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Conrado

Print version ISSN 2519-7320On-line version ISSN 1990-8644

Conrado vol.16 no.72 Cienfuegos Jan.-Feb. 2020  Epub Feb 02, 2020

 

Artículo original

El estudio de caso como metodología de la enseñanza del Código Civil

The case study as methodology of the teaching of the Civil Code

Solange Elizabeth Mancheno Romero1  * 
http://orcid.org/0000-0002-8557-7233

Dayanna Nicole Ludeña Gómez1 
http://orcid.org/0000-0001-9249-9707

Wilson Exson Vilela Pincay1 
http://orcid.org/0000-0002-0786-7622

1 Universidad Técnica de Machala. Ecuador

RESUMEN

El texto que se presenta tiene el objetivo de socializar reflexiones desde posicionamientos teóricos y metodológicos en torno al estudio de caso como metodología de enseñanza del Derecho Civil, con énfasis en el Código Civil, documento normativo que se utiliza como material de enseñanza-aprendizaje. Para ello se emplearon los métodos de revisión bibliográfica, el estadístico y la triangulación teórica; así como las técnicas de entrevista y cuestionario. Como resultado se obtienen reflexiones y consideraciones teóricas y metodológicas; así como la percepción de los docentes y discentes acerca del método en análisis y su importancia para la formación práctica de los futuros profesionales del Derecho en la rama del Derecho Civil.

Palabras Clave: Derecho Civil; métodos y estrategias didácticas; enseñanza-aprendizaje; estudio de casos

ABSTRACT

The text presented has the objective of socializing reflections from theoretical and methodological positions around the case study as a methodology for teaching Civil Law, with emphasis on the Civil Code, a normative document that is used as teaching-learning material. For this, bibliographic review, statistical and theoretical triangulation methods were used; as well as interview and questionnaire techniques. As a result, theoretical and methodological reflections and considerations are obtained; as well as the perception of teachers and students about the method under analysis and its importance for the practical training of future legal professionals in the Civil Law branch.

Keywords: Civil Right; methods and didactic strategies; teaching-learning; cases study

Introducción

La formación de un jurista, en cualquiera de las ramas del derecho en que se desempeñe en el futuro, requiere de la asunción en la teoría y en la práctica, de una serie de habilidades. En este campo, particularmente si se trata de la enseñanza en la rama jurídica del Derecho Civil, es preciso conformar el perfil de aquel que está en capacidad de investigar los casos jurídicos, proponer alternativas, reflexionar, argumentar, comunicar, persuadir.

Con este propósito de capacitación de los encargados de las investigaciones en el campo jurídico en general se deben aplicar novedosos métodos de enseñanza que motiven el aprendizaje activo y la puesta en práctica de los conocimientos adquiridos, entre estos métodos se pueden mencionar el trabajo cooperativo, las prácticas profesionales, las tutorías, el aprendizaje a través de proyectos y el estudio de casos (Codina, 2016; Pavó, 2016; López, Rodríguez & Pereira, 2017).

Para el desarrollo de las capacidades mencionadas anteriormente, en particular resulta muy pertinente el estudio de caso (López, et al., 2017). La enseñanza del Derecho Civil se objetiva cuando se utiliza esta metodología que, en esencia consiste en el análisis y la valoración de un caso concreto. Ella no es complemento, sino, parte inseparable e imprescindible de la tradicional clase magistral que se imparte en las escuelas, facultades y universidades de derecho, pues le proporciona al conocimiento teórico, las vivencias de la práctica en contextos que pueden ser simulados o reales.

El carácter tradicional de la enseñanza del Derecho debe ser superado debido a su carácter descriptivo, memorístico, expositivo y deductivo, así como por la heteronomía y aversión al aprendizaje que genera en los estudiantes. Así mismo, también debe resenmatizarse la distorsión que genera frente a la concepción del saber científico y al papel que deben jugar los sistemas jurídicos frente al contexto social (Zumaquero, 2016).

La mayor contribución del estudio de caso a la formación de este profesional radica en el desarrollo de la capacidad para solucionar problemas, de manera participativa (Díaz, 2005; Limodio, 2010) y desde posiciones protagónicas con enfoque crítico, a diferencia de la mencionada conferencia magistral (Becerra, 2015).

En este artículo se exponen reflexiones acerca del papel e importancia del método en cuestión en función de la enseñanza del Derecho Civil, tomando como referente normas contenidos en el Código Civil.

Metodología

La estrategia seguida para la elaboración del artículo parte del paradigma cuanti-cualitativo con enfoque pedagógico y se sustenta en los métodos de revisión bibliográfica y el estadístico; así como la aplicación de un cuestionario a estudiantes y una entrevista no estructurada a los docentes. Esto permitió triangular las informaciones obtenidas, con los análisis teóricos concluyentes para establecer consideraciones teóricas y metodológicas de diversas perspectivas didácticas relacionadas con la aplicación del estudio de caso como metodología para la enseñanza del Derecho Civil, con el propósito de hacerla más participativa y significativa.

La muestra estuvo constituida por 60 estudiantes y 8 docentes de la asignatura de Derecho Civil, en la carrera de Derecho de la Universidad Técnica de Machala (UTMach). Los discentes fueron seleccionados aleatoriamente de una población de 138 individuos, mientras que la elección de los docentes se realizó por asignación, al ser estos los que imparten dicha asignatura.

Desarrollo

El estudio de caso es un método didáctico que se basa en el trabajo con situaciones problémicas, aplicable en la docencia jurídica porque se apoya en el estudio de casos reales, mediante los cuales los estudiantes aplican conceptos en función de la resolución de problemas existentes en la realidad, examinan de manera colaborativa las situaciones planteadas y se motivan en la práctica más que en aquellas formas de docencia que limitan a aplicar métodos de la exégesis.

En términos jurídicos, un caso implica un conflicto social de base legal. Es un conflicto de intereses que se debe solucionar en los marcos del orden jurídico acorde con lo que se establece en las normas legales. Por tanto, el caso es una muestra de lo que ocurre en la realidad social (Becerra, 2015).

El estudio de caso es un método innovador en la enseñanza del derecho, forma superior de aprehensión del conocimiento, espacio de reflexión científica, articulador de saberes.

En esta línea de análisis, Limodio (2010), considera que como método es propicio para la enseñanza del Derecho Civil, toda vez que el alumnado aprende a resolver un problema jurídico a través del análisis reflexivo, el debate, la discusión y la argumentación.

Para otros como Becerra (2015); y Zumaquero (2016), es una estrategia didáctica acertada para la enseñanza del Derecho Civil, que conduce a la adquisición de conocimientos y habilidades profesionales en el contacto directo con los casos estudiados; enseña a los estudiantes a conocer cómo se gana, se pierden y se deciden los pleitos jurídicos; fundamentados estos saberes y capacidades en la rigurosa lectura, estudio y análisis de expedientes, y siguiendo el proceso judicial en los tribunales de primera instancia y de apelación.

Es una metodología con enfoque constructivista que persigue el trabajo de los estudiantes, ya sea de manera individual o cooperativa en grupos, en la resolución de un caso; para lo cual el profesor como mediador del proceso orienta los pasos a seguir, lo que puede hacer apoyándose en una guía de actividades o en un cuestionario, al que el alumno dará respuesta auxiliándose de los conocimientos adquiridos, de esta forma se desarrolla en ellos habilidades y competencias profesionales (Örnebring & Ferrer, 2016).

Independiente de su conceptualización como método, metodología o estrategia el estudio de casos se basa en el análisis de situaciones reales, a partir del cual se logra el entendimiento y conceptualización del suceso, y la propuesta de alternativas de solución.

Como se observa esta manera de enseñar y aprender se fundamenta en la metodología constructivista, la cual facilita la adquisición de los conocimientos a través de las relaciones docente-estudiante y la de los propios estudiantes en la consecución de un objetivo común, la resolución del conflicto jurídico.

En este proceso de formación, a los estudiantes corresponde asumir un juego de roles, tomando en consideración los sujetos que intervienen en el caso en cuestión. El discente es el centro de atención a partir del cual se debe proyectar el desarrollo de las habilidades y nuevos conocimientos. Asimismo, el estudiantado aplica de manera práctica el bagaje de conocimientos teóricos adquiridos, desarrolla el pensamiento crítico y reflexivo, así como la argumentación y la capacidad de comunicación; además, de valores humanos como la cooperación en el trabajo en grupo, la responsabilidad y la veracidad. Así, se estará contribuyendo a la formación de profesionales capaces y competentes (Durán, et al., 2016; Ruda, 2016; Garfella & Morera, 2017).

Por otra parte, al profesor corresponde ser el que establece las pautas del proceso de enseñanza, pues en esencia el método le asigna la responsabilidad de colocar al estudiante ante problemas que consisten en situaciones reales, desde la preparación del caso, pasando por la creación del ambiente motivacional y los materiales a utilizar, la orientación, el entrenamiento, la moderación durante el análisis y discusión, hasta su resolución por parte de los estudiantes.

Para cumplir su rol debe poseer alta preparación científica y pedagógica para que esté en condiciones de enfocar su método de enseñanza hacia el aprendizaje significativo, lo que implica, tomar por base los conocimientos precedentes que poseen sus alumnos, para construir un nuevo conocimiento.

La metodología de estudio de caso posee, además de lo anteriormente mencionado, una serie de potencialidades para el aprendizaje, como son, la capacidad de síntesis, delimitando aquellas manifestaciones irrelevantes, fenomenológicas, para concentrarse en los aspectos esenciales, que pueden incidir directamente en la solución del caso en estudio; la destreza para el tratamiento del caso mediante las reglas de la hermenéutica en función de su interpretación, explicación y comprensión; la selección de argumentos para defender su rol; las posibilidades del trabajo en equipos y de la colaboración, de resumir los aspectos positivos del caso, la capacidad de escucha y la asunción de la empatía como forma de relacionarse socialmente con los implicados en el caso en estudio.

Diversos autores como Díaz (2005); Becerra (2015); Codina (2016); Pavó, (2016); Zumaquero (2016); y López, et al. (2017), en sus estudios exponen sus experiencias en cuanto a la metodología del estudio de casos; en las que existen suficientes coincidencias al explicar cómo funciona la misma. Esas diversas interpretaciones resultan válidas para cualesquiera de las ciencias en las que se forman profesionales, sin embargo, su aplicación en el caso de la enseñanza del Derecho tiene sus especificidades, pues este, como ciencia al fin, posee sus propios métodos y sus propias normas. Liard (1894), para referirse a la enseñanza que debe impartirse en las facultades de derecho, planteaba que “el derecho es la ley escrita. Por consiguiente, sumisión (la de las facultades de derecho) es enseñar a interpretar la ley. Su método es, por consiguiente, deductivo. Los artículos del código son teoremas, cuyo enlace entre sí hay que demostrar, y deducir sus consecuencias”. (p.397)

En esta especialidad de las ciencias jurídicas el caso objeto de estudio debe apoyarse en los documentos legales que conforman el marco del Derecho Civil, y dentro de ellos, esencialmente, las normativas contenidas en el Código Civil. Es este documento el que, por sus características e importancia, actúa como rector del proceso de enseñanza mediante el método de caso. El conocimiento jurídico es específico, a él le corresponde el dominio del orden jurídico particular, bajo la concepción de la filosofía del derecho. Se trata, pues, de un conocimiento científico que se orienta hacia lo justo colocado en tiempo (ahora) y espacio (aquí).

La aplicación de esta metodología de enseñanza requiere que el docente le ofrezca al discente la información previa necesaria para que este conozca en qué consiste el método, cuáles son sus características, cuáles sus objetivos, qué habilidades se pretende desarrollar mediante el mismo, en qué va a consistir la evaluación. y cuál es el nuevo conocimiento que se aspira construir de manera participativa y colectiva (Becerra, 2015).

La clase práctica es la forma de organización de la docencia ideal para desarrollar el estudio de caso, tomando por material base el Código Civil, mientras el escenario más apropiado lo constituye el contacto directo de los estudiantes con la realidad que se presenta en las instituciones judiciales. Aquí es pertinente recordar una frase del prólogo de Raymond Saleilles a la clásica obra de Geny cuando dice: Hace cerca de un siglo que vivimos de una ficción que ha producido todas las ventajas que estaba destinada a procurar, y de la cual ya hace tiempo que no tocamos sino los inconvenientes. Hay que volver a la realidad.

El aula ha de convertirse en el espacio animado por el profesor para la reflexión y el debate individual y grupal.

Para el desarrollo de las clases prácticas, se les facilita a los estudiantes diversos casos hipotéticos (enseñanza de la práctica a partir de la teoría), acompañado de un sistema de preguntas que guíen el análisis y la búsqueda parcial del conocimiento, cuyas respuestas propiciarán la argumentación jurídica. Una vez logrado esto, se les entrega un caso práctico real, en el cual ejercitarán la defensa de los implicados en el mismo.

Con posterioridad a lo anteriormente señalado, resulta importantísimo que los estudiantes realicen resúmenes, ponencias, informes, en los cuales reflejen críticamente qué experiencias y competencias consideran que han adquirido, esto es, la valoración crítica del Código Civil en busca de una cultura del código (Limodio, 2010).

Existe una diversidad de clasificaciones de las competencias, proporcionalmente con la cantidad de autores que las refieren en temas didácticos. De acuerdo con Devoto (2012), se pude asumir que ellas pueden ser declarativas (saber), procedimentales (saber hacer) y actitudinales (saber ser).

En el campo de las competencias, es obvio que en la enseñanza del Derecho Civil se refiere a las cognitivas y a las profesionales. Como su propia etimología indica, las primeras conducen a la aplicación del conocimiento existente y a la construcción del nuevo conocimiento jurídico. Las segundas dotan al estudiante de conocimientos acerca de la profesión jurídica.

En la enseñanza del Derecho Civil uno y otro tipo de competencias se trabajan metodológicamente de manera diferente. Por ejemplo, la competencia profesional se puede formar con una sistemática exposición del articulado que contiene Código Civil, lo que puede ser evaluado verificando en el estudiante la reproducción de tales artículos y sus correspondientes relaciones conceptuales. Sin embargo, la competencia cognitiva no se adquiere exponiendo el articulado de dicho código, sino, poniendo a disposición de los alumnos un conjunto de antecedentes muy variados, mediante el sistema de preguntas pre-elaboradas en función del estudio de caso por el profesor que le permitan a los estudiantes acceder directamente y por sí mismo a lecturas y análisis integradores debidamente guiados por el profesor; además, en este tipo de competencia se evalúa la comprensión y desarrollo de razonamientos y de las habilidades mencionadas.

Por su parte, la cultura jurídica ejerce una influencia decisiva en la formación jurídica del profesional del derecho, pues ella incluye no solo normas, sino actitudes y conductas. En el Derecho Civil se expresa como el culto por el conocimiento del Código Civil, aunque valga aclarar que este conocimiento no es el objetivo supremo de la enseñanza, pues el derecho no consiste únicamente en la ley.

En la medida en que se avanza en el proceso formativo, los casos a los que se enfrentan los estudiantes deben ir incrementando su complejidad, de tal forma, que puedan ir dominando gradualmente la legislación aplicable según el Código Civil y acercándose cada vez más a la resolutividad de los mismos.

Interrelación del método de enseñanza con los fines del derecho

Es pertinente en este análisis precisar que más allá de la materialidad en cuanto al método en la enseñanza del derecho, es necesario no perder de vista su función en cuanto a la formación en valores y principios, no sólo en aquellos que tienen que ver con los comportamientos generales que deben caracterizar a este profesional, sino, también en el valor supremo del derecho, entiéndase, el valor de la justicia.

Al decir de Máximo Pacheco (1990), “los valores son cualidades que poseen las cosas en virtud de las cuales, con independencia de su ser físico o espiritual son de cierta manera. Los valores son arquetipos ideales absolutos, trascendentes, inmutables y universales, cuyo ser no está condicionado por ningún concepto subjetivo sobre los mismos y cuya inserción en las cosas no dependen de ninguna voluntad individual, sino de la naturaleza misma de esas cosas. Los valores son objetivos, es decir, no dependen de las preferencias individuales, sino que mantienen su forma de realidad más allá de toda apreciación subjetiva”. (p. 477)

Las ideas acerca de los fines del derecho giran en torno a las concepciones de la justicia y la seguridad o bien común. La primera se distingue sobre el complejo de la vida social, la segunda se refiere a los derechos y deberes individuales. Sin embargo, la justicia ocupa el centro de estos fines, porque a ella le está dada la solución de conflictos.

La justicia es soportada sobre los principios construidos socialmente. Como señala Rawls (1995), “la justicia de un esquema social depende esencialmente de cómo se asignan los derechos y los deberes fundamentales, y de las oportunidades económicas y las condiciones sociales en diversos sectores de la sociedad”. (p.21)

Se entiende que jurídicamente los principios constituyen normas, mandatos que pueden ser cumplidos en una u otra proporción.

Esa relativa proporcionalidad en el cumplimiento de los principios está dada, porque en ello intervienen circunstancias a considerar (Calderón, 2013):

  1. El contexto material y la igualdad o desigualdad real de las partes para guiar la decisión y comprensión del hecho jurídico integralmente.

  2. La medición no solo de los derechos en juego a los cuales dar primacía, sino además de la distinta naturaleza de los bienes jurídicos protegidos y a proteger, pues tras ellos existen necesidades a satisfacer.

  3. Una deliberación que se aproxime a decisiones posibles que excluyan el mecanicismo teórico de la única solución correcta, que excluya la rigidez de la solución.

  4. Una disposición de continuidad, que establezca la presencia de los principios no solo en la base de la argumentación decisoria, sino que los ubique como parámetro de inicio, proceso y resultado de la resolución en disputa.

  5. Atender los efectos de la decisión y darle seguimiento

Visto así, la cuestión de los fines del derecho se interrelaciona con los valores y principios, en ambas confluyen los conceptos de deber, conducta, legalidad, orden.

Finalmente es recomendable compartir con los estudiantes la evaluación del método, a partir de indicadores que den fe de los avances (satisfacciones) e insuficiencias (insatisfacciones) en el aprendizaje.

Por ejemplo, en la evaluación realizada por 60 estudiantes de Derecho Civil con los que se aplicó el método de estudio de caso, se manifestaron estos indicadores (Figura 1):

Fig. 1 Indicadores del método de caso evaluado por estudiantes de Derecho Civil. 

La figura muestra cómo predominan aquellos resultados del método que influyen en la capacidad para reflexionar, lo que constituye el uno de los rasgos y capacidades que deben caracterizar al profesional del derecho, sobre todo, para la adecuada y justa interpretación y aplicación de las normativas del Código Civil.

En tal sentido, investigadores como Ruda (2016); Durán, et al. (2016); y Argelich (2019), aportan en sus estudios que a través de este proceso se fomenta el espíritu crítico, reflexivo, cuestionador e investigativo del alumnado, dejando de ser un repetidor de conocimientos para convertirse en constructor de su propio aprendizaje y un ente activo en la búsqueda de las soluciones a los conflictos jurídicos; además desarrollan habilidades para la argumentación, la escucha activa, la comunicación y el trabajo en equipo.

Igualmente, en las respuestas al cuestionario aplicado a estos estudiantes para conocer su nivel de satisfacción con el método de caso, se expresan las opiniones siguientes (Tabla 1):

Tabla 1 Nivel de satisfacción de los estudiantes de Derecho Civil con el método de estudio de caso. 

INDICADORES Nivel de satisfacción con el método de caso aplicado en las prácticas de Derecho Civil
A M B
Satisfechos en general 50 8 2
Motivación superior a la clase magistral 48 9 3
Aprendieron a dar argumentos jurídicos 60 - -
Aprendieron a resolver casos 60 - -
Mejoraron la expresión oral 45 8 7
Mejoraron la comunicación 49 7 4
Ha resultado sencillo trabajar con casos 54 6 -

Leyenda: A (Alto) M (Medio) B (Bajo)

La tabla refleja cómo en criterio de la mayoría de los estudiantes existe un alto nivel de satisfacción con la metodología, con destaque para el desarrollo de la capacidad de argumentar jurídicamente y solucionar los casos. El estudio mediante esta metodología les resulta mayoritariamente sencillo y la evalúan como superior a la clase magistral.

Criterios coincidentes con los resultados obtenidos por Limodio (2010), quien determinó que el estudio de casos es muy lejano al clásico sistema de la clase magistral, al dar una mayor participación al estudiante guiado por el docente, quien deja de ser el centro del proceso de enseñanza-aprendizaje cediéndolo al alumno.

Por otro lado, la entrevista no estructurada a los docentes develó su satisfacción con el empleo del método de casos y el criterio generalizado de su importancia para el aprendizaje de los alumnos; estos refieren que los estudiantes son mejor motivados hacia el estudio de la asignatura y la contribución de este método al desarrollo de las competencias profesionales, las que adquieren de manera práctica en contacto con el objeto de estudio. Se significa la percepción de que el estudiantado se inclina al empleo del estudio de casos antes que, a la conferencia magistral, sin demeritar las funciones de estas en un momento dado del proceso de enseñanza.

También, refieren el desarrollo de competencias como la escucha activa, la comunicación, expresión pública, pensamiento crítico y reflexivo, y resolución de los conflictos jurídicos. Lo que evidencia de manera práctica los aspectos teóricos de los estudios de Díaz (2005); Limodio (2010); Becerra (2015); Durán, et al. (2016); Ruda (2016); y Garfella & Morera (2017).

Asimismo, son del criterio que el trabajo en equipo propicia el fomento de valores como el colectivismo, la responsabilidad compartida, la constancia, la crítica y la autocrítica.

El trabajo en equipo de manera cooperativa con la participación activa de sus miembros contribuye al desarrollo de las habilidades comunicativas y el pensamiento crítico. Al respecto Revelo, Collazos & Jiménez (2018), son del criterio que además contribuye a lograr en el estudiantado la cooperación y la responsabilidad individual y colectiva, en la consecución de un objetivo común.

El cotejo de estos resultados y el contraste con los referentes teóricos obtenidos a través de los métodos utilizados permitieron la validez de las siguientes conclusiones.

Conclusiones

La enseñanza del derecho es un proceso que debe transcurrir de manera integral, poniendo a los estudiantes en contacto vivencial con el mundo social donde coexisten los problemas judiciales que formarán parte de su actividad cotidiana una vez graduados.

Que la formación sea exitosa en el orden teórico-práctico depende de la calidad de la enseñanza, la cual está determinada en gran medida por la preparación científica y pedagógica de los docentes, esto es, por sus conocimientos y por los métodos que emplee para enseñarlos y esto a su vez determina la capacidad de los estudiantes para enfrentar la multiplicidad de problemas que ha de enfrentar el futuro profesional, pues ha sido preparado con un sistema de conocimientos y habilidades que lo hacen competente desde el punto de vista cognitivo y profesional.

El método de estudio de casos es esencial para el aprendizaje óptimo y real, al llevar al estudiante a aplicar sus conocimientos e inteligencia interpretativa y argumentativa a la vida real. El estudiante formado a través de este método, sabrá manejar los conflictos sociales que requieren de una justa solución en los marcos de la legalidad establecida en el Código y en los demás documentos que norman la vida y la actuación de los ciudadanos.

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Recibido: 03 de Noviembre de 2019; Aprobado: 23 de Enero de 2020

*Autor para correspondencia. E-mail: smancheno2@utmachala.edu.ec

Los autores declaran no tener conflictos de intereses.

Los autores han participado en la redacción del trabajo y análisis de los documentos.

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