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ACIMED

versión impresa ISSN 1024-9435

ACIMED v.12 n.3 Ciudad de La Habana Mayo-jun. 2004

 

Novedades

Requisitos uniformes para la entrega de los manuscritos a las revistas biomédicas: la escritura y la edición para la publicación biomédica

Esta es una traducción al español de los "Uniform Requirements for Manuscripts Submitted to Biomedical Journals: Writing and Editing for Biomedical Publication" El comité editorial de Acimed preparó esta traducción con el apoyo del Departamento de Traducciones del Centro Nacional de Información de Ciencias Médicas (CNICM) por intermedio de la licenciada Mayda Jiménez Lafranqui. El CIDRM no ha avalado, ni aprobado el contenido de la presente traducción. La versión oficial de los "Uniform Requirements for Manuscripts Submitted to Biomedical Journals: Writing and Editing for Biomedical Publication" se encuentra en http:///www.icmje.org/ .

Palabras clave: escritura científica, edición científica, manuscritos, revistas médicas


This a translation into Spanish of the "Uniform Requirements for Manuscripts Submitted to Biomedical Journals: Writing and Editing for Biomedical Publication". The Publishing Committee of Acimed prepared this translation with the assistance of the Translation Department of the National Center of Information on Medical Sciences. Lic. Mayda Jiménez Lafranqui was in charge of the translation. The CIDRM neither has endorsed nor approved the contents of the present translation. The oficial version of the "Uniform Requirements for Manuscripts Submitted to Biomedical Journals: Writing and Editing for Biomedical Publication" may be found in http:///www.icmje.orq/.

Keywords: scientific writting, scientific edition, manuscripts, medical journals

 

I. Declaración de propósitos

A. Acerca de los requisitos uniformes
B. Usuarios potenciales
C. Cómo utilizarlos

II. Consideraciones éticas sobre la realización y la presentación de informes de investigaciones.

A. Autoría y colaboración

1. Autores
2. Colaboradores

B. Edición

1. La función del editor
2. Libertad editorial

B. Revisión por expertos
C. Conflicto de intereses

1. Conflictos de intereses potenciales relacionados con compromisos individuales de los autores.
2. Conflictos de intereses potenciales relacionados con el apoyo a un proyecto.
3. Conflictos de intereses potenciales relacionados con compromisos de directores, personal de la revista o revisores.

D. Privacidad y confidencialidad

1. Pacientes y participantes en estudios
2. Autores y revisores

E. Protección de sujetos humanos y de animales en una investigación.

III. Cuestiones editoriales y de publicación relacionadas con la publicación de trabajos en revistas biomédicas.

A. Obligación de publicar estudios negativos
B. Correcciones, retracciones y "notas explicativas"
C. Derechos de autor.
D. Publicaciones coincidentes

1. Presentación duplicada
2. Publicación redundante
3. Publicación secundaria aceptable
4. Manuscritos concurrentes basados en el mismo estudio.

a. Diferencias en el análisis o la interpretación
b. Diferencias en los métodos o los resultados presentados.

5. Manuscritos concurrentes con fundamento en la misma base de datos.
E. Correspondencia
F. Suplementos, números temáticos y series especiales
G. Publicaciones electrónicas
H. Publicidad
I. Las revistas médicas y los medios de difusión

IV. Preparación y presentación de manuscritos

A. Preparación de un manuscrito para presentarlo a las revistas biomédicas.

1. Generalidades

a. Principios generales
b. Lineamientos para informar los resultados de estudios según su diseño.

2. Página del título
3. Página de notificación del conflicto de intereses
4. Resumen y palabras claves
5. Introducción
6. Métodos

a. Selección y descripción de los participantes
b. Información técnica
c. Estadísticas

7. Resultados
8. Discusión
9. Bibliografía

a. Consideraciones generales relacionadas con las referencias bibliográficas.
b. Estilo y formato de las referencias bibliográficas

10. Tablas
11. Ilustraciones (figuras)
12. Leyendas de las ilustraciones (figuras)
13. Unidades de medición
14. Abreviaturas y símbolos
B. Envío de manuscritos a las revistas

V. Referencias

A. Referencias impresas citadas en este documento
B. Otras fuentes de información relacionadas con las revistas biomédicas.

VI. Acerca del Comité Internacional de Directores de Revistas Médicas.
VII. Autores
VIII. Uso, distribución y traducción
IX. Informaciones


I. Declaración de propósitos

I. A Acerca de los requisitos uniformes

En 1978, un pequeño grupo de directores de revistas médicas generales se reunió informalmente en Vancouver, British Columbia, para establecer ciertas pautas para la presentación de los manuscritos a sus revistas. Al grupo, llegó a conocérsele como el Grupo de Vancouver. Dichas pautas o requisitos, incluidos los formatos para las referencias bibliográficas desarrollados por la National Library of Medicine, se publicaron, por primera vez, en 1979. Con posterioridad, el Grupo de Vancouver se amplió hasta convertirse en el Comité Internacional de Directores de Revistas Médicas (CIDRM) que celebra sus reuniones anualmente. Sus intereses se extendieron gradualmente y comprenden actualmente los principios éticos relacionados con la publicación de trabajos en las revistas biomédicas.

El CIDRM ha elaborado múltiples ediciones de los "Requisitos uniformes para la entrega de manuscritos a las revistas biomédicas". A lo largo de los años, han surgido nuevas cuestiones que van más allá de la preparación de los manuscritos, lo que ha traído como resultado el desarrollo de un grupo de "Declaraciones independientes" sobre política editorial. El documento completo se revisó en 1997; las secciones se actualizaron en mayo de 1999 y en mayo del 2000. El CIDRM revisó en mayo del 2001 las secciones relacionadas con los conflictos de intereses potenciales. En cuanto a la actual revisión del 2003, el comité revisó y reorganizó todo el documento e incorporó las declaraciones independientes al texto.

El contenido total de este documento puede reproducirse con fines educacionales no lucrativos sin considerar los derechos de autor. El comité promueve la distribución del material. A las revistas que adopten los "Requisitos uniformes…" se les solicita que mencionen en las instrucciones a los autores que sus normas están en concordancia con ellos y que citen esta versión.

I. B Usuarios potenciales

El CIDRM creó estos requisitos para ayudar, tanto a los autores como a los directores de revistas médicas en su difícil tarea de crear y distribuir informes de estudios biomédicos precisos, claros y de fácil acceso. Las secciones iniciales abordan los principios éticos del proceso de evaluación, el mejoramiento y la publicación de los manuscritos en revistas biomédicas, así como las relaciones entre directores y autores, revisores expertos y los medios de difusión. Las últimas secciones abordan aspectos más técnicos relacionados con la preparación y presentación de manuscritos. El CIDRM considera que el presente documento se ajusta, tanto a los intereses de los autores como de los directores.

Los "Requisitos uniformes…" pueden brindar a otros muchos interesados - revisores expertos, editores, medios de difusión masiva, pacientes y sus familias, así como a los lectores en general - una buena oportunidad para conocer las particularidades de la autoría y la edición de las revistas biomédicas.

I. C. Cómo utilizarlos

Los "Requisitos uniformes…" establecen principios éticos para la presentación de informes de investigaciones y proporcionan recomendaciones relacionadas con elementos específicos de la redacción y la edición. Dichas recomendaciones se basan fundamentalmente en la experiencia compartida por un grupo de directores y autores, recopiladas a lo largo de varios años y no tanto en los resultados de una investigación metódica y planificada que aspire a "basarse en las evidencias". Siempre que sea posible, las recomendaciones estarán acompañadas de una razón que las justifiquen; como tal, el documento cumple un fin educacional.

Los autores observarán cuanto de beneficioso puede resultar seguir las recomendaciones de este documento siempre que sea posible porque, como se explica, se mejora la calidad y la claridad de la información en los manuscritos enviados a cualquier revista y se facilita la labor de edición. Al mismo tiempo, toda revista presenta requisitos editoriales particulares que se adecuan exclusivamente a sus objetivos. Por ello, los autores deben familiarizarse con las instrucciones específicas de la revista donde han elegido publicar sus manuscritos; por ejemplo, los temas que abarca, los tipos de trabajos -artículos originales, revisiones, informes de casos, etc.); y cumplir con las referidas instrucciones. La Biblioteca Mulford del Colegio Médico de Ohio mantiene un compendio útil de instrucciones a los autores, publicadas por diferentes revistas médicas en el sitio www.mco.edu/lib/instr/libinsta.html

II. Consideraciones éticas para la realización y presentación de informes de las investigaciones
II. A Autoría y colaboración
II. A. 1 Autores

Por lo general, se considera autor a la persona que ha hecho aportes intelectuales sustanciales a un estudio publicado; y la autoría biomédica, tiene importantes implicaciones académicas, sociales y financieras.1 En el pasado, en raras ocasiones, los lectores recibían información sobre los aportes hechos a los estudios por aquellos que aparecian como autores y en los reconocimientos.2 Algunas revistas solicitan y publican actualmente información sobre los aportes de cada persona nombrada por su participación en un estudio presentado, al menos, para las investigaciones originales. Se exhorta firmemente a los editores a que desarrollen y apliquen una política referida a las colaboraciones, así como a la identificación de del responsable del trabajo en su conjunto.

Si bien las políticas referidas a las colaboraciones y las garantías, eliminan una gran parte de la ambigüedad que rodea a las colaboraciones, deja sin resolver la cuestión de la calidad y la cantidad del aporte que puede calificarse como autoría. El CIDRM ha recomendado los siguientes criterios para la autoría, los cuales son apropiados, incluso para aquellas revistas que establecen diferencias entre autores y otros colaboradores:

  • El crédito de autoría debe basarse en: 1) aportes sustanciales a la concepción y el diseño, adquisición de datos o su análisis e interpretación; 2) redacción del artículo o revisión crítica para asegurar la importancia de su contenido intelectual y 3) aprobación final de la versión que se publicará. Los autores deberán cumplir las condiciones contenidas en los puntos. 1 - 3
  • Cuando un grupo amplio y multicéntrico realice un trabajo, el grupo debe identificar a los individuos que aceptan la responsabilidad directa por el manuscrito.3 Estos individuos deben cumplir los criterios definidos anteriormente para la autoría; los directores pedirán a estos individuos que llenen los formularios específicos de cada revista, dirigidos a revelar sus posibles conflictos de interés. Cuando se presenta un manuscrito de autoría colectiva, debe indicarse claramente mediante una cita el autor que atenderá la correspondencia, el nombre del grupo y detodos los autores individuales. Las revistas, por lo general, mencionarán a los demás miembros del grupo en los reconocimientos. La National Library of Medicine indiza el nombre del grupo y los nombres de las personas que el grupo identifica como los responsables directos del trabajo original.
  • La adquisición de fondos, recopilación de datos o supervisión general del grupo investigador, solos, no justifican la autoría.
  • Todas las personas designadas como autores deben reunir los requisitos señalados para la autoría y deben mencionarse.
  • Cada autor debe haber participado lo suficiente en el trabajo como para asumir la responsabilidad pública por la parte del trabajo que le corresponde.

Algunas revistas también solicitan actualmente que uno o más autores, denominados "garantes" se identifiquen como las personas que asumen la responsabilidad por la integridad del trabajo en su conjunto, desde el inicio hasta el artículo publicado y ofrecen dicha información.

La autoría de los ensayos multicéntricos se atribuye cada vez más a un grupo. Todos los miembros del grupo, nombrados como autores deben cumplir los criterios antes mencionados sobre la autoría.

El orden de los autores en el pie de autor debe ser una decisión conjunta de los coautores. Los autores deben prepararse para explicar el orden en que aparecen.

II. A. 2 Colaboradores

Los colaboradores que no cumplan los criterios de autoría deben mencionarse en la sección de agradecimientos. Pueden reconocerse personas que brindaron asistencia puramente técnica, ayuda en la redacción del trabajo o al jefe de un departamento por su apoyo de forma general. Deben reconocerse asimismo, el apoyo financiero y material.

Los grupos de personas que contribuyeron materialmente al trabajo, pero cuyos aportes no justifican la condición de autores, pueden citarse bajo la denominación de "investigadores clínicos" o "investigadores participantes" y deberá describirse la función desempeñada o el aporte realizado , por ejemplo, "asesoría científica", "revisión crítica de la propuesta de estudio", "recopilación de datos" o "atención a los pacientes en estudio".
Como los lectores pueden inferir que las personas mencionadas ofrecieron su aval al informe y las conclusiones del trabajo, se obtendrá el permiso por escrito de dichas personas antes de incluírlas en esta sección.

II. B. Edición
II. B. 1 La función del editor

El editor de una revista es el responsable de todo el contenido. Los propietarios y los directores de las revistas médicas tienen un empeño común y es la publicación de una revista confiable y leíble, elaborada según sus objetivos declarados y costos pre-establecidos. Sin embargo, las funciones de los propietarios y editores son diferentes. Los propietarios tienen derecho a nombrar y a despedir a los editores, así como a tomar importantes decisiones empresariales en las que la participación de los editores será la mayor posible. Pero, los editores deben disponer de la autoridad total para determinar el contenido editorial de la revista. Ellos deberán defender este concepto de libertad editorial resueltamente y hasta el punto donde se coloque en peligro su propio cargo. En la práctica, para garantizar esta libertad editorial, el editor debe tener acceso directo a los propietarios de la revista hasta el más alto nivel y no sólo una relación con un director adjunto o un delegado.

Los editores de revistas médicas tendrán un contrato donde se definan claramente sus derechos y deberes, además de los términos generales del nombramiento y los mecanismos para resolver los conflictos.
Puede resultar de utilidad, la existencia de un consejo editorial independiente que ayude al editor a establecer y mantener una política editorial.

II. B. 2 Libertad editorial

La CIDRM se adhiere a la definición de libertad editorial de la Asociación Mundial de Directores de Revistas Médicas (http://www.wame.org/wamestmt.htm). Dicha definición afirma que la libertad o independencia editorial se basa en la total autoridad del editor sobre el contenido de su revista. Los dueños de las revistas no deben interferir en la evaluación, selección o redacción de los artículos individuales en forma directa o mediante la creación de un ambiente que influya significativamente en las decisiones. Los directores no deberán basar sus decisiones sobre la validez de un trabajo y su importancia para los lectores de la revista en su éxito comercial. Los editores tendrán libertad para expresar opiniones críticas, pero responsables, sobre todos los aspectos de la medicina sin miedo a represalias, aun cuando estas opiniones puedan no estar de acuerdo con las metas comerciales de la editorial. Los editores y sus organizaciones tienen la obligación de velar por el concepto de libertad editorial y de llamar la atención de la comunidad médica, académica y no especializada sobre las principales transgresiones a dicha libertad.

II. C. Revisión por expertos

La valoración independiente, imparcial y crítica es parte intrínseca de todo trabajo intelectual incluido el proceso científico. La revisión por expertos es la valoración crítica de los trabajos originales presentados a las revistas por parte de especialistas que no son parte del comité editorial. Dicha revisión puede considerarse como una importante extensión del proceso científico. Si bien su valor real no se ha investigado a profundidad y es objeto de amplio debate,4 la revisión ayuda a los editores a decidir cuáles trabajos originales son adecuados a sus revistas; y ayuda, tanto a autores como a editores, en sus esfuerzos por mejorar la calidad de la presentación de la información. Una revista arbitrada es aquella en la que la mayoría de los artículos de investigación publicados se somten a la revisión de terceros. La cantidad y el tipo de trabajos originales enviados a revisión, el número de revisores, los procedimientos de revisión y el empleo que se hace de las opiniones de los revisores pueden variar. En aras de la transparencia, cada revista debe revelar públicamente su política en las instrucciones a los autores.

II. D Conflictos de intereses

La confianza del público en el proceso de revisión por expertos y la credibilidad de los artículos publicados, depende, en parte, de cuán bien se resuelva el conflicto de intereses durante la redacción, la revisión y la toma de decisiones en el comité editorial. Existe un conflicto de interés cuando un autor (o la institución del autor), un revisor o un editor tiene relaciones financieras o personales que influyen inapropiadamente (parcializan) sus acciones -esas relaciones se conocen también como compromisos dobles, intereses confluentes o lealtad controversial. Estas relaciones van desde aquellas con un mínimo potencial hasta aquellas que presentan una enorme influencia en los criterios; por ello no todas las relaciones representan un verdadero conflicto de interés. La posibilidad de ocurrencia de un conflicto de interés surge si un individuo considera que la relación puede o no afectar su criterio científico. Las relaciones financieras -como el empleo, las consultorías, la posesión de acciones, los honorarios, el testimonio de especialistas retribuidos- son los conflictos de intereses más fácilmente identificables y los que con más probabilidad socavan la credibilidad de una revista, de los autores y de la ciencia misma. Sin embargo, pueden surgir conflictos por otras razones como son relaciones personales, la competitividad académica y el fanatismo intelectual.

Los participantes en la revisión y en el proceso de publicación han de revelar todas las relaciones que pudieran verse como posibles conflictos de interés. La revelación de estas relaciones es también importante en los editoriales y los artículos de revisión porque, ene stos tipos de estudio, puede ser más difícil de detectar el sesgo que en los informes de las investigaciones originales. Los directores pueden emplear la información revelada en las declaraciones sobre conflictos de interés y de intereses financieros como base de las decisiones editoriales. Los directores deben publicar esta información si consideran que es importante para juzgar el trabajo original.

II. D. 1. Conflictos potenciales de intereses relacionados con los compromisos individuales de los autores

Cuando los autores presentan un trabajo original, sea un artículo o una carta, asumen la responsabilidad de revelar todas las relaciones personales y económicas que puedan influir en su trabajo. Para evitar la ambigüedad, los autores deben señalar explícitamente si existen o no conflictos potenciales. Los autores lo harán en la página que se dedica a la notificación de conflictos de interés, que sigue a la página del título del trabajo original, y de ser necesario, brindará detalles adicionales en una carta de explicación adjunta que acompañe al trabajo original (Ver sección IV. A. 3 Página de notificación de conflicto de interés).

Los investigadores deben revelar los conflictos potenciales para el estudio de los participantes y deben declarar si lo han hecho o no en el trabajo original.

Asimismo, es necesario que los editores decidan cuándo se publicará la información sobre los conflictos potenciales de interés proporcionada por los autores. Si existen dudas, lo mejor es errar por exceso de publicación.

II. D. 2. Conflictos potenciales de intereses relacionados con el apoyo a un proyecto

Cada vez más, los estudios individuales reciben financiamiento de las firmas comerciales, las fundaciones privadas y el gobierno. Las condiciones del financiamiento pueden potencialmente prejuiciar y, de alguna forma, desacreditar la investigación.

Los científicos tienen la obligación ética de presentar resultados acreditables de investigaciones para su publicación. Además, como responsables directos de su trabajo, los investigadores no pueden llegar a acuerdos que interfieran con su acceso a los datos y con su capacidad para analizarlos de forma independiente, para preparar los trabajos originales y publicarlos. Se debe describir el papel del o los patrocinador(es) del estudio, si existen, en el diseño del estudio; en la recopilación, análisis e interpretación de los datos; en la redacción del informe y en la decisión para someter el informe para su publicación. Si la fuente de apoyo no tiene tal participación, es deber de los autores señalarlo. Los sesgos potencialmente introducidos cuando los patrocinadores se involucran directamente en la investigación son análogos a los sesgos metodológicos de otra clase. Por lo tanto, algunos periódicos optan por incluir la información sobre la participación del patrocinador en la sección de los métodos.

Los editores pueden solicitar a los autores de un estudio patrocinado por una agencia con interés financiero o patentado en los resultados que firmen una declaración como esta: "Tuve completo acceso a todos los datos en este estudio y asumo la total responsabilidad por la integridad de los datos y la precisión del análisis de la información". Debe alentarse a los editores para que revisen las copias del protocolo y los contratos asociados con los estudios específicos de un proyecto antes de aceptar dichos estudios para su publicación. Los editores pueden optar por no considerar un artículo si su patrocinador ha ejercido algún tipo de control sobre el derecho de los autores a publicar sus trabajos.

II. D. 3 Conflictos potenciales de intereses relacionados con los compromisos de los editores, el personal de la revista o los revisores

Los editores deben evitar la selección de árbitros con conflictos de intereses potenciales, por ejemplo, aquellos que trabajan en un mismo departamento o institución que cualquiera de los autores. A menudo, estos últimos brindan a los editores los nombres de las personas que, en su opinión, no deben revisar el trabajo original debido a potenciales conflictos de interes, habitualmente profesionales. Cuando sea posible, a los autores se les debe pedir que expliquen o justifiquen sus preocupaciones porque esa información es importante para los directores a la hora de decidir si satisfacen o no dichas peticiones.

Los revisores deben revelar a los directores cualquier conflicto de interés que pudiera parcializar sus opiniones sobre el trabajo original y deben declararse inhabilitados para revisar trabajos específicos si lo considerasen conveniente. Asíl sucede en el caso de los autores, el silencio por parte de los revisores en cuanto a los potenciales conflictos de intereses pueden significar o bien que esos conflictos existen y no se revelaron o que no existen en realidad. Por ello, hay que pedir a los revisores una declaración explícita sobre la existencia o no de los conflictos. Los revisores no deben emplear los conocimientos de un trabajo antes de su publicación en su propio provecho.

Los directores que toman las decisiones finales sobre los trabajos originales no deben tener implicación personal, profesional o financiera en ninguno de los asuntos que se deban enjuiciar. Otros miembros del personal editorial, si participan en las decisiones editoriales, deben brindar a los directores una descripción actualizada de sus intereses financieros, porque pueden relacionarse con los criterios editoriales y declararse no aptos para tomar parte en cualquier decisión donde tengan un conflicto de interés. El personal de la editorial no debe utilizar la información obtenida de los originales en su propio beneficio. Los directores deben publicar declaraciones regulares sobre potenciales conflictos de intereses relacionados con los compromisos del personal de la revista.

II. E Privacidad y confidencialidad
II. E. 1. Pacientes y participantes en estudios

Los pacientes tienen derecho a la privacidad y no debe infringirse sin un consentimiento informado. No debe publicarse, en descripciones escritas, fotografías u otros medios, información alguna que permita su identificación, como nombres, iniciales o números de identificación de hospitales, a menos, que la información sea esencial para fines científicos y el paciente (o el padre o guardián) otorgue su consentimiento por escrito para la publicación. El consentimiento informado para este fin requiere que el paciente que se identificará se le muestre el manuscrito que va a publicarse.

Se omitirán los detalles que permitan la identificación si no son fundamentales. Sin embargo, es difícil lograr un anonimato completo y de existir dudas, debe obtenerse un consentimiento informado. Por ejemplo, enmascarar la región de los ojos en fotografías de pacientes es una protección inadecuada del anonimato. Si se cambian los datos para proteger el anonimato, los autores deben brindar la seguridad de que dichas alteraciones no distorsionan el significado científico.

El requisito del consentimiento informado deberá incluirse en las instrucciones de las revistas a los autores. Cuando se obtenga un consentimiento informado, debe indicarse en el artículo publicado.

II.E. 2 Autores y revisores

Los trabajos originales se revisarán con el debido respeto a la confidencialidad de los autores. Al presentar sus trabajos para su revisión, los autores confían a los editores los resultados de su trabajo científico y su esfuerzo creador a los editores y de ellos depende su reputación y su carrera. Pueden violarse los derechos de los autores, si se revelan detalles confidenciales sobre la revisión de su trabajo original. A su vez, los revisores tienen derecho a la confidencialidad y el editor debe respetarla. Puede que sea necesario infringir la confidencialidad si hay sospechas de deshonestidad o fraude, pero de lo contrario hay que respetarla.

Los directores no deben revelar información sobre los trabajos originales -su recepción, contenido, estado en el proceso de revisión, crítica por los revisores o destino final- a ninguna persona excepto a los autores y los revisores del manuscrito. Esto comprende las solicitudes para emplear los materiales en procedimientos legales.

Los editores deben dejar bien en claro ante sus revisores que los manuscritos enviados para revisión son comunicaciones privilegiadas y propiedad privada de los autores. Por lo tanto, los revisores y los miembros del personal editorial respetarán los derechos de los autores no debatirán públicamente el trabajo de los autores o se apropiarán de sus ideas antes de ser publicados. A los revisores no se les debe permitir hacer copias del original para guardarlas en sus archivos o para compartirlos con otros, excepto que medie la autorización del editor. Los revisores deben devolver o destruir las copias de los originales una vez concluida la revisión. Los editores no deben guardar las copias de los originales rechazados.

Los comentarios de los revisores no se publicarán o divulgarán sin el consentimiento del revisor, del autor y el editor.

Las opiniones difieren en cuanto a si los revisores deben permanecer en el anonimato o no. Los autores de manuscritos deben consultar la información dirigida a los autores de la revista que han elegido para saber si las revisiones son anónimas. Cuando no se firmen los comentarios, la identidad de los revisores no ha de revelarse ni al autor ni a cualquier otra persona sin su consentimiento.

Algunas revistas publican los comentarios de los revisores junto con el trabajo original. Tal procedimiento no debe adoptarse sin el consentimiento de los autores y de los revisores. Sin embargo, los comentarios de los revisores deben enviarse a otros revisores que participan en el arbitraje del mismo trabajo original; así, ellos podrán conocer sobre el proceso de revisión, y la decisión del editor se notificará a los revisores.

II. F. Protección de los sujetos humanos y de los animales en las investigaciones

Al reportar los experimentos en sujetos humanos, los autores deben indicar si los procedimientos seguidos estuvieron en concordancia con las normas éticas del comité responsable de la experimentación en humanos (institucional y nacional) y con la Declaración de Helsinki de 1975 según su revisión del 2000. 5 Si existen dudas, si la investigación se realizó según la citada declaración o no, los autores tienen que explicar la razón de su enfoque y demostrar que el cuerpo institucional de revisión aprobó explícitamente los aspectos dudosos del estudio. Al reportar experimentos en animales, debe solicitarse a los autores que indiquen si se siguió la guía nacional e institucional para el cuidado y el uso de animales de laboratorio.

III. Cuestiones editoriales y de publicación relacionadas con las revistas biomédicas
III. A La obligación de publicar estudios negativos

Los editores analizarán seriamente la publicación de todo estudio sobre un asunto importante realizado cuidadosamente, pertinente para sus lectores. Ello se hará, con independencia de que los resultados sean negativos -es decir, que permitan convincentemente aceptar la hipótesis nula- o positivos -es decir, que permitan rechazar la hipótesis nula. No presentar o publicar los estudios negativos contribuye en particular a fomentar la parcialidad de la publicación. Muchos estudios supuestamente negativos en realidad son estudios inconclusos; cierto que la publicación de estos estudios es problemática porque añaden muy poco al conocimiento biomédico y consumen los recursos de la revista. Es posible que la Biblioteca Cochrane se interese en la publicación de ensayos inconclusos. (http://www.cochrane.org/).

III. B Correcciones, retracciones y "notas explicativas de preocupación"

En principio, los editores asumirán que los autores presentan trabajos basados en observaciones honestas. No obstante, pueden surgir dos tipos de conflictos.

Primero, pueden notarse errores en los artículos publicados que requieran la publicación de una fe de erratas de una parte del trabajo. Las correcciones aparecerán en una página numerada que se enunciará en la página de la tabla de contenido, incluirán la cita original completa y el vínculo con el artículo original y viceversa, si se trata de publicaciones en línea. Puede ocurrir que un error sea de tal magnitud que demerite todo el trabajo, pero es bastante improbable y corresponde a los editores y autores abordar este hecho caso por caso. No debe confundirse un error de este tipo con las deficiencias que quedan al descubierto por el surgimiento de nuevas informaciones científicas en el curso normal de la investigación. Esto último no demanda correcciones ni la eliminación del artículo.

El segundo tipo de conflicto consiste en el fraude científico. De surgir dudas sustanciales sobre la honestidad o la integridad de un trabajo, sea presentado o publicado, el editor es el responsable de garantizar que la cuestión se aborde adecuadamente y ello corresponde, por lo general, a la institución patrocinadora de los autores. Sin embargo, no es misión habitual de los editores realizar una investigación completa o tomar una decisión porque esa responsabilidad recae en la institución donde se hizo el trabajo o en la agencia financiadora. Se debe informar inmediatamente la decisión final al editor y si el trabajo fraudulento se ha publicado, la revista imprimirá una nota de retractación. Si este método de investigación no concluye de manera satisfactoria, el editor podrá optar por realizar su propia investigación. Como alternativa a la retractación, el editor podrá publicar una nota explicativa de su preocupación sobre distintos aspectos de la realización o la integridad del trabajo.

La retractación o la nota explicativa de preocupación, como se denomina, debe aparecer en una página numerada dentro de una sección prominente de la revista impresa, así como en la versión en línea, se incluirá en la tabla de contenidos y en su encabezamiento se colocará el título del artículo original. Dicha retractación o nota explicativa de preocupación no es simplemente una carta al editor. Lo ideal sería que el primer autor que aparece en el artículo fuese el mismo de la retractación, si bien en ciertas circunstancias, el editor puede aceptar las retractaciones elaboradas por otras personas responsables. El texto de la retractación debe brindar una explicación sobre las razones que motivan la retractación e incluir la referencia bibliográfica completa del artículo que es objeto de la retractación.

La validez de la labor previa del autor de un trabajo fraudulento es dudosa. Por ello, los editores podrán solicitarle a la institución del autor que les garantice la validez de cualquier trabajo anterior que se publicara en sus revistas o que se retracten del mismo. Si la institución no lo hace, los directores podrán optar por publicar una nota que exprese sus dudas sobre la validez del trabajo del autor en cuestión publicado con anterioridad.

III. C. Derechos de autor

Numerosas revistas biomédicas solicitan a los autores que les transfieran los derechos de autor. Sin embargo, un creciente número de revistas de "acceso abierto" no lo hacen así. Los editores deben dejar bien clara su posición sobre esta cuestión ante los autores y otras personas que puedan estar interesadas en utilizar el contenido editorial de las revistas. El derecho de autor de los artículos puede variar en una revista determinada: ciertos contenidos no pueden reproducirse -por ejemplo, artículos escritos por empleados del gobierno de los Estados Unidos y de algunos otros gobiernos en el transcurso de la realización de los trabajos. Los editores pueden ceder los derechos de autor a otras personas; no obstante, existen autores que pueden quedar protegidos por los derechos de publicación de la revista.

III. D. Publicaciones coincidentes
III.D. Presentación duplicada

La mayoría de las revistas biomédicas no tomarán en consideración los manuscritos que se analizan al mismo tiempo por otras revistas. Entre los principales argumentos que llevan a esta política están: 1) la posibilidad de que surjan desacuerdos cuando dos o más revistas reclamen el derecho de publicar un original que se ha presentado simultáneamente a la consideración de más de una revista; y 2) la posibilidad de que dos o más revistas sin saberlo emprendan innecesariamente el trabajo de revisión por expertos y de edición de un mismo trabajo y publiquen el mismo artículo.
Sin embargo, los editores de diferentes revistas podrán decidir simultáneamente o de conjunto la publicación de un artículo si opinan que ello sería lo mejor para el público lector.

III. D. 2. Publicación redundante

La publicación redundante o duplicada es la publicación de un artículo que coincide sustancialmente con otro previamente publicado en una revista impresa o en formato electrónico.

Los lectores de publicaciones seriadas primarias, sean impresas o seriadas, merecen la garantía de que lo que están leyendo es inédito a menos de que exista una declaración explícita de que el artículo es una reedición decidida por el autor y el editor. Las bases de esta posición se corresponden con las leyes internacionales de derecho de autor, la conducta ética y el uso racional de los recursos. La publicación duplicada de investigaciones originales es particularmente problemática porque puede generar como resultado el conteo duplicado inadvertido o la ponderación inapropiada de los resultados de un solo estudio, lo que distorsiona las evidencias disponibles.

Muchas revistas no desean recibir trabajos sobre algo que se ha informado, en gran medida, en un artículo publicado o que es parte de otro trabajo, presentado o aceptado para su publicación en un medio impreso o electrónico. Esta política no excluye que la revista acepte un trabajo que rechazado por otra revista o un informe completo que siga a la publicación de un estudio preliminar, como sucede con un resumen o un póster exhibido en un encuentro profesional. Asimismo, tampoco impide que las revistas analicen un trabajo que se haya presentado en un evento científico, siempre que no se publicara en su totalidad, o que se encuentre en análisis para su publicación en un acta u otro formato similar. Los informes de prensa sobre eventos programados no se consideran por lo general como violaciones de esta regla si no se amplían con la inclusión de datos adicionales o copias de tablas e ilustraciones.

Al presentar un original, el autor siempre deberá hacer una declaración completa al editor sobre todas las presentaciones e informes previos que pudieran considerarse como publicación redundante o duplicada de un trabajo idéntico o muy similar. El autor ha de alertar al editor sobre si el original incluye temas sobre los que el autor ha publicado un informe con anterioridad o si ha presentado un informe afín a otra publicación. Es necesario referirse a cualquiera de estos informes y mencionarlos en el nuevo trabajo. Las copias de este material se remitirán con el trabajo presentado para ayudar al director a decidir cómo abordar el asunto.

Si se intenta la publicación redundante o duplicada de un trabajo, o si esta ocurre sin la debida notificación, los autores deberán aguardar por las medidas que tome la editorial. Como mínimo, debe esperarse el inmediato rechazo del original presentado. Si el director no se percató de las violaciones y se publicó el artículo, es probable que aparezca, con o sin la explicación o la aprobación del autor del artículo, una nota que se refiera a la publicación redundante o duplicada.

La presentación de informes preliminares ante los medios de difusión, agencias gubernamentales o fabricantes sobre información científica descrita en una carta al editor o en un trabajo aceptado pero no publicado constituye una violación de la política editorial de múltiples revistas. Esta presentación del informe puede justificarse en caso de que el trabajo o la carta describan importantes avances terapéuticos o riesgos para la salud pública como son serios efectos adversos de medicamentos, vacunas, otros productos biológicos, de dispositivos médicos o de enfermedades de declaración obligatoria. Esta presentación no debe comprometer la publicación, si bien debe discutirse y conveniarse previamente con el director.

III. D. 3 Publicación secundaria aceptable

Ciertas clases de artículos como son las directivas elaboradas por agencias gubernamentales y organizaciones profesionales, necesitan llegar a un público lo más amplio posible y en estos casos, los directores optan algunas veces de forma deliberada por publicar materiales que también se presentan en otras revistas, pero con la anuencia de los autores y los editores de dichas revistas. La publicación secundaria en el mismo idioma o en otro, particularmente en otros países, es justificable por diversas razones y puede resultar beneficiosa siempre que se cumplan las condiciones siguientes.

  1. Los autores han recibido la aprobación de los editores de ambas revistas; el director de la revista que decida hacer la publicación secundaria dispondrá de una fotocopia, una reimpresión o un manuscrito de la versión primaria.
  2. La prioridad de la publicación primaria se respeta al menos por una semana (a menos que ambos editores acuerden otra cosa)
  3. El trabajo para una publicación secundaria estará dirigido a un grupo de lectores diferente por lo que podría bastar con una versión abreviada.
  4. La versión secundaria reflejará fielmente los datos y las interpretaciones de la versión original.
  5. La nota al pie que aparecerá en la primera página de la versión secundaria informará a los lectores, a los revisores y a las agencias de documentación que el trabajo se ha publicado en su totalidad o en parte y mencionará la referencia primaria. El texto adecuado para esa nota al pie sería el siguiente: "Este artículo está basado en un estudio que apareció por primara vez en (título de la revista y la referencia completa).

El permiso para una publicación secundaria debe ser gratuito.

II. D. 4 Manuscritos opuestos basados en el mismo estudio

La publicación de manuscritos para ventilar las discrepancias entre los coinvestigadores puede malgastar espacio de la revista y confundir a los lectores. Por otra parte, si los directores publican, a sabiendas, un manuscrito escrito por algunos de los miembros del equipo colaborador, podrían estar negándoles al resto del equipo, sus legítimos derechos de coautores y privando a los lectores de la revista, el acceso a diferencias válidas de opiniones en cuanto a la interpretación de un estudio.

Se toman en consideración dos tipos de envíos de manuscritos opuestos: envíos hechos por colaboradores que no estuvieron de acuerdo con el análisis y la interpretación de su estudio y envíos de manuscritos por colaboradores que discrepan en cuanto a qué hechos y datos debían informarse.

Dejando a un lado la cuestión no resuelta de la propiedad de los datos, las siguientes observaciones generales pueden ayudar a los editores y a otras personas que se enfrenten a estos problemas

III. D. 4. a Diferencias en el análisis o la interpretación

Si la controversia se centra en el análisis o la interpretación de los datos, los autores deberán presentar un manuscrito que comprenda claramente ambas versiones. Las diferencias de opinión se explicarán en una carta. El proceso normal de revisión editorial y por los expertos del manuscrito, puede ayudar a los autores a que se resuelva el desacuerdo en cuanto al análisis o la interpretación.

Si el estudio merece publicarse y no puede solucionarse la controversia, entonces deben publicarse ambas versiones. Las opciones comprenden la publicación de dos trabajos sobre el mismo estudio o de un solo trabajo con dos análisis o interpretaciones. En ambos casos, sería conveniente que el editor publicase una declaración donde se mencione la discrepancia y los esfuerzos de la revista por resolverla.

III. D. 4 Diferencias en los métodos o los resultados informados

Si la discrepancia se centra en opiniones distintas sobre lo que realmente se hizo o se observó durante el estudio, el director de la revista debe rechazar la publicación del manuscrito hasta que se resuelva el diferendo. No es de esperar que la revisión por expertos pueda resolver estos problemas. De existir alegatos de deshonestidad o fraude, los editores informarán a las autoridades correspondientes y se les notificará a los autores la intención del director de informar sobre sospechas de una conducción errónea de la investigación.

I. D. 5 Manuscritos opuestos basados en la misma base de datos

En ocasiones, los directores reciben manuscritos de grupos de investigadores independientes que analizaron un conjunto de datos similares obtenidos de una base de datos pública. Los manuscritos pueden diferir en los métodos de análisis, las conclusiones o en ambos aspectos. Cada manuscrito deberá analizarse por separado. Cuando sean muy similares las interpretaciones de los mismos datos, es conveniente si bien no obligatorio que los editores den preferencia al manuscrito que primero se recibió. Sin embargo, la consideración editorial a los envíos múltiples puede justificarse en esa circunstancia e incluso puede que exista una buena razón para publicar más de un manuscrito porque los diferentes enfoques de análisis pueden ser complementarios e igualmente válidos.

III.E. Correspondencia

Los lectores de las revistas biomédicas deben disponer de un mecanismo para poder enviar sus comentarios, preguntas o críticas acerca de los artículos enviados, así como también para contribuciones breves y comentarios no relacionados con artículos publicados con anterioridad. Esto puede, aunque no necesariamente, adoptar la forma de una sección o columna de correspondencia. A los autores de los artículos debatidos en la correspondencia se les dará la oportunidad de responder, preferentemente en la misma edición en la que aparece la correspondencia sobre el original. A los autores de la correspondencia se les solicitará que declaren cualquier interés opuesto o conflicto de intereses que tenga.

La correspondencia publicada puede ser objeto de edición, corrección gramatical y adecuación al estilo de la revista. Asimismo, los directores pueden optar por publicar la correspondencia sin editar como sucede con las secciones de respuesta rápida en Internet; la revista deberá declarar sus prácticas editoriales al respecto. Los autores deberán aprobar los cambios editoriales que modifiquen el contenido o el tono de una carta o de una respuesta.

Si bien los directores tienen la prerrogativa de examinar la correspondencia que no sea relevante, interesante o carezca de lógica, tienen el deber de permitir la expresión de un diapasón de opiniones. La columna de correspondencia no debe utilizarse meramente para promover el punto de vista de la revista o de los directores. En todo caso, los directores han de esforzarse por eliminar declaraciones descorteses, inexactas o difamatorias y no deberán permitir argumentos ad hominem dirigidos a desacreditar opiniones o hallazgos.

En interés de la justicia y para mantener la correspondencia dentro de proporciones manejables, es posible que las revistas deseen establecer límites de tiempo para responder a los artículos y a la correspondencia, así como para el debate sobre un tema determinado. Las revistas deben decidir si notificarán o no a los autores en qué momento la correspondencia sobre sus trabajos publicados aparecerá en la sección habitual o en la sección de respuesta rápida. Las revistas deben igualmente establecer su política en cuanto a cómo archivar la correspondencia no editada que aparece en línea. Estas políticas deben divulgarse en las versiones impresa y electrónica de la revista.

III. F. Suplementos, números temáticos y series especiales

Los suplementos son colecciones de documentos que abordan asuntos o temas relacionados, se publican en un número separado de la revista o como parte de una emisión regular y son, por lo general, financiadas por fuentes que no es la editorial de la revista. Los suplementos pueden servir para propósitos útiles: educación, intercambio de información sobre las investigaciones, así como un mejor acceso a contenidos interesantes y la mejor cooperación entre entidades académicas y corporativas. Como las fuentes de financiamiento pueden crear un sesgo en el contenido de los suplementos a partir de la elección de los temas y los puntos de vista, las revistas deben considerar la adopción de los siguientes principios. Estos mismos principios se aplican a las emisiones temáticas o a las series especiales que cuentan con financiamiento externo y con directores invitados.

  1. El director de la revista asumirá toda la responsabilidad por las políticas, prácticas y contenidos de los suplementos incluido el control completo de la decisión de publicar todas las partes del suplemento o no. No se permite la edición de contenidos por parte de la organización financiadora.
  2. El director de la revista conservará su autoridad de enviar los manuscritos para suplementos a la revisión por expertos ajenos a la publicación y de rechazarlos. Se deben notificar estas condiciones a los autores y a los directores de suplementos que no son parte de la publicación antes de iniciar el trabajo editorial.
  3. El director de la revista aprobará el nombramiento de un director para la realización del suplemento; este no es parte de la publicación y asumirá la responsabilidad por el trabajo en el mismo.
  4. Las fuentes de financiamiento para investigación, publicación y los productos que la fuente financiadora fabrica y que se consideran en el suplemento deben declararse y colocarse en lugar prominente en el suplemento, preferiblemente en cada página. Siempre que sea posible, el financiamiento provendrá de más de un patrocinador.
  5. La publicidad en los suplementos debe seguir la misma política que el resto de la revista.
  6. Los editores de revistas posibilitarán que los lectores distingan con rapidez entre las páginas editoriales habituales y las páginas de un suplemento.
  7. Los directores de las revistas y de los suplementos no aceptarán favores personales o remuneraciones de los patrocinadores.
  8. La publicación secundaria en suplementos -nueva aparición de trabajos publicados- debe identificarse claramente mediante la mención del trabajo original. Los suplementos evitarán la publicación redundante o duplicada. Ellos no volverán a publicar resultados de investigaciones, pero podría ser conveniente una nueva publicación de directivas o de otro material de interés público.
  9. Los principios de la autoría y la revelación de los potenciales conflictos de intereses que se han señalado en este documento deberán aplicarse a los suplementos.

III. G Publicación electrónica

La mayoría de las revistas biomédicas se publican actualmente en formato electrónico y en versión impresa, y algunas aparecen incluso sólo en formato electrónico. La publicación electrónica incluye Internet. En aras de la claridad y la coherencia, la información médica y de salud publicada en Internet debe seguir, siempre que sea posible, las recomendaciones de este documento.

La naturaleza de la publicación electrónica requiere de ciertas consideraciones especiales, contenidas o no en este documento. Los sitios web deben indicar, al menos, lo siguiente: nombres, credenciales, afiliaciones y los conflictos de intereses correspondientes a directores, autores y colaboradores; la documentación y la atribución de referencias, así como las fuentes para el contenido de la publicación; información sobre derechos de autor, la revelación de la propiedad del sitio, del patrocinamiento, la publicidad y el financiamiento comercial.

El enlace entre un sitio web de salud o médico y otro puede percibirse como una recomendación implícita de la calidad del segundo sitio. Por ello, las revistas deben ser cautelosas a la hora de enlazarse a otros sitios, de manera que cuando los usuarios se conecten al otro sitio, sería conveniente brindar un mensaje explícito de que están abandonando el sitio de la revista. Si los vínculos con otros sitios responden a consideraciones financieras, entonces debe indicarse claramente esta información. Asimismo, se indicarán todas las fechas en que se estableció y se actualizó el contenido. No debe ocurrir la yuxtaposición del anuncio publicitario y el mensaje promocional con el contenido editorial y, por tanto, es necesario identificar con claridad el contenido comercial.

La publicación electrónica es un área que fluctúa constantemente. Los directores de revistas electrónicas deben desarrollar, poner en práctica y dar a conocer a los autores las políticas formuladas sobre cuestiones exclusivas de la publicación electrónica. Estas cuestiones comprenden el almacenamiento, corrección de errores, control de versiones y la selección de la versión electrónica o impresa para el registro, la publicación de material auxiliar o publicación electrónica.

III. H Publicidad

La mayoría de las revistas contienen publicidad, que genera ingresos para las editoriales; sin embargo, no debe permitirse que la publicidad influya en las decisiones editoriales. Las revistas deberán aplicar políticas formales y explícitas, por escrito, referidas a la publicidad en formato electrónico o impreso: La política publicitaria para sitios web debe semejarse lo más posible a la formulada para la versión impresa. Los directores tendrán plena autoridad para aprobar anuncios publicitarios y poner en vigor la política al respecto. Los directores deberán aprovechar los criterios de los consejos de revisión independientes en aquellos lugares donde existan.

Los lectores deben ser capaces de distinguir sin dificultad entre la publicidad y el material editorial. Debe evitarse la yuxtaposición del contenido editorial y el material publicitario sobre los mismos productos o temas. No debe promoverse la inserción de publicidad dentro de las páginas de los artículos porque interrumpe el flujo adecuado de la lectura del contenido editorial. No puede contratarse publicidad a condición de que ésta aparezca en el mismo número que un artículo específico.

La publicidad no debe ejercer su dominio sobre las revistas, pero los directores sí serán cuidadosos cuando divulguen anuncios que sólo provengan de uno o dos publicistas porque los lectores podrían percibir cierta influencia de los anunciantes sobre el editor.

Las revistas no deben exhibir anuncios de productos que resultan altamente perjudiciales para la salud, por ejemplo, el tabaco. Los editores velarán por la aplicación de las regulaciones o normas industriales referidas a la publicidad y existentes en sus países, o de lo contrario, desarrollarán sus propias normas. Los intereses de las organizaciones o agencias no controlarán los anuncios clasificados y otros no expuestos, a menos que la ley así lo requiera. Finalmente los directores deben analizar todas las críticas sobre los anuncios publicitarios para tomar una decisión al respecto.

III. I Las revistas médicas y los medios de difusión

El interés del público por recibir noticias de las investigaciones médicas ha llevado a los medios de difusión masiva a competir fuertemente por obtener información sobre las investigaciones lo más pronto posible. En ocasiones, los investigadores y las instituciones ofrecen información sobre las investigaciones antes de su publicación oficial en una revista científica en conferencias de prensa o entrevistas.

El público tiene derecho a recibir información médica importante sin demoras injustificadas y los directores tienen que desempeñar sus funciones en este proceso. Las revistas biomédicas se publican principalmente para lectores específicos pero también, el público en general, tiene verdadero interés en su contenido; de ahí que la interacción de las revistas con los medios de difusión deba guiarse por un balance apropiado entre estos intereses complementarios. Los médicos precisan disponer de informes detallados antes de aconsejar a sus pacientes en aspectos que guardan relación con las conclusiones del estudio o la investigación. Además, los informes de investigaciones científicas que presentan los medios antes de que el trabajo transcurra por la revisión de expertos y su publicación, puede implicar la divulgación de conclusiones prematuras e imprecisas.

Se ha establecido un sistema de embargo en algunos países para evitar que aparezcan informaciones en los medios antes de que un trabajo original se publique en la revista. El embargo crea un "terreno de juego a nivel" que aprecian los reporteros porque minimiza la presión que se ejerce sobre ellos para que publiquen informes que no han tenido tiempo de preparar cuidadosamente. Es importante también la consistencia en la sincronización del lanzamiento de la información biomédica al público para minimizar el caos económico porque algunos artículos contienen información que tienen grandes posibilidades de influir en los mercados financieros. Por otra parte, al sistema de embargo se ha acusado de servir a los intereses de las revistas y de impedir la rápida divulgación de la información científica.

Las siguientes recomendaciones pueden resultar útiles a los directores que deseen establecer políticas al respecto:

  • Los directores pueden promover la transmisión ordenada de información médica desde los investigadores hacia el público mediante revistas científicas que cuenten con revisión de expertos. Ello puede lograrse si se llega a acuerdos con los autores para que no publiquen sus trabajos mientras los manuscritos se analizan o aguardan por su publicación y con la prensa para que no revele noticias antes de la publicación en la revista, a cambio de lo cual la revista colaborará con ambos para preparar noticias precisas.
  • Los editores han de tener muy presente que el sistema de embargo funciona como un sistema de palabra de honor porque no existe ningún mecanismo formal de cumplimiento obligatorio. La decisión de un número significativo de medios de difusión masiva o de revistas médicas de no respetar el sistema de embargo llevaría, sin dudas, a su rápida disolución.
  • Son muy escasas las investigaciones médicas que tienen implicaciones clínicas tan urgentes e importantes para la salud pública que sea preciso divulgarla antes de su publicación oficial en una revista. Sin embargo, en esas circunstancias tan excepcionales, las autoridades pertinentes de salud pública deben tomar la decisión y responsabilizarse con la divulgación previa de la información a médicos y medios de difusión. Si el autor y las autoridades correspondientes desean que un manuscrito se publique por una revista específica, deben consultar al director antes de hacer cualquier anuncio público. Si los directores aceptan la necesidad de divulgarlo inmediatamente, deben hacer dejación de la política que restringe cualquier publicidad previa a la publicación del trabajo original.
  • La política destinada a restringir la publicidad antes de la aparición del trabajo no se aplicará a los reportes de las presentaciones en eventos científicos o a los resúmenes de dichos encuentros que aparecen en los medios de difusión masiva (ver "Publicación redundante"). Los investigadores que presentan sus trabajos en eventos científicos tienen la libertad de discutir sus presentaciones con los reporteros pero no deberán ofrecer más detalles del estudio que los suministrados en sus presentaciones.
  • Cuando un artículo esté próximo a su publicación, los directores ayudarán a los medios de difusión a preparar reportajes precisos mediante conferencias de prensa, la respuesta a las interrogantes, el suministro de copias anticipadas de la revista o mediante el envío de los reporteros a los expertos correspondientes. Los periodistas más responsables opinan que esta asistencia debe formar parte de la cooperación con los medios para hacer coincidir la divulgación de la información con la publicación formal del artículo en la revista.
  • Los editores, los autores y los medios de difusión deben aplicar los principios antes mencionados a los materiales publicados en las versiones electrónicas de las revistas.


IV. Preparación y envío del manuscrito
IV. A. Preparación de un manuscrito para su presentación y envío a la revista biomédica

Los editores y revisores emplean muchas horas en la lectura de los manuscritos y por lo tanto, agradecen el recibir trabajos originales que sean fáciles de leer y de editar. Gran parte de la información que aparece en las instrucciones a los autores están dirigidas a cumplir con este objetivo y para lograr una mejor satisfacción de las necesidades editoriales de cada revista. Las orientaciones siguientes brindan información general y las bases para preparar los manuscritos dirigidos a cualquier revista.

IV. A. 1. a Principios generales

El texto del artículo observacional y experimental está por lo general (pero no necesariamente) dividido en secciones con los encabezamientos Introducción, Métodos, Resultados y Discusión. Esta estructura denominada "IMRAD" no es simplemente un formato de publicación arbitraria sino más bien un reflejo directo del proceso de descubrimiento científico. Los artículos largos en ocasiones necesitan de subtítulos dentro de algunas secciones (específicamente en los Resultados y Discusión) para esclarecer su contenido. Es probable que otros tipos de artículos como los reportes de casos, las revisiones y los editoriales precisen de otros formatos.

La publicación en formato electrónico ofrece la posibilidad de añadir detalles o secciones completas en la versión electrónica, fragmentar información, realizar enlaces cruzados o extraer partes de los artículos y otras variaciones similares. Es necesario que los autores trabajen estrechamente con los directores para desarrollar o utilizar los nuevos formatos de publicación. Los materiales destinados a potenciales formatos electrónicos para suplementos deben presentarse a la revisión de los expertos.

Se debe utilizar el doble espacio en todas las partes del manuscrito, incluida la página del título, el resumen, el texto, los agradecimientos, las referencias bibliográficas, las tablas y las leyendas, así como márgenes anchos para posibilitar a los directores y revisores la edición del texto línea a línea y la realización de comentarios e interrogantes en la copia directamente. Si se presentan los trabajos en soporte electrónico, los trabajos se realizarán a doble espacio por si es necesario imprimir el trabajo original para revisarlo y editarlo.

Durante el proceso editorial, los revisores y editores con frecuencia tienen que referirse a partes específicas del manuscrito, lo que resulta difícil si no están enumeradas las páginas. Por lo tanto, los autores deben numerar consecutivamente todas las páginas del manuscrito, desde la página del título.

IV. A. 1. b. Directivas para el diseño específico de estudios

Los informes de investigaciones a menudo omiten información importante. Los requisitos generales citados en la próxima sección se relacionan con los elementos esenciales de todos los diseños de estudios. Se solicita a los autores que consulten las directivas correspondientes al diseño específico de sus estudios. En cuanto a los informes de ensayos aleatorios controlados, los autores deben remitirse a la declaración CONSORT (http://www.consort-statement.org/). Esta directiva brinda un conjunto de recomendaciones, una lista de puntos para el informe y un diagrama de flujo del paciente. Asimismo, se han preparado directivas para otros diseños de estudio que algunas revistas pudieran solicitar a los autores. Por ello, los autores deben consultar la información dirigida a ellos en la revista de su elección.

IV. A. 2. Página del título

La página del título debe llevar la siguiente información:

  1. El título del artículo. Los títulos concisos son más fáciles de leer que los extensos y enrevesados. Los títulos demasiado breves pueden eliminar información importante como es el diseño del estudio -particularmente importante para identificar los ensayos aleatorios controlados. Los autores deben incluir en el título toda la información necesaria para facilitar la recuperación electrónica precisa del artículo.
  2. Los nombres y las afiliaciones institucionales de los autores. Algunas revistas publican el sólo el título académico más alto de los autores y otras no.
  3. El nombre del departamento o de los departamentos y de la institución o las instituciones a los que debe atribuirse el trabajo.
  4. Descarga de responsabilidad, si existiese.
  5. Autores a cargo de la correspondencia. El nombre, la dirección de correo, los números de teléfono y de fax, así como la dirección del correo electrónico del autor responsabilizado con la correspondencia en torno al trabajo original -el autor a cargo de la correspondencia puede o no ser el "garante" de la integridad del estudio en su conjunto, si alguien se identifica con esa función. El autor responsabilizado de la correspondencia debe indicar obviamente si su dirección electrónica puede ser publicada o no.
  6. El nombre y la dirección del autor al que puede solicitarse las separatas o, en su lugar, una declaración de que no están disponibles de parte de los autores.
  7. La fuente o las fuentes de apoyo en forma de subvenciones, equipos medicamentos y otros.
  8. Un título abreviado. Algunas revistas solicitan un título abreviado de no más de 40 caracteres (contando letras y espacios) al pie de la página del título. Los títulos abreviados se publican en la mayoría de las revistas, pero también se utilizan, a veces, dentro de la oficina de la editorial para archivar y localizar los manuscritos.
  9. Un conteo de palabras. Un conteo de palabras sólo para el texto (excluye el resumen, los agradecimientos, leyendas de ilustraciones y referencias- permite a los editores y revisores valorar si la información contenida en el documento justifica la cantidad de espacio que se le asigna y si el manuscrito enviado se ajusta a los límites de palabras de la revista. Un conteo de palabras independiente para el resumen también es útil por la misma razón.
  10. La cantidad de figuras y tablas. Es difícil que el personal de la editorial y los revisores declaren si las figuras y las tablas que deben acompañar al manuscrito realmente se incluyeron, a menos que en la página del título aparezcan el número de figuras y tablas que corresponden al manuscrito.

IV. A. 3 Página de notificación del conflicto de intereses

A fin de evitar que la información sobre potenciales conflictos de intereses de los autores se ignore o se coloque mal, es necesario que esa información forme parte del manuscrito. Por ello, debe incluirse en una página independiente o en páginas inmediatamente después de la página del título. Sin embargo, las revistas suelen diferir en cuanto al lugar que indican a los autores para brindar esta información e incluso algunas revistas no envían a los revisores información sobre conflictos de intereses (Ver Sección II. D Conflictos de intereses).

IV. A. 4 Resumen y palabras claves

Un resumen -los requisitos de longitud y para el formato estructurado varían- debe seguir a la página del título. Debe proporcionar el contexto o el entorno de fondo del estudio y aclarar los objetivos, los procedimientos básicos utilizados -para la selección de los sujetos del estudio, así como los animales de laboratorio, y los métodos, tanto analíticos como de observación empleados, además de los resultados fundamentales -que incluye la magnitud de los efectos concretos y su significación estadística, de ser posible- y las conclusiones principales del estudio. Se debe enfatizar en los aspectos novedosos e importantes del estudio o de las observaciones.

Como el resúmen es la única parte significativa del artículo que se indiza en muchas bases de datos electrónicas y la única porción que muchos leen, se requiere que los autores sean cuidadosos a la hora de reflejar el contenido del artículo en forma precisa en los resúmenes. Por desgracia, muchos resúmenes no concuerdan con el texto del artículo.6 El formato requerido para los resúmenes estructurados no es único y algunas revistas emplean más de una estructura; los autores deben preparar sus resúmenes en el formato que especifique la revista de su elección.

Algunas revistas solicitan que, tras el resumen, los autores brinden e identifiquen entre 3 y 10 palabras o frases cortas que comprendan los principales tópicos del artículo. Estas palabras ayudarán a los indizadores a realizar la indización cruzada del artículo, pueden publicarse junto con el resumen. Debe utilizarse los términos del Medical Subject Headings (MeSH) del Index Medicus; de no disponerse en el MeSH de los términos recién aparecidos, pueden emplearse los términos actuales.

IV. A. 5 Introducción

Debe brindarse un contexto o entorno para el estudio -es decir, la naturaleza del problema y su importancia. Se señalarán los fines específicos o el objetivo de la investigación, o la hipótesis probada por el estudio o la observación; el objetivo de la investigación a menudo se resalta más cuando se indica en forma de pregunta. Tanto los objetivos principales como los secundarios deben ser claros y deben describirse los análisis de subgrupos pre-especificados. Se suministrarán las referencias estrictamente pertinentes sin incluir datos o conclusiones del trabajo que se informa.

IV. A. 6 Métodos

La sección "Métodos" debe incluir sólo informaciones disponibles en el momento de elaborar el plan o el protocolo del estudio. La información obtenida durante la realización del estudio pertenece a la sección "Resultados".

IV. A. 6. a Selección y descripción de participantes

Se describirá, con claridad, la selección de los participantes en los estudios de observación o experimentales -pacientes o animales de laboratorio incluidos los controles- los criterios de elegibilidad y exclusión, así como una descripción de la población de origen. Debido a que la relevancia de variables como la edad y el sexo a los efectos del objeto de la investigación es en ocasiones ambigua, los autores deben explicar el uso de ciertas variables cuando se incluyan en el informe de un estudio; por ejemplo, deben exponer el por qué se incluyeron solo individuos de cierta edad o el por qué se excluyeron a las mujeres.

El principio guía es la claridad sobre cómo y por qué se realizó el estudio de una forma en particular. Si los autores emplean variables como la raza o el origen étnico, deberán definir cómo se midieron las variables y justificar su importancia.

IV. A. 6. b Información técnica

Se identificarán, en detalles, los métodos, los equipos -con el nombre y la dirección del fabricante entre paréntesis- y los procedimientos para que otros investigadores puedan reproducir los resultados. Se hará referencia a los métodos establecidos, incluidos los métodos estadísticos (ver más adelante), se suministrarán las referencias y breves descripciones de los métodos publicados pero no muy conocidos; se describirán métodos novedosos o sustancialmente modificados junto con las razones para utilizarlos y se evaluarán sus limitaciones. Asimismo, se debe mencionar, con toda precisión, los medicamentos y productos químicos utilizados con sus nombres genéricos, dosis y vías de administración.

Los autores que presenten trabajos de revisión deben incluir una sección que describa los métodos empleados para localizar, seleccionar, recopilar y sintetizar los datos, estos se tratarán sintéticamente en el resumen.

IV. A. 6. c Estadísticas

Se describirán los métodos estadísticos con suficientes detalles para que un lector conocedor con acceso a la información original pueda verificar los resultados presentados en el trabajo. Cuando sea posible, se cuantificarán los resultados y se presentaran con los indicadores correspondientes de error de medición o incertidumbre -por ejemplo, los intervalos de confianza. Se evitará la comprobación de la hipótesis estadística como única base de apoyo como sucede en el caso de los valores P que no transmiten información importante sobre la magnitud del efecto. Las referencias al diseño del estudio y los métodos estadísticos se harán a trabajos vigentes siempre que sea posible (con mención de las páginas). Se deben definir los términos estadísticos, las abreviaturas y la mayoría de los símbolos. Se especificará el tipo de software que se utilizó.

IV. A. 7 Resultados

Se deberán presentar los resultados en el texto, las tablas y las ilustraciones de acuerdo con una secuencia lógica y con detalles sobre los hallazgos más importantes en primer lugar. No se repetirán, en el texto, todos los datos que aparecen en las tablas o ilustraciones; se debe resaltar o resumir sólo las observaciones más importantes. Los materiales extras o complementarios, así como los detalles técnicos pueden colocarse en un anexo accesible pero que no interrumpa el flujo del texto; otra alternativa es publicarlos sólo en la versión electrónica de la revista.

Cuando se resumen los datos en la sección "Resultados", se ofrecerán los resultados numéricos no sólo en forma derivada (ej.: los por cientos) sino como números enteros, a partir de los cuales se calcularon los derivados y se especificarán los métodos estadísticos que se utilizaron en su análisis. Se limitará el número de tablas e ilustraciones a las necesarias para explicar el contenido del trabajo y para valorar en qué datos se apoya. Se utilizarán gráficas como alternativa a las tablas de muchas entradas; no se duplicarán los datos en gráficos y tablas. Se debe evitar el uso no técnico de los términos propios de la estadística como sucede con "aleatorio" (que implica un método de distribución aleatoria), "normal", "significativo", "correlaciones" y "muestra"

De considerarse científicamente adecuado, se incluirán análisis de datos según variables como la edad y el sexo.

IV. A. 8 Discusión

Se destacarán aspectos nuevos e importantes del estudio, así como las conclusiones que se derivan de ellos. No repita en detalles los datos, ni otros materiales presentados en la sección de "Introducción" o en los "Resultados". En cuanto a los estudios experimentales, es conveniente comenzar la discusión resumiendo brevemente los principales hallazgos, luego se explorarán los posibles mecanismos y explicaciones para estos resultados, se compararán los resultados con otros estudios pertinentes, se mencionarán las limitaciones del estudio y se expondrán las implicaciones de los resultados para futuras investigaciones y para la práctica clínica.

Se deben vincular las conclusiones con las metas del estudio, pero se evitarán las afirmaciones no calificadas y las conclusiones que se basan debidamente en los datos. Los autores deben particularmente abstenerse de hacer afirmaciones sobre beneficios económicos y costos a menos que el manuscrito incluya datos y análisis económicos apropiados al respecto. Se evitará reclamar prioridad y aludir a trabajos que todavía no se han terminado. Se mencionarán nuevas hipótesis cuando así se justifique, pero se denominarán claramente.

IV. A. 9. a Referencias
IV.A.9.a Consideraciones generales sobre las "Referencias Bibliográficas".

Si bien las referencias a los artículos de revisión pueden ser un medio eficaz de guiar al lector hacia el cuerpo de la literatura, estos artículos no siempre reflejan de forma precisa el trabajo original. Por lo tanto, debe suministrárse a los lectores referencias directas a las fuentes originales utilizadas para la investigación, siempre que sea posible. Por otra parte, las listas extensas de referencias a trabajos originales ocupan un espacio excesivo en la página impresa. Un número reducido de referencias a los trabajos originales claves a menudo es tan bueno como las listas más exhaustivas, particularmente después que las referencias pueden añadirse a la versión electrónica de los documentos publicados y la búsqueda en los documentos electrónicos permite a los lectores recuperar con eficacia la literatura publicada.

Se debe evitar citar resúmenes como referencias. Las referencias que se realicen a trabajos originales aceptados pero no publicados deben señalarse con frases como "en prensa" o "próxima aparición". Para citarlos, los autores deben obtener el permiso por escrito, así como verificar que estos trabajos se han aceptados para su publicación. La información derivada de los manuscritos enviados pero no aceptados se mencionará en el texto como "observaciones no publicadas" tras tener el permiso por escrito de la fuente.

No deben citarse "comunicaciones personales" a menos que brinde información esencial no disponible en una fuente pública, en cuyo caso aparecerá entre paréntesis el nombre de la persona y la fecha de la comunicación. En lo que respecta a los artículos científicos, los autores deben obtener de la fuente de la comunicación, el permiso por escrito y la confirmación de la veracidad del artículo.

Algunas revistas revisan la exactitud de todas las referencias, pero no todas lo hacen y a veces aparecen errores en las citas en la versión publicada de los artículos. A fin de minimizar dichos errores, los autores cotejarán las referencias con los documentos originales.

IV. A. 9. b Estilo y formato de las referencias

El estilo de los "Requisitos uniformes…" se basa fundamentalmente en la norma ANSI adaptada por la National Library of Medicine (NLM) para sus bases de datos.7 Para observar muestras de los formatos de las disitntas clases de citas, los autores deben consultar: http://www.nlh.gov/bsd/uniform requirements.html.

Las referencias se numerarán de forma consecutiva según su orden de aparición en el texto. Las referencias en textos, tablas y leyendas se identificarán con números árabes entre paréntesis. Las referencias mencionadas sólo en tablas o leyendas de ilustraciones se enumerarán según la secuencia establecida por la primera identificación dentro del texto de la tabla o figura en cuestión. Los títulos de las revistas se abreviarán en consonancia con el estilo utilizado en el Index Medicus. Los autores deben consultar la List of Journals Indexed in Index Medicus, que la NLM publica anualmente como edición aparte o como parte de la edición de enero del Index Medicus. La lista puede obtenerse igualmente mediante el sitio web de la biblioteca (http://www.nlm.nih.gov/)

Las revistas presentan variaciones en cuanto a la forma en que solicitan al autor mencionar las referencias electrónicas: entre paréntesis en el texto o numeradas a continuación del texto. Por eso, los autores deben consultar este aspecto en la revista donde consideran relizar su publicación.

IV.A.10 Tablas

Las tablas muestran información concisa de forma eficaz; pueden también brindar información con el nivel de detalle y la precisión deseada. La inclusión de los datos en tablas en lugar de en el texto, a menudo ayuda a reducir la longitud del trabajo.

Se debe mecanografiar o imprimir cada tabla en una hoja separada y a doble espacio. Se numeran de forma consecutiva según su orden de aparición en el texto y se les colocará un título abreviado. No se utilizarán líneas horizontales o verticales internas. Cada columna presentará un breve encabezamiento. Los autores deben colocar las aclaraciones en notas al pie y no en el encabezamiento. Deberán explicar todas las abreviaturas no estandarizadas en notas al pie, para las cuales se utilizarán los siguientes símbolos en secuencia:

*, †,‡, §, II, ,* *, ††, ‡‡

Se identificarán las medidas estadísticas de variación como es la desviación estándar y el error estándar de la media.

Se debe estar seguro de que cada tabla está mencionada en el texto.

Si se utilizan datos de otra fuente publicada o no, se obtendrá la autorización y se mencionará este hecho.

Las tablas adicionales que contengan datos de apoyo y que sean demasiado extensas para publicarlas en la revista impresa pueden ser apropiadas para la versión electrónica, donde se almacenan en forma de archivos, también pueden suministrarse a los lectores mediante una solicitud directa a los autores. En este caso, se añadirá al texto una nota explicativa. Estas tablas deben enviarse junto con el documento original para su análisis y revisión por parte de los expertos.

IV. A. 11. Ilustraciones (figuras)

Las figuras pueden dibujarse y fotografiarse de manera profesional o enviarlas como impresiones digitales con calidad fotográfica. Además de requerirse una versión de las figuras apropiada para la impresión, algunas revistas solicitan a los autores archivos electrónicos de figuras en un formato determinado (por ejemplo, JPEG o GIF) que producirán imágenes de alta calidad en la versión de la revista en el sitio web; los autores deben revisar las imágenes de estos archivos en su computadora antes de enviarlas para cerciorarse de que cumplen con las normas de calidad estblecidas por cada revista.

En cuanto a películas de rayos X, scans y otras imágenes diagnósticas, así como fotos de especímenes patológicos o fotografías microscópicas, se enviarán positivas fotográficas en color o en blanco y negro, de buen contraste y en papel satinado, que medirán por lo general 127 x 173mm (5 x 7 pulgadas). Algunas revistas rehacen las figuras pero muchas no. Las letras, los números y los símbolos de las figuras deben ser claros y uniformes y tener el suficiente tamaño para que sean legibles tras ser reducidos para su publicación.

Las figuras deben ser lo más explicativas posibles porque muchas se utilizan directamente en presentaciones con diapositivas. Los títulos y las explicaciones detalladas formarán parte de las leyendas y no de las ilustraciones.

Las fotografías microscópicas tendrán marcados a escala interna. Los símbolos, las flechas y las letras que se utilizan en las fotografías microscópicas contrastarán para distinguirse del fondo.

Si se emplean fotografías de personas, los sujetos no serán identificables en las fotos o éstas estarán acompañadas de una autorización escrita que permita utilizar la fotografía (ver Sección III. D. 4. a) Siempre que sea posible, se obtendrá la autorización para la publicación de fotos.

Las ilustraciones tendrán numeración consecutiva según el orden de la primera mención en el texto. Si se ha publicado una figura, cite la fuente original y envíe el permiso escrito, concedido por el que posee los derechos de autor, para que se reproduzca el material. Los documentos de dominio público son la única excepción.

En lo que respecta a las ilustraciones de color, se debe comprobar si la revista solicita negativos en colores, transparencias o copias en colores. Resultará beneficioso para el editor que los diagramas acompañantes indiquen la región que debe reproducirse. Algunas revistas publican ilustraciones en colores sólo si el autor sufraga el costo adicional.

Los autores deben consultar a las revistas para conocer los requisitos de las figuras presentadas en formato electrónico.

IV. A. 12 Leyendas de las ilustraciones (figuras)

Se debe mecanografiar o imprimir a doble espacio las leyendas de las ilustraciones en una hoja aparte, con los números arábigos correspondientes a las ilustraciones. Cuando se utilicen símbolos, flechas, números o letras para referirse a partes de las ilustraciones, se identificará y explicará con claridad cada uno de ellos. Asimismo, se debe explicar la escala interna utilizada e identificar el método de tinción en las fotografías microscópicas.

IV. A. 13 Unidades de medición

Las medidas de longitud, altura, peso y volumen se darán en unidades métricas (metro, kilogramo o litro) o en sus múltiplos decimales.

Las temperaturas aparecerán reflejadas en grados Celsius. Las presiones sanguíneas deben mostrarse en milímetros de mercurio, a menos que la revista especifique otro tipo de unidades.

No existe uniformidad en las unidades que utilizan las revistas para mostrar las mediciones hematológicas, de química clínica y de otro tipo. Los autores han de consultar la información dirigida a los autores en la revista particular de su elección y debe entregar la información de laboratorio, tanto en unidades locales como en las del Sistema Internacional de Medidas (SI). Los editores pueden solicitar que los autores añadan unidades alternativas o diferentes a las del SI antes de la publicación, porque las unidades del SI no se emplean universalmente. Las concentraciones de medicamentos pueden presentarse, tanto en unidades del SI como en unidades de masa, pero cuando corresponda, la medida alternativa aparecerá en paréntesis.

IV. A. 14 Abreviaturas y símbolos

Se deben emplear sólo abreviaturas normalizadas porque el uso de abreviaturas no establecidas puede resultar muy confuso para los lectores. Se deben evitar las abreviaturas en el título. La utilización del término completo debe preceder al uso de la abreviatura por primera vez en el texto, con excepción de una unidad de medida común.

IV. B. Envío de manuscritos a la revista

Un creciente número de revistas acepta el envío de manuscritos por medios electrónicos, sea en disco o en forma de anexos mediante el correo electrónico o la carga directa en el sitio web de la revista. El envío electrónico ahorra tiempo y gastos postales además de que permite manejar el manuscrito en forma electrónica a lo largo de todo el proceso editorial. Al presentar un manuscrito por medio electrónico, los autores deben consultar las instrucciones de las revistas que seleccionaron para publicar sus trabajos.

Si se envía una versión impresa del trabajo original, se debe remitir la cantidad requerida de copias del trabajo y de las figuras porque todas son necesarias para la revisión por los expertos y la edición. No puede esperarse que la editorial asuma la reproducción de copias.

Los manuscritos deben acompañarse de una carta de presentación que incluirá la siguiente información.

  • Una declaración dirigida al director de la revista en la que se informan todas las presentaciones e informes previos que puedan considerarse como publicación redundante del mismo trabajo o de uno muy similar. Debe hacerse referencia a dicho trabajo en el nuevo manuscrito y se enviarán copias de ese material, junto con el trabajo original, para ayudar a que el director decida cómo manejar el asunto.
  • Una declaración de las relaciones económicas u de otro tipo que pudieran originar conflictos de intereses, en caso de que dicha información no esté incluida en el propio manuscrito o en alguna planilla del autor.
  • Una declaración de que el manuscrito se ha leído y aprobado por todos los autores, de que los requisitos de autoría, como se expusieron en este documento, se cumplen y de que cada autor opina que el manuscrito es un trabajo honesto. Ello se hará en caso de que la información no aparezca en otro documento (ver más adelante); y
  • El nombre, la dirección y el número de teléfono del autor al que se remite la correspondencia, quien es el responsable de comunicarse con los demás autores e informarles sobre las revisiones y la aprobación definitiva de las pruebas de imprenta, todo ello si no se ha incluido la información en el propio artículo.

La carta debe brindar cualquier otra información adicional que se considere útil para el director, como el tipo o formato del artículo. De haberse enviado el manuscrito anteriormente a otra revista, es conveniente incluir los comentarios de sus editores y revisores junto con las respuestas de los autores a estos comentarios cuando se envíe el trabajo original. Los directores invitan a los autores a que presenten estas comunicaciones previas porque al hacerlo se agiliza el proceso de revisión.

Muchas revistas brindan una lista pre-envio que garantiza la atención a cada uno de los componentes de la presentación y el envío del manuscrito. Asimismo, algunas solicitan que los autores chequeen una lista de puntos para informes de ciertos tipos de estudios -por ejemplo, el CONSORT para informes de ensayos aleatorios controlados. Los autores deben averiguar si la revista utiliza estas listas y enviarlas junto con el manuscrito si se solicitan.

También, deben acompañar al manuscrito, las copias de cualquier permiso de reproducción de los materiales publicados, del uso de ilustraciones, reportes o información acerca de personas identificables o de cita de personas colaboradoras.

V. Referencias bibliográficas

A. Referencias bibliográficas citadas

  1. Davidoff F. CSE Task Force on Authorship. Who's the author? Problems with biomedical authorship, and some possible solutions. Science Editor 2000; 23(4):111-19.
  2. Yank V, Rennie D. Disclosure of researcher contributions: a study of original research articles in The Lancet. Ann Intern Med 1999;20;130(8):661-70.
  3. Flanagin A, Fontanarosa PB, DeAngelis CD. Authorship for research groups. JAMA. 2002;288:3166-8.
  4. F Godlee, T Jefferson. Peer review in health sciences. London: BMJ Books, 1999.
  5. World Medical Association. Declaration of Helsinki: ethical principles for medical research involving human subjects. JAMA. 2000;284(23):3043-5.
  6. Pitkin RM, Branagan MA, Burmeister LF. Accuracy of data in abstracts of published research articles. JAMA 1999;281(12):1110-1.
  7. Patrias K.. National Library of Medicine recommended formats for bibliographic citation. Bethesda: The Library, 1991.

B. Otras fuentes de información relacionadas con las revistas biomédicas
World Association of Medical Editors (WAME) http://www.wame.org/
Council of Science Editors (CSE) http://www.councilscienceeditors.org/
European Association of Science Editors (EASE) http://www.ease.org.uk/
Society for Scholarly Publishing (SSP) www.ssp.net
Cochrane Collaboration http://www.cochrane.org/
The Mulford Library, Medical College of Ohio www.mco.edu/lib/instr/libinsta.html

VI. El Comité Internacional de Directores de Revistas Médicas (CIDRM) es un grupo de directores de revistas médicas que se reúnen anualmente y consolidan su trabajo sobre los "Requisitos uniformes …". El CIDRM invita a presentar comentarios sobre este documento así como sugerencias a los puntos del temario.

VII. Autores
Las revistas y las organizaciones participantes en la CIDRM y sus representantes, quienes aprobaron la revisión de los "Requisitos uniformes …" en junio del 2003, incluyen Annals of Internal Medicine, Canadian Medical Association Journal, Croatian Medical Journal, Journal of the American Medical Association, Nederlands Tijdschrift voor Geneeskunde, New England Journal of Medicine, New Zealand Medical Journal, The Lancet, The Medical Journal of Australia,Tidsskrift for Den Norske Llegeforening, Ugeskrift for Laeger, and the U.S. National Library of Medicine.

VIII. Uso, distribución y traducción
Los usuarios pueden imprimir, copiar y distribuir este documento sin costo alguno para fines educacionales no lucrativos. EL CIDRM no guarda copias impresas de este documento.
La política del CIDRM es que las organizaciones interesadas se conecten al documento oficial en idioma inglés en el sitio http://www.icmje.org/. El CIDRM no avala la colocación del documento en otros sitios web que no sea el citado.
El CIDRM se complace en que las organizaciones traduzcan este documento a otros idiomas con fines no lucrativos. Sin embargo, el CIDRM no dispone de recursos para traducir, apoyar la traducción o aprobar las versiones traducidas del documento. Por ello, toda traducción debe incluir en lugar destacado la siguiente afirmación: Esta es una traducción al (escribir idioma) de los "Requisitos uniformes para la presentación de los manuscritos a las revistas biomédicas". (Nombre de la organización) preparó esta traducción con el apoyo de (nombrar la fuente financiadora, si existiese). El CIDRM no ha avalado, ni aprobado el contenido de la presente traducción. La versión oficial de los "Requisitos uniformes para la presentación de los manuscritos a las revistas biomédicas" se encuentra en http:///www.icmje.org/ .

IX Preguntas
Las preguntas acerca de los "Requisitos uniformes…" pueden enviarse a:
Christine Laine, MD, MPH, oficina del Secretariado de la ICMJE, American College of Physicians, 190 N. Independence Mall West, Philadelphia, PA 19106-1572, USA. Teléfono: 215-351-2660; fax 215-351-2644; e-mail claine@acponline.org. Favor de no formular preguntas directas al secretariado del CIDRM acerca de los estilos o políticas editoriales de revistas
específicas.

Ficha de procesamiento

¿Cómo citar esta contribución según el estilo Vancouver?

Comité Internacional de Directores de Revistas Médicas (CIDRM). Requisitos uniformes para la entrega de los manuscritos a las revistas biomedicas: la escritura y la edición para la publicación biomédica. Acimed 2004; 12(3). Disponible en: Consultado: http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1024-94352004000300012&lng=es&nrm=iso&tlng=es día/mes/año.

Términos sugeridos para la indización

Según DeCS1: BIBLIOGRAFIA DE MEDICINA; PUBLICACIONES PERIÓDICAS/normas; PUBLICACIONES SERIADAS/normas
BIBLIOGRAPHY OF MEDICINE; PERIODICALS/standards; SERIAL PUBLICATIONS/standards

Según DeCI2: BIBLIOGRAFIA DE MEDICINA; PUBLICACIONES PERIODICAS/normas; PUBLICACIONES SERIADAS/normas
BIBLIOGRAPHY OF MEDICINE; PERIODICALS/standards; SERIALS/standards


1 BIREME. Descriptores en Ciencias de la Salud (DeCS). Sao Paulo: BIREME, 2004.Disponible en: http://decs.bvs.br/E/homepagee.htm
2 Díaz del Campo S. Propuesta de términos para la indización en Ciencias de la Información. Descriptores en Ciencias de la Información (DeCI). Disponible en: http://cis.sld.cu/E/tesauro.pdf