cienfuegos Sept.-Oct. 2021  Epub Oct 02, 2021

 

Artículo Original

Political rights and democratic principles in the context of distrust of the electoral system: the center of the debate

Derechos políticos y principios democráticos en el marco de la desconfianza del sistema electoral: el centro del debate

0000-0003-1152-104XJuan Carlos Arandia Zambrano1  *  , 0000-0001-7825-1860José Luis Rodríguez Daza1  , 0000-0002-8376-3737Génesis María Vinueza Patiño1 

1 Universidad Regional Autónoma de Los Andes. Ecuador

ABSTRACT

Political rights and democratic principles of electoral law, in the context of the existing distrust towards the institutions that make up democracy, which significantly erodes the legitimacy of its processes, putting in crisis the entire democratic system, the organs that compose it and therefore the State. These political rights and their importance make possible the proper functioning of a legitimate democratic system and are endorsed by different international instruments that guarantee fundamental human rights. These are constituted in moral representations that seek to create awareness in the operators of the institutions, adapting the rules to social realities. And it gathers the elements that combine to create a climate of distrust in the institutions that make up the electoral system.

Key words: Law; democracy; crisis

RESUMEN

Los Derechos políticos y los principios democráticos del Derecho electoral, en el marco de la desconfianza existente hacia las instituciones que conforman la Democracia, lo cual erosiona de manera significativa la legitimidad de sus procesos, poniendo en crisis todo el Sistema Democrático, los órganos que lo componen y por ende al Estado. Estos derechos políticos y la importancia hacen posible el funcionamiento adecuado de un sistema democrático legítimo, y se encuentran refrendados por diferentes instrumentos internacionales que garantizan los derechos humanos fundamentales. Estos se constituyen en representaciones morales que buscan crear conciencia en los operadores de las instituciones, adecuando las normas a las realidades sociales. Y recoge los elementos que se conjugan para crear un clima de desconfianza en las instituciones que conforman el sistema electoral.

Palabras-clave: Derecho; democracia; crisis

Introducción

El mundo contemporáneo se ha caracterizado por una dinámica política que, de una u otra manera, incide en las formas de gobernar y de legitimar los procesos propios de un Estado que se considera democrático y que tenga como fin último, la solución de asuntos y controversias en beneficio de la colectividad, respetando sus derechos más elementales.

Y es que, esa colectividad, apuesta por una buena gestión de sus gobernantes, al depositar sus esperanzas en manos de estas personas quienes se tornan en sus representantes para desenvolverse en los asuntos públicos. Esta representación se delega al ejercer ciertos derechos civiles y políticos consagrados tanto en los ordenamientos jurídicos nacionales, propios de cada país, como en instrumentos internacionales que dan operatividad y garantizan el ejercicio de estos para consolidar la democracia.

Asimismo, es importante mencionar que en algunos países existe también la posibilidad de que los ciudadanos puedan involucrarse directamente en los asuntos públicos, discutiendo sobre los asuntos propios de sus comunidades, llamándola democracia participativa y protagónica.

Según Dalla (2011), los derechos políticos son de importancia fundamental y se relacio nan estrechamente con otros derechos que, al ejercerse plenamente, hacen posible el adecuado funcionamiento de un sistema democrático y plural. El derecho a elegir y ser elegido es uno de los elementos esenciales para la existencia de la democracia y una de las formas en que los ciudadanos ex presan libremente su voluntad y ejercen el derecho a la participación políti ca. Este derecho implica que los ciudadanos pueden decidir directamente y elegir libremente y en condiciones de igualdad a quienes los representarán en la toma de decisiones de los asuntos públicos. (Bernales, 2006).

Sin embargo, como señala Romero (2017), hay que tomar en cuenta que este tipo de democracia, anteriormente se daba sin contemplar a todos los ciudadanos para debatir acerca de los asuntos públicos o problemas que enfrentaba la sociedad, es por ello por lo que surgió la democracia representativa, en donde un grupo de gobernantes elegidos por la sociedad son quienes van a tomar las decisiones acerca de los asuntos públicos.

Lo importante es señalar que la existencia de los derechos políticos, no solo son refrendados por normas, sino que a la par se encuentran una serie de principios que brindan una garantía proteccionista para el reconocimiento de estos derechos; sin embargo y pese a lo anterior, aún y cuando, tanto la estructura normativa como los principios se encuentran bien estructurados, existe una marcada desconfianza en las instituciones que manejan el sistema electoral, por cuanto no permiten al ser humano disfrutar a plenitud de una cierta esfera de libertad y autonomía, lo cual lleva al individuo, en su calidad de ciudadano, a no participar en las elecciones o en la conducción de los asuntos públicos de la comunidad.

Metodología

Esta investigación es de tipo Documental, bajo una modalidad cualitativa por referirse y analizar a un conjunto de discursos entre los sujetos y la relación que existe entre ellos. De la misma manera se utilizó para la presente investigación un método analítico, ya que se abordó detalladamente las diferentes posturas de una serie de autores, y con esto generar una postura propia desarrollada en el trabajo investigativo. De la misma manera se empleó el método hermenéutico y deductivo, al realizar interpretaciones comparativas de la normativa pertinente al tema desarrollado.

Desarrollo

Mucho se habla sobre los derechos políticos; sin embargo, la importancia y el alcance que estos revisten se circunscriben al fortalecimiento de la democracia y la salvaguarda de los derechos humanos, al posibilitar, mediante su ejercicio, tomar parte en el gobierno y participar en elecciones genuinas, periódicas, libres y secretas.

En atención a lo anterior, el ejercicio de los mismos se encuentra relacionado principalmente con el derecho a la libertad de expresión, de asociación y de reunión, ya que para ejercerlos, es indispensable que se permita a los ciudadanos expresarse libremente respecto a las cuestiones públicas y políticas de la sociedad a la que pertenecen y a que se les permita reunirse o asociarse de la forma que más les convenga para participar en los asuntos públicos, siempre y cuando lo hagan de forma lícita.

Los Derechos políticos son aquellos que en esencia conceden a su titular una participación en la formación de la voluntad social. En otros términos, estos derechos permiten la participación de los individuos, a quienes se les ha conferido la ciudadanía, en la estructuración política de la comunidad social de que son miembros y en el establecimiento de las reglas necesarias al mantenimiento del orden social.

Por su parte, Molina (2006), señala que los derechos políticos, llamados también derechos del ciudadano, son prerrogativas reconocidas exclusivamente a las personas con la calidad de ciudadanos precisamente, que facultan y aseguran su participación en la dirección de los asuntos públicos, incluido el derecho a votar y ser votado.

Para el autor Ulloa (2006), los derechos políticos han sido conceptualizados como el conjunto de condiciones que posibilitan al ciudadano participar en la vida política. Señalando que la nota que distingue este derecho es precisamente la de construir una relación entre el ciudadano y el Estado, un diálogo entre gobernantes y gobernados y, en líneas generales, representa en su conjunto, los instrumentos que posee el ciudadano para participar en la vida pública, en el poder político y decidir en la vida política del Estado.

En el ámbito del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, los derechos políticos, pertenecen a los llamados derechos de primera generación o derechos de libertad, junto a los derechos civiles. En ese entender, los derechos políticos facilitan al ciudadano a participar en los asuntos públicos y en la conformación política de la comunidad de la cual forman parte. Es decir, al ciudadano se le otorga la posibilidad para integrar socialmente la estructura política y, de esta manera, participar en la expresión de la soberanía nacional.

De igual manera, es necesario destacar que los derechos políticos proceden tanto de la idea de la libertad política como de la libertad individual, no siéndole concedida a todos los individuos, sino, sólo a los que están en edad de ejercerlos, suponiendo una limitante legal para su efectivo ejercicio.

En efecto, existen restricciones o limitaciones legítimas para el ejercicio de los Derechos políticos, aún y cuando, en principio, el ejercicio de estos no puede negarse ni restringirse, salvo por los motivos señalados por las leyes instituidas en los ordenamientos jurídicos de cada país, los cuales deben ser objetivos y fundamentados, preservando condiciones de libertad e igualdad y evitando todo tipo de discriminación por género, raza, color o condición social.

La participación política en el sistema de protección internacional de los derechos humanos

Los Derechos Políticos no se agotan en el plano nacional, sino que trascienden fronteras porque en él se involucran derechos revestidos de un alto grado de respeto que se materializan a través del resguardo que debe proporcionar el Estado al no impedir su libre ejercicio, siendo estos irrenunciables e intransferibles, otorgando, en ese sentido, la libertad de participar en los asuntos políticos, así como ejercer el Derecho al sufragio o al voto y el Derecho a elegir o ser elegido, teniendo igualmente la posibilidad de afiliarse al partido político de su preferencia, siendo estos reconocidos en la esfera internacional y recogidos en valiosos instrumentos internacionales para refrendar su resguardo jurídico y garantizar su ejercicio efectivo.

En el ámbito del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, los derechos políticos pertenecen, juntos a los derechos civiles, a los llamados derechos de la primera generación o derechos de la libertad dentro de los cuales se pueden mencionar como los más importantes el Derecho al voto, es decir el derecho que asiste a cualquier ciudadano de elegir a quienes hayan de ocupar determinados cargos públicos, por medio de elecciones realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores. El otro Derecho presente es el de ser electo, es decir, los ciudadanos pueden postularse para ser elegidos con el fin de ocupar determinados cargos públicos.

Es por ello por lo que, desde la Declaración Americana y la Declaración Universal, los derechos políticos han venido configurándose como una categoría de los derechos humanos, hecho reforzado por su inclusión en numerosos tratados y convenciones que han desarrollado lo que hoy en día conocemos como el derecho internacional de los derechos humanos (Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 1948).

Todos estos instrumentos de carácter internacional refrendan los contenidos jurídicos establecidos en las legislaciones nacionales de cada país, por ello, establecen obligaciones a los Estados sobre los derechos políticos para que se creen las condiciones necesarias que den cabida a la participación ciudadana y se ejercite plenamente en todos los aspectos de la vida; garantizando la participación de la sociedad en los asuntos públicos, promoviendo la democracia (Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 1948). El derecho de votar y el derecho de ser elegida o elegido; ello fortalece la vigencia y eficacia del Estado de derecho, así como garantizar el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de las personas (Bermúdez, et al., 2006).

Principios democráticos en el sistema electoral el derecho electoral

Los estudios de Derecho Electoral se han centrado en el análisis, y sus repercusiones, de los sistemas electorales. Sin embargo, el ámbito del Derecho Electoral va más allá del estudio de los sistemas electorales, no debiendo identificarse tampoco con la problemática del derecho de sufragio, pues como ha señalado el propio Nohlen (1998), por Derecho Electoral debemos entender tanto el conjunto de normas jurídicas que regulan la elección de los órganos representativos, como el conjunto de normas jurídicas que afectan al derecho del individuo a participar en la designación de esos órganos representativos.

En ese sentido, Orozco (1998), señala que éste se caracteriza por ser “la disciplina científica que ha venido configurando un campo de estudio propio y autónomo, que consiste precisamente en las correspondientes normas jurídicas electorales, con base en principios, métodos, fines y características específicas"ampliando su radio de acción.

Dalla (2004), por su parte, observa al Derecho electoral, desde dos ópticas, por un lado, desde el punto de vista objetivo, considera que este derecho viene a regular la actividad electoral en cuanto a sus sujetos, su objeto, los sistemas electorales, etc.; por ello tiene el propósito de estudiar el electorado, el objeto sobre el que se recaba una determinada Opinión (ej. consulta), o bien, los sistemas. En tanto que, desde el punto de vista subjetivo, descarga la potencia de determinar sujetos para votar o ser elegidos.

Según esta realidad, este derecho no solo abarca las normas que sistematizan todo el proceso electoral, sino que de una u otra manera evalúa una serie de incidencias de carácter sociopolítico y es que, en efecto, en este punto, es importante destacar que los derechos políticos, dada su pluralidad, no se agotan sólo en los derechos de elegir y ser elegido o de participar en los procesos electorales, sino que, como consecuencia de esos derechos y ante opciones de desconocimiento de resultados, o de los derechos de participación activa, surgen las garantías y protecciones para accionar judicialmente, mediante recursos legales efectivos que garanticen los derechos políticos de las ciudadanas y ciudadanos.

La desconfianza en el sistema electoral

Pese a la existencia de normas y de principios que sustentan las garantías ofrecidas por el derecho electoral, es necesario traer a colación que, en los países de América Latina existe una significativa desconfianza en las actuaciones de estos y, en especial en el desenvolvimiento de los procesos electorales.

Por ello, una de las diferencias que existen en la confianza hacia las instituciones que manejan los procesos de democratización entre los países de América Latina y los de Europa, básicamente se sustentan en que en algunos casos, a nivel de Latinoamérica, no se ha logrado generar la suficiente confianza en dichos procesos, en tanto que, en Europa, se cuentan con unos modelos gubernamentales de elecciones donde la función electoral es desarrollada por entidades de la administración pública, y esto es debido a que existen niveles de confianza sobre capacidad, profesionalidad e imparcialidad del aparato burocrático; en cambio en América Latina la actividad electoral es desarrollada por instituciones propias, en principio autónomas, pero que son de fácil manejo y control por los propios órganos del Estado, volviéndose parciales, partidistas, poco confiables y lejos de darle cumplimiento a las disposiciones éticas, morales y legales (Nohlen, et al., 1998).

Por eso es por lo que en América Latina han existido muchos momentos de inflexión que han puesto en tela de juicio el desenvolvimiento de los procesos electorales, países como Venezuela, Ecuador, Chile, Colombia, México, Bolivia, han vivido la crisis de representatividad de sus instituciones dada la vulnerabilidad de sus respectivos sistemas electorales.

Entonces, nos encontramos, por un lado, con un sistema plegado de normas y resoluciones que controlan el proceso electoral, mientras que, por el otro, un interés inminentemente político que persigue apoderarse, manejar y controlar las instituciones electorales; siendo que, a la final, esos sistemas normativos tan rígidos dispuestos en cada uno de los países, lamentablemente no se cumplen, poniendo en jaque todo el sistema democrático.

Por ello, para Morris (2011), los desafíos que enfrenta el Estado de derecho (corrupción, crimen, usos y abusos sobre derechos humanos) se multiplican en un clima generalizado de desconfianza institucional que erosiona la legitimidad.

Ahora bien, aun y cuando la democracia sigue siendo el sistema político mejor acogido en gran parte del mundo, los niveles de desconfianza en las instituciones, en sus operadores, en los partidos políticos, en sus representantes, supone una pérdida de la importancia que reviste este sistema.

Sin embargo, no se trata del desconocimiento de la Democracia en sí, sino que, como señala Inglehart, et al. (1996), la desconfianza es producto del cambio de valores sociales predominantes, producido por las nuevas pautas de consumo y relacionamiento social en las sociedades complejas. La individualización y el desprestigio de las autoridades tradicionales motivan, especialmente en las nuevas generaciones, un sentimiento de desconfianza hacia las instituciones políticas.

Por lo general, en el sistema electoral son más importantes las decisiones de las instituciones que el voto de los ciudadanos, el cual siempre pasa relegado a ocupar contradictoriamente un segundo plano, entonces nos preguntamos de qué sistema democrático estamos hablando, cuando siempre se ha sostenido que la importancia de la soberanía reside en el poder del pueblo, pero la realidad es que definitivamente éste siempre es ignorado.

Como punto de reflexión es importante considerar que los derechos políticos, aun y cuando se encuentran reconocidos tanto en las normas que componen el ordenamiento jurídico de cada país, también cuenta con el refrendado de los diferentes instrumentos internacionales, aunado al reforzamiento de la presencia de principios que dan sostén moral a los mismos; sin embargo, pese a este cúmulo de herramientas de orden legal que de una u otra manera validan el reconocimiento de los derechos políticos, en especial los derechos de participación activa del ciudadano, en algunos países, en especial los de América Latina existe una marcada desconfianza hacia los sistemas electorales que son, los que en definitiva, establecen el esquema para el ejercicio de los derechos electorales.

Por ello, no se trata de crear o modificar los instrumentos legales existentes, que de por sí, por lo general no se cumplen; se trata más bien de un problema de falta de ética y de valores por parte de aquellos quienes operan estas instituciones, se trata de que los Estados, a través de sus poderes, deben repensar sobre sus actuaciones para reforzar las instituciones, pues de lo contrario quedaría vulnerable la estabilidad democrática, la cual es importante para garantizar el estado social de derecho y de justicia, sobre todo en estos momentos de crisis y de desconfianza.

En efecto, si existen altos niveles de desconfianza sobre las instituciones democráticas se presenta una crisis de legitimidad y de representatividad, por ello la confianza y la legitimidad deben ir de la mano para preservar las instituciones democráticas, revestido por el reconocimiento de los derechos políticos y los principios democráticos que dan vida al sistema electoral y por ende a una democracia legítima.

Es oportuno destacar que la desconfianza no se sustenta en un problema de falta de estructura jurídica o de carencia de normas y leyes, porque estas existen e, incluso, se podrá decir que, en exceso, aparte de contar con instrumentos internacionales que refrendan el contenido normativo de las leyes. Se trata más bien, a nuestro entender, de la falta de valores y de la abundancia de intereses políticos puestos en juego.

La desconfianza política se origina por distintos motivos, tales como; la falta de resultados, la frustración o cambio de expectativas sociales, el mal funcionamiento regulador de los conflictos de intereses, la falta de ineficiencia e ineficacia o por la corrupción de la clase política, Jiménez (2013), todo lo cual provoca esa crisis que se encuentra dentro de las instituciones. De allí que, para algunos, la desconfianza política es una señal de que el gobierno y otras instituciones políticas no están desempeñando adecuadamente su papel, cualquiera que sea la razón para que esto suceda, falta de habilidades, recursos, corrupción u otro, si un gobierno no merece, la confianza del electorado se debe a que hay un problema de rendimiento institucional que carece de resolución y que en última instancia puede poner en peligro la estabilidad del propio sistema.

Lo delicado de todo esto es que, los excesivos, constantes y prolongados períodos de insatisfacción en los ciudadanos hacia sus instituciones generan no sólo la pérdida de confianza en ellas, sino también conducen al quebranto de los órdenes de legitimidad y soporte al sistema democrático. Por ello cuando las decisiones de las instituciones, el manejo partidista-dependiente y las preferencias electorales de las mismas deje de ocupar el papel central y se le otorgue el justo y merecido valor al proceso democrático como tal, es que se pudiera decir que existe una sólida intención de cambiar y construir una verdadera democracia.

Conclusiones

La relación entre democracia y derechos humanos en la actualidad no puede escapar de esta noción, que adquiere cada vez más adhesión y desarrollo. Es posible argumentar que no sólo el origen de una democracia, sino su salud institucional y la legitimidad de su ejercicio dependen de la vigencia efectiva de los derechos de las personas y la forma en que estos derechos son o no eje de la acción gubernamental.

La importancia que los derechos políticos tienen dentro de los instrumentos internacionales, es que estos buscan el fortalecimiento de las democracias dentro de los estados y la protección de los derechos humanos, al facilitar, mediante su ejercicio, tomar parte en el gobierno y participar en elecciones acreditadas, periódicas, libres y secretas. Sin embargo, pese a ello, no necesariamente el reconocimiento de tales derechos pone en evidencia que su ejercicio sea íntegramente respetado.

El informe latinobarómetro del 2018 (Corporación Latinobarómetro, 2018), indica sobre cambios y crisis de confiabilidad en Latinoamérica, los declives de la democracia en la región, se acentúa con bajas sistemáticas, así como la percepción de que se gobierna para unos pocos. Estos cambios se manifiestan de dos maneras, en primer lugar, a través de las elecciones, no se puede ignorar tanto las continuidades políticas, como la de Ecuador después de diez años de gobierno de Rafael Correa, como la alternancia en el poder en Argentina. No menos significativas son las elecciones a gobernador que ganó el oficialismo en Venezuela, las elecciones en Guatemala, y en Costa Rica, así como la victoria de Jair Bolsonaro en Brasil, de la mano del PSL (Partido Social Liberal), entre otras. Todas ellas de alguna manera muestran una realidad mucho más difícil de explicar que si hubiera continuidad. Sin embargo, no hay explicaciones blanco y negro, no se trata de la simple derrota de la izquierda, ni tampoco del avenimiento de la derecha.

La gobernabilidad democrática es condición indispensable de un buen gobierno, de acuerdo con los elementos fundamentales que la constituyen. Estos son: la independencia de poderes, la vigencia efectiva del estado de derecho, la supremacía civil sobre la fuerza armada, un sistema judicial eficiente, no politizado y no discriminatorio, el respeto a las minorías en el marco del apoyo de las mayorías como fuente de legitimidad, un sistema social y económico inclusivo e incluyente, la legalidad basada en reglas claras, e independientes de las diversas dinámicas políticas que sustentan la participación ciudadana.

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Recibido: 10 de Mayo de 2021; Aprobado: 21 de Julio de 2021

*Autor para correspondencia. E-mail: uq.juanarandia@uniandes.edu.ec

Los autores declaran no tener conflictos de intereses.

Los autores han participado en la concepción del artículo, la búsqueda de información y análisis de los documentos, así como en la redacción y revisión crítica del manuscrito.

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