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Revista Cubana de Salud Pública

Print version ISSN 0864-3466On-line version ISSN 1561-3127

Rev Cubana Salud Pública vol.47 no.2 Ciudad de La Habana Apr.-June 2021  Epub June 30, 2021

 

Carta al editor

Investigaciones con sujetos humanos: consideraciones éticas

Researches with human subject: ethical considerations

María del Carmen Amaro Cano1  2  * 
http://orcid.org/0000-0002-7500-1329

1Facultad de Ciencias Médicas “General Calixto García”. La Habana, Cuba.

2Vice-Presidenta Comisión Nacional de Ética Médica. Cuba.

Estimado Editor:

Desde hace algunos años vengo planteando en los distintos escenarios de nuestro sector, la necesidad de mantener una coherencia entre pensamiento, palabra y acción, ya que la palabra es la expresión del pensamiento y este guía la acción. He alertado de cómo algunas instituciones nacionales, e incluso internacionales, distintas organizaciones de salud y sus miembros demuestran incoherencia al declarar su respeto por la dignidad de las personas, como principio ético fundamental, en el momento de exponer o escribir acerca de las investigaciones en la que participan sujetos humanos. Y se les trata como objetos y no como sujetos, cuando expresan que se hacen investigaciones en diabéticos o sobre hipertensos, irrespetando su dignidad como personas, pues toda acción diagnóstica, terapéutica o investigativa, en la que participan sujetos humanos, tiene que hacerse con las personas, es decir, con su libre consentimiento informado, si realmente se les respeta su dignidad.

La información que se ofrece, debe partir de explicar a las personas qué es lo que se pretende investigar, por qué se propone realizar esa investigación y para qué se realizará. Además, se les debe informar sobre los beneficios que podrían recibir con los resultados de la investigación, tanto para ellos, sus familias, como para la comunidad a la que pertenecen y la humanidad en general y sobre los posibles riesgos que puede entrañar su participación. Los investigadores deberán también garantizarles a los posibles participantes en la investigación que, con independencia de que acepten o no participar, tendrán siempre garantizada la atención de salud que necesiten. Por último, los investigadores deberán ofrecer sus datos profesionales y de localización a los participantes para que, ante cualquier duda, preocupación o necesidad de atención, puedan contactarlos.

Otra situación a la que también me he referido en varias oportunidades es que se continúa hablando de imponer tratamiento, desconociendo que el médico solo puede proponer al paciente y familiares la terapéutica que considera mejor en cada caso, si realmente respeta su dignidad. Al mismo tiempo que debe ofrecerles información de las otras posibles alternativas, de manera que puedan ejercer plenamente su derecho a la libre elección.

Los miembros de nuestra Comisión Nacional de Ética Médica creemos que se debería circular esta carta entre los directores y editores de nuestras revistas científicas, de manera que se revisen bien las propuestas de publicación y se eliminen estas expresiones que no se corresponden con nuestra adhesión y respeto a nuestra Constitución. La que, en su preámbulo, mantiene la convicción y aspiración martiana del culto de los cubanos a la dignidad plena del hombre.a

Agradecida de antemano por la atención que pueda prestar a esta solicitud.

a En las reformas realizadas en el 2019, mediante referendo popular, a la Constitución de la República de Cuba de 1976 se expone en su: “DECLARAMOS: nuestra voluntad de que la ley de leyes de la República esté presidida por este profundo anhelo, al fin logrado, de José Martí: Yo quiero que la ley primera de nuestra República sea el culto de los cubanos a la dignidad plena del hombre. Gaceta Oficial de la República de Cuba. No. 5 Extraordinaria de 10 de abril de 2019. Asamblea Nacional del Poder Popular. Constitución de la República de Cuba proclamada el 10 de abril de 2019. Preámbulo. [acceso 29/04/2020]. Disponible en: https://www.gacetaoficial.gob.cu/es/constitucion-de-la-republica-de-cuba-proclamada-el-10-de-abril-de-2019 (N. del E.).

Recibido: 15 de Abril de 2021; Aprobado: 16 de Abril de 2021

*Autor para la correspondencia: amaro@infomed.sld.cu

La autora declara que no existe conflicto de intereses.

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