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Conrado

versión On-line ISSN 1990-8644

Conrado vol.17 no.79 Cienfuegos mar.-abr. 2021  Epub 02-Abr-2021

 

Artículo Original

Autorregulación de contenidos para evitar el sexting: identificando el nivel de empatía entre jóvenes universitarios

Self-regulation of content to avoid sexting: identifying the level of empathy among young university

0000-0002-1012-570XMaría del Pilar Quezada Castro1  *  , 0000-0002-6661-9928María del Pilar Castro Arellano2  , 0000-0002-2469-9237Christian Abraham Dios Castillo1  , 0000-0001-6738-0683Manuel Antonio Cardoza Sernaqué1  , 0000-0002-4868-1664Guillermo Alexander Quezada Castro2 

1 Universidad Tecnológica del Perú. Perú

2 Universidad Alas Peruanas. Perú

RESUMEN

La autorregulación de contenidos consiste en otorgar protagonismo al integrante de cada grupo que interactúa en internet, para ello, se establecen reglas de conductas propias destinadas a la protección interna ante actos contrarios a los estipulados. La metodología utilizada se enfocó en el paradigma positivista, enfoque cuantitativo, tipo descriptivo, método deductivo, diseño no experimental y de corte transeccional. Se aplicó el cuestionario a 135 estudiantes universitarios peruanos, quienes participaron activamente y manifestaron su percepción respecto a la práctica del sexting, obteniéndose como resultado que existe un nivel alto de empatía por las víctimas de esta práctica que origina vulneración de derechos de la persona, específicamente a su honor y reputación.

Palabras-clave: Ciudadanía digital; empatía; responsabilidad legal; sexting

ABSTRACT

The self-regulation of content consists of giving prominence to the member of each group that interacts on the internet, for this, rules of their own conduct are established for internal protection against acts contrary to those stipulated. The methodology used was focused on the positivist paradigm, quantitative approach, descriptive type, deductive method, non-experimental and transectional design. The questionnaire was applied to 135 Peruvian university students, who actively participated and expressed their perception regarding the practice of sexting, obtaining as a result that there is a high level of empathy for the victims of this practice that originates violation of the rights of the person, specifically to his honor and reputation.

Key words: Digital citizenship; empathy; legal responsibility; sexting

Introducción

La navegación por internet se produce desde un celular, no existen restricciones para su uso, puesto que desde niños se manipula libremente un dispositivo electrónico, con o sin la respectiva supervisión de un adulto, similar condición adquiere el uso de los Tablet y computadoras.

De tal forma, que el contacto con el ciberespacio se produce de manera autónoma, claro está que, en ese contexto, se reconocen experiencias enriquecedoras de aprendizaje; sin embargo, la manipulación no ostenta las mismas características en todos los ciudadanos, prueba de ello es lo que se denomina como brecha digital.

Cada ciudadano se identifica y alcanza un nivel de conocimientos tecnológicos, convirtiéndose en una actuación en desventaja; un link podría ser el acceso a una página de internet con contenido peligroso o incluso una fotografía, aparentemente inofensiva, podría originar daño a la reputación de la persona cuando se vulnera su intimidad.

La intimidad es un bien del ser humano y como tal debe protegerse de prácticas inadecuadas, por ejemplo, del sexting, que es definido como el envío y recepción de fotos o videos con contenido sexual, principalmente, a través de smarthpones (Gil-Llario, et al., 2020), actos que requieren ser analizados desde el valor de la empatía.

Antes de la actual pandemia, el docente universitario percibía la conducta del estudiante, a través de la cercanía derivada del salón de clases, situación que hoy no es factible por acatar las normas de aislamiento social obligatorio; no obstante, es pertinente conocer la percepción del estudiante que se desempeña en un entorno virtual de aprendizaje, puesto que, a partir de ello, se podrá implementar políticas institucionales.

En ese orden de ideas, el equipo investigador planteó como objetivo identificar el nivel de empatía que tienen los estudiantes universitarios respecto al sexting; este estudio es de vital importancia porque contribuye con la formación en valores y permite afianzar el concepto de autorregulación de contenidos al navegar por internet.

Desarrollo

La concientización de la actuación por internet se comprueba con la iniciativa de difusión de la ciudadanía digital, representa un proceso emergente que se caracteriza por la participación, principalmente, de jóvenes y adultos, quienes son los que constantemente envían mensajes, cuyo contenido podría ser potencialmente dañino (Mori, et al., 2020).

El sexting es el comportamiento que atenta contra la ciudadanía digital y se manifiesta con el envío y recepción de mensajes (Ojeda, et al., 2020), es un intercambio no consensuado que puede realizar un varón o una mujer respecto al contenido íntimo recibido (Barrense-Días, et al., 2020), razón por la cual es importante prevenir la proliferación de actos similares.

En la investigación realizada por Pérez (2020), se concluyó que existe la tendencia de implementar herramientas tecnológicas que garanticen el sexting seguro, a través de ciertas conductas de previsión, tales como: no usar redes de Wifi públicas o no mostrar el rostro, con lo cual se pretende evitar la identificación de la persona; sin embargo, se debe tener presente que a pesar del uso de plataformas virtuales, la reducción de la brecha digital todavía no es notoria, ante lo cual es necesario adoptar medidas o estrategias de seguridad.

Por su parte, Cornelius, et al. (2020), agregaron que la tecnología digital utilizada para interactuar mediante mensajes de texto, aún no permite diferenciar entre actos consensuales y no consensuales; sin embargo, autores como Lemke & Rogers (2020), manifestaron que en el sexting se advierte el empoderamiento de los adolescentes, materializándose con actos de violencia en el noviazgo o consumo de alcohol (Florimbio, et al., 2019).

No obstante, lo anteriormente descrito, autores como Baiden, et al. (2020), reconocen a estudiantes que optaron por no participar en el sexting por miedo que pudiera volverse viral; asimismo, en la investigación realizada por Gassó, et al. (2020), resaltaron que es necesario establecer políticas de prevención e intervención.

De igual forma, Festl, et al. (2019), sostienen que la información íntima proporcionada por jóvenes podría ser mal utilizada por otro, siendo esta experiencia dañina y con resultados psicosociales negativos.

Materiales y métodos

Se desarrolló desde la perspectiva del paradigma positivista, enfoque cuantitativo, tipo descriptivo, método deductivo, diseño no experimental y de corte transeccional. Se elaboró un cuestionario de 13 ítems, el mismo que fue revisado por 5 profesionales expertos (2 Doctores en Derecho, 2 Doctores en Educación y 1 Doctor en Ciencias), la confiabilidad del instrumento fue de 0,836 y se utilizó la escala de Likert con cinco alternativas: (1) siempre, (2) casi siempre, (3) a veces, (4) casi nunca y (5) nunca. Se consideró como población a estudiantes de cuatro universidades peruanas, a quienes se les contactó de manera online, debido a la prohibición de reuniones o contacto cercano; los 135 estudiantes universitarios peruanos participaron de forma activa.

Resultados y discusión

Los resultos obtenidos se derivan de la aplicación del instrumento utilizado, conforme se aprecia a continuación.

Fig. 1 - Percepción de la tecnología digital. 

El 88.9% de los participantes consideró que la tecnología digital contribuye en la formación de estudiantes universitarios, mientras que el 11.1% expresó lo contrario (Fig 1).

Del resultado obtenido se aprecia que la mayoría de estudiantes universitarios perciben la relación entre la tecnología y la formación universitaria, por lo tanto, es conveniente implementar políticas institucionales destinadas a reducir la brecha digital en la comunidad.

En la investigación realizada por Ballesteros (2020), se consignó que la tecnología digital origina tres deformaciones en el ser humano, la primera de orden epistemológico (se reemplazan las emociones por algoritmos), la segunda denominada antropológica (se capta la información del ser humano) y la tercera es de contenido socio-político (se reemplaza el concepto de soledad).

La citada investigación es aplicable al exterior de la universidad, ante lo cual se planteó como discusión que teniendo en cuenta lo descrito en el párrafo anterior, es pertinente que las universidades sean referentes de educación, es decir, que los efectos de la misma deben proyectarse a la población, por ejemplo, a través de la responsabilidad social universitaria.

Asimismo, se deja establecido que la tecnología debe ser considerada como un complemento de las actividades cotidianas, no siendo factible reemplazar las emociones y valores, atributos que forman parte de la esencia del ser humano.

Fig. 2 - Percepción de la autorregulación de contenidos. 

El 91.9% de los participantes consideró que la autorregulación de contenidos sí les permite navegar por internet, mientras que el 8.1% expresó lo contrario (Fig 2).

Del resultado obtenido se aprecia que la mayoría de estudiantes universitarios perciben la necesidad de interactuar libremente sin reglas impuestas por terceros que afecten la navegación por internet, razón por la cual se identifican con la autorregulación de contenidos, la misma que incentiva a los propios usuarios a establecer reglas de conducta que acepten o rechacen la actuación de sus semejantes.

Al respecto, en la investigación realizada por Gassó, et al. (2019), consideran que los adolescentes son un grupo vulnerable debido a su capacidad de autorregulación, siendo ello así, se debe tener presente que el contacto del ser humano con la tecnología se produce cada vez a temprana edad, no existiendo una norma jurídica peruana con carácter prohibitivo para ello.

A mayor abundamiento, el equipo investigador considera que la autorregulación de contenidos podría sentar las bases para fundamentar el concepto de ciudadanía digital, el mismo que incluye establecer derechos y obligaciones al interactuar a través de internet, para lo cual podría ser necesario el uso de códigos de conductas destinados a dicha finalidad.

En ese orden de ideas, los estudiantes universitarios perciben positivamente la libertad autorregulada por ellos mismos, tema que es posible de ser investigado con mayor profundidad.

Fig. 3 - Percepción del sexting. 

El 91.1% de los participantes consideró que el sexting es una práctica que se realiza entre estudiantes universitarios y el 8.9% expresó lo contrario (Fig 3).

Del resultado obtenido se aprecia que el sexting es reconocido por los estudiantes universitarios; sin embargo, se debe profundizar en las consecuencias que podría originar esta práctica, las cuales estarían destinadas a dañar el honor o reputación del ser humano.

Al respecto, en la investigación realizada por De Souza, et al. (2020), sostienen que la práctica sexual sin consentimiento y la indecencia ofensiva están relacionadas con la violencia sexual; por lo tanto, si la difusión de fotos y videos sin el respectivo consentimiento podría potencializar a futuros agresores sexuales, lo cual debe ser analizado a mayor profundidad.

Asimismo, se debe tener en cuenta que la práctica del sexting representaría la ausencia de conocimiento para interactuar por internet, toda vez que la imagen del ser humano es protegida por la legislación peruana, de tal forma, que ello otorga una oportunidad para incentivar en los estudiantes universitarios la autorregulación de contenidos como mecanismo de aseguramiento y conservación de la paz social.

Fig. 4 - Percepción de violencia en pareja. 

El 92.6% de los participantes consideró que el sexting sí se relaciona con la violencia en pareja mientras que el 7.4% restante expresó que en ocasiones (Fig 4).

Al respecto, se debe tener en cuenta que en la investigación realizada por Festl, et al. (2019), se consignó que el comportamiento de los jóvenes usuarios de internet podría originar una victimización sexual en línea, la misma que se vincula con una menor insatisfacción con la vida y con una inadecuada salud mental.

Asimismo, en la investigación realizada por Carvalho, et al. (2017), se obtiene que se debe evitar la violencia sexual en la adolescencia; entonces correspondería determinar si la práctica del sexting se encuadraría como un tipo de violencia sexual.

Atendiendo a las características de la presente investigación, se aprecia que sí existen elementos pasibles de ser analizados con mayor profundidad.

A nivel del campo jurídico, el equipo investigador manifestó que por experiencia profesional reconoce que una de las consecuencias de la práctica del sexting se relaciona con la aplicación del derecho penal peruano, específicamente, con la figura denominada extorsión, es decir, aquella por la cual se solicita a la víctima que realice actos contrarios a su voluntad o que entregue suma de dinero a cambio de no difundir las fotos con contenido sexual; por lo tanto, es necesario prevenir la proliferación de estas conductas.

Fig. 5 - Percepción de empatía entre jóvenes. 

El 73.3% de los participantes consideró que los estudiantes actúan con empatía, mientras que el 26.7% expresó lo contrario (Fig 5).

En la investigación realizada por Gassó, et al. (2020), se concluyó que las personas que participan en el sexting ostentan mayor proporción de problemas derivados de la salud mental, con lo cual se comprueba que los estudiantes universitarios perciben que esta práctica podría originar víctimas.

Al respecto, se debe tener en cuenta que el ordenamiento jurídico peruano establece que, toda persona tiene derecho a su bienestar e integridad y la empatía entre jóvenes empieza por reconocer que son parte de una sociedad en la cual cada acto tiene consecuencia pasible de ser sancionada.

A continuación, corresponde identificar los niveles o frecuencias de empatía a partir de la percepción que ostentan los estudiantes universitarios en relación a la práctica del sexting, conforme se detalla a continuación:

El 93.3% de los estudiantes universitarios tienen un nivel alto en el uso del celular y el 6.7% tiene un nivel medio (Tabla 1), de lo cual se deduce que el uso no estaría vinculado con una determinada clase social y antes bien es considerado como un bien necesario, característico en los jóvenes; siendo ello así el intercambio de fotos y videos con contenido sexual que presenta la práctica de sexting, podría ser difundido principalmente a través de teléfonos celulares.

Tabla 1 - Frecuencia de uso de celular. 

Frecuencia Porcentaje Porcentaje acumulado
Alto 126 93.3 93.3
Medio 9 6.7 100.0
Bajo 0 0 0
Total 135 100.0

Por otra parte, el 63.7% de los estudiantes universitarios tienen un nivel bajo de autorregulación de contenidos, mientras que el 25.2% tiene un nivel alto (Tabla 2), de lo cual se deduce que los usuarios de internet a través de grupos pequeños establecen sus propios normas, las mismas que son de alcance interno y que tienen como similitud la expulsión en caso de inobservancia de las mismas, por lo tanto, el respeto hacia el semejante se encuentra vigente y es factible ser aprovechada para concientizar a la juventud de las consecuencias de la práctica del sexting.

Tabla 2 - Frecuencia de autorregulación de contenidos. 

Frecuencia Porcentaje Porcentaje acumulado
Alto 34 25.2 25.2
Medio 15 11.1 36.3
Bajo 86 63.7 100.0
Total 135 100.0

De igual forma, en cuanto al nivel de casos detectados derivados del sexting se aprecia que el 57.8% tiene un nivel medio (Tabla 3), de lo cual se deduce que podría existir cierto temor para reconocer o denunciar este tipo de prácticas; probablemente continúe siendo considerado como una actividad inofensiva y de pareja pero las consecuencias en la reputación de la víctima debe ser motivo suficiente para evitar enviar fotos o videos con contenido sexual, deben recordar que la ausencia de consentimiento origina sanción legal.

Tabla 3 - Frecuencia de casos de sexting. 

Frecuencia Porcentaje Porcentaje acumulado
Alto 49 36.3 36.3
Medio 78 57.8 94.1
Bajo 8 5.9 100.0
Total 135 100.0

Asimismo, el 88.9% de los estudiantes universitarios consideran que la universidad tiene un bajo nivel de reacción ante casos de sexting y solo el 2.2% expresó que existe un nivel alto (Tabla 4), de lo cual se advierte un nuevo problema pasible de ser investigado; en caso de persistir podría incrementar su práctica, para ello es recomendable aplicar una política de prevención a nivel interno.

Tabla 4 - Frecuencia de reacción institucional. 

Frecuencia Porcentaje Porcentaje acumulado
Alto 3 2.2 2.2.
Medio 12 8.9 11.1
Bajo 120 88.9 100.0
Total 135 100.0

En cuanto al nivel de identificación del responsable que difunde fotos o videos con contenido sexual sin el respectivo consentimiento, se aprecia que el 86.7% de los estudiantes universitarios consideran que existe un nivel bajo de probabilidad para identificar al responsable, mientras que solo el 4.4% considera que existe una probabilidad alta (Tabla 5), de lo cual se aprecia ausencia de conocimiento, toda vez que el emisor puede ser rastreado en la navegación; asimismo, sería recomendable incentivar el uso responsable de la red de internet para disminuir la práctica de sexting.

Tabla 5 - Frecuencia de identificación del responsable. 

Frecuencia Porcentaje Porcentaje acumulado
Alto 6 4.4 4.4
Medio 12 8.9 13.3
Bajo 117 86.7 100.0
Total 135 100.0

El 94.2% de los estudiantes universitarios tiene un nivel alto de empatía en caso de sexting y el 7% tiene un nivel medio (Tabla 6), de lo cual se deduce que los efectos de la práctica del sexting no representa un resultado deseado y antes bien está relacionado con la definición de víctima, por lo tanto, se aprecia que nadie quiere ser víctima de sexting, para lograrlo es pertinente conocer las consecuencias legales de enviar una foto o video con contenido sexual e incluso qué representaría la difusión del mismo sin el consentimiento del titular de la imagen.

Tabla 6 - Frecuencia de empatía. 

Frecuencia Porcentaje Porcentaje acumulado
Alto 128 94.8 94.8
Medio 7 5.2 100.0
Bajo 0 0 100.0
Total 135 100.0

Conclusiones

La autorregulación de contenidos permite la interacción de semejantes en un entorno virtual, existiendo reglas de conducta destinadas a evitar la vulneración de derechos; este concepto podría ser utilizado para evitar la práctica del sexting entre jóvenes universitarios.

La práctica del sexting se caracteriza por aparentar una actuación inofensiva derivada de una foto o video con contenido sexual, el cual al ser difundido sin el respectivo consentimiento del titular de la imagen produce daño al honor o reputación de la persona.

El nivel de empatía de sexting entre jóvenes universitarios peruanos es alto, lo cual representa que existe identificación con las posibles consecuencias a la víctima ante la difusión de imágenes de contenido sexual sin el consentimiento por la red de internet.

Las universidades peruanas deben contribuir con la formación en valores en sus estudiantes e incentivar el respeto por el prójimo, específicamente, cuando se navega por internet, para ello es necesario promover la educación virtual.

La práctica del sexting podría estar relacionada con la violencia sexual y además reflejar problemas de salud mental en la juventud universitaria, por lo tanto, requiere ser analizado con detenimiento en futuras investigaciones.

Los estudiantes universitarios peruanos perciben que la tecnología digital sí contribuye con su formación, reduciendo la brecha digital en la sociedad.

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Received: January 09, 2021; Accepted: February 17, 2021

*Autor para correspondencia. E-mail: c20853@utp.edu.pe

Los autores declaran no tener conflictos de intereses.

Los autores participaron en la redacción del trabajo y análisis de los documentos.

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