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Educación Médica Superior

versión impresa ISSN 0864-2141

Educ Med Super v.19 n.4 Ciudad de la Habana oct.-dic. 2005

 

Se trata esencialmente de integrar en la red, los procesos formativos y las fuentes de información que se desarrollan en los propios servicios asistenciales e instituciones académicas y científicas en salud. En la solución de problemas en entornos reales, se generan  y comparten nuevos conocimientos en un entorno virtual que potencian el aprendizaje sustentado en los espacios reales de trabajo.

El Modelo de Aprendizaje en Red (MAR), que se construye en la Universidad Virtual de Salud Cubana, parte de una concepción pedagógico-tecnológica que favorece la integración de  las actividades docentes, presenciales o no, con la práctica en salud. Sus diferentes recursos y servicios presentan una organización abierta para el aprendizaje, en el que la interacción e independencia caracterizan los procesos de educación en red.

A partir de las  presentes reflexiones pudieran plantearse algunas de las siguientes interrogantes: ¿con qué recursos cuentan las universidades médicas cubanas en el Sistema Nacional de Salud y específicamente en la Red de Salud Infomed para  enfrentar y superar los retos que impone la era digital?; ¿se está haciendo uso efectivo de estos recursos?; ¿están suficientemente preparados los profesores para asumir estos retos?; ¿cuál es el modelo educativo que necesita la Educación Médica Superior Cubana en la actual Sociedad de la Información? y basándose en ello, proponerse acciones comprometidas.

Referencias bibliográficas

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2. Alfonso Sánchez I. La educación a distancia. ACIMED. Rev cubana de los profesionales de la información y la comunicación en salud. 2003;11(1). Disponible en: http://www.bvs.sld.cu/revistas/aci/vol11_1_03/aci02103.htm (10/10/05).

3. Alfonso Cuba I. La enseñanza a distancia y el modelo educativo virtual. Rev Educ Super de la Dirección de Información Científico Técnica (DICT). Biblioteca Central “Rubén Martínez Villena” de la Universidad de La Habana. 2002;22(2). Disponible http://intranet.dict.uh.cu/rev_edu.sup_2002_no2.asp (10/10/05).

Recibido: 13 de noviembre de 2005.   Aprobado: 20 de noviembre de 2005.
Lic. María Vidal Ledo. Escuela Nacional de Salud Pública. Calle I esq. a Línea. El Vedado, Plaza de la Revolución, Ciudad de La Habana, Cuba. E-mail: mvidal@infomed.sld.cu

1Licenciada en Cibernética – Matemática. Master en Informática en Salud. Profesora Auxiliar del ISCM-H / CECAM.
2Doctor en Medicina. Master en Educación Médica Superior. Profesor Auxiliar del ISCM-H.
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Escuela Nacional de Salud Pública
Cátedra de Derecho de la Salud

En torno a una definición sobre el Derecho de la Salud

MCs. Carlos González Díaz1

Resumen

El Derecho, elemento regulador de todas las relaciones humanas, se caracteriza en el Sector de Salud por el establecimiento de una serie de vínculos interpersonales que han propiciado la aparición de un conjunto de regulaciones, disposiciones y leyes propias de este sistema. Sin embargo, no existe una anuencia en el ámbito internacional sobre las características inherentes a una rama del Derecho centrada en el tema de la salud, pues las diversidades en la concepción y ejercicio de la Medicina en los diferentes sistemas sociales dificultan la  uniformidad de una doctrina el respecto. Este trabajo presenta un análisis sobre el tema y asumiendo una posición definitoria de estos aspectos acorde con la realidad social cubana  propone  un ordenamiento y definición -como rama del Derecho- del material jurídico relacionado con el tema de la salud en Cuba, orientado no sólo a la divulgación entre  los especialistas, sino además a las actividades docentes que se desarrollan en la formación del personal que brinda sus servicios en el Sector de la Salud.

Palabras clave: Derecho de la Salud, Derecho Médico, Derecho Sanitario.

La génesis del Derecho se explica por la propia actividad social del hombre, inherente a su propia cualidad humana, y por la necesidad de establecer un ordenamiento o regulación a las acciones que de ella se derivan. Por ello, el Derecho, como elemento regulador de las relaciones sociales, reviste una importancia especial  en todas las acciones humanas. Es fácil comprender pues, el origen y desarrollo de un sistema que debe no sólo considerar sino también regular, todas las facetas de las complejas y siempre cambiantes relaciones humanas.  Y en este amplio espectro de interacciones, se ha fomentado y consolidado uno revestido de connotaciones muy especiales determinado por las complejidades propias del Sector de la  Salud y lo singular de las relaciones que genera, propiciatorias de la aparición de un conjunto de regulaciones, disposiciones y leyes propias de este sector.

En el contexto del Sector de la Salud, las relaciones que se establecen entre el médico y su paciente son sólo un aspecto de este entramado, que incluye también todas las situaciones o acciones que pueden influir en el estado de salud de la población, bien sean determinadas por un factor de tipo ambiental o psicosocial.

Acercarse al conocimiento del Derecho de la Salud, permitirá conocer de qué manera se asegura, defiende y organiza este elemental  derecho humano.

Por  considerar importante la divulgación del conocimiento del Derecho de la Salud en la formación de los técnicos y profesionales que laboran en el campo de Salud Pública en Cuba se presenta este trabajo con el objetivo de contribuir al conocimiento y definición de esta, en opinión del autor, rama del Derecho.

Derecho de la Salud vs. Derecho Médico

El Sector de la Salud, con todo el complejo de interrelaciones que generan sus funciones no sólo de restauración, sino también de protección del estado de salud de las poblaciones humanas mediante acciones de prevención, ha desarrollado un conjunto de normas que constituyen, sin duda, una rama del Derecho con características definitorias de muy amplio espectro. Sin embargo, no existe una anuencia en el ámbito internacional sobre el tema, pues las diferencias en la concepción y ejercicio de la Medicina en los diversos sistemas sociales dificultan la uniformidad de una doctrina el respecto.

La actividad del profesional de la salud en el desarrollo del arte de curar es, en la actualidad,  objeto de interés creciente. El acceso a la comunicación hace que la práctica médica sea cuestionada continuamente, lo que deriva en acciones judiciales que intentan encontrar responsabilidad ante eventos calificados de adversos. Por ello, legislación, jurisprudencia y doctrina se ocupan cada vez más del tema.1

En las sociedades de consumo, donde el ejercicio de  la Medicina deviene con mayor frecuencia en forma usual de enriquecimiento, los médicos se protegen cada vez más de las reinvindicaciones de los pacientes y se ejerce una ya denominada "Medicina defensiva" con perjuicio en el tratamiento particularizado del enfermo, lo que ha originado el desarrollo, en mayor o menor grado de definición, de un conjunto de disposiciones, resoluciones o leyes del llamado Derecho Médico, cuya delimitación y objetivos, preocupa a los especialistas de distintas ramas jurídicas.2

Los albores del siglo XXI sorprenden a la humanidad con un alto grado de desarrollo médico si se compara con lo que ofrecía la Medicina a sus pacientes hace sólo 100 años. Sin embargo, resulta paradójico que cuando la ciencia médica ofrecía poco para los pacientes, los castigos y los juicios por mala práctica eran excepcionales, y hoy que los médicos pueden poner a disposición de los pacientes recursos y soluciones mucho más efectivas, el número de juicios legales, en lugar de ser una excepción es infinitamente mayor.3

Reducir todo el conjunto de acciones de tipo jurídico en que aparece involucrado el personal de Salud sólo a procesos legales donde predominan las reclamaciones de tipo monetario, es desconocer la verdadera esencia de la labor que ellos desarrollan y las numerosas Interrelaciones que éstas generan.

Actualmente existe una tendencia internacional a agrupar el conjunto de instrumentos jurídicos vinculados al tema de la salud bajo una rama del Derecho cuyas características definitorias están en dependencia de la formación socioeconómica en la que esta se desarrolla. Esta corriente presenta numerosos detractores que consideran que la legislación en materia de salud no posee las premisas necesarias para el desarrollo de una rama del Derecho, postura esta con la que el autor está en desacuerdo.

La necesidad impuesta por el propio mundo social de proteger un sujeto determinado o un conjunto de relaciones, que deben contar con categorías y conceptos propios que caractericen esas relaciones.4

Si se analizan detenidamente los planteamientos anteriormente enunciados, a la pregunta sobre si es posible la existencia de una rama del Derecho dedicada a las cuestiones concernientes a la salud humana, la respuesta sería evidentemente afirmativa, ya que debe tomarse en consideración la inclusión en el Derecho de los temas relacionados con la Salud, sin limitarse solamente a conceptos formales que son, usualmente, los presupuestos a considerar para arribar a la concepción de una rama del Derecho.

Existe un punto esencial en la controversia planteada: la consideración del derecho a la vida y su reconocimiento con carácter sagrado, de ahí que se aparte de la valoración estrictamente biológica de la noción de vida y se asuma una perspectiva dinámica, en la que el derecho a la salud se presenta como elemento necesario para brindarle al derecho a la vida un sentido más amplio y generoso que el simple hecho de existir y que se ajusta al propio concepto de salud más actual.5

La salud debe reconocerse como una categoría individual y social, parte integrante del desarrollo dirigido a la creación de condiciones para el bienestar de todos y como resultado de las estrategias y las acciones de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación que realizan los individuos, los grupos sociales y el conjunto de la sociedad, para mejorar y mantener la integridad y las capacidades de las personas y las poblaciones.5,6

Bajo los presupuestos señalados, la rama conocida en Cuba como Derecho de la Salud, es entendida como el conjunto de disposiciones legales u otras, que reglamentan la promoción y protección de la salud, los servicios de salud, la distribución equitativa de los recursos disponibles y todo lo concerniente a los pacientes,  prestatarios, establecimientos y organismos de financiamiento.

El Derecho de la Salud abarca múltiples problemas relacionados con la salud humana, entre los que pueden mencionarse los relativos a la protección medioambiental, la contaminación atmosférica, la contaminación de las aguas, el control y eliminación de desechos líquidos y sólidos, el control de la seguridad del agua y los alimentos, entre otros que van mucho más allá de la de por sí compleja relación paciente – servicios médicos, acciones dirigidas todas a propiciar y mantener un óptimo estado de salud.

La esencia del Derecho de la Salud radica en la necesidad de regulación de las relaciones sociales que se producen en el proceso saludenfermedad y en las labores de promoción, prevención y rehabilitación de la salud.

No obstante es oportuno señalar, que el tema de la naturaleza jurídica del Derecho de la Salud es, actualmente, uno de los más controvertidos en esta disciplina, por no existir en el ámbito internacional consenso sobre ello, ni unanimidad respecto de los cuerpos legales que lo conforman, aunque pueden definirse, de forma muy general, 2 tendencias esenciales sobre el tema:

La primera de estas acepciones parte del hecho de que la salud es una responsabilidad solamente individual y excluye de su contexto la participación de la comunidad y el estado. Esta línea de pensamiento omite la importancia de la comunidad y su participación como elemento importante y definitorio en el logro y mantenimiento del  estado de salud, en franca contradicción con la naturaleza del hombre como ser social y las múltiples interacciones que de ella se derivan, y desdeñan además, el derecho a ser protegido por el estado y la concepción de la salud como bien público superior.

La segunda tendencia, a la cual se afilia el autor, parte de concebir el Derecho de la Salud como una suma de componentes individuales y colectivos, con la participación activa de la sociedad, lo que se ajusta los conceptos más novedosos en materia de salud. Esta corriente se genera tomando como punto de partida la aceptación del hombre como componente individual en la relación de salud y su inserción dentro de una colectividad y una comunidad como sujeto de esta propia relación.

La salud es, desde el punto de vista señalado anteriormente, considerada como un  derecho individual y un derecho social; es individual por incluir la protección de la integridad, identidad e intimidad del individuo y social porque implica la interacción activa y la responsabilidad de la sociedad y del estado en la observancia y protección de ésta.7- 9

Definición del Derecho de la Salud

El Derecho de la Salud puede ser definido como la rama del Derecho que regula  las relaciones jurídicas que tienen por objeto la salud humana y su protección, entendida la salud como una actitud de armonía que abarca los estados de completo bienestar físico, mental y social, lograda en un medio ambiente que garantice la sostenibilidad de este equilibrio.

Del análisis de la definición expuesta se deduce que las relaciones médico-paciente son sólo un aspecto, quizás el más reconocido,  del objeto de estudio de esta disciplina; pero su campo de acción es mucho más amplio. Por tanto, es fácil entender que el Derecho de la Salud es un concepto o categoría mucho más abarcador que el usualmente utilizado de Derecho Médico, ya que el término Derecho de la Salud comprende relaciones jurídicas en las que la tradicional relación médico-paciente no está necesariamente presente, como es el caso de las políticas sanitarias o acciones que pueden influir en el estado de salud de la población, bien sean determinadas por un factor de tipo ambiental o psicosocial y otras que se apartan de los procederes médicos más específicos.

Derecho Médico y Derecho Sanitario

Continuando el análisis de la definición del  Derecho de la Salud expuesta, es fácil establecer la existencia de varios puntos o líneas de acción, definitorios de subramas diferenciadas por el objeto de regulación e integradas en el objetivo común de propiciar un cada vez más óptimo estado de salud de la población actual, que no comprometa el de las generaciones venideras.

Quizás la más inmediata apreciación que se desprende de la valoración realizada es la que se relaciona con los servicios de salud y la atención médica en su más amplia acepción que condicionan el desarrollo de una serie de cuerpos legales vinculados a la relación paciente – atención médica. Y es conveniente aclarar que cuando se refiere  la atención médica no se alude solamente a aquellos aspectos inherentes al contacto médico – paciente, sino a todo el conjunto de factores que interactúa en el complejo proceso de rehabilitación y tratamiento, integrado por variables y siempre cambiantes  elementos en los que todo el personal que labora en estos servicios y sus características propias, aparece involucrado.

La subrama denominada  Derecho Médico en muchos países, es considerada como "el conjunto de normas jurídicas, y preceptos ético-morales, de carácter Público y Privado, que regulan la actividad del médico con motivo de su profesión, la relación jurídica médico-paciente y las consecuencias derivadas de ella; estableciendo así los principios generales de la responsabilidad legal médica".10

Es posible apreciar que el concepto citado se centra sólo en las connotaciones de la relación médico - paciente, ignora el papel del resto del personal de salud que igualmente interactúa con los usuarios de los servicios de salud. Se comparte la opinión de que el Derecho Médico debe trascender  al limitante concepto penal de una acción que persigue una sanción penal en contra de un profesional de la Medicina.11

De acuerdo con estas premisas,  se considera que el Derecho Médico debe ser descrito como el conjunto de normas jurídicas que atañen  a los procesos de atención, tratamiento y rehabilitación  de los usuarios de los servicios de salud. Es importante destacar el alcance de esta definición, que abarca todas las aristas del complejo de interacciones mutuas que se generan entre los usuarios de los servicios de salud y todo el personal que labora en el sistema.

El conjunto de relaciones que se establecen en el campo del Derecho Médico son el resultado de una relación humana, material e ideológica, cuya expresión es el conjunto de normas jurídicas que refleja el sustrato de esa relación con la que se establecen derechos y deberes para las partes.12

Además, debe tenerse presente que la sociedad humana, para su mantenimiento y desarrollo requiere extraer de los sistemas naturales recursos que constituyen la fuente de sus alimentos, medicinas y otros productos industriales. Se impone, pues, la necesidad de una regulación de estas actividades que garantice, por una parte,  la idoneidad de estos productos de la actividad humana para la finalidad a la que han sido destinados y, por otra, la garantía de una ausencia de afectación significativa al medio ambiente, del cual obtiene esos propios recursos.13-16

El medio ambiente adecuado es un derecho vinculado a la propia vida humana. Por tanto, al enfocar la salud de las poblaciones es ineludible considerar este tema, por demás vital para la consecución de un óptimo estado de salud poblacional.16 -18

Los ámbitos analizados señalan entonces, otra subrama del Derecho de la Salud: el Derecho Sanitario que desde este punto de vista se considera que puede ser descrito como la subrama del Derecho de la Salud integrada por el conjunto de normas jurídicas que atañen a aquellos factores físicos, químicos, biológicos y sociales del entorno del hombre que pueden ejercer efectos significativos y detectables sobre la salud de las poblaciones. Esta base normativa, a la vez, sirve de soporte a las disposiciones jurídicas relacionadas con las acciones de prevención y control, que tienen como finalidad la vigilancia del estado de salud de las poblaciones y el diseño de los planes de intervención necesarios para su mantenimiento en las condiciones óptimas.

Del análisis de las definiciones anteriores se deduce que el punto de contacto de las subramas es el objetivo común  de propiciar la salud de las poblaciones, tanto por medio de la atención médica, como mediante el control de los factores de riesgo a que estas poblaciones están expuestas.

Dentro de esta línea de acción, el Derecho Sanitario ofrece la base necesaria para establecer las disposiciones que garanticen las acciones de prevención y control epidemiológico, en las que todos los trabajadores del sector salud desempeñan un papel fundamental, sobre todo aquellos que por su relación directa con los usuarios del sistema pueden propiciar la divulgación y adquisición de hábitos y estilos de vida saludables y establecer los procesos de tratamiento y rehabilitación, según los principios que establece el Derecho Médico.

Los planteamientos anteriores consagran la integración que existe entre estas subramas que, unidas, conforman ese todo dinámico y no siempre cabalmente valorado que constituye, hoy en día,  el Derecho de la Salud.

Consideraciones finales

En Cuba, donde el ejercicio de la Medicina reviste connotaciones  muy especiales, caracterizado por los principios de gratuidad y libre acceso, con actividad normativa centralizada por el Ministerio de Salud Pública, se perfila el Derecho de la Salud como una rama del Derecho, con objeto de estudio y base legislativa propios y bien definidos, y se distinguen las subramas del Derecho Médico y el Derecho Sanitario, como elementos reguladores de las múltiples relaciones que, en sus actividades de atención, rehabilitación, protección y promoción de salud, establecen los trabajadores del Sistema Nacional de Salud, lo que constituye, sin lugar a duda, una característica definitoria de este, alejada de las connotaciones que esta terminología, de ser utilizada, posee en otros países.

Summary

About a definition on Health Law

Law, a regulating element of all the human relations, is characterized in the health sector by the establishment of a series of interpersonal links that have propitiated the appearance of regulations, resolutions and laws characteristic of this system. However, there is no an agreement in the international sphere on the characteristics inherent to a branch of law focussed on the health topic, since the diversities in the conception and exercise of Medicine in the different social systems make difficult the uniformity of a doctrine on this regard. This paper presents an analysis on the topic and by assuming a defining position of these aspects according to the Cuban social reality proposes an arranging and definition – as a branch of Law – of the juridical material related to the topic of health in Cuba not only to make it known among the specialists, but also to introduce it in the teaching activities developed as part of the training of the personnel working in the health sector.

Key words: Health Law, Medical Law, Sanitary Law.

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Recibido: 7 de junio de  2005. Aprobado:13 de noviembre de 2005.
MCs. Carlos González Díaz. Escuela Nacional de Salud Pública. Calle I esq. Línea El Vedado, Plaza de la Revolución, Ciudad de La Habana, Cuba. E-mail: cglezd@infomed.sld.cu

1 Licenciado en Microbiología. Master en Salud Ambiental. Profesor Auxiliar.
Jefe del Laboratorio de Microbiología del Agua del Centro Provincial de Higiene y Epidemiología de  Ciudad de La Habana.

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Escuela Nacional de Salud Pública

Educación a distancia

Lic. María Vidal Ledo1  y Dr. José B. Jardines Méndez2

El tema  que hoy nos ocupa es de gran actualidad, por insertarse en el contexto de las tendencias de cambio y desarrollo general de la Educación Superior, en la cual la renovación en la enseñanza y el aprendizaje resultan indispensables para mejorar su pertinencia y calidad. Para ello, es necesario establecer programas que fomenten la capacidad intelectual de los estudiantes, mejorar el contenido interdisciplinario y multidisciplinario de los estudios y aplicar métodos pedagógicos que aumenten la eficiencia de la experiencia de aprendizaje, en especial teniendo en cuenta los rápidos avances de las tecnologías de la información y la comunicación,1 cuya mayor integración está representada por la educación a distancia. Es por ello que se ha invitado al espacio de reflexión en esta Sección al prestigioso Profesor José B. Jardines Méndez, fundador de la Universidad Virtual de la Salud y jefe de la Cátedra  correspondiente en la Escuela Nacional de Salud Pública.

La educación a distancia constituye un término expresivo genérico en el que están incluidas las estrategias que se seguirán en el proceso docente-educativo, de manera que cuando se habla de esta modalidad implica tácitamente que se desarrolla en un espacio virtual, donde alumnos y profesores no se encuentran en el mismo espacio o lugar y en la mayoría de los casos, ni siquiera en el mismo intervalo de tiempo; es por tanto, “un conjunto de procedimientos e interacciones de mediación que se establece entre educandos y profesores en el desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje con la utilización de recursos tecnológicos informáticos y de telecomunicaciones que lo hacen más eficaz y eficiente”. 2

La ampliación más reciente de los conceptos expuestos anteriormente abarca el campus virtual docente, de manera que simule el tradicional, donde profesores, materiales y estudiantes se relacionen en un entorno formativo y cooperativo para constituir un conjunto de funcionalidades que hagan posible la interacción entre los colectivos que componen la Universidad o Centro de Educación, sin necesidad de coincidir ni en el espacio ni en el tiempo, 3 y la existencia de una estrecha vinculación de los estudiantes y todos los servicios docentes para que puedan alternar con otros centros educativos, acceder a libros y materiales docentes e intercambiar noticias y actividades culturales, lo cual constituye un estímulo constante.

En la exploración sobre los nuevos conceptos de referencia se utilizó para la búsqueda en Internet e Infomed, el entrecomillado simple y como motor el Google. Se encontraron más de 2 040 000 referencias sobre la proposición “Educación a Distancia”; de ellas 993 a través de Infomed en sitios cubanos, entre los cuales 257 eran referidas a la Salud. En cuanto a “Campus Virtual”, se encontraron 1 720 000 referencias, las cuales incluían 426 000 citas referidas a la Salud. En Cuba se encontraron 166 citas. Pueden encontrarse en Infomed interesantes materiales referidos a las formas de enseñanza en las que se aplican estas tecnologías, entre los que se recomiendan  las consultas de:

Supercursos, que no es más que una modalidad en forma de biblioteca de lecciones con un alto nivel de preparación y actualización sobre un tema específico, listas para ser usadas como material de clase o referencia, tanto para alumnos como profesores. Puede consultarlo en los sitios: http://www.uvirtual.sld.cu/supercurso/ y http://www.bvs.sld.cu/sc/,  también a través de la sección de Esenciales del portal de la Salud cubana http://www.sld.cu o simplemente accediendo a la Universidad Virtual de la Salud  http://uvirtual.sld.cu/index.html

Educación a Distancia, ¿para qué y cómo?, libro del Lic. Miguel Alvarez Gómez, del Centro de Excelencia de la Universidad Autónoma de Tamaulipas, México, que se podrá encontrar en la página de apoyo a la educación de Infomed, donde podrá hallar desde los conceptos fundamentales hasta el desarrollo de la videoconferencia como forma de enseñanza  y los principios y prácticas fundamentales.

http://www.sld.cu/libros/distancia/

En la Red de Salud cubana aparecen referenciados abundantes materiales que tratan el tema. Se recomiendan:

Tele-educación y tele-salud en Cuba: mucho más que desarrollo tecnológico. Material del Profesor  JB Jardines, Presidente de la Junta de Gobierno de la Universidad Virtual de la Salud de Cuba. Lo encontrará en,

      http://www.bvs.sld.cu/revistas/aci/vol13_4_05/aci07405.htm

Describe el desarrollo acelerado tanto de las nuevas tecnologías médicas  como de   las tecnologías de información y comunicación, lo cual constituye un formidable reto al sector de la Salud, y presenta la experiencia de Infomed en materia de gestión del conocimiento en salud, en particular, a partir de sus 2 proyectos básicos: la biblioteca y la universidad virtual de salud.

Universidad sin fronteras ¿mitos o realidades? Material del antiguo Centro de Perfeccionamiento Médico (CENAPEM), hoy Escuela Nacional de Salud Pública y sede de la Cátedra de la Universidad Virtual de la Salud, que hallará en http://www.bvs.sld.cu/revistas/ems/vol14_1_00/ems04100.htm . Se analizan los desafíos que las Universidades tienen que enfrentar para el Siglo XXI, basados en el cumplimiento de principios tales como excelencia, calidad, pertinencia y desarrollo tecnológico, en estrecha interrelación con su modernización, descentralización, inserción y compromiso social.

Reflexiones sobre la Educación a Distancia. Material de la Facultad de Ciencias Médicas “Julio Trigo” del Instituto Superior de Ciencias Médicas de La Habana, que hallará en  http://fcmfajardo.sld.cu/cev2002/trabajos/julio_trigo/01educadistancia/ . Se analizan y plantean consideraciones derivadas del origen de este tema, la evolución por la que ha transitado, cómo ha tenido lugar en Cuba y el impacto promovido por las nuevas tecnologías de la información y la comunicación en el nivel de desarrollo alcanzado.

Medcampus: un proyecto de plataforma para la educación a distancia. Colectivo de autores de la Facultad de Ciencias Médicas “Mariana Grajales Coello” de Holguín. Ver en: http://www.bvs.sld.cu/revistas/aci/vol12_3_04/aci02304.htm . Realiza una revisión sobre las plataformas de soporte tecnológico para esta modalidad de enseñanza, desde el "Sistema de Teleformación sobre Web", creado en el año 2000 a partir de la colaboración de MundiCampus, una empresa española, el Centro de Estudios de Ingeniería de Sistemas (CEIS) , el Instituto Superior Politécnico "José Antonio Echeverría" (ISPJAE) y el Centro de Estudios de Tecnología Avanzada; el SEPAD "Sistema Personalizado para el Aprendizaje a Distancia", un producto de la Universidad Central de Las Villas, desarrollado por el Grupo REDWAY, que fue utilizado por mucho tiempo en la Universidad Virtual de la Salud Cubana y la propuesta del proyecto Medcampus de esta Facultad.

Otros materiales que muestran la experiencia y utilización de esta forma de enseñanza en Cuba son:

La educación a distancia como opción metodológica para el desarrollo de la enseñanza posgraduada en genética médica. Centro Provincial de Genética Médica de Sancti Spíritus. Lo podrá encontrar en la dirección:

       http://www.sigemec.sld.cu/rcgh/esp/revista_esp/V3n22001/Diplomado%20genetica- esp.pdf.

Curso a distancia sobre respuesta inflamatoria, asistido por computadoras y La enseñanza a distancia asistida por redes de computadoras de los diseños de estudios de casos y controles. Ambos de la Universidad Médica de Santiago de Cuba, que podrá hallar en las direcciones:

      http://www.bvs.sld.cu/revistas/san/vol5_3_01/san09301.htm     

      http://www.bvs.sld.cu/revistas/san/vol5_2_01/san02201.htm

Numerosos centros de Educación Superior y facultades cubanas cuentan con sitios sobre el referido tema. Así lo encontrará en  la Universidad Central de Villa Clara, cuya Facultad de Educación a Distancia (FED) se fundó en el año 1979 con la misión de ofertar carreras de pregrado en la modalidad de educación a distancia, en la Universidad de Santiago de Cuba y en otras, donde podrá obtener información en un ambiente agradable que le permitirá matricular cursos de pregrado  y posgrado.

http://www.fed.uclv.edu.cu/

La Universidad Virtual de la Salud Cubana, es ya una institución de la Universidad Médica especializada en la Educación en Red y brinda una plataforma nacional para el desarrollo de todas las modalidades educativas en que las tecnologías estén presentes e impulsen su desarrollo, donde los institutos, facultades y sede central tienen su espacio en la Red, que se materializa en las aulas virtuales y otros recursos similares, e imparten cursos, diplomados y maestrías en variadas modalidades de pregrado y posgrado.

http://aulauvs.sld.cu/

http://www.ucmh.sld.cu/uv/index.htm

La revolución tecnológica de la enseñanza  tiene un carácter global, así podrá visitar sitios que conforman el campus virtual para el desarrollo de la mayoría de los profesionales y técnicos que tienen acceso a Internet. Se recomienda visitar el Campus Virtual de Salud Pública, el cual es un servicio público de formación continua e información, cuyo objetivo es contribuir al desarrollo y mejora de la eficiencia en la gestión de la Salud Pública, mediante la resolución de casos estrechamente relacionados con la práctica profesional, así como promover el intercambio de experiencias entre profesionales del sector y entre las instituciones de Salud Pública de los distintos países. Podrá acceder a servicios importantes como la Biblioteca Virtual de Salud, el Observatorio de Recursos Humanos y otros.


http://www.campusvirtualsp.org/esp/

Otras universidades cuentan con  las  opciones mencionadas, aunque no todas son públicas, pero presentan una intensa explotación de los recursos tecnológicos y el desarrollo de verdaderos campus virtuales de acción cognoscitiva, de los cuales se mencionarán algunos a continuación.

UNED Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuya página principal aparece indizada en varios buscadores y da acceso a centros en casi todas las capitales de España. Centros asociados, servicios, titulaciones, buscador y directorio. Brinda diferentes titulaciones en Master, Especialista Universitario, Experto Universitario y Diploma en diversas especializaciones de salud.

                                         

  http://www.uned.es/webuned/home.htm

Campus Virtual de la Universidad de La Rioja con titulaciones similares para la formación a través de Internet en el campo de la salud.

                                                                                                                             

  http://www.campusvirtual.unirioja.es/

Campus virtual de Educación-Universidad Barcelona Virtual, para la formación en Enfermería, Medicina, Psicología, Fisioterapia, Medicina Natural, Gestión Sanitaria, Farmacia y otras, que brinda diferentes opciones de acceso.

http://www.aprendemas.com/curso/Cursos_de_Salud.HTML

Con las referencias enumeradas se ha querido brindar una información preliminar de variadas opciones acerca del desarrollo de la Educación a Distancia, a manera de motivación para introducirse en este mundo virtual del aprendizaje y el conocimiento, donde Cuba presenta enormes potencialidades. Se les invita pues a reflexionar sobre ello, con nuestro experto invitado.

Reflexiones sobre el tema

Definitivamente, hoy no es posible  pensar en calidad y pertinencia en la educación, sin  la utilización intensiva y eficiente de las tecnologías de información y comunicación (TIC).  Sin embargo, aunque parezca contradictorio, el reto no es tecnológico porque  en esencia de lo que se trata es de un cambio paradigmático en los procesos educativos, en una sociedad donde las nuevas relaciones espacio-tiempo están modificando la propia comunicación humana.

Un aspecto decisivo en este cambio necesario de la educación es que el proceso de enseñanza-aprendizaje se centre en el aprendizaje activo de los estudiantes y el profesor asuma su nuevo rol de facilitador. Esto conlleva estrategias educativas que incluyan los nuevos contextos espacio-temporales, el  papel de las TIC con fines docentes y particularmente, el modelo pedagógico-tecnológico que se necesita en cada caso.

El concepto tradicional de educación a distancia, se ha modificado de tal manera, que se está ante una educación “sin distancia”. En este sentido, el autor considera que el término que más se ajusta a los cambios actuales, tanto en la dimensión tecnológica como  pedagógica, es el de educación en red.

Educación para todos y para toda la vida son conceptos directamente relacionados con una educación pertinente, que reclama una verdadera universalización y el acceso pleno de todos a la educación, sin limitaciones geográficas, económicas o de otra índole. Ello constituye uno de los mayores desafíos para  mantener y elevar la calidad del proceso docente-educativo, a la vez de responder a las necesidades de la sociedad.

Sin lugar a duda, en la actual Sociedad de la Información no es posible alcanzar estos objetivos estratégicos sin la incorporación en la educación del enfoque de trabajo en red  y de los nuevos paradigmas educativos.

Actualmente, los términos de e-aprendizaje (e-learning), e-salud, e-gobierno y otros se extienden a partir de la convergencia digital, para identificar cualquier “tema” relacionado con el uso de las TIC en la sociedad. En particular, el concepto de e-learning se entiende como el conjunto de métodos, tecnologías, aplicaciones y servicios orientados a facilitar el aprendizaje  mediante Internet. Es por ello, que Internet puede ser utilizado no solo para crear un espacio de difusión de documentos tradicionales de un profesor sino hasta para realizar cursos virtuales o bien como un escenario educativo radicalmente nuevo.  En este caso, se trata entonces de crear un espacio abierto, donde independiente de la modalidad docente y de la existencia de coincidencia temporal o no en el proceso educativo, se potencie el aprendizaje activo de forma personalizada y descentralizada.

En el mundo de hoy no es posible prescindir de las herramientas que brindan las redes para el desarrollo de los procesos docentes en entornos de aprendizaje abierto (EAA).  El autor prefiere esta denominación a la actualmente utilizada de entorno virtual de enseñanza/aprendizaje (EVE/A), pues se trata de espacios abiertos que incluyen  lo presencial, semipresencial y virtual.

Un proceso de aprendizaje en entorno abierto requiere básicamente de actividades didácticas  (experiencias de aprendizaje) enriquecedoras y complejas que incluyan información (contenidos), comunicación y evaluación, mediante herramientas y recursos que faciliten el trabajo colaborativo. Es necesario también, el desarrollo de habilidades con el abordaje de problemas en entornos reales y de las interacciones que se generan en la red.

Se trata esencialmente de integrar en la red, los procesos formativos y las fuentes de información que se desarrollan en los propios servicios asistenciales e instituciones académicas y científicas en salud. En la solución de problemas en entornos reales, se generan  y comparten nuevos conocimientos en un entorno virtual que potencian el aprendizaje sustentado en los espacios reales de trabajo.

El Modelo de Aprendizaje en Red (MAR), que se construye en la Universidad Virtual de Salud Cubana, parte de una concepción pedagógico-tecnológica que favorece la integración de  las actividades docentes, presenciales o no, con la práctica en salud. Sus diferentes recursos y servicios presentan una organización abierta para el aprendizaje, en el que la interacción e independencia caracterizan los procesos de educación en red.

A partir de las  presentes reflexiones pudieran plantearse algunas de las siguientes interrogantes: ¿con qué recursos cuentan las universidades médicas cubanas en el Sistema Nacional de Salud y específicamente en la Red de Salud Infomed para  enfrentar y superar los retos que impone la era digital?; ¿se está haciendo uso efectivo de estos recursos?; ¿están suficientemente preparados los profesores para asumir estos retos?; ¿cuál es el modelo educativo que necesita la Educación Médica Superior Cubana en la actual Sociedad de la Información? y basándose en ello, proponerse acciones comprometidas.

Referencias bibliográficas

1. CESALC/UNESCO. Política para el cambio y el desarrollo de la Educación Superior. Resumen Ejecutivo. UNESCO; 1995.

2. Alfonso Sánchez I. La educación a distancia. ACIMED. Rev cubana de los profesionales de la información y la comunicación en salud. 2003;11(1). Disponible en: http://www.bvs.sld.cu/revistas/aci/vol11_1_03/aci02103.htm (10/10/05).

3. Alfonso Cuba I. La enseñanza a distancia y el modelo educativo virtual. Rev Educ Super de la Dirección de Información Científico Técnica (DICT). Biblioteca Central “Rubén Martínez Villena” de la Universidad de La Habana. 2002;22(2). Disponible http://intranet.dict.uh.cu/rev_edu.sup_2002_no2.asp (10/10/05).

Recibido: 13 de noviembre de 2005.   Aprobado: 20 de noviembre de 2005.
Lic. María Vidal Ledo. Escuela Nacional de Salud Pública. Calle I esq. a Línea. El Vedado, Plaza de la Revolución, Ciudad de La Habana, Cuba. E-mail: mvidal@infomed.sld.cu

1Licenciada en Cibernética – Matemática. Master en Informática en Salud. Profesora Auxiliar del ISCM-H / CECAM.
2Doctor en Medicina. Master en Educación Médica Superior. Profesor Auxiliar del ISCM-H.