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Revista Estudios del Desarrollo Social: Cuba y América Latina

On-line version ISSN 2308-0132

Estudios del Desarrollo Social vol.10 no.1 La Habana Jan.-Apr. 2022  Epub Apr 01, 2022

 

Artículo original

Educación en Derechos Humanos: una alternativa en la prevención de la violencia escolar. Reflexiones para un debate1

Education in Human Rights: An Alternative in Order to Prevent Violence in the School´s Context. Thoughts for a Debate

0000-0001-9815-8559Yeisa Sarduy Herrera1  *  , 0000-0001-7498-7379Ana Isabel Peñate Leiva2 

1Instituto Cubano de Investigación Cultural “Juan Marinello”, Cuba

2Universidad de La Habana, Cuba

RESUMEN

La connotación del espacio escolar como uno de los ámbitos reconocidos como garante de los derechos humanos es una idea vital y guarda estrecha relación con el acto de educar en valores éticos y morales como el respeto, la tolerancia, la erradicación de la violencia, la participación y la inclusión social. Por su parte, la violencia, en tanto fenómeno social, complejo y multifactorial, cobra auge cada día y genera ambientes no seguros ni armónicos, sobre todo para infantes, adolescentes y jóvenes. Al seguir esta lógica y asumir como ejes conductores dichas nociones, el presente artículo aborda acerca de la educación como derecho humano universal, el cual, pese a las garantías jurídicas, resulta vulnerado y al que no acceden millones de personas en el mundo. Asimismo, se acerca a las manifestaciones de violencias que ocurren en los contextos educativos y a cómo, desde su concepción, la educación en derechos humanos pudiera ser una herramienta en su prevención, en tanto dota a los sujetos de normas modeladoras de su sistema de relaciones, sobre la base del diálogo y el respeto al otro.

Palabras-clave: educación en derechos; jóvenes; violencia; contexto escolar

ABSTRACT

The connotation of the school space as one of the areas recognized as a guarantor of human rights is a vital idea and is closely related to the act of educating in ethical and moral values ​​such as respect, tolerance, the eradication of violence, participation and social inclusion. For its part, violence, as a complex and multifactorial social phenomenon, is on the rise every day and generates unsafe and unharmonious environments, especially for infants, adolescents and young people. By following this logic and assuming these notions as guiding axes, this article deals with education as a universal human right, which, despite legal guarantees, is violated and to which millions of people in the world do not have access. Likewise, it approaches the manifestations of violence that occur in educational contexts and how, from its conception, human rights education could be a tool in its prevention, as it provides the subjects with modeling norms of their system of relationships, based on dialogue and respect for the other.

Key words: rights education; young people; violence; school context

INTRODUCCIÓN

Una proximidad de estudio al tema de la educación y las juventudes en los tiempos que corren en la región de América Latina y el Caribe, demanda por parte de los/as investigadores/as posturas reflexivas y retomar una conciencia histórica signada por un profundo pensamiento crítico y compromiso social.

La educación es una esfera de la sociedad en la que confluyen intereses, tensiones, esfuerzos y preocupaciones de individuos, instituciones y sociedad en general (Rivero, 2018). Posee un carácter ideológico de relevancia, pues a través de ella se forman, transmiten y ejercitan una serie de valores, normas y comportamientos que los individuos llevarán a lo largo de sus vidas. En este sentido, el espacio escolar se presenta como uno de los ámbitos vitales que debe garantizar y educar en pos del respeto a los derechos humanos para contribuir así a la convivencia armónica y a relaciones sociales fundadas en el respeto al otro.

El derecho a la educación resulta término esencial en las agendas políticas públicas de cada país. Sin embargo, en la actualidad, el constante incremento de los índices de pobreza, la persistencia de desigualdades y el aumento del descontento social, aparejado a la crisis sanitaria que vive el orbe a causa de la pandemia de la COVID-19, tipifica a este sector social al imponer notables desafíos.

Un fenómeno relevante que acontece en ese ámbito es la violencia. ¿Qué manifestaciones asume que resultan objeto de estudio de diversas pesquisas y que revelan su articulación con las edades más jóvenes? (Valenzuela, 2019), es una preocupación imperante y devela la connotación del acto de educar en valores éticos y morales como la tolerancia, la participación y la inclusión social. Con esta idea rectora y las nociones compartidas,1 los objetivos que persigue el artículo son: analizar el eje de la educación como derecho universal y sistematizar algunos de los postulados que, a juicio nuestro, la abordan como práctica formativa de derechos y herramienta vital para el desarrollo de acciones que coadyuven a eliminar la violencia escolar.

Emprender un acercamiento a estas cuestiones reviste mayor importancia, pues se convierten en miradores por excelencia para aprehender y reflexionar sobre conflictos, limitaciones y estrategias a implementar de manera inminente. Para la consecución de los propósitos esbozados, se consultaron referentes de nuestra región, así como del ámbito académico cubano, que permiten develar algunas de las experiencias que se poseen en dicho campo.

DESARROLLO

La educación como derecho humano universal

La educación constituye un proceso formativo que contribuye al desarrollo de la personalidad; y estimula las capacidades creativas y las potencialidades de los individuos como entes sociales, capaces de transformar el medio. A la vez, representa un derecho humano universal, que se vulnera en el cotidiano de millones de personas, pese a su reconocimiento en variedad de tratados y normativas jurídicas sobre derechos humanos.2 Por ejemplo, la Declaración Universal de los Derechos Humanos suscribe en su artículo 26 que:

Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos y religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz […]. (ONU, 1948, s/p.)

Mientras que el informe de la Comisión Internacional sobre la Educación para el siglo xxi señala que:

[…] la educación constituye un instrumento indispensable para que la humanidad pueda progresar hacia los ideales de paz, libertad y justicia social. […] la Comisión desea por tanto afirmar su convicción respecto a la función esencial de la educación en el desarrollo continuo de la persona y las sociedades, no como un remedio milagroso […] sino como una vía, ciertamente entre otras, pero más que otras, al servicio de un desarrollo humano más armonioso, más genuino […]. (Delors, 1996, pp. 7-8)

El Foro Mundial sobre la Educación la reafirma como derecho fundamental del ser humano, además de:

condición esencial para el desarrollo sostenible, así como para la paz y la estabilidad en el interior de los países y entre ellos; y, por lo tanto, el medio indispensable para una participación efectiva en las sociedades y en las economías del siglo xxi, sometidas a procesos rápidos de mundialización. (Foro Mundial sobre Educación, 2000, s/p.)

La Campaña Latinoamericana por el Derecho a la Educación (CLADE), en una revisión a normativas internacionales sobre derechos humanos, suscritas por Estados y Gobiernos, resume los siguientes aspectos relativos a la educación: se reconoce como derecho humano fundamental, que debe ser garantizado por el Estado; y se inicia al nacer y acompaña al individuo a lo largo de la vida. La educación pública debe ser gratuita y universal, financiada con los recursos del Estado; debe estar disponible y accesible equitativamente, ser inclusiva y no discriminatoria; contar con currículos y planes político-pedagógicos construidos colectivamente y su acción debe ser democrática (CLADE, 2013).

Por su parte, la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en septiembre de 2015, cuenta con 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y 169 metas para su consecución. El ODS 4 declara: «Garantizar una educación de calidad, inclusiva y equitativa, promover las oportunidades de aprendizaje permanente para todos» (ONU, 2015, s/p.). Sin embargo, el Informe de Seguimiento de la Educación en el Mundo 2020: Inclusión y educación-Todos y todas sin excepción (UNESCO, 2020), reconoce que menos del 10 % de los países cuenta con leyes educativas que favorecen la garantía de la plena inclusión en la educación; y mantienen vigencia -al menos práctica- tradicionales indicadores de exclusión como género, edad, etnia, idioma, lugar de residencia, creencias religiosas, orientación sexual, condición de migrante, desplazado, exrecluso, entre otras. Lecturas y realidades que se han hecho mucho más críticas y profundas en tiempos de COVID-19, a partir de una exacerbación de las desigualdades sociales, que encuentra en las poblaciones jóvenes caldo de cultivo para su reproducción.

No obstante ser la educación un derecho refrendado en normas jurídicas y otros documentos, la realidad que ofrece el mundo en materia educativa dista de la pretendida garantía de educación para todos. La educación es todavía, en muchas partes, un derecho humano universal irrespetado; infantes, adolescentes y jóvenes mantienen su condición de personas altamente vulnerables, en tanto no se han convertido en una prioridad en las políticas públicas de muchos Gobiernos.

En este artículo se asumen como referencias y bases teórico-epistemológicas: las ciencias de la educación y la visión jurista, medulares para la comprensión de la educación como derecho inalienable a los individuos, en tanto potencia el desarrollo personal y es imprescindible para ejercer el resto de los derechos: civiles, políticos, económicos y culturales. Por ello, el proceso de concepción, planificación y realización de la educación y la enseñanza supone la interconexión y el compromiso de disímiles actores e instituciones sociales. Pero, ¿en qué medida el reconocimiento de esta esfera como derecho enfrenta aún complejidades y desafíos a nivel mundial?

Tras la revisión y consulta de diferentes investigaciones de corte educativo y jurídico (CEPAL-UNESCO, 2020; De Freitas, 2013; Jiménez, 2019; Latapí, 2009; Peñate, 2013; Scioscioli, 2014; Torres, 2006), pudieron constatarse diversos niveles de elaboración teórica y reflexión crítica, comprometidos con la necesidad de actuar en pos de una transformación social en este campo.

A pesar de las múltiples diferencias de contextos -geográficamente hablando-, las pesquisas tienen el mérito de enfocar diferentes matices, fuertes tensiones y ambivalencias que aún caracterizan a la educación como derecho. Ello, contextualizado en un mundo signado por la ineficacia que ha demostrado el capitalismo todos estos siglos, visibilizada en innumerables crisis económicas, políticas, sociales y sanitarias, que reclaman la urgencia de un nuevo orden económico y sociopolítico donde tengan cabida y prioridad los intereses de la mayoría.

De este modo, la educación se presenta como eje que muestra todavía debilidad cuando se alude a su protección en materia de derechos, lo cual pone en peligro la credibilidad de políticas educativas asumidas por los diferentes Gobiernos, y demanda urgentemente de la interpelación de estrategias, acciones y planes que contribuyan a fomentarlo y protegerlo.

La calidad requerida y el respeto que entraña la educación supone la asunción de un carácter horizontal, respetuoso y asertivo de las interacciones en el contexto escolar y por los diferentes actores, lo que marca el decursar de una educación comprometida con y para los educandos. Al mismo tiempo, implica el nexo con la promoción de la cultura -en su más amplia acepción- y el desarrollo de la ciencia.

Se aboga entonces por el carácter integral y humanista de la educación, en tanto derecho clave para el bienestar de los ciudadanos. Saber escuchar, tomar decisiones democráticamente y respetar la diversidad en todas sus expresiones, son aspectos esenciales para el desarrollo de una educación equitativa. «El derecho a la educación es el punto de partida y el máximo fundamento de las políticas de los Gobiernos» (CEPAL-UNESCO, 2020, p. 16). Garantizar la protección de este derecho humano y aprovechar su potencial transformador, no solo permite construir sociedades mejores y resilientes, sino también, de acuerdo con CEPAL-UNESCO (2020), contribuir a «la recuperación social» en los tiempos que corren.

La educación como proceso formativo: carácter amplio y estrecho

La educación constituye un eje central y permanente que, sin dudas, aporta, de manera decisiva, a los logros que las sociedades puedan alcanzar a nivel de ingresos, cohesión social, mercados culturales y adelantos científico-técnicos. Ello dependerá, en gran medida, de la inversión que Estados y Gobiernos estén dispuestos a hacer y de la garantía de acceso real que se brinde a los diversos grupos poblacionales. Conceptualizar la educación resulta pertinente para una mayor comprensión de su importancia en el proceso de desarrollo, tanto individual, como social (Peñate & Porro, 2021).

Es preciso, por demás, considerar sus enfoques amplio y estrecho. Para el primero de ellos, nos acercamos a la propuesta del sociólogo Antonio Blanco (2007) cuando alude a que la educación es un fenómeno complejo que se manifiesta en múltiples formas, como praxis social y como actividad diversa de todos los miembros de la sociedad, tanto de forma organizada (el sistema escolarizado) como espontánea; y tanto directamente (la acción de maestros y educadores) como indirectamente, a todo lo largo de la vida. Idea que refuerza la pedagoga cubana Lidia Turner (2007) cuando afirma que entre los fines sociales de la educación está descubrir y analizar esos agentes socioeducativos, a la vez que corresponde a la pedagogía social «señalarle objetivos adecuados con vistas a una mejor formación del individuo y de los grupos, criticar sus fallas pedagógicas y orientar su acción educadora» (p. 18).

Otra definición interesante la aporta Barcena-Melich (citado por Peñate, 2013) cuando señala:

La educación es un aprendizaje de la existencia capaz de traducirse en una ética, en una manera coherente y establecida del obrar. Todo lo que se refiere al ámbito formativo está relacionado con el ser humano y, por consiguiente, con lo que a este le ocurre, incluyendo su vida y el modo en que conduce u orienta su existencia. Por eso todo acto educativo es un acontecimiento, porque los aprendizajes no son meras actividades o formalidades, sino experiencia, acontecimientos que marcan nuestra existencia. (p. 23)

En lo que respecta a su carácter estrecho, este ha sido definido por López & Chávez (2002) del modo siguiente:

[…] sistema de influencias conscientemente organizado, dirigido y sistematizado sobre la base de una concepción pedagógica determinada, cuyo objetivo más general es la formación multilateral y armónica del educando, cuyo núcleo esencial debe estar en la formación de los valores morales, para que se integre a la sociedad en que vive y contribuya a su desarrollo y perfeccionamiento. (p. 53)

Esta dimensión «estrecha» se centra, básicamente, en la educación que se imparte en las instituciones escolares, las que responden a programas y planes de estudios, diseñados intencionalmente por niveles y tipos de enseñanza. Tiende a lo curricular y sus contenidos deben reflejar el sistema de conocimientos alcanzado por la humanidad. Idea que conecta con la advertencia realizada por el padre de la Educación Popular, Paulo Freire (2010):

[…] se habla casi exclusivamente de la enseñanza de los contenidos, enseñanza casi siempre entendida como transferencia del saber […] una de las razones que explican este descuido en torno de lo que ocurre en el espacio-tiempo de la escuela, que no sea la actividad de la enseñanza, viene siendo una comprensión estrecha de lo que es la educación y de lo que es aprender. (p. 38)

La articulación entre lo amplio y lo estrecho de la educación, y su compromiso social la ofrece Peñate (2013) cuando plantea:

[…] la educación como un proceso amplio que acompaña al individuo durante toda su vida debe trascender la instrucción y permitir que bajo su influjo se pueda contribuir a una formación multilateral del sujeto, acorde a las necesidades y exigencias sociales; en este sentido, sus puntos de partida se adscriben a una concepción integradora que contemple la dimensión científica y humanista de la educación [su sentido amplio, a la vez que estrecho], así como la necesidad de articular estos procesos en función de un ser humano más integral, con capacidades suficientes para crear, transformar y dar respuesta a las necesidades y exigencias de su tiempo. En esa articulación del sentido amplio y estrecho de la educación, puede insertarse la propuesta de educación en derechos humanos, y como espacio fundamental, aunque no único, a la institución escolar. (pp. 24-25)

En ese proceso resulta esencial el sistema de influencias que ejerce el entorno social de maneras diversas: organizadas y espontáneas, sistemáticas y asistemáticas, directas e indirectas; pero todas ellas contribuyen a la evolución de los sujetos, a estimular su desarrollo y sus aprendizajes, al colocarlos en mejores condiciones para incorporar nuevos conocimientos que les permitan la adaptación y la transformación de las realidades socio-históricas en las que se desenvuelven. Se aspira a formar un ser humano activo, creativo y propositivo.

Otro elemento importante es el carácter ideológico de la educación. A través de ella se forman, transmiten y ejercitan una serie de valores, normas y comportamientos acordes con los intereses del modelo político, económico y social en que el sujeto se desarrolla. Justamente, ese modelo -cualquiera que este sea- está regido por normas jurídicas, de obligatorio cumplimiento, que deben conocerse por los miembros de la sociedad e incorporarse a su quehacer diario. Sin embargo, esto no siempre es así. Por lo que la educación en derechos humanos se convierte en una necesidad en ese amplio, complejo y sistemático proceso de educación para la vida, sobre todo si se reconoce que, a nivel planetario, en el orden jurídico, han ocurrido importantes cambios como el de considerar a las poblaciones jóvenes como sujetos plenos de derecho. Definitivamente, la educación constituye la herramienta más eficiente para lograr cambios sociales de impacto y el mejoramiento de la especie humana.

Castillo (2003) señala que son varios los tópicos que deben tenerse en cuenta en el escenario de la educación, en tanto las realidades se están modificando rápidamente, por lo que

[…] la escuela tiene el deber de escuchar y de adecuarse a las nuevas demandas de la realidad: es por eso que los desafíos en este campo tienen que ver con aquello de hacer de la escuela una institución contemporánea, que oriente esfuerzos a los efectos de contribuir en los procesos de formación de ciudadanas y ciudadanos críticos. (p. 120)

Si se asume con convicción y responsabilidad el carácter amplio de la educación, abierto a influencias socioeducativas diversas, es posible concebir e incorporar a la formación de las generaciones más jóvenes otros conocimientos necesarios por el momento histórico que se vive. Entre estos temas aflora la educación en derechos humanos, dada su actualidad y trascendencia. Desde la ciencia y la política, el tópico se ha ido posicionando en los estudios sociales y en las agendas públicas, pero también se ha hecho evidente la insuficiente preparación y el compromiso con este (Peñate, 2013).

¿Qué es la Educación en Derechos Humanos?

La educación en derechos humanos es una corriente del pensamiento social, aparecida en la Europa del pasado siglo, que toma auge con una proyección socio-pedagógica, a partir de las nuevas condiciones de gobernabilidad surgidas después de finalizadas las guerras mundiales y los altos niveles de injusticia social que se viven, violatorios de los derechos humanos más elementales de las personas. Pudiera definirse como un proceso interactivo, reflexivo y crítico, a través del cual las personas, a partir de su participación social, interiorizan un conjunto de valores humanos orientados a la defensa de la dignidad plena de hombres y mujeres sin distinción alguna.

La UNESCO (1978), en el Congreso Internacional sobre Enseñanza de los Derechos Humanos reconoció que

[…] lo específico de la educación en derechos humanos es educar la conciencia de una convivencia social a nivel personal, nacional e internacional que dignifique a la persona. Es una educación cuyo centro será el conflicto permanente de las relaciones humanas, pero cuya esperanza siempre estará dada en el respeto al otro, la cooperación y el entendimiento. (citado por Beltrán, 2006, p. 40)

Otro concepto a considerar lo aporta la mexicana Gloria Ramírez (citado por Beltrán, 2006):

Por educación en derechos humanos entendemos la práctica educativa que tiene por objeto principal favorecer el reconocimiento, la defensa y la promoción de estos, al considerar al ser humano como sujeto de derechos. Es toda formación fundada en el respeto y la vigencia de valores, principios y mecanismos relativos de los derechos humanos en su integridad e interdisciplinariedad, su vinculación con la democracia, el desarrollo y la paz. (p. 39)

La integridad e interdisciplinariedad declaradas se entroncan con el llamado de atención de los especialistas cubanos Viciedo y Roque (2009):

Importante es comprender que, además de la dimensión jurídica de los derechos humanos, existen aspectos éticos, históricos, políticos, sociales y culturales que condicionan tanto las posiciones que adopten Estados, Gobiernos, grupos sociales e individuos, como el éxito en la garantía real de la aplicación práctica de lo estipulado en las leyes […]. (p. 5)

Los mismos autores reconocen que la educación en derechos humanos no es solo trasmitir conocimientos al estilo de la escuela tradicional; hay que partir de nuevas bases metodológicas, lo cual merece un tratamiento especial. Por su parte, Rodney (2010) señala que

es un proceso educativo -que puede dirigirse por la escuela- de formación y desarrollo continuo, permanente, de carácter preventivo, dinámico, interactivo, equitativo, crítico de distintos niveles de las relaciones humanas sin distinción alguna, para que cada sujeto pueda darle respuesta adecuada a todas las formas de violencia, vivir en armonía consigo mismo, con los demás y con la naturaleza, transformar su realidad y medio social. (p. 18)

Como concepto de educación en derechos humanos, las autoras se afilian con el elaborado por Viciedo y Roque (2009):

[…] un proceso interactivo, reflexivo y crítico, a través del cual las personas, a partir de su participación social, interiorizan un conjunto de valores humanos orientado hacia la salvaguarda de la dignidad plena de hombres y mujeres de cualquier edad, raza y cultura, en la búsqueda de una justicia en la cual los seres humanos sean la meta del desarrollo económico social y no solo un medio para lograrlo. (p. 5)

La educación en derechos humanos propicia que las personas puedan llegar a comprender la esencia de las normas jurídicas como modeladoras del comportamiento social. Sin embargo, no basta conocer; se precisa poner en práctica, en todo el sistema de relaciones que acontece en la sociedad, estos conocimientos, por lo tanto, deben trascender la manera de actuar, a partir de que las personas incorporan a su práctica cotidiana un grupo de valores humanos, éticos y morales. Es acercarse también al conocimiento de las normas jurídicas que pautan el desarrollo de la sociedad, de sus instituciones; e incluso, de las relaciones interpersonales que se establecen en los diferentes ámbitos donde interactúa el sujeto desde su condición de ser social. Educar en derechos humanos es preparar a mujeres y hombres para la vida, con plena conciencia, determinación y participación. Cómo educar en el tema resulta la interrogante.

Para Peñate (2013), la educación en derechos humanos debe concebirse como un proceso a ser iniciado desde edades tempranas, atemperado al desarrollo intelectual de los sujetos; considera necesario, además, un acercamiento a los derechos humanos de las poblaciones más jóvenes. Resulta importante que infantes y adolescentes conozcan que solo por esa condición los asisten determinados derechos que deben ser garantizados por el Estado y por los adultos. A su vez, estos adultos deben conocer las particularidades de niños, niñas y adolescentes como sujetos plenos de derecho; y estar conscientes y comprometidos del papel que les corresponde desempeñar en la defensa y el respeto de esos derechos. No se trata de otra cosa que contribuir a fomentar la cultura jurídica y la formación ciudadana, a facilitar el diálogo entre las generaciones; es educar en valores éticos y morales. Para alcanzarlo, la escuela se presenta como un espacio socializador por excelencia para defender, procesar y asumir este reto; y el maestro, por su significación histórica y social, como una figura clave para el éxito.

La educación en derechos humanos tiene un enfoque amplio, en tanto establece nexos imprescindibles con otras áreas de la educación como la cultura de paz, la ciudadanía, la tolerancia y la educación para el desarrollo. Ello pudiera suponer concebirla más allá de una asignatura de los planes y programas de estudio y proyectarla como un conjunto de principios modeladores del sistema de relaciones que establecen los sujetos. La educación en derechos humanos propicia la educación en valores, éticos y morales; hace confluir intereses de grupo con los intereses de la sociedad, estimula a que el educando no sea un receptor pasivo de información, sino un ente creativo, dispuesto a la transformación en cualquier espacio. Educar en derechos humanos exige, además, que se aprenda a tener responsabilidad.

Rodríguez (2018) reconoce que el desafío metodológico de la educación en derechos humanos es enseñar competencias, puesto que ahora se enseñan objetivos, en su mayoría cognitivos; a la vez, propone centrar la evaluación en la capacidad de desempeñarse o actuar y no solo en el saber. Advierte sobre la necesidad de una enseñanza no de o sobre los derechos humanos, sino de una enseñanza para el ejercicio de los derechos humanos; así como la creación de un buen clima de convivencia humana en los centros de enseñanza para que los estudiantes adquieran las competencias básicas.

Violencias en los contextos educativos. Educación en derechos como alternativa para su prevención

La violencia es un fenómeno que se ha entronizado en las sociedades modernas y ha ido ocupando disímiles ámbitos de interacción cotidiana de los sujetos. El espacio escolar no queda exento de estas prácticas, las cuales afectan de manera directa a los educandos que se ven envueltos en ellas, pero también a la imagen de la institución como «lugar de socialización, adquisición de conocimientos y formación humana» (Abramovay, Farah, Melo, Carvalho, Monteiro, Fefferman, et al., 2012). La violencia escolar puede ser ejercida desde posiciones de poder a partir de los roles (profesores, directivos) hacia los estudiantes, pero también entre estos; puede resultar consciente o no. El ejercicio de la violencia genera ambientes no seguros ni armónicos, y la escuela deja de representar un entorno protector de los derechos de infantes, adolescentes y jóvenes. Tal aseveración concuerda con Abramovay et al. (2012) cuando expresa que «el ambiente escolar es un factor fundamental para la consolidación práctica y la concientización sobre los derechos humanos, el desenvolvimiento de la autonomía, la capacidad crítica, la búsqueda de la emancipación y la formación de la identidad» (p. 19).

En las interrelaciones que se establecen en el ambiente escolar, como en otros ámbitos, confluyen aspectos positivos y otros no tanto. Hay que contar con las herramientas necesarias para que las diferencias no se conviertan en actos violentos y abusivos de unos contra otros. Se trata de establecer un enfoque preventivo en las acciones conjuntas que deben acometer las escuelas y las familias. Debe haber un mayor fortalecimiento entre las instituciones escolares, las familias y el entorno comunitario, pues las redes de relaciones sociales que infantes, adolescentes y jóvenes establecen fuera de la escuela, también influyen en la convivencia y las dinámicas escolares. Factores como las reglas de convivencia, la existencia o no de una educación familiar en contra de la violencia, así como las diferentes especificidades del estudiantado, median y se convierten en aspectos que fortalecen los comportamientos violentos en el contexto estudiantil.

El reconocimiento de las micro-violencias, la violencia simbólica y la llamada «violencia dura» (Abramovay et al., 2012), en el entorno escolar, permite hablar de pluralidades de violencia, lo que ocasiona malestar, autoestimas bajas, deserción escolar, problemas en el aprendizaje y, por supuesto, genera más violencia ya sea entre pares o en las relaciones docentes-alumnos/as, directivos-estudiantes. En tal sentido, cobran significación los presupuestos de Charlot, que retoman Abramovay et al. (2012), de resaltar la connotación de la escuela como institución en la (re)configuración de las identidades y la reivindicación del respeto a los derechos humanos.

Otro punto a considerar son las (auto)percepciones que tienen jóvenes y docentes sobre las relaciones sociales que entablan en las escuelas, y que son fundamentales para contribuir a desarrollar acciones que erradiquen las violencias escolares y refuercen la educación en derechos. La valoración del crecimiento personal que los estudiantes tienen sobre sí y de la transformación del espacio de convivencia escolar como ámbito de respeto, equidad y reconocimiento de la diversidad, constituyen aberturas para un diálogo sobre los derechos humanos en las escuelas. A juicio de las autoras, se precisa de un intercambio horizontal entre los disímiles actores sociales implicados que dé cuenta de actitudes y compromisos para y por la transformación requerida.

Se trata pues de establecer un clima escolar basado en la equidad, el respeto a las diferencias, el reconocimiento y el cumplimiento de las normas establecidas. Para esto urge una construcción e implementación de reglas basadas en la multiplicidad de opiniones de los diferentes actores (escolares, docentes, directivos, familiares) en aras de ganar en heterogeneidad, diversidad y pluralidad de las normativas para que cada estudiante se sienta identificado-representado.

Resulta inminente la necesidad de escuelas inclusivas, donde las diversas manifestaciones de discriminación -por género, color de la piel, procedencia social, solvencia económica, territorio poseer alguna deficiencia o discapacidad, entre otras- sean eliminadas. La inclusión social en su máxima acepción incluye a educandos en su plena capacidad de desarrollo, posibilita posteriormente cambios en la inserción socioeconómica de los individuos, pero, sobre todo, legitima el respeto y la unidad en la diversidad.

La educación en derechos humanos: una alternativa para la escuela cubana

La educación en Cuba responde a una política de Estado; se nutre de una fuerte tradición pedagógica; constituye el basamento cultural para comprender la esencia, el contenido y la necesidad de las transformaciones acontecidas en el proceso de construcción y defensa del socialismo desde 1959 hasta hoy. Mantiene el reto permanente de aumentar la calidad del proceso de enseñanza-aprendizaje al que se asocian la atención diferenciada a los alumnos, la estabilidad de los docentes y el mejoramiento de las condiciones materiales de la infraestructura educativa, no obstante la difícil situación económica por la que se atraviesa desde hace más de tres décadas. La enseñanza en el país está organizada en el Sistema Nacional de Educación, conformado por un conjunto de subsistemas articulados orgánicamente (primaria, secundaria básica, preuniversitaria, técnica profesional, universitaria, de adultos y especial), que posibilitan el acceso a la educación de cubanas y cubanos sin discriminación.

La cobertura educativa, la gratuidad e, incluso, la obligatoriedad de los niveles primario y secundario, garantizan altos índices de escolaridad en las edades juveniles. Sin embargo, aún resulta necesaria una articulación mayor entre lo instructivo y lo educativo, que implica la preparación pedagógica y cultural adecuada de los maestros, llamados a liderar los cambios en materia educativa y contribuir a la formación de seres humanos mejor capacitados para su inserción plena en la sociedad. De ahí que sea válido considerar el diseño y la implementación de una estrategia que suponga que los educandos se apropien de la producción científica acumulada por la sociedad, a la vez que tengan la capacidad de indagar, cuestionar, investigar, proponer y asociar a sus vivencias personales.

La educación, como mediadora en los aprendizajes, ha de cambiar de un medio para reproducir la sociedad a una palanca para el cambio social […] el papel del que aprende ha de cambiar de receptor de la información a productor y evaluador del conocimiento […]. La enseñanza tiene que cambiar de estabilizadora a problematizadora, de una didáctica para el aprendizaje a una didáctica desde el aprendizaje […]. (Colectivo de autores, 2007, p. 24)

Investigadores del Instituto Central de Ciencias Pedagógicas (ICCP) han planteado que la escuela cubana, en particular, debe afrontar algunas dificultades que aún subsisten en la formación de las nuevas generaciones. En este sentido, destacan la necesidad de formar «desde una preparación integral que aporte una plataforma cultural suficiente a partir de un currículo flexible, actual, novedoso y deseado y el desarrollo de la sensibilidad humana para favorecer la educación en valores» (García, 2003, p. 62).

Es un hecho que la educación como sistema, y la escuela como institución, solo podrán cumplir con su encargo social y las exigencias de responder a los cambios que acontecen en la sociedad, si cuentan con el maestro sensibilizado y preparado para acometer este reto.

La preparación de los profesores en contenidos como el de los derechos humanos resulta esencial, porque si no se dotan de herramientas teóricas y metodológicas que los preparen para enfrentar el cotidiano con sus estudiantes desde posiciones horizontales, dialógicas y no impositivas, difícilmente se podrá avanzar en la construcción de entornos escolares menos violentos. Otro punto importante es que un programa de formación para los profesores debe asumirse por estos como un espacio de aprendizajes y crecimiento personal y profesional, y no como una nueva «carga» en su contenido de trabajo. La formación integral de los profesores tiene que trascender los contenidos meramente curriculares. «La preparación de los maestros es indispensable si se pretende realizar cualquier tipo de transformación en el proceso educativo, pues a ellos corresponde interpretar, conducir y realizar dichas transformaciones» (Peñate, 2013, p. 35).

La realidad cubana de los últimos tiempos ha impuesto como un nuevo desafío elevar en cantidad el personal docente; a la vez que requiere de estrategias para elevar la calidad en la formación y el desarrollo de este profesional. Hoy se necesita que los maestros cuenten, no solo con los conocimientos de las asignaturas que imparten, sino con otros, asociados a importantes procesos que acontecen en la sociedad y que -de una u otra manera- influyen en los comportamientos propios y en los de sus educandos. Para Isel Parra (2002):

El profesor tiene en las disciplinas y asignaturas que enseña la vía fundamental para instruir, educar y para influir en la formación integral de la personalidad de los educandos. Su actuación no se limita a los marcos estrechos del aula ni de los programas, aspecto con el que se suele asociar con frecuencia la profesión y la formación, sino que se enseña y se aprende en el aula y en otros ámbitos escolares y extraescolares, pues la razón de ser de la enseñanza siempre es el aprendizaje. (p. 29)

Definitivamente, concierne a los maestros la formación integral de sus educandos, niños, adolescentes y jóvenes, a quienes corresponderá llevar adelante el futuro de la nación cubana. Para cumplir con este encargo, se necesita que estos profesionales también tengan una formación integral, más allá de lo meramente curricular. Cobra vigencia Marx cuando expresó que el educador también debe ser educado.

CONCLUSIONES

La aproximación realizada no es absoluta, pues deja entreabiertos itinerarios de análisis para disquisiciones futuras que deseen acercarse a la temática. El tema abordado es crucial en tanto:

  • El derecho a la educación resulta básico para que los seres humanos se inserten en la sociedad de manera más plena. La concepción de este derecho, necesariamente, debe trascender lo instructivo para afianzarse como proceso que acompaña y enriquece al individuo durante toda la vida.

  • Es un tema de actualidad y pertinencia, tanto para las ciencias de la educación, la política y las pesquisas sobre juventudes, pues tiene un alto valor ideológico, lo que influye en las personas, en sus valores, principios y comportamientos, como entes individuales y como miembros de grupos sociales diversos. Igualmente, permite imbuirse en un área de las realidades juveniles que requiere la entrega y el compromiso para una eficaz transformación social.

  • Educar en derechos como una alternativa para la prevención de la violencia escolar es fundamental, pues la escuela como espacio de socialización debe resultar un entorno favorable y seguro. El intercambio entre educadores-educandos y entre los propios escolares debe basarse en relaciones armónicas, equitativas y dialógicas. Eliminar las manifestaciones violentas debe representar el incentivo diario en la arista educativa. Se trata de preparar y formar a ciudadanos para convivir en paz y ser capaces de impulsar soluciones colectivas a los actuales desafíos imperantes.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Abramovay, M., Farah, M., Melo, R. V., Carvalho, M. E., Monteiro, C., Fefferman, M., et al. (2012). Conversando sobre violência e convivencia nas escolas. Brasil: Edição FLACSO. [ Links ]

Beltrán, M. (2006). La importancia de la educación en los derechos humanos. Especial referencia a América Latina. Instituto Intercultural para la Autogestión y Acción Comunal-INAUCO. http://www.corteidh.or.crLinks ]

Blanco, A. (2007). Introducción a la Sociología de la Educación. La Habana: Editorial Pueblo y Educación. [ Links ]

Castillo, J. R. (2003). La formación de ciudadanos: la escuela, un escenario posible. Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales, Niñez y Juventud, 1 (2), 115-143. http://revistaumanizales.cinde.org.coLinks ]

CEPAL-UNESCO (2020). La educación en tiempos de la pandemia de COVID-19. Informe COVID-19. http://www.cepal.orgLinks ]

Colectivo de autores (2007). Los chicos del barrio de Jesús María. Un proyecto de participación e integración social. ICCP. La Habana: Molinos Trade. [ Links ]

CLADE (2013). El derecho a la educación en la agenda de desarrollo post 2015. Campaña Latinoamericana por el Derecho a la Educación. https://ineed.orgLinks ]

De Freitas, M. V. (2013). Jovens e escola: aproximaçoes e distanciamientos. En Novaes, R., Venturi, G., Ribeiro, E. & Pinheiro, D. (Org.), Agenda Juventude Brasil. Leituras sobre uma década de mudanças (pp. 129-154). Brasil: UNIRIO. [ Links ]

Delors, J. (Comp.). (1996). La educación o la utopía necesaria. Informe a la UNESCO de la Comisión Internacional sobre la educación del siglo xx. http://www.uv.mx/bvirtual/media/docLinks ]

Freire, P. (2010). Pedagogía de la autonomía y otros textos. La Habana, Cuba: Editorial Caminos. [ Links ]

García, L. (Coord) (2003). Fundamentos teóricos y metodológicos de una propuesta curricular para la escuela secundaria básica actual. ICCP. La Habana: Editorial Pueblo y Educación . [ Links ]

Jiménez, P. (2019). La educación como derecho social, humano y fundamental: principios y perspectivas de la educación moderna. Revista de Investigações Constitucionais, 6 (3), 669-686. http://10.5380/rinc.v6i3.58017Links ]

Foro Mundial sobre Educación(2000). La Educación para Todos: cumplir con nuestros compromisos colectivos. Marco de Acción de Dakar. Revista Iberoamericana de Educación, (22). http://www.rieoei.orgLinks ]

Latapí, P. (2009). El derecho a la educación: Su alcance, exigibilidad y relevancia para la política educativa. Revista Mexicana de Investigación Educativa, 40 (14), 255-287. [ Links ]

López, J. & Chávez, J. (2002). Marco conceptual para la elaboración de una Teoría Pedagógica. En García, G. (Comp.), Compendio de Pedagogía(pp. 45-60). La Habana: Editorial Pueblo y Educación. [ Links ]

ONU(1948). Declaración Universal de los Derechos Humanos. http://www.un.orgLinks ]

ONU(2015). Objetivos de Desarrollo Sostenible. http://www.exteriores.gob.esLinks ]

Parra, I. (2002). Modelo didáctico para contribuir a la dirección del desarrollo de la competencia didáctica del profesional de la educación en formación inicial [Tesis de doctorado]. Instituto Superior Pedagógico “Enrique José Varona”, La Habana, Cuba. [ Links ]

Peñate, A. I. (2013). Educar en derechos humanos a niños y adolescentes [Tesis de doctorado]. Instituto Central de Ciencias Pedagógicas, La Habana, Cuba. [ Links ]

Peñate, A. I. & Porro, S. (2021). Derecho a la educación y educación en derechos humanos de infantes y adolescentes. En Jiménez, R. & Verdecia, E. (Comp.), Educación en Cuba. Criterios y experiencias desde las Ciencias Sociales (pp. 223-235). La Habana, Cuba: Publicaciones Acuario. [ Links ]

Rivero, Y. (2018). Sociología de la Educación en Cuba: apuntes para un estado del arte. En Rivero, Y. (Comp.), Miradas sociológicas de la Educación en Cuba (pp. 29-74). La Habana, Cuba: Instituto Cubano de Investigación Cultural Juan Marinello. [ Links ]

Rodney, R. (2010). Estrategia pedagógica dirigida a la preparación del profesorado para la prevención de la violencia escolar [Tesis de doctorado]. Universidad de Ciencias Pedagógicas Enrique José Varona. La Habana, Cuba. [ Links ]

Rodríguez, V. (2018). Educación para los derechos humanos. Un estudio necesario. Estudios del Desarrollo Social: Cuba y América Latina, 6 (2), 160-177. http://www.revflacso.uh.cu˃viewLinks ]

Scioscioli, S. (2014). El derecho a la educación como derecho fundamental y sus alcances en el derecho internacional de los derechos humanos. Journal of Supranational Policies of Education, 2, 6-24. [ Links ]

Torres, R. M. (9-11 de octubre 2006). Derecho a la educación: es mucho más que el acceso de niñas y niños a la escuela [Ponencia]. Simposio sobre Educación. Barcelona, España: Ciutat.edu. http://www.fronesis.orgLinks ]

Turner, L. (2007). Del pensamiento pedagógico de Ernesto Che Guevara. Pinar del Río, Cuba: Editorial Capitán San Luis. [ Links ]

UNESCO(1978). Congreso Internacional sobre Enseñanza de los Derechos Humanos. En: Beltrán, M. (2006). La importancia de la educación en derechos humanos. Especial referencia a América Latina. Instituto Intercultural para la autogestión y Acción Comunal-UNAUCO. http://www.corteidh.or.crLinks ]

UNESCO(2020). Informe de Seguimiento de la Educación en el Mundo 2020: Inclusión y educación-Todos y todas sin excepción. http://www.reliefweb.intLinks ]

Valenzuela, J. M. (2019). Trazos de sangre y fuego: Bio-Necropolítica y juvenicidio en América Latina. México: Calas. [ Links ]

Viciedo, C. & Roque, O. (26-30 de enero 2009). Educación para la paz y los derechos humanos en Cuba socialista [Ponencia]. Ciudad de La Habana, Cuba: Evento Internacional Pedagogía 2009. [ Links ]

Notas aclaratorias:

11Las nociones compartidas en el artículo son fruto del texto “Educación en derechos humanos: una alternativa de aprendizaje en la prevención de la violencia escolar”, presentado por las autoras para su evaluación en el Curso de Perfeccionamiento “Juventudes, espaço escolar e violencias: uma proposta de intervençao social”. Coordinación: Faculdade Latino-Americana de Ciencias Sociais, sede Brasil (2020-2021).

22Destacan otros tratados internacionales de derechos humanos, relacionados con el derecho a la educación, a saber: Pacto Internacional de los derechos Civiles y Políticos (1966) y su Protocolo Facultativo (2008); Pacto Internacional de los derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966) y su Protocolo Facultativo (2008); Convención relativa a la Lucha contra la Discriminación en la esfera de la Enseñanza (1960); Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial (1965); Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (1979) y su Protocolo Facultativo (1999); Convenio sobre los Pueblos indígenas y tribales en Países Independientes (1989); Convención sobre los Derechos del Niño (1989) y sus Protocolos Facultativos (2000); Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (2006). Más información, véase: UNESCO: Informe de seguimiento de la Educación para Todos en el Mundo 2010. http://www.unesco.org

Recibido: 14 de Octubre de 2021; Aprobado: 29 de Octubre de 2021

*Autor para la correspondencia: yeibetty@gmail.com

Las autoras declaran que no existe conflicto de intereses.

Yeisa Sarduy Herrera: Curación de datos, metodología, redacción del borrador original, y revisión y edición.

Ana Isabel Peñate Leiva: Concepción y diseño del artículo, curación de datos, supervisión, redacción del borrador original, y revisión y edición.

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